29 diciembre 2010

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

«Año de la consolidación económico y social del Perú»

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2010-A/MDA

Asia, 19 de Octubre del 2010

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ASIA

VISTO:
El Acuerdo de Concejo N° 055-2010/MDA, de fecha 19 de octubre del 2010, conteniendo la aprobación del proyecto de ordenanza que determina el régimen tributario de la Tasa por Estacionamiento Vehicular para el Distrito de Asia durante el ejercicio 2011, y,

CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria, Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria;

Que, el Concejo Distrital ejerce su función normativa, fundamentalmente a través de Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N ° 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por Decreto Legislativo Nº 953, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, Arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;

Que, de conformidad con el artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, las tasas por servicios públicos o arbitrios se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación, en función del costo efectivo del servicio a prestar, debiendo utilizarse para la distribución del referido costo entre los contribuyentes, entre otros criterios y dependiendo del servicio público involucrado , el uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente, a fin de determinar la tasa por el servicio público o arbitrio;

En uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley No. 27972, el Pleno del Concejo, por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE DETERMINA EL REGIMEN TRIBUTARIO DE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR PARA EL DISTRITO DE ASIA DURANTE EL EJERCICIO 2011

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º. AMBITO DE APLICACIÓN.- La presente Ordenanza regula el Régimen Tributario de la Tasa por Estacionamiento Vehicular aplicable durante el 2011 en la jurisdicción del Distrito de Asia, Provincia de Cañete.

Artículo 2. HECHO IMPONIBLE.- Constituye hecho imponible de la tasa por estacionamiento vehicular, el uso o aprovechamiento de los espacios públicos habilitados por la Municipalidad de Asia para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular.

Artículo 3º. INAFECTACIONES.- Se encuentran inafectas al pago de la tasa por estacionamiento vehicular, los propietarios y/o conductores de los vehículos siguientes:

a) Vehículos oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local.
b) Vehículos oficiales de las Fuerzas Armadas y/o Policía Nacional del Perú.
c) Cuerpo General de Bomberos del Perú.
d) Ambulancias en general.

Incluye esta inafectación a los vehículos del personal de las referidas entidades de los literales a, b y c, en tanto se encuentren en cumplimiento de funciones oficiales.

Asimismo, se encuentran exonerados del pago de la tasa por estacionamiento vehicular, los vecinos del Distrito de Asia, quienes acreditar su condición de vecinos del distrito con la dirección que se encuentra anotada en el reverso de su Documento Nacional de Identidad (DNI) el cual deberán mostrar al momento de hacer uso del servicio de estacionamiento vehicular.

Artículo 4º. TOLERANCIA.- Todo vehículo que permanezca hasta diez (10) minutos en la zona de parqueo está exonerado del pago del servicio por ser este el tiempo máximo de tolerancia.

Artículo 5º. TASA.- La tasa por estacionamiento vehicular tiene un valor de S/. 0.50 céntimos (S/. 0.50) por CADA 30 MINUTOS de uso del servicio. El monto total resultante del tiempo utilizado por el valor de la tasa deberá ser cancelado por el usuario a la salida del vehículo de la zona de parqueo.

Artículo 6º. ZONA DE APLICACIÓN DE LA NORMA.- La zona en donde se aplicará los efectos de la presente norma es la correspondiente a la Playa de Estacionamiento Municipal ubicada en el Tambo, jurisdicción del distrito de Asia, durante la temporada de verano del 1º de enero al 30 de abril de 2011.

Artículo 7º DIFUSION E INFORMACION BASICA.- En las zonas de estacionamiento vehicular, adicionalmente a los datos generales de la municipalidad, se publicitará la siguiente información:
a) Zona de estacionamiento.
b) Número de la Ordenanza que regula la tasa de estacionamiento vehicular.
c) Número del Acuerdo del Concejo Provincial del Cañete, que ratifica la Ordenanza.
d) El número de espacios habilitados en la vía.
e) El monto de la tasa aprobada por fracción de hora.
f) Tiempo de tolerancia.
g) Monto de la Multa por negarse a pagar la tasa de estacionamiento vehicular.

Los Boletos o comprobantes de pago, el Bono de Régimen Especial y las Papeletas de Control deben consignar adicionalmente los datos de los literales b, c, e, f y g del presente artículo.

Artículo 8º. PROHIBICIONES.- Se prohíbe el estacionamiento vehicular en las zonas identificadas como «Zona Rígida» y «Zona de Seguridad», las mismas se distinguen por el pintado del sardinel y/o líneas amarillas y con la leyenda correspondiente.

Artículo 9º. MULTA.- Considérese infracción el negarse al pago total o parcial de la tasa del servicio de estacionamiento vehicular, sancionándose con una multa equivalente al 10% de la UIT vigente.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

PRIMERO.- Apruébese los anexos I y II que forman parte integrante de la presente Ordenanza: Anexo I - Informe de Costos por los Servicios de Estacionamiento Vehicular. Anexo II - Estructura de costos proyectadas de los servicios a prestar para la temporada 2011.

