07 junio 2007

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
ORDENANZA Nº 011-2007-MPC

Cañete, 21 de Mayo de 2007

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en sesión extraordinaria de fecha 21 de Mayo de 2007; y

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades como órgano de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 132º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que el procedimiento para la elección de Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de Centros Poblados se regula por la ley de la materia;

Que, mediante Ley Nº 28440 se aprobó la Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, cuyo objeto es normar el proceso de elección democrática de alcaldes y regidores de las municipalidades de centros poblados, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 132° de la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el Artículo 5° de la Ley Nº 28440 establece que el procedimiento electoral, el sistema de elecciones y demás aspectos relacionados se establecen por ordenanza provincial;

Que, mediante Ordenanza Nº 035-2005-MPC, se aprobó el reglamento para las elecciones municipales en los centros poblados de la provincia de Cañete, cuya redacción no es concordante con la Ley Nº 28440, en las fechas de aprobación del padrón electoral y la inscripción de las listas, entre otros aspectos, por lo que es necesario aprobar un nuevo reglamento;

Que, los señores regidores Pedro Alonso Noriega Altamirano, Sonia Marlene Ramos Ruiz, Rosa Liliana Torres Castillo y Vladislay Arnold Bustamante Simón, han presentado un proyecto de ordenanza que reglamenta las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, concordante con la Ley Nº 28440 y a la realidad de la provincia de Cañete;

Que, la Oficina de Asesoría Legal, teniendo a la vista el Proyecto de Ordenanza que Reglamenta las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, opina favorablemente;

Que, la Comisión de Desarrollo Social y Participación Vecinal, mediante dictamen, recomienda aprobar el proyecto de ordenanza que Reglamenta las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete;

Estando a lo expuesto, y, en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, el Concejo Municipal Provincial de Cañete por votación unánime y, con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA
REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE AUTORIDADES DE MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS DE LA PROVINCIA DE CAÑETE
Artículo 1°.- Aprobar, el Reglamento para las Elecciones de las Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la Provincia de Cañete, que consta de trece (13) Capítulos, sesenta (60) artículos y siete (07) Disposiciones Finales y Transitorias.

Artículo 2°.- Encargar, a la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal, a través de la División de Participación Vecinal, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo 3°.- Déjese sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga al presente.

POR TANTO:
Mando se Registre, Publique y Cumpla.

Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
Alcalde

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES, REVOCATORIA Y VACANCIA DE AUTORIDADES DE MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS DE LA PROVINCIA DE CAÑETE

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- La presente Ordenanza reglamenta el proceso de elección democrática de alcaldes y regidores de las municipalidades de centros poblados de la provincia de cañete.

Artículo 2º.- En la elección de autoridades de municipalidades de centros poblados se elige un (1) Alcalde y cinco (5) Regidores, quienes postulan en lista completa.

Artículo 3º.- Las autoridades electas son elegidas por un período de cuatro años, contados a partir de su juramentación.

CAPITULO II
DE LA CONVOCATORIA
Artículo 4º.- El Alcalde Provincial, mediante Ordenanza, convoca a elecciones con ciento veinte días (120) días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad.
En el caso de municipalidades de centro poblado nuevas, la convocatoria debe llevarse a cabo dentro de los noventa (90) días naturales, contados a partir de la fecha de su creación por ordenanza.

Artículo 5º.- La ordenanza que convoca a elecciones y que reglamenta el procedimiento electoral y sistema de elección deberá ser publicada en el Diario encargado de las publicaciones judiciales de la provincia de Cañete o en otro medio que asegure de manera indubitable su publicidad.

Artículo 6º.- La Ordenanza que convoca a elecciones fijará la fecha de las elecciones que será un domingo del mes.

CAPITULO III
DEL PADRON ELECTORAL
Artículo 7º.- El Padrón Electoral estará determinado por la residencia de los ciudadanos del Centro Poblado. Se entiende como ciudadano residente a la persona natural con plena capacidad de ejercicio de sus derechos civiles y que domicilie en el centro poblado.
En el Padrón se consignan los nombres y apellidos, número de documento nacional de identidad y domicilio real de los electores residentes.

Artículo 8º.- El Padrón Electoral será elaborado por la Municipalidad Provincial de Cañete a través de una Comisión de Empadronamiento integrado por la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal, quien la presidirá; la División de Participación Vecinal y el Teniente Gobernador del centro poblado. Para tal efecto, se preparará el padrón electoral sobre la base de la actualización del padrón que dio origen a la creación del centro poblado.

Artículo 9º.- Los electores residentes del Centro Poblado que por cualquier motivo, no figuren en el padrón electoral o estén registrados con error, tienen derecho a reclamar ante la Comisión de Empadronamiento, durante un plazo de tres días naturales contados desde la fecha de publicación, debiendo darse respuesta en el mismo plazo. Lo resuelto por la Comisión de Empadronamiento es inimpugnable.
El elector que no figure en el padrón electoral, para acreditar su condición de ciudadano residente, deberá adjuntar copia de su documento nacional de identidad donde conste que su domicilio se encuentra dentro de la jurisdicción del centro poblado o cualquier otro documento indubitable que acredite dicha condición. En caso de ser arrendatario presentará copia del contrato de alquiler o recibos de cualquier servicio público que acredite residencia mayor a dos (2) años continuos anteriores a la fecha de la convocatoria. De verificarse fraude o falsedad de la información se efectuará la denuncia ante la autoridad competente.

Artículo 10º.- Cualquier elector residente tiene derecho a pedir que se eliminen o tachen los nombres de los ciudadanos fallecidos y de los inscritos más de una vez, presentando las pruebas pertinentes. Rige para la referida solicitud los plazos señalados en el artículo precedente.

Artículo 11º.- El Padrón Electoral inicial será publicado en el local de la municipalidad del centro poblado transcurridos 15 días posteriores a la convocatoria de elecciones por un plazo máximo de 3 días naturales para la formulación de impugnaciones correspondientes.

Artículo 12º.- Una vez vencido el plazo para formular impugnaciones y resueltas las mismas por la Comisión de Empadronamiento remitirá el Padrón Electoral a la Municipalidad Provincial de Cañete para su aprobación.

CAPITULO IV
DEL COMITE ELECTORAL
Artículo 13º.- El Comité Electoral está a cargo de la organización y ejecución del proceso electoral, estará conformado por cinco (5) miembros titulares y cinco (5) miembros suplentes, pobladores que domicilien dentro de la delimitación territorial del centro poblado.
La designación de los integrantes del Comité Electoral se hará por sorteo, realizado en acto público y realizado por la Gerencia de Desarrollo Social y Participación Vecinal de la Municipalidad Provincial en presencia del Gerente Municipal Provincial y el Gerente Municipal del distrito de la jurisdicción a la que pertenezca el Centro Poblado. El sorteo se llevará a cabo transcurridos treinta (30) días naturales posteriores a la fecha de convocatoria a elecciones, y se hará entre los ciudadanos que figuren en el padrón de electores. La inasistencia del representante de la municipalidad distrital, debidamente notificado, no posterga el sorteo ni la invalida.

Artículo 14º.- El Comité Electoral elegirá entre sus cinco miembros a quien lo presidirá y será instalado en su fecha de conformación.
Los suplentes participarán en caso de renuncia, abandono, enfermedad grave o imposibilidad declarada por el Comité Electoral en el orden en que fueron sorteados, previa juramentación.

Artículo 15º.- El Comité Electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los electores y que el escrutinio se lleve a cabo con todo orden y transparencia, para tal efecto podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública para mantener el orden público durante el acto de sufragio.

Artículo 16º.- El Comité Electoral tiene un plazo de cinco (5) días hábiles después de proclamados los resultados para rendir cuenta de sus ingresos y egresos ante la Municipalidad Provincial y en caso de encontrarse un saldo favorable, éste se depositará a favor de la municipalidad del centro poblado.

CAPITULO V
INSCRIPCION DE LISTAS DE CANDIDATOS, IMPEDIMENTOS Y TACHAS
Artículo 17º.- Los candidatos deberán presentar su solicitud de inscripción de candidatos a alcaldes y regidores mediante listas ante el Comité Electoral a partir de 45 días naturales posteriores a la fecha de convocatoria de las elecciones y por el plazo de quince (15) días naturales. En caso de municipalidades de centros poblados nuevas el plazo será de (5) días naturales.

Artículo 18º.- Para ser Alcalde o Regidor de la Municipalidad de centro poblado, se requiere:
a) Ser ciudadano en ejercicio y tener documento nacional de identidad.
b) Estar inscrito en el Padrón Electoral del centro poblado.
c) Domiciliar en el centro poblado donde se postule, cuando menos dos años continuos, anteriores a la fecha de la convocatoria. En caso de domicilio múltiple rigen las disposiciones del artículo 35º del Código Civil.

Artículo 19º.- Las listas de candidatos se presentan en un solo documento firmado por el personero legal y debe contener:
1.- Nombre de la lista que postula o de la organización política.
2.- Símbolo que identifica a la lista.
3.- Nombre, apellidos, firma, número del documento nacional de identidad y domicilio real, de los candidatos.
4.- Si los candidatos pertenecen a una organización política con vigencia de inscripción ante el Jurado Nacional de Elecciones
están exonerados presentar relación de adherentes.
5.- Plan de trabajo por el periodo de su gestión, considerando de manera objetiva los problemas priorizados del centro poblado y conteniendo soluciones viables, en el marco de los planes de gestión municipal, debidamente firmada por los candidatos a alcalde y regidores, la cual será publicado junto con la lista por el Comité Electoral.
6.- Declaración Jurada de vida de cada uno de los candidatos debidamente firmada, en el cual se consignará los datos personales del candidato, formación académica, experiencia laboral, cargos políticos y antecedentes judiciales.
7.- Recibo de pago al Comité Electoral por concepto de inscripción de la lista de candidatos equivalente a 3% UIT,.
8.- El número correlativo que indique la posición de los candidatos a regidores en la lista que debe estar conformada por no menos de un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres, no menos de un veinte por ciento (20%) de ciudadanos jóvenes menores de veintinueve años de edad.
9.- La lista de candidatos que no sea patrocinado por un partido político inscrito en el Jurado Nacional de Elecciones, deben presentar para su inscripción, una relación de adherentes que no sea menor al 1% de electores hábiles inscritos en el padrón electoral del centro poblado.
10.- Nombre, apellidos, copia del Documento Nacional de Identidad del personero legal de la lista.

Artículo 20º.- No pueden postular al cargo de alcalde y regidores de las municipalidades de centros poblados:
1. Los que estén comprendidos en los alcances de los artículos 8º de la Ley de Elecciones Municipales, con las excepciones en ellas señaladas.
2. Los miembros del comité electoral.
3. Los que se encuentran con sentencia judicial emitida en última instancia por delito doloso.
4. El que tenga vínculo de hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con uno o más miembros de la misma lista de candidatos.
5. Los que tengan pendientes rendición de cuentas, entrega de documentos o bienes en perjuicio de la municipalidad del centro poblado.

Artículo 21º.- No podrán inscribirse como candidatos en listas independientes los afiliados a Partidos Políticos, a menos que cuenten con autorización expresa de la agrupación política a la que pertenecen, la cual debe adjuntarse con la solicitud de inscripción. No se podrá postular por más de una lista de candidatos.

Artículo 22º.- El Comité Electoral publicará, al día siguiente de vencido el plazo de inscripción y por un periodo de tres (3) días naturales, en un lugar visible del local municipal, la lista provisional de candidatos, de acuerdo al orden de inscripción.

Artículo 23º.- Cualquier elector del centro poblado podrá formular tacha contra cualquier candidato y se presentará ante el Comité Electoral debidamente sustentados en las causales establecidas en la presente ordenanza, dentro de los tres (3) días calendarios siguientes a la publicación de la lista provisional de candidatos inscritos.
La solicitud de tacha será acompañada de un recibo de pago a la orden del Comité Electoral por un monto equivalente al 3% UIT, por cada candidato tachado. Si la tacha es declarada fundada el dinero se devuelve al solicitante.

Artículo 24º.- La tacha será resuelta por el Comité Electoral, dentro del plazo de tres (3) días calendarios. La apelación a la resolución del Comité Electoral se presentará en un plazo máximo de tres (03) días naturales y serán resueltas por la Gerencia Municipal Provincial en segunda y última instancia en igual plazo.

Artículo 25º.- La tacha solo podrá presentarse en forma individual, por cada uno de los candidatos de la lista, y en caso se declare fundada respecto de uno o más candidatos de una lista, no invalida la inscripción de los demás candidatos, quienes participan en la elección como si integraran una lista completa; tampoco se puede invalidar las inscripciones por muerte o renuncia de alguno de sus integrantes.

CAPITULO VI
PROPAGANDA ELECTORAL
Artículo 26º.- Quedan prohibidos como forma de propaganda política, el empleo de pinturas en las calzadas y muros de predios públicos, salvo cuando medie autorización por escrito del propietario del predio privado.

Artículo 27º.- Desde dos días antes del día señalado para las elecciones no pueden efectuarse reuniones o manifestaciones públicas de carácter político. Desde un día antes se suspende toda clase de propaganda política.
Se prohíbe a los electores hacer uso de banderas, divisas u otros distintivos desde el día anterior al de la elección hasta el día del sufragio.

CAPITULO VII
LOCAL DE VOTACION Y MESAS DE SUFRAGIO
Artículo 28º.- El Comité Electoral designará los locales de votación, así como las mesas de sufragio, que estará conformado por 200 electores hábiles para votar como máximo.

Artículo 29º.- Cada mesa de sufragio está compuesta por tres (3) miembros titulares: Presidente, Secretario y Tercer Miembro. La designación se realiza por sorteo en acto público entre los electores del padrón electoral y estará a cargo del Comité Electoral, en presencia del Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Provincial de Cañete y Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital. En este mismo acto son sorteados otros tres miembros, que tienen calidad de suplentes.
El sorteo se realizará 30 días naturales anteriores a la fecha señalada para las elecciones.

Artículo 30º.- No pueden ser miembros de mesa:
a.- Los candidatos y personeros de las listas participantes.
b.- Las autoridades políticas y miembros de los Concejos Municipales Provincial y Distrital.
c.- Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa.
El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo casos de enfermedad comprobado.

Artículo 31º.- El Comité Electoral publicará 48 horas después de realizado el sorteo la relación de miembros de mesa, indicando el lugar de votación.

CAPITULO VIII
DE LOS PERSONEROS
Artículo 32º.- Cada lista de candidato u organización política puede nombrar a un personero por mesa de sufragio el mismo día de las elecciones, pudiendo denunciar cualquier acto que atente contra la transparencia y legalidad del proceso electoral.

Artículo 33º.- No podrán ser acreditados como personeros:
a.- Los candidatos a alcalde y regidores.
b.- Los miembros de mesa.
c.- Los ciudadanos que no figuren en el padrón electoral del centro poblado.

Artículo 34º.- El personero legal se acredita ante el Comité Electoral, está facultado para presentar cualquier recurso o impugnación al Comité Electoral y ejerce representación plena de cada lista de candidato u organización política. Dicha impugnación debe estar debidamente sustentada.

CAPITULO IX
DE LA INSTALACION DE LAS MESAS DE SUFRAGIO, VOTACION Y ESCRUTINIO
Artículo 35º.- Los miembros de mesa se reúnen en el local de votación a las siete y treinta (07:30) horas del día de las elecciones, a fin de que la mesa de sufragio se instale a las ocho (08:00) horas.

Artículo 36º.- Si a las ocho y treinta (08:30) horas la mesa de sufragio no hubiese sido instalada por inasistencia de uno o más miembros titulares, se instalará con los suplentes o con electores de la fila.

Artículo 37º.- Instalada la mesa de sufragio se procederá a verificar el material electoral que estará compuesta por la lista de electores, cartel de candidatos, cédulas de votación, cabina de votación, ánfora, actas de instalación, sufragio y escrutinio, útiles y demás elementos necesarios. Los miembros de mesa firmarán el Acta de Instalación y colocarán en la cámara secreta el cartel de candidatos.

Artículo 38º.- Después que han votado los miembros de mesa se recibe el voto de los electores en orden de llegada, presentando su Documento Nacional de Identidad y comprobada su identidad se le entrega una cédula para que emita su voto en la cámara secreta. Acto seguido, depositará la cédula en el ánfora, firmando la lista de electores y colocando su huella digital.

Artículo 39º.- El voto es secreto e indelegable. Es válido cuando se marca un aspa o una cruz dentro de los cuadrados de la cédula de sufragio, siempre que la intersección esté dentro del cuadrado.

Artículo 40º.- La votación termina a las dieciséis (16) horas del mismo día. Los miembros de mesa deberán firmar el Acta de Sufragio, en la que constará el número de sufragantes.

Artículo 41º.- Abierta el ánfora, el Presidente de la mesa de sufragio abre las cédulas una por una y lee en voz alta su contenido. Todas las situaciones que se susciten durante el escrutinio son resueltas por los miembros de mesa, por mayoría de votos.

Artículo 42º.- Si alguno de los miembros de la mesa de sufragio o algún personero impugna una o varias cédulas, la mesa de sufragio resuelve inmediatamente la impugnación en primera instancia. Si ésta es declarada infundada, se procede a escrutar la cédula. De haber apelación verbal, esta consta en forma expresa en el Acta. En este caso la cédula no es escrutada y se coloca en sobre especial que se envía al Comité Electoral que resolverá en última instancia en el plazo de tres (3) días naturales de recibida para su pronunciamiento. Si la impugnación es declarada fundada, la cédula no es escrutada, si es declarada infundada la cédula es escrutada.
Las cédulas utilizadas y no impugnadas son destruidas por el Presidente de la Mesa de Sufragio, después del escrutinio.

Artículo 43º.- Terminado el conteo de votos se firmará el acta de escrutinio por los miembros de mesa y los personeros que estuvieron presentes en dicho acto, siendo distribuidos de la siguiente manera:
a) Un ejemplar al Comité Electoral.
b) Un ejemplar a la Municipalidad Provincial.
c) Un ejemplar a la Municipalidad Distrital de la jurisdicción a la que per tenezca el centro poblado.
d) Un ejemplar a los personeros que estuvieron presentes.

Artículo 44º.- El Presidente de Mesa entregará al Comité Electoral la lista de electores, las cédulas no utilizadas, los útiles, y actas electorales con el resultado de la votación.

CAPITULO X
DEL COMPUTO Y PROCLAMACION
Artículo 45º.- El Comité Electoral después de concluida la votación, se reúnen para resolver las impugnaciones que se hubieren formulado en la mesa de sufragio durante la votación y el escrutinio. La resolución es inapelable.

Artículo 46º.- Resueltas las impugnaciones referidas en el artículo anterior, el Comité Electoral en presencia de los personeros legales y del Gerente de Desarrollo Social y Participación Vecinal de la Municipalidad Provincial y Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital, procederá al cómputo de resultados.
La lista ganadora será la que haya obtenido la más alta votación correspondiéndole la elección de Alcalde y cuatro Regidores. La lista que haya obtenido la segunda mayor votación le corresponde un regidor.

Artículo 47º.- Asignada las votaciones correspondientes a las listas de candidatos u organizaciones políticas, el Comité Electoral comunica el resultado a la Municipalidad Provincial y lo publica en el local de la municipalidad del centro poblado por el término de tres (3) días naturales, pudiendo los personeros legales plantear nulidades de la elección en la Mesa o contra toda la elección del local de votación. El Comité Electoral resuelve en un plazo máximo de tres (3) días naturales.

Artículo 48º.- Contra lo resuelto por el Comité Electoral dentro de los tres (3) días naturales procede recurso de apelación ante la Municipalidad Provincial, quien resolverá en última instancia en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
En caso de empate se procede a efectuar un sorteo en acto público con presencia de los personeros legales, del Gerente de Desarrollo Social y Participación Vecinal de la Municipalidad Provincial, Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital y de notario público.

Artículo 49º.- Si no se han presentado ninguna impugnación ante el Comité Electoral o apelación ante la Municipalidad Provincial o han sido resueltas todas, el Alcalde Provincial proclama al alcalde y su lista de regidores, comunicando el cuadro de autoridades electas al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

Artículo 50º.- El Alcalde Provincial mediante Resolución de Alcaldía otorga las respectivas credenciales a los ciudadanos proclamados Alcalde y Regidores y el registro en el libro de autoridades de municipalidades de centros poblados.
Posteriormente, se procederá a la asunción y juramentación de las autoridades electas en acto público por el Alcalde Provincial o quien haga sus veces.

CAPITULO XI
DE LA REVOCATORIA
Artículo 51°.- La Revocatoria es el derecho que tiene la ciudadanía para destituir de sus cargos a los alcaldes y regidores de los centros poblados. No procede la revocatoria durante el primero y el último año de su mandato.
La solicitud de revocatoria de una o más autoridades municipales de centros poblados debe ser fundamentada, no requiere ser probada y deberá presentarse ante la municipalidad provincial, adjuntando las firmas del 25% de electores que figuren en el Padrón Electoral de la última votación.

Artículo 52º.- La Municipalidad Provincial convoca a consulta electoral la que se efectúa dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendarios siguientes de presentada la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos mencionados.
Para revocar a una autoridad se requiere la mitad más uno de los votos válidamente emitidos. Para que proceda la revocatoria deberán haber asistido por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los electores hábiles del padrón.
En caso contrario, la autoridad se mantiene en el cargo sin posibilidad de que se presente nueva solicitud hasta después de dos (2) años de realizada la consulta.

Artículo 53º.- La Municipalidad Provincial acredita como reemplazante de la autoridad revocada, a quien alcanzó el siguiente lugar en el número de votos de la misma lista para que se complete su mandato.
Si se confirmase la Revocatoria de más de un tercio de los miembros del Concejo Municipal, se convoca a nuevas elecciones. Mientras no se elijan a los reemplazantes en el cargo, asumen las funciones los accesitarios. Quienes reemplazan a los revocados completan el período para el que fueron elegidos éstos.

CAPITULO XII
DE LA VACANCIA
Artículo 54°.- El cargo de alcalde o regidor será declarado vacante por el concejo municipal de centro poblado, por cualquiera de las causales siguientes:
1.- Muerte.
2.- Asunción de otro cargo proveniente de mandato popular.
3.- Enfermedad o impedimento físico permanente que impida el desempeño normal de sus funciones.
4.- Ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta (30) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal.
5.- Cambio de domicilio fuera de la respectiva jurisdicción municipal.
6.- Condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad.
7.- Inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses.
8.- Nepotismo conforme a ley de la materia.
9.- Por incurrir directa o por interpósita persona en contrataciones, obras o servicios públicos municipales.
10.- Por sobrevenir algunos de los impedimentos establecidos en la ley de elecciones, después de la elección.
Para efecto del numeral 5 no se considera cambio de domicilio el señalamiento de más de un domicilio, siempre que uno de ellos se mantenga dentro de la circunscripción territorial.

Artículo 55º.- La vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada en primera instancia por el correspondiente concejo municipal de centro poblado, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho a defensa.
El acuerdo de concejo que declara o rechaza la vacancia es susceptible de recurso de reconsideración, a solicitud de parte, dentro del plazo de quince (15) días hábiles perentorios ante el respectivo concejo municipal.
El acuerdo que resuelve el recurso de reconsideración es susceptible de apelación. El recurso de apelación se interpone, a solicitud de parte, ante el concejo municipal que resolvió el recurso de reconsideración dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, el cual elevará lo actuado en el término de tres (3) días hábiles al Concejo Municipal Provincial, que resolverá en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, bajo responsabilidad.
Cualquier vecino puede solicitar la vacancia del cargo de un miembro del concejo ante el concejo municipal del centro poblado o ante el concejo municipal provincial; su pedido debe ser fundamentado y sustentado con la prueba que corresponda, según la causal. El concejo se pronuncia en sesión extraordinaria en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles después de presentada la solicitud y luego de notificarse al afectado para que ejerza su derecho de defensa.
En caso de que la solicitud sea presentada al concejo municipal provincial, él correrá traslado al concejo municipal respectivo para que proceda conforme a este artículo.

Artículo 56°.- En caso de vacancia o ausencia de alcalde lo reemplaza el primer regidor hábil de la lista. En caso de vacancia del regidor, lo remplaza:
1. Al primer regidor, el regidor hábil que sigue en la lista.
2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en la lista.

Artículo 57°.- El ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende por acuerdo de concejo en los siguientes casos:
1. Por incapacidad física o mental temporal.
2. Por licencia autorizada por el concejo municipal por un periodo máximo de treinta (30) días naturales.
3. Por el tiempo que dure el mandato de detención.
4. Por sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal.
5. Por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad.
Con excepción de la causal establecida en el numeral 2, acordada la suspensión se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 56º de la presente ordenanza, según corresponda.
Concluido el mandato de detención a que se refiere el numeral 3, al alcalde o regidor reasume sus funciones de forma automática e inmediata, sin requerir pronunciamiento alguno del concejo municipal. En el caso del numeral 5, la suspensión es declarada hasta que no haya recurso pendiente de resolver y el proceso se encuentre con sentencia consentida o ejecutoriada. En todo caso la suspensión no podrá acceder el plazo de la pena mínima prevista para el delito materia de sentencia. De ser absuelto en el proceso penal, el suspendido reasumirá el cargo, caso contrario, el concejo municipal declarará su vacancia.
Contra el acuerdo que apruebe o rechaza la suspensión procede recurso de reconsideración ante el mismo concejo municipal, dentro de los 8 días hábiles posteriores a la notificación del acuerdo, no siendo exigible su presentación para la interposición del recurso a que se contrae el párrafo siguiente.
El recurso de apelación se interpone ante el concejo municipal dentro de los diez (10) hábiles posteriores a la notificación del acuerdo de concejo que aprueba o rechaza la suspensión, o resuelve su reconsideración. El concejo municipal lo elevará al concejo municipal provincial en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, bajo responsabilidad.
El concejo municipal provincial resuelve en instancia definitiva. En todos los casos, el concejo municipal provincial expide las credenciales a que haya lugar.

CAPITULO XIII
DE LOS CONVENIOS DE COOPERACION Y DE COLABORACION
Artículo 58°.- La Municipalidad Provincial de Cañete suscribirá convenio de cooperación técnica con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), con la finalidad de que se le brinde asistencia técnica electoral, de acuerdo a sus posibilidades económicas.

Artículo 59°.- El proceso electoral puede contar con observadores electorales, a través de organismos estatales u organización de voluntariados, que celebren convenios de cooperación interinstitucional con la Municipalidad, a fin de garantizar la transferencia del acto electoral.

Artículo 60°.- La Municipalidad Provincial de Cañete podrá celebrar convenio de colaboración interinstitucional con el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), para que el proceso cuente con la participación de fiscalizadores designado por dicho organismo electoral.

DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Primera.- El Concejo Municipal Provincial podrá designar una Comisión Especial de Regidores que cumplirán las funciones de veedores. El Concejo Municipal Distrital, a cuya jurisdicción corresponda la municipalidad de centro poblado sujeta a convocatoria de elección, podrá designar una comisión con el mismo fin.

Segunda.- En tanto se constituya el Comité Electoral, la Municipalidad Provincial a través de la División de Participación Vecinal efectuará las coordinaciones necesarias.

Tercera.- Los actos no previstos por el presente reglamento serán resueltos por el Comité Electoral en primera instancia y la Municipalidad Provincial en última instancia aplicando en forma supletoria y complementaria las disposiciones de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos Nº 26300, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados Nº 28440.

Cuarta.- En una misma ordenanza podrá convocarse a elección de autoridades municipales de distintos centros poblados.

Quinta.- Los alcaldes y regidores de las municipalidades de centros poblados que a la fecha de convocatoria estén próximos a terminar o hayan terminado su período seguirán en el cargo hasta la juramentación de las nuevas autoridades municipales de centro poblados.

Sexta.- Deróguese la Ordenanza Nº 035-2005-MPC, y toda aquellas que se opongan a la presente.
Sétima.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
ARRIBA EL TELON...
Por: Ray Martín (El Chico Que Está de Moda)

Y levantamos el telón...
El día de hoy...
Hoy más que nunca, quiero encontrarme conmigo mismo... Buscar en lo profundo de mi alma y mi corazón... Sin dejar pasar por mi memoria, los nombres y apellidos de los más sinceros amigos que han pasado por cada una de las páginas escritas de mi vida...
Los nombres de los que se hallan lejos de mi vida y no se donde se encuentran... , de los que tengo cerca, que están allí; cada vez que los necesito... Los de mi niñez, adolescencia y madurez... Los que ya no veo con frecuencia y los que veo día a día, cuando amanece el sol... ; los que siempre llevo en mi mente y a los que en mi pensamiento muchas veces no se me vienen; los que han estado en los momentos difíciles y a los que siempre comparten conmigo una sonrisa... los que por causa ajena ofendí y herí; y a los que tal vez, me hicieron brotar lágrimas en mi rostro, con los que aprendí grandes lecciones y, con los que ojalá, les haya dejado algo de mí...
Anhelo que pasen a ser parte de mi alma, siempre los nombres y apellidos de mis amigos, para que queden marcados en mi existencia... aquellos nombres, que ya no están y se encuentran más allá de la línea horizontal de la vida, los cuales los llevo en cada una de mis oraciones; y los nombres que se estacionaron, solo por una vez y luego tomaron su rumbo... aquellos nombres que todavía no conozco, pero de seguro marcarán pautas en mi vida y mi nombre en la de ellos... Le doy gracias a aquellos amigos que han estado cuando estuve triste y me sentí mal.. Aquellos que con tan solo una palabra, te dan aliento del bueno, que cuando se está en la distancia ellos están ahí, para hacerte compañía, dando siempre una sonrisa y prestando su hombro, para ser muletas que muchas veces uno necesita... Porque definitivamente la amistad es el casamiento del alma y que va más allá de un momento grato... la amistad es el sentir de lo que padece otra persona, una verdadera amistad no tiempo, edad, color, sexo, ni cualquier barrera, la esencia de la amistad, es el apoyo incondicional, pase lo que pase, aceptando los defectos y realzando las virtudes de cada ser humano... En este momento de reflexión, quiero que se convierta cada espina, en un jardín de rosas blancas, cada lágrimas en miles de sonrisas y abrazos fraternales... Cada tiniebla en luminosas estrellas que floten en el universo y que de cada sufrimiento, nazca un sentimiento de felicidad.. Mil gracias por encontrarte o por haber estado en mi vida... Gracias a cada uno de ustedes por dejarme estar o por haber estado en cada una de sus historias, deseo de toda mi alma que me hayan llevado, que me lleven por siempre y que siempre esté en el tiempo y espacio que me necesiten, porque acá estoy, he estado y estaré hasta que DIOS me lo permita... Agradecido a la vida, por cada uno de esos nombres que marcaron pautas en las líneas de mi vida y los que tal vez marcarán, lo que falte de ella, ya que de cada nombre he aprendido, aprendo y aprenderé... Es el ciclo de una parte de mi vida... Cultivo una rosa blanca en junio como en enero.. Para el amigo sincero que me da su mano franca... Y para el cruel que me arranca el corazón con que vivo... Ni cardo, ni ortiga cultivo.. Cultivo una rosa blanca... (Percas)

Los amigos de la prensa...
PALABRA QUE SE EXPRESA.. PALABRA QUE SE ENSEÑA... o, PALABRA QUE OFENDE...
Sí... Así es... Hay que decirlo... No se puede caer en el vicio de usar el micrófono para propalar verdades a medias... Sin tener el asidero... NO se puede ser mezquino en reconocer la función o la labor de tal o cual funcionario, por el simple hecho de no querer hacerlo, porque no nos cae bien o porque alguien para hacer daño... Si por la suerte misma de hacer periodismo de vocación, se trata, es menester querer hacerlo, sentirlo, formar parte de ese grueso que no cae en la miseria de arredrar contra aquel que no paga una publicidad en tu programa... Lamentablemente, se ha venido dando tantos casos... De peleas entre hombres de prensa... de hipocresías en el saludo...
NO se puede decir aquí que "lo cortés no quita lo valiente", porque ello no es pasible de ser aplicado en estos actos bochornosos que se han venido dando... En fin, desde MATICES apelamos a la serenidad.. El "tiempo es el mejor juez de las cosas"... No ponemos paños fríos a esta calentura, queremos que se entienda que queremos contribuir a mejorar la calidad de los que cogen el micrófono o empuñan la pluma, llamándose periodistas... No olvidemos que el periodismo, es la más noble de las profesiones o el peor de los oficios... Ubiquémonos en nuestra orilla y no pretendamos ser o, lo sabedores de los códigos o los buenos nuevos de la hornada... Ni lo uno ni lo otro.. Lo digo «Ab imo pectore».. Ya es tiempo... Gracias a Dios, todavía hay medios a los que se les reconoce, el apego a las normas de conducta, al conocimiento de lo que se informa y por ello, me place saludaros a los amigos de la prensa que no transigen con la calumnia ni la difamación... Jorge Gonzáles Prada, Víctor Hugo Cárdenas Torres, Víctor Hugo Cárdenas Pachas, Eladio Quispe Muchotrigo, Wilfredo Cayllahua León, David Morales, Miguel García Ibarra, José de la Cruz Cuenca, Hernán Medrano Llanos, José López Cubillas, Santiago Cubillas Albino, José López Chumpitáz, Américo Huamán, Germán Yactayo Giambó, Fabiola Barrutia, Marcelo Ochoa Yactayo, Alberto Ramos de la Cruz, Fernando Zavala Erce, Rómulo Pardo.... Probablemente no sea el orden, pero no se trata de poner primero a tal o cual persona... Se trata simplemente de saber hacer las cosas, ensadamente...
Sin medias tintas, pero con respeto... Sin anteponer el hígado ni valerse del comentario ajeno para hacer triz ... Eso no es así... Siempre habrá personas más grandes o más pequeñas que nosotros... y no se trata de ver la paja en el ojo ajeno... No, por el simple hecho de comprar un espacio o adquirir una grabadora, ello sea suficiente motivo para atentar contra el lenguaje... Contra las buenas costumbres.. Contra la moral... Y sobretodo, decir cada cosa, merced al torpe ignorantismo que la oscuridad del desconocimiento suele dar... No es analfabeto aquel que por su naturaleza de condición socioeconómica no le permitió aprender, sino aquél que sabiendo, no lo hace... Así de simple...

Y bajamos el telón...
Nos vamos con Debbie Allison... Nos preparamos para los quinceaños de Famery en mi tierra natal, San Benito de Palermo... Increíble, somos padrinos... Je,je,je.. Cuídense que los estoy chequeando con mis lentes de contacto
JUDICIALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA
JEFATURA DE LOS REGISTROS DEL ESTADO CIVIL
El Jefe ( e) del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná, Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V – Sección Segunda, Art. 73º, mando publicar que con Expediente Nº 4673 de fecha 01 de Junio del año en curso, Don Víctor Raúl De Tomas Gonzales, solicita Rectificación Administrativa de su Partida de Nacimiento registrada en el Libro de Nacimientos de esta Municipalidad del año 1952 en el sentido de Rectificar el nombre del titular escribiéndose como VICTOR RAUL DE TOMAS GONZALES y no COMO VICTOR RAUL TOMAS. Así mismo en el margen de la partida debe consignarse el apellido materno Gonzales el que se ha omitido.
Quienes consideren que puedan resultar perjudicados con la Rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de Ley, caso contrario se procederá a la inscripción, según Art. 68º de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 04 de Junio del 2007.
Adrián Luis Ramos Salazar
Jefe de la Oficina Registro Civil
DNI Nº15404175

06 junio 2007

A Imperial Llega Mario Mateo Quispe...
DESIGNAN NUEVOS GOBERNADORES EN IMPERIAL, CERRO AZUL, CHILCA Y SAN LUIS...

SAN VICENTE.- La Dirección del Gobierno Interior del Ministerio del Interior, subrogó de sus cargos al cuadro de gobernadores de los diferentes distritos de la provincia de Cañete y designó a una en un distrito de la provincia de Yauyos.
En Imperial a través de la Resolución Directoral 2437 – 2007-IN- 1501, le dieron las gracias a Ascencio Alberto Reynozo Villar y en su reemplazo designan a Mario Alberto Mateo Quispe.
Asimismo en Cerro Azul le dan las gracias por los servicios prestados a don Luís Enrique Chumpitaz Malásquez para designar a la profesora Yennyfer Melisa Aquije Padilla como flamante Gobernadora de este Distrito.
En San Luís, le dijeron hasta aquí nomás a don Darío Walter Maraví Tovar para dar paso nada menos que a don Luís Alberto Suárez León quien ya comenzó a laborar desde anoche.
En Chilca dejaron sin efecto el nombramiento de Gobernador a don Walson Javier Ruiz Zelada para dar paso a don Francisco Ruiz Gonzáles, popular "Pancho", uno de los "compañeros" que se "fajó" en la campaña anterior por el APRA.

UNA MUJER EN CACRA…
Igualmente en el distrito de Cacra, provincia de Yauyos a través de la Resolución 2454 – 2007 – INT. 1501, designaron a doña Margot Molleda Cuevas de Ascencio como Gobernadora, ante la carencia de un titular en este distrito.
Los flamantes gobernadores de Cañete, se pondrán a la orden del Gobernador de Cañete, Ing. Fausto Espinosa, para iniciar las coordinaciones de trabajo en conjunto a favor de sus jurisdicciones.

AGUA PARA TODOS…
Uno de los proyectos que pretenden desarrollar los flamantes gobernadores es hacer realidad el proyecto que promueve el Gobierno Central, Agua para Todos, a través del "schok de inversiones" que ejecuta el régimen actual.
Sin duda, una labor importante lo viene ejecutando el ex candidato a la alcaldía de Imperial, Víctor Raúl Candioti Huapaya, quien debido a las amistades con que cuenta en los estamentos del gobierno quiere intervenir con sus buenos oficios.
CON NOMBRE PROPIO...
Por: Percy Castañeda Arellano

CERO Y VAN TRECE…
A Municipio Provincial no le importa la caída de gente en la Av.. Mcal. Benavides...
Así es. No obstante las continuas llamadas que se hacen a los diversos medios de comunicación de Cañete, las autoridades del municipio provincial, no se inmutan y permiten que se sigan cayendo y accidentándose diversas personas, hombres y mujeres, incluyéndose a niños en edad escolar que transitan por estas arterias. Trece. Sí, señor Alcalde Javier Alvarado Gonzáles del Valle, son trece ya las personas caídas. Lamentablemente, es una falta de prevención de quienes están trabajando en el Departamento de Obras, pero sobre esto no se les escucha decir nada a quienes laboran en el Area de Relaciones Públicas que deberían entender que se les paga no para que hablen bien de su Jefe Supremo, sino para que en virtud a su capacidad de respuesta den cuenta a las unidades pertinentes, para que soluciones estos problemas que afecta a una parte de los ciudadanos. ¡Quiera Dios que no haya un accidente de consecuencias funestas! Esta es la tercera vez que citamos el mismo asunto y, en tal sentido, solicitamos la intervención de los regidores, porque esta situación ya es irremediable, toda vez que la inacción municipal –sobre esta materia- si que podría costarle la vida a alguna persona. ¡Más vale prevenir que lamentar! En fin. Ojalá que esta vez, haya eco.

¿Porqué, las sacaron de la Plaza San Martín…?
EL FESTIVAL DEL SABOR EN POCOTO DE FORMA PROVISIONAL…?
Así se los habría hecho saber el propio burgomaestre de Cañete…
Hace unos días fuimos llamado, por un grupo de personas que forman parte del denominado "Festival del Sabor Cañetano". Las compungidas madres de familia nos informaron que hace aproximadamente tres semanas, faltando tres días para el día domingo en que suelen presentarse las integrantes con sus productos para la venta, les comunicaron que no podían seguir expendiendo en la Plaza San Martín, sus potajes y dulces. Pero, no solo no las citaron para hablar sobre el tema en la municipalidad –como tenía que ser- sino que simplemente las notificaron o mejor dicho, un policía municipal dejó las notificaciones en el domicilio de la Señora Susana Tovar (sí, dejaron todas en su domicilio) y ya, eso era materia concluida. ¡Increíble! Javier Alvarado Gonzáles del Valle, tiene un proceder que -según él- cree que es principio de autoridad y ha desconocido un logro de parte de estas nobles damas que ganaron un concurso promovido por el propio Concejo municipal, en época de don Jaime Wong Barranca y que siguió Doña Rufina Lévano Quispe e impulsó Rubén Auqui Cáceres. Veamos lo sucedido: Sacan a las que integran el "Festival del Sa.... " y les indican que las autoridades de salud, han manifestado que no expenden sus productos en forma higiénica o, en todo caso que no cumplen con las condiciones requeridas para una buena atención. Seamos claros. En primer lugar, todo lo que venden, se entrega en utensilios descartables, cuentan con un depósito para deshechos, portan mandiles y prendas de cabeza. Incluso para las personas que desean degustar sus alimentos en el lugar, les entregan todo embolsado, de manera que, no sabemos a que se refiere la preocupación del sector salud. Si por el tema de los Servicios Higiénicos respecta, eso si creo que era un tema de preocupación y que bien pudiera haberse solucionado. Por de pronto, consultamos con algunos altos mandos de la Jefatura Policial y nos dijeron que por ellos no había problemas. Además hemos sido testigos de que en innumerables ocasiones, grupos de turistas han decidido probar estos manjares de la exquisita comida cañetana que ahí se expende a desmedro de lo carísimo que suelen estar estos potajes en la pintoresca Lunahuaná. ¡Ah! Ya caemos. ¿Podría ser ese el tema? Que en la Villa de Lunahuaná, la cosa está carísima y que la gente prefiere comer en San Vicente?... Ummm. Bueno no vamos a conjeturar al respecto. No obstante, habría que decir que el Alcalde -según versiones de las propias madres cocineras- les ha dicho que van a estar en el Centro Comercial Pócoto (Que feo nombre) y sin más ni más... Sí, pues. La verdad que eso si que sorprende. Sabe don Javiercito que el primer día que estuvieron en este lugar, las señoras de este programa, se tuvieron que regresar con todo a sus casas?. ¿Sabe que ahora venden tres o cuatro platos, simplemente? ¿Sabe que eso fue aprobado en una Sesión de Concejo y que las señoras participan en un concurso anualmente y que son evaluadas por profesionales del arte culinario de renombre que viene desde la capital?. NO se oye, padre. Javier Alvarado y su séquito patean el tablero constantemente y los regidores, bien gracias.
Designan Interinamente a CPC Enrique Loyola Arias En Cargo De Gerencia...
SE REALIZO CON TODA NORMALIDAD TRANSFERENCIA DE CARGO ENTRE EMAPA CAÑETE Y ACCIONISTAS...

SAN VICENTE.- Con toda normalidad se realizó ayer la transferencia de cargo entre la Administración Judicial y la Junta de Accionistas de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, EMAPA – Cañete S.A.
Tal como estaba previsto en la Resolución Judicial, emitido por el Dr. José Dulanto Santini, Juez Mixto de la Corte de Cañete, él mismo hizo cumplir la disposición judicial entregando la empresa en manos de los accionistas.
Para dar fe al acto se hizo presente un Notario Público, la Fiscalía de Prevención del Delito y los alcaldes accionistas encabezado por Javier Alvarado en su condición de ser presidente de la Junta de Accionistas.
Alvarado Gonzáles del Valle, expresó que la transferencia se desarrolló con toda normalidad y anunció que en los próximos días se elegirán a los integrantes del Directorio, tal como lo dispone la nueva Ley de Saneamiento.
Alvarado precisó que interinamente estará al frente de la empresa el CPC Enrique Loyola Arias, hasta que asuma la titular Ing. María Del Carmen Quevedo Caiña, quien fue elegida gerente por los Accionistas en Junta Universal.

DR. CARLOS CUADROS…
Por su parte, el Dr. Carlos Cuadros Guerrero, quien asumió la Administración Judicial por disposición judicial por dos años y dos meses respectivamente, ante las discrepancias internas suscitados por los ex alcaldes accionistas, dijo sentirse contento por haber cumplido con la tarea.
"Dejo una empresa equilibrada a comparación de cómo lo encontré. Y mostró su agradecimiento al Dr. José Dulanto por haberle dado la oportunidad", comentó Cuadros Guerrero.
Tras expresar que ya no existían los motivos para continuar con la Administración Judicial, deseó todos los éxitos a los nuevos accionistas de la empresa y recomendó que busquen un solo norte para su progreso, a fin que esta no sea privatizada, tal como tiene en agenda el régimen.
EL VIH SIDA, AZOTE DE LA JUVENTUD...
Por: Prof. Héctor Percy Huari Rodríguez

Según últimos reportes científicos, el avance del Virus de la inmuno deficiencia humana es incontenible en el mundo, nuestra provincia no esta exenta de ello, y los principales afectados son nuestros jóvenes, por falta de información, cuando no, por desconocimiento. Este artículo pretende contribuir a favor de la causa, el de informar acerca de los peligros de una relación coital promiscua.
El VIH-SIDA no daña solamente al cuerpo sino a toda la persona, sus relaciones interpersonales y su vida social. La Inmuno-deficiencia del VIH-SIDA también se da simultáneamente en el plano de los valores existenciales. Es una verdadera patología del Espíritu. Es un azote. Lleva consigo una crisis de valores morales. Teniendo en cuenta el carácter sagrado de la vida humana; no es lícito ni el aborto ni la eutanasia dentro de las providencias que hay que tomar frente al VIH-SIDA. Para la prevención se necesita la información adecuada y debida de los valores morales y no se permite cualquier cosa que viole el valor de la sexualidad. La Prevención debe realizarse respetando la dignidad del hombre y su destino trascendente, excluyendo campañas que conlleven modelos de comportamiento que favorezcan la extensión del mal. Se trataría de informaciones que más que ayudar perjudicarían. Hay que informar y educar sin prejuicio de la ética. Hay que iluminar a los jóvenes sobre los valores que están en juego. El mejor remedio frente al VIH-SIDA, que se transmite por relaciones sexuales ilícitas, es la fidelidad matrimonial y la castidad. Para prevenir el VIH-SIDA hay que educar a los jóvenes y adultos de manera que puedan reencontrar la madurez afectiva y la sexualidad ordenada.
El enfermo de VIH-SIDA debe ser consciente de que Dios lo ama a él y a todos los demás enfermos, a todo lo que se relaciona con ellos, a sus familiares. Algunos comportamientos deliberados contribuyen a la difusión del VIH-SIDA. Se recomienda siempre el recto comportamiento sexual, el amor humano en el matrimonio en fidelidad y castidad, el libertinaje aumenta el peligro de contagio del VIH-SIDA. Los padres de familia deben evitar la enfermedad y su transmisión vertical. Creo que no seremos muy apegados a las normas de la iglesia, de la religión, pero en esta etapa el hombre debe buscar encontrarse a si mismo a través de la Fe. El enfermo de VIH-SIDA debe ser objeto de asistencia y de todo respeto. Se debe mostrar el amor misericordioso de Dios para con los huérfanos de padres que murieron por el VIH-SIDA. Debemos superar la barrera de la enfermedad y de la culpa moral en la atención a los enfermos del VIH-SIDA. Debemos permanecer cerca de los enfermos.
Las autoridades competentes deben actuar para tratar de resolver el problema de los enfermos del VIH-SIDA. No deben de implementar campañas de prevención contra el VIH-SIDA que incluyan modelos de comportamiento que favorezcan la expansión del mal; o también dar cierta clase de información que perjudique más que beneficie. Gran labor por supuesto, también de los políticos, quienes deben hacer todo el esfuerzo posible para poner fin a este flagelo del VIH-SIDA. Debe haber una solidaridad de los gobernantes con los enfermos de VIH-SIDA. Debe haber una solidaridad de los científicos que se esfuerzan por combatir el flagelo del VIH-SIDA. Creo que esta cerca el día que se encontraran medicinas eficaces para debelar la enfermedad del VIH-SIDA, debido a las eficaces investigaciones de los científicos. Por ello, los científicos del mundo han de unirse en la investigación de la cura del VIH-SIDA y no haya entre los científicos rivalidades estériles en el propio trabajo.
Históricamente Fueron Figuras Con Dignidad, Etica y Amantes De Su Patria...
DA VERGUENZA LLAMAR A CONGRESISTAS DE CONDUCTA DELICTIVA... "PADRES DE LA PATRIA"...
Por: Cleto Aguado Gutiérrez

Debido a la diversidad de hechos delictivos desde estafa hasta violación sexual en el Congreso de antes y ahora, convertidos en escándalos mayúsculos a nivel nacional y siendo sus autores los mismos congresistas que comprometen la majestad del recinto congresal, es la ofensa más indignante para el Perú y los peruanos, habiéndose desencadenado en el actual gobierno aprista como si estuviésemos en la peor anarquía. Sin embargo, pese a las investigaciones de Fiscales y Jueces con resultados punibles, el régimen aprista desde el sonado "CASO PANDOLFI", pretende maquillar todo el vendaval de anormalidades punibles utilizando las palabras pueriles, ERROR, EQUIVOCACION O DISCULPAS AL PAIS, cuando en realidad en estos casos la medicina eficaz es la SANCION DRASTICA en concordancia con las leyes; de lo contrario, las leyes y los congresistas de mala calaña que la fabrican estarían demás y mejor sería cerrar el Congreso y sepultar así el burocrático e innecesario sueño de la bicameralidad parlamentaria.
Algunas veces, hay que aprender algo de los países vecinos. Por ejemplo, hace varios meses el parlamento ecuatoriano ha desaforado a 57 congresistas solamente por oponerse a la elaboración de una nueva constitución; los afectados apelaron al Tribunal Constitucional que ordenó su reincorporación; pero, finalmente también fue decapitado dicho Tribunal. Sabemos que nuestra opinión sobre la vergonzosa corrupción del Congreso Peruano no tendrán ninguna implicancia, pero pensamos que a través de estas páginas la posteridad se enterará y se dará cuenta que, "en política, la puñalada artera de la arbitrariedad se disfraza de justicia y trunca la impecable aspiración de personas y pueblo". Felizmente, en el Congreso actual hay todavía personajes muy respetables y honestos profesionales, por lo que tenemos que reafirmar, "No están todos los que deben estar, ni son todos los que están".

CONGRESISTAS "ENFERMOS", ESPECTADORES DE FUTBOL EN BRASIL…
Todavía muchos recordarán que en el anterior gobierno también hubieron muchas perlas manipuladas por congresistas y en el Congreso. Entre éstas resaltan que cuatro congresistas, unos con certificados médicos falsos y otros por supuestos "problemas personales", lograron "permisos" y viajaron a Brasil para espectar un partido de fútbol de Alianza Lima con un equipo brasileño. También figura la arrogancia y enfrentamiento del congresista Alfredo Gonzales Salazar con violencia y resistencia contra el Poder Judicial y la policía, así como la violación cometida por el congresista Leoncio Torres Ccalla contra su personal auxiliar.

ROSARIO DE DELITOS NO SON "ERRORES" SEÑOR PRESIDENTE…
En ninguna parte del mundo los delitos son sinónimos de "errores", tampoco el Presidente de la República hasta el más humilde ciudadano peruano puede confundir lo que es un delito de lo que es una equivocación. En ninguna parte de nuestra legislación se advierte que un DELITO se puede subsanar con una DISCULPA AL PAIS, esto es una criollada y engaño político al pueblo.
Todo comenzó cuando en Diciembre del 2 006 viajaron a Brasil los congresistas Carlos Torres Caro (UP), José Vega Antonio (UPP) y Javier Velásquez Quesquén (APRA), para asistir a la XXII Asamblea del Parlamento Latinoamericano. Sobre la misión encomendada no se sabe si cumplió o no; pero recién en Marzo del presente año se desató el primer escándalo en el gobierno del APRA, que estos congresistas se exhibieron en actos deshonestos durante el desarrollo de una juerga brasileña conforme se ha difundido en fotografías periodísticas. Por esta vergüenza y desprestigio nacional del parlamento solamente fue sancionado Torres Caro con el regalo de 30 días de suspensión parlamentaria.
Otro de los hechos denigrantes y repudiables es el caso de ELSA CANCHAYA SANCHEZ, quien siendo abogada y se desempeñaba como Notario en Huancayo antes de llegar al parlamento, haya contratado a su empleada doméstica Jackeline Simón Vicente como supuesta ASESORA parlamentaria, que nunca trabajó como tal y sostenía que era una experta en titulación; porque se vestía de blanco por ser "niñera" engatusaba señalando que estudiaba "farmacia", etc., pero dicha congresista parece que no tiene ni la idea de lo que significa la palabra "ASESOR", que es el que da consejos, entonces… ¿Qué consejos y orientaciones quería recibir de una trabajadora del hogar?.

MAS CONGRESISTAS Y MAS DELITOS IMPUNES…
Dice un sabio pensamiento, "se mediocre, pedante y rastrero y llegarás a todos", tal vez muchos congresistas practican esta modalidad con el único afán de enriquecimiento o estafando al Perú, por eso conforme pasan los días están surgiendo nuevos "CANCHAYAS" en el Congreso; entre los que figuran Walter Menchola Vásquez (UN) que dio trabajo a su amiga "sentimental" Karen Ku Peña, Tula Benitez Vásquez (APRA), que tenía en planilla al trabajador fantasma Juan Carlos Cuadros; Ricardo Pando Córdova (fujimorista) por un caso similar al anterior.
También otros 9 congresistas integrantes del PN y UPP, Alvaro Gutiérrez Cueva, Nancy Obregón Peralta, Martha Acosta Zárate, Werner Cabrera Campos, Miro Ruíz Delgado, Elsa Malpartida Jara, Gloria Ramos Prudencio, Hilaria Supa Huamán y Juana Huancahuari Páucar están en la mira de la Corte Suprema de Justicia por escándalo en el hemiciclo contra la aprobación del Tratado de Libre Comercio. VEREMOS, que desdichas ocurren en los próximos días en el Congreso de la República.
Dr. Alberto Tuesta Zuta, Fija Posición En La Región Lima...
"NELSON CHUI NO CUMPLE CON SU PROGRAMA DE GOBIERNO Y SUS ASESORES ENSOMBRECEN SU GESTION"...

SAN VICENTE.- "Nelson Chui, no está cumpliendo con su programa de gobierno que prometió en la campaña electoral y eso a mí me duele. Y ello obedece porque sus asesores ensombrecen su labor".
Palabras del ex candidato a la presidencia del gobierno regional de Lima, Alberto Tuesta Zuta (Si Cumple) en la reciente visita que hizo a Cañete donde fijó su posición e hizo un balance general de los primeros seis meses de gestión.
Tuesta Zuta, quien fue entrevistado en el programa "Collage Noticias" (Mix Cristal), dijo que observa a un Nelson Chui, totalmente desconocido, donde su propio entorno está sumamente descontento con su labor.

ES MI AMIGO... PERO NO SE QUE ES LO QUE PASA...
"Nelson es mi amigo. Pero, no sé lo le que pasa. En una oportunidad estuvimos juntos y trabajamos en la Cámara de Comercio de Huacho por el bien de la provincia. Pero, ahora lo veo distinto", puntualizó.
Dijo que incluso en las últimas semanas hasta se viene contradiciendo, al afirmar versiones inexactas como el de declarar a los medios que "el no era político sino técnico", punto de vista que no se plasma en la realidad.
Tuesta Zuta, dijo que uno de los errores que viene cometiendo la gestión actual es la falta de proyectos de impacto regional, planteamiento que hizo durante su campaña electoral, pero que hoy no cumple.
El también otrora ex presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, reveló que todos estos errores obedecen a la carencia de un equipo compacto de asesores que no está a la altura para estar al frente del gobierno regional.
"Los asesores o técnicos que contaba Nelson Chui antes de ser presidente regional, hoy en día ya no están. Se han apartado porque observan que las cosas están tomando rumbos diferentes", precisó Chui.
Aclaró que aquellos técnicos que hicieron realidad la creación de la novísima Región Lima, hoy en día prefieren estar mantenerse al margen porque se sienten decepcionados por su gestión.

PROTESTAS... TODAVIA NO ES EL MOMENTO...
Tras considerarse amigo de Nelson Chui y que mucha gente de su entorno ha visitado su despacho para solicitarle que inicie las protestas contra la administración, tal como lo hizo con la ex gestión, Tuesta Zuta, dice que aún no es el momento.
"Espero que las cosas cambien por el bien de los pueblos de la Región Lima y que Nelson Chui, retome la verdadera bandera del desarrollo y progreso de la Región Lima", acotó Tuesta Zuta.
JUDICIALES

SUCESION INTESTADA
Ante mi despacho, Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó GENOVEVA SAMAN SANCHEZ, manifestando ser hija de quien fuera en vida IGNACIA SANCHEZ VICENTE; quien falleció intestada en esta provincia el 19 de Agosto de 1976, a efecto de que se declare como únicos y universales herederos al cónyuge supérstite don JULIAN SAMAN CARBAJAL y a sus hijos: GENOVEVA SAMAN SANCHEZ y ALFREDO SAMAN SANCHEZ. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 25 de Mayo del 2007.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
Alcalde y Regidores Botan La Casa Por La Ventana...
SE VIENE CON TODO 45º ANIVERSARIO DE CREACION POLITICA DEL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL...

NUEVO IMPERIAL.- Con la elección y coronación de Srta. Nuevo Imperial 2007 a desarrollarse este sábado nueve de Junio en el Coliseo Cerrado "José Vicente Yaya", se inician los festejos por los 45 años de creación política del encantador y fascinante distrito de Nuevo Imperial.
Son trece las participantes que participarán al cetro del Su Majestad, que contará por vez primera con la animación de principio a fin de una de las destacadas artistas de Televisión Tula Rodríguez.
En conferencia de prensa que organizó el burgomaestre del lugar, Prof. Jorge García Quispe, manifestó que entre las actividades más saltantes estarán las verbenas, show artísticos y muchas otras novedades más.

REGIDORA MARLENE SE FAJA POR SU PUEBLO…
Una de las regidoras más activas y que trabaja a tiempo completo por su pueblo es la señora Marlene Gonzáles Meza, quien viene siendo una de las artífices en estos 45 años de creación política.
Precisamente en su responsabilidad recae la organización del Festival de la Cachina y la Sopa Seca, eventos que son toda una tradición en Nuevo Imperial y que se dio inicio a principios de la década de los 90 con Rufina Lévano.
"Estamos trabajando de la mano con el alcalde, Jorge García, quien está brindando todo el apoyo a las comisiones de trabajo y queremos presentar lo mejor en esta fiesta de los 45 años de creación política.

EXPONDRAN ARTESANIA DEL PENAL DE CANTERA…
Marlene Gonzáles, manifestó que una de las novedades en este nuevo aniversario será la exposición de los trabajos que realizan los reclusos del Penal de Cantera, cuyos productos son de primera calidad.
"Hay que dar la oportunidad a esta gente que quiere reinsertarse a la sociedad. Como municipio lo estamos apoyando y en este aniversario vamos a ofrecerle un stand para vender sus productos", expresó.
Finalmente, invitó a toda la población a participar en este nuevo aniversario que se inicia el próximo sábado nueve de junio y culmina el próximo 22 de junio con un imponente desfile cívico militar que contará con la asistencia de la bandas de músicos de nuestro glorioso Ejército Peruano y la Marina de Guerra del Perú.

05 junio 2007

JUDICIALES

RESOLUCION Nº 04- 2007
Pueblo Nuevo de Conta, veinticinco de Mayo del año dos mil siete.
En el proceso seguido por don William Campos Chulluncuy contra don Jaime Villalva Chavez por pago de nuevos soles.
El bien a rematar dos vacas: una negra con manchas blancas, una blanca con manchas negras, dos terneros; colores blanco con manchas negras.
Siendo el total de la deuda (embargo) la suma – cantidad de tres mil cuatrocientos nuevos soles.
Al llevarse a cabo el Remate Judicial el día Miércoles seis de Junio a horas cinco de la tarde en el Juzgado de Paz de Pueblo Nuevo de Conta.
OFELIA ESTHER LOPEZ PADILLA
JUEZ DE PAZ
C.P.M. Pueblo Nuevo de Conta
Distrito de Nuevo Imperial – Cañete
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 2007-0308.- Ante el 1º Juzgado de Paz Letrado de Cañete, JORGE PAULINO SANCHEZ PEÑA solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que se corrijan: 1) "… se adicione mi apellido materno ´PEÑA´ se ha consignado mi nombre como JORGE PAULINO SANCHEZ, siendo lo correcto JORGE PAULINO SANCHEZ PEÑA…"; 2) "... así mismo se adicione el apellido materno de mi padre ´HUAMAN´, toda vez que se le consignó como JUAN SANCHEZ, siendo lo correcto JUAN SANCHEZ HUAMAN…".; 3) "… así mismo se adicione el apellido materno de mi señora madre ´SANCHEZ´ pues se le consignó como ALICIA PEÑA, siendo lo correcto ALICIA PEÑA SANCHEZ…". Lo que se publica conforme a Ley.
Cañete, 11 de Mayo del 2007.
Omar Velásquez Ochoa
Secretario Judicial
Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete


EDICTO JUDICIAL
Expediente Nro. 2007-00334, en los seguidos por el Ministerio Público en la Investigación Tutelar a favor de la menor Angélica María Chumpitaz Ríos, por encontrarse en presunto Estado de Abandono; por ante el Primer Juzgado Especializado de Cañete, la señorita Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe. ———————————————
Resolución NÚMERO 01, de fecha 25 de Abril del 2007, SE RESUELVE: 1°) APERTURAR INVESTIGACION TUTELAR a favor de la menor ANGELICA MARIA CHUMPITAZ RIOS, de dos años de edad. 2°) SEÑALASESE FECHA para la realización de la AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS, la misma que debido a las recargadas labores del Juzgado, se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL SIETE A LAS DIEZ HORAS, con intervención del representante del Ministerio Público, en la que se actuará las siguientes diligencias: 1) Recíbase la declaración de María Guadalupe Ríos Huamán, madre de la menor tutelada. 2) Se recabe la partida de nacimiento de la menor tutelada, para tal efecto OFÍCIESE a la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores de la Ciudad de Lima. 3) Se practique una EVALUACIÓN MÉDICA Y PSICOLÓGICA a la menor tutelada, para tal efecto OFÍCIESE. 4) Se practique una EVALUACIÓN SOCIAL a la menor tutelada, para tal efecto cúrsese el memorandum a la Asistenta Social adscrita al Juzgado de Familia, una vez realizada la misma se evacue el Informe Social correspondiente. 5) El mérito probatorio del acta Fiscal de medidas de protección inmediatas de fecha veintisiete de marzo del año dos mil siete. 6) El mérito probatorio de la copia certificada de la Historia Clínica número 155509, correspondiente a la menor tutelada. Al Primer y Segundo Otrosí: Téngase presente.- OFICIÁNDOSE Y NOTIFICANDOSE.- Fdo. Dra. María Guadalupe Garnica Pinazo – Juez .- Víctor Tomás Quispe Campos – Secretario Judicial.
Cañete, 25 de Mayo de 2007
Dr. Víctor Tomas Quispe Campos
Secretario Judicial
Primer Juzgado Especializado de Familia
5, 6 y 7 de Junio
ARRIBA EL TELON...
Por: Ray Martin - El chico que está de moda

LA CONFERENCIA DE PRENSA DE NUEVO IMPERIAL...
45 AÑOS DE CREACION POLITICA...
Bien… No empezó tarde. Por ahí muy bien… No hubieron muchos hombres de prensa… Quizá porque se programó un poco tarde, aunque la invitación fue hecha para las seis de la tarde… EL alcalde Jorge García Quispe se presentó correctamente con sus regidores… NO se sabía que tenía que hacer la Juez de Paz ahí, pero estuvo… Tampoco el Gobernador… Esto fue una rueda de prensa.. bastaba con que esté la comisión en pleno… En fin… La singular voz de Marcelo Ochoa Yactayo, dio inició a lo programado… breve la alocución del alcalde… Bien por ello… Luego la síntesis de la primera dama, igual… comenzó a preguntar Jorge Gonzáles Prada, quien dijo algo que tiene mucho asidero… Tula Rodríguez (quien viene a animar el evento de belleza) ya tuvo un mal precedente como conductora… No solo se fue, sino que estuvo con poses de gran figura que no lo es… Eso es cierto… Es innegable… Aquí no solo se tiene que ver el hecho de venir a conducir algo que no sabe bien hacer y que cumplirá hasta que culmine el certamen… le damos el beneficio de la duda y, por ello, esperamos equivocarnos… Respecto de la actividad en mención, es necesario subrayar que su presupuesto si que es abultado… Lo imaginamos desde el momento en que se dijo que el escenógrafo cobra la friolera de S/. 2,600.00 (Dos Mil Seiscientos Nuevos Soles) y teniendo en cuenta que entre gastos de movilidad, atenciones, obsequios, equipo de sonido, luces, show artístico y todo lo demás, esto debe ascender a un aproximado mínimo de S/. 5,000.00 (Cinco Mil Nuevos Soles).. y, probablemente nos quedemos cortos… Si, el valor del ingreso –tal como lo dijo la presidenta de esta comisión- tendrá un valor de S/. 5.00, tendrían que ingresar un mínimo de 1000 personas pagantes… Ummm… Por supuesto que ello no es difícil y, para eso, se tendría que presentar un cartel de primer nivel… Al margen de lo alguien diga que se cuenta con auspicios, ello no permitiría un buen recaudo… Por eso, le deseamos suerte… Están a tiempo de contratar algún número que pueda colmar las expectativas… De las candidatas, tenemos que decir que se ve que este año, hay buenos prospectos.. Chicas atractivas, delicadas en su trato… Y, con buenos atributos… La cosa estará reñida… Ojalá y la publicidad sea efectiva y no se piense que por que se tiene contrato con algún noticiario ello bastará… Nooooooooo, eso no es cierto… Para nada… La propaganda debe hacerse bien pensada, para que se vean los resultados…
Respecto del Festival de la Sopa seca, aunque ya es un evento tradicional, es necesario ya cambiar de invitados especiales… Todos los años viene Don Pedrito Villalba… Ya pues… Hay otras figuras estelares de la televisión nacional y más entendidos en la materia.. No se puede estar presentando más de lo mismo…
Sobre el Festival de la Cachina se dijo lo que ya es materia de conocimiento de todos: ciudadanos y hombres de prensa… Que hay invitaciones repartidas y que viene una Orquesta de Lima a amenizar el espectáculo… ¡…….! ¿Acaso eso puede llamar la atención?... Debió de decirse quienes son los catadores… Que los premios tienen que ver con el tema de contribuir con la producción… Que va a haber charlas que permitan que los productores puedan mejorar sus cultivos de vid o alentarlos a que cada día superen más el tipo de preparación de este licor… Que vean aspectos relacionados con su formalización… En fin aquí nohubo nada innovador… Seamos claros…
La Comisión de Deportes no presentó mas que encuentros de fútbol, voleibol y fulbito… Viene a participar el Cuadro que es sensación de la provincia, el Unión Cañete y, después… Más de lo mismo.. Ni siquiera una competencia que tenga que ver con la participación activa de la población o una premiación que se instituya como distinción a los deportistas sobresalientes de Nuevo Imperial… Que si los hay…
Sobre asuntos pecuarios, es menester indicar que en lo único que se equivocaron fue en que la regidora habló del tema de exportación de los cobayos… Sí pues… Porque es un tema mayor.. Que tiene que ver con la producción a gran escala y que eso se hace más en forma asociada.. Hasta el momento en el país y tal como lo indican las cifras, pocos son los exportadores… Pero, en resumidas cuentas, si que está bien esta actividad que merece todo el respaldo necesario y ojalá lo tenga…
Bien en la Serenata… Nos parece bien que se hay tenido en cuenta a los artistas cañetanos… Pero creo que dijeron que venía Martín Farfán que de cómico de gestos y decidor de chistes, siendo un actor de tv, no es como para ponerlo en un cartel… LO de los «Hermanos Castro» si que gusta.. Es del tipo que suele gustar –permítase la redundancia- a la gente neo-imperialina… respecto de la llegada de Manolo Rojas, si que se anotaron un gol de media cancha.. el huaralino «brother Pablo» es buenazo como humorista… Ni hablar… eso si que está bien…
Para el Día Central, la llegada de importantes centros educativos de la capital y los mejores de la provincia, si que es muy bueno… Felicitaciones por ello a la Comisión…la fiesta de Nuevo Imperial se viene con todo… Pero, esperamos que algunas cosas se corrijan… Pueden hacerlo.. Están a tiempo… En reglas generales, ha habido la intención de hacer un buen primer año… Esperamos que se de en los mejores términos… Así lo deseamos…

LA ACTITUD DE LA PRENSA... HAY QUE SABER PREGUNTAR Y HAY QUE SABER TENER MESURA PARA CONTESTAR...
Muchas veces, pecamos de ignorantes… Lo ocurrido ayer en la Conferencia de Nuevo Imperial, fue una nueva muestra… Sí… Hay que decirlo… «Para hablar y comer pescado, hay que tener mucho cuidado… No se puede hacer tres o más preguntas… No se puede pecar de sabiondos y, encima meter la pata… ¡Por favor! No porque se está en un medio de prensa se puede decir fácilmente, «los colegas periodistas……..» y desconociendo normas, exigir respuestas, sin saber preguntar… ¡Por favor!... Hay que tener un poco de cordura… «El que sabe mucho, que enseñe… y, el que sabe poco que aprenda»… Además, se vuelve a cometer el mismo error de mover la cabeza asintiendo cuando el alcalde (en este caso) diga algo y el reportero o «periodista» asienta haciendo un gesto de «si pues» ó «no»… Se ve horrible… Eso no se hace… Los camarógrafos, no importando a los amigos que también cubren noticias o al público presente, cada vez que pueden hacen de las suyas, para ganarse con las tomas y tapan la visión de los demás.. ¡Queeeeeeeeeeee! Sí pues… Hasta hace poso un colega que recién ha incursionado en el mundo televisivo, criticaba esta actitud y ahora es el primero en hacerlo… No puede ser… Eso no se hace.. ya es tiempo, pues… Ojalá haya capacidad de enmienda… Es necesario reflexionar sobre esto… El papel del periodismo, no es solo de «ayaye» o de crítica, principalmente es un papel de constructor de vida… de aprendizaje constante y de enseñanza… Así es que corrijamos estos defectos…

NADA DE PORTATILES...
Y lo subrayamos… No porque nos queramos ganar avemarías ajenas o indulgencias.. Para nada… Pero, no se puede permitir que la gente que acuda de espectador a una conferencia de prensa, parezca aquella «portátil» de Fujimori o de Toledo, los que siendo presidentes, cada vez que inauguraban una obra o realizaban una gestión, sus Jefes de Imagen se las ingeniaban para tener siempre a los que aplauden y aplauden, por el simple hecho de aplaudir… No pues… Lo que se vio ayer, estuvo muy mal.. Demasiado mal… Eso no se hace… Por más que se diga que no se le puede pedir que no aplaudan o que no hagan nada.. Pero, los gestos, los aplausos, los gritos y las palabras que iban en contra de quienes hacían algunas preguntas un tanto difíciles por así decirlo, no se debió permitir.. Sin embargo, se hizo.. Y eso sí es una falta de respeto.. Aquí, en la China o en la Cochinchina.. Aunque Cruz Guerrero cometió un exabrupto, se le debe respeto… Y, eso está bien claro… Ah! otra cosa que debemos mencionar… Si la Conferencia de Prensa, es para los que trabajan en medios, ¿Por qué nunca se les da la preferencia?... En fin, lo dejamos ahí.

BAJAMOS EL TELON...
Nos vamos a San Benito a otear la casa materna… Debbie vuelve al Colegio hoy, luego de un descanso obligado (se quedó dormida ayer.. Ji,ji,ji) Se viene algo bueno para la tierra «Semillera del Arte Negro»… Este viernes hay un quinceañero a todo dar… Nos vamos a promocionar «el rápidito» y volvemos al mediodía a escuchar «Páginas en el Aire» que cada vez está mejor por radio Stéreo 104.7Fm… Cuídense que los estoy chequeando con mis lentes de contacto.
LA DESCENTRALIZACION DEL APRENDIZAJE...
Por: Prof. Milagro Renteria Palomino.

En esta era, el aprendizaje, ha pasado de ser una construcción individual de conocimiento, a ser un proceso social. Y, si bien es cierto el sistema educativo sigue constituyendo el principal espacio para aprender, no es ciertamente el único. El aprendizaje trasciende los espacios y las horas "escolares". La Sociedad Digital reclama otras formas y modelos para aprender, y el aprendizaje debe ser descentralizado de la Institución Educativa e Instituciones Superiores; para alcanzar muchas otras instancias y actividades dentro de la sociedad.
La misión de la educación es de carácter ético y es el formar personas que sean cada vez mejores.
Hoy día sin embargo, muchas personas realizan trabajos que ni siquiera existían cuando nacieron, todos relacionados con la Tecnología de la Información y Comunicación (TIC). Esto significa que la destreza más importante que determina el patrón de vida de una persona es la habilidad de aprender nuevas destrezas, de abordar nuevas situaciones, fórmulas o métodos para resolver situaciones diversas y cambiantes, en síntesis de aprender a aprender.
Pero para realmente poder enfrentar las demandas de la época actual; este aprender trasciende el espacio, el horario y el calendario escolar y se convierte en una actitud constante del individuo quien además, debe, servirse con fluidez de las TIC. El concepto de fluidez tecnológica tiene que ver con una actitud abierta a la adaptación constante a la tecnología, y con el desarrollo de una estructura lógica de pensamiento adecuada a la generación y acceso de información.
Así mismo, la interacción de la tecnología con los Profesores se puede estructurar y gestionar mediante comunicaciones on – line, para ofrecer mayor acceso y flexibilidad tanto a los estudiantes como a los Profesores. La comunicación a través del ordenador facilita la enseñanza en grupo, el uso de Profesores invitados de otras Instituciones, y las clases multiculturales e internacionales.
Comparto mi experiencia de haber estudiado Inglés mediante clases por Internet; la cual resultó muy interesante e innovador y hasta podría decir mejor que una clase presencial; la Página Web, incluía video de diálogos en inglés, imágenes animadas, fonética, traducción, exámenes por unidad y previa evaluación final con aprobación de 90 puntos como mínimo y 100 puntos como máximo; finalmente me otorgaron el certificado de inglés Básico. La Página Web es WWW.inglesaltoque.com para poder recibir las clases tiene que previamente inscribirse en dicha Pagina Web. Luego tan solo ingresará su password y su Email; y automáticamente ingresaría a recibir la clase virtual de ingles.
En conclusión termino diciendo que la visión de la educación, incluye el uso de las TIC, pero es muy importante tener presente que "...hay un mundo de diferencia entre lo que las computadoras pueden hacer y lo que la sociedad decidirá hacer con ellas." Por lo tanto, debe incluir en primer lugar, la capacidad de aprender a aprender, permanentemente, y la promoción de la fluidez tecnológica.
Esto significa, como he dicho anteriormente, que es necesario descentralizar el aprendizaje del espacio, el horario y el calendario escolar, de manera que el conocimiento no solamente se construya en el marco de los sistemas educativos, sino que encuentre otros contextos, otros tiempos y otros lugares para darse.
COMISION DE DEFENSA DISCUTE LEY DEL SERVICIO MILITAR Y POLICIAL VOLUNTARIO...

La Comisión de Defensa Nacional del Congreso se declaró en sesión permanente, para dictaminar los proyectos de ley que se refieren al servicio militar y policial voluntario, anunció ayer el presidente de este grupo de trabajo parlamentario, Luis Gonzáles Posada.
El legislador precisó que ya se ha solicitado un informe al Ministro de Defensa, Allan Wagner, respecto a la denuncia por la cual se da cuenta de la distribución de alimentos contaminados con plomo y cadmio, entre los oficiales y el personal de tropa que presta servicios en aquellas zonas del país en donde hay presencia de narcotraficantes.
Con respecto a los proyectos de ley sobre el servicio militar y policial, el parlamentario sostuvo que se ha convocado a los miembros de su comisión, a una sesión extraordinaria que se realizará este jueves a las 7:45 de la mañana, para tratar precisamente este asunto. Dijo que a la cita van a concurrir también a los jefes militares especializados en el tema.
Al respecto indicó que los proyectos consideran dos instancias constituidas por el servicio acuartelado, que tiene carácter voluntario y garantiza los derechos civiles de los ciudadanos que se acojan al mismo.
La segunda instancia es el servicio que se prestará en colegios, universidades, centros académicos e instalaciones militares, de acuerdo a un determinado número de horas.
ALCALDES PIDEN SANCION EJEMPLAR PARA DOCENTES ACUSADOS DE VIOLACION A ESCOLARES...

El alcalde de San Luis, Fernando Durán, pidió hoy sanciones ejemplares para los directores y profesores que cometen abuso sexual contra escolares, a fin de que este tipo de delitos no vuelva a repetirse.
El burgomaestre sostuvo que el procurador del Ministerio de Educación debe hacer el seguimiento respectivo de las denuncias que llegan al Poder Judicial, de modo que todos los agresores reciban una sanción.
"Actualmente, se toma nota de la denuncia, se abre un proceso administrativo contra el denunciado, lo suspenden tres meses, pero luego el director o profesor regresa al colegio. La UGEL también debe buscar la sanción penal también", refirió
Para Fernando Durand, la creación en todos los colegios de "Municipios escolares" es un mecanismo de prevención del abuso sexual que permitirá la detección temprana de los acosadores.
El burgomaestre conforma junto a otras 17 autoridades ediles la Comisión de Alcaldes que Luchan contra el Abuso y la Explotación Sexual, quienes hicieron público la invitación al acto cívico "contra el abuso y la explotación sexual" que se realizará en el frontis del Palacio de Justicia, el próximo viernes 8.
La finalidad de la actividad es exigir al Poder Judicial el cumplimiento de las leyes 28251 y 28704, que castigan y sancionan a los abusadores y explotadores sexuales de menores; así como solicitar se haga de dominio público los casos de cadena perpetua y los resultados de la aplicación de aquellas normas.
Para la Directora de Acción por los Niños, María Teresa Córdova, son los vacíos en el proceso penal lo que le permite a los abusadores y explotadores sexuales salir libres y evitar las sanciones ejemplares que establecen las leyes.
"Debe establecerse un protocolo de atención desde el momento que se capta a la víctima y al explotador sexual. El reciente caso ocurrido en Ica, del violador condenado a cadena perpetua, es resultado del cumplimiento acucioso de los pasos que demanda este proceso para lograr la sanción".
Finalmente, solicitó la difusión de la relación de los que acusados de violación están procesados para que la sociedad civil realice su labor de vigilancia ciudadana.
VICTORIA AMBIENTAL EN LAS SALINAS DE CHILCA...
Triunfa causa en defensa de las Lágunas y el Mar...

Como un verdadero triunfo para la causa ecologista ha sido considerada la derogatoria de la Resolución de Alcaldía Nº 275-2006-AL-MPC, que prácticamente entregaba a la empresa EGECHILCA el balneario sureño de Las Salinas de Chilca, que a todas luces era un lugar inadecuado para la instalación de una planta industrial de las características de una central térmica. La cuestionada Resolución fue aprobada por la ex Alcaldesa de Cañete Rufina Lèvano Quispe.
La persistente y tenaz lucha de los vecinos de Las Salinas a lo largo de dos años finalmente dio sus frutos: una nueva Resolución de Alcaldía la 0195-2007-AL-.MPC, firmada por el actual burgomaestre provincial Javier Gonzáles Del Valle, declara la nulidad del cuestionado proyecto de Egechilca, por contravenir las normas legales. Cabe destacar que el gobierno a través del Presidente del Concejo de Ministros Jorge Del Castillo, venía ejerciendo constante presión al Alcalde cañetano para que actúe a favor de la mencionada empresa.
Como bien dice la nueva Resolución de Alcaldía (0195-2007-AL-MPC), la figura: "Unidad de Gestión Urbanística- con la que EGECHILCA trató de sorprender a las autoridades- está destinada a proyectos de renovación urbana o de vivienda, turismo, comercio, recreación o servicios". Los propietarios de la empresa no habían constituido formalmente ninguna sociedad inmobiliaria como pide la ley (artículos 40 y 41 del Decreto Supremo Nº 027-2003-Vivienda). Pero no sólo eso. Lo que pretendían construir era una industria pesada: nada menos que una termoeléctrica. Aún así los trámites fraudulentos fueron aceptados por Lèvano Quispe, pese a ser absolutamente irregulares.
El terreno de 225 000 metros cuadrados, donde EGECHILCA pretendía construir la Planta Eléctrica desconociendo todos los dispositivos legales, se encuentra ubicado en el corazón del balneario de Las Salinas de Chilca, rodeado por tres lagunas de aguas y barros medicinales a escasos metros de la orilla del mar, en una zona declarada por normas municipales como recreativa y turística y considerada por el Instituto Nacional de Cultura como zona arqueológica. La lucha de los vecinos fue liderada por el Frente de Defensa Ecològico Chilca y Salinas cuyo presidente es el catedrático sanmarquino Daniel Mathews.
El pasado domingo 3 de junio, los vecinos chilcanos celebraron el triunfo que han alcanzado con la expedición de la mencionada norma. En el acto, que tuvo lugar a la 11:00 a.m. en la calle Avila y Manco 351 Las Salinas-Chilca (Telf: 5305249), fueron homenajeados los ex-regidores de Cañete y de Chilca que apoyaron desde siempre la causa del pueblo de Las Salinas así como la congresista Hilaria Supa que se sumó a nuestra lucha en representación de la Comisión de Ecologìa y Medio ambiente del Congreso.
EDE CAÑETE S.A.

AFECTACION DE TERCEROS
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico por la tala de árbol producida por Terceros en el sector camino a C.P. Playa Hermosa distrito