SEGUNDO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2011, previa publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, que aprueba la ratificación de la presente Ordenanza.

TERCERO.- Déjese sin efecto toda disposición o norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.

CUARTO.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para la mejor aplicación de la presente Ordenanza.

QUINTO.- Encárguese al División de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza, y a la Oficina de Secretaría General, su publicación y difusión.

POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Agapito Ramos Campos
Alcalde

ANEXO I
INFORME DE COSTOS

SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR
TEMPORADA DE VERANO 2011

ANTECEDENTES:
Mediante Ordenanza Nº 014-2010-A/MDA, el Concejo Municipal de Asia aprobó la determinación de la tasa de los arbitrios para el SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR PARA LA TEMPORADA VERANO 2011 así como el Informe Técnico que contenía la estructura de costos del Servicio.
Con la finalidad de brindar un mejor servicio a los contribuyentes, para el 2011, las áreas responsables de brindar los servicios de Estacionamiento Vehicular, han trabajado una nueva estructura de costos, en la cual plasman los proyectos de mejora que permitirán optimizar la prestación de dichos servicios entre nuestros contribuyentes.

SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR
Este servicio consiste en el uso o aprovechamiento de los espacios públicos habilitados por la Municipalidad de Asia para la prestación del servicio de estacionamiento.
Para el año 2011, este servicio seguirá siendo brindado directamente por la Municipalidad Distrital de Asia.
Este servicio para la temporada de verano 2010 el costo para brindar dicho servicio asciende a S/. 25,880.00 (Veinticinco mil ochocientos ochenta con 00/100 nuevos soles).
Para brindar dicho servicio se esta considerando contar con un total de 7 personas, entre (01) un Personal Nombrado de la Municipalidad, dos (02) cobradores, dos (02) ayudante y dos (02) vigilantes. El costo de mano de obra directa e indirecta asciende a S/. 20,144.00 (Veinte mil ciento cuarenta y cuatro con 00/100 nuevos soles).
En cuanto al rubro costos de materiales, se esta considerando los materiales mínimos e indispensables para el desempeño eficiente del personal. Así mismo, se ha considerado el consumo de pinturas y otros. El costo ascendente a este rubro es de S/. 5,256.00 (Cinco mil doscientos cincuenta y seis con 00/100 nuevos soles).
En cuanto al rubro, Gastos de mantenimiento se ha considerado la habilitación de vías, estos costos ascienden a S/. 480.00 (Cuatrocientos ochenta y 00/100 nuevos soles).
Cabe señalar que el costo del servicio supera el monto a cobrar, por un monto de S/. 40.00 Nuevos Soles, el cual será asumido por la Municipalidad, con la finalidad de no afectar el servicio y no incrementar la tasa de estacionamiento vehicular.

En el cuadro siguiente, se muestra los costos estimados para el ejercicio fiscal 2011.

CUADRO DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR

Descripción Año 2011

Costo de Mano de Obra Directa 20,144.00

Gastos de Materiales y Otros 5,256.00

Gastos de Mantenimiento 480.00

Total 25,880.00

En el Anexo Nº 01 se muestra la Determinación de la Estructura de Costos del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal para el año 2011.
En el Anexo Nº 02 se muestra la Estimación de Ingresos y Tasas del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal para el año 2011.
En el Anexo Nº 03 se muestra el Cuadro Resumen de Costos del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal para el año 2011.
Del mismo modo, como Anexo Nº 04 se muestra la definición de los conceptos de la estructura de costos por cada uno de los servicios.





ANEXO Nº 04
CONCEPTOS DE LA ESTRUCTURA DE COSTOS

SERVICIOS SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL 2011

Costo de Mano de Obra Directa:
Personal Nombrado: Comprende al personal dedicado a brindar las labores de ordenamiento y parqueo de vehículos, los cuales cuentan con vinculo laboral con la Municipalidad.
Personal Contratado: Comprende al personal dedicado a brindar labores de ordenamiento y parqueo de vehículos, los cuales no cuentan con vinculo laboral con la Municipalidad.

Costo de Materiales:
Material Diversos: Comprende el costo de los materiales para el servicio de estacionamiento en los balnearios del Distrito, tales como; parantes, letreros, silbatos, chalecos, entre otros.

Otros: Comprende el costo de los materiales como Pinturas, Brochas, Diluyentes.

Otros Costos y Gastos Variables:
Comprende el costo de uniformes tales como; polos, pantalón, chalecos, movilidad refrigerios entre otros.

Costos Indirectos:
Personal Contratado: Comprende al personal contratado dedicado a brindar las labores de supervisión del servicio de estacionamiento vehicular.
Materiales y Útiles de Escritorio: Comprende el costo de materiales de escritorio tales como hojas, lapiceros, archivadores, entre otros.

Costos Fijos:
Comprende los costos incurridos por los servicios de agua para el aseo del personal, consumo de energía eléctrica del local operativo, telefonía celular, para la comunicación.

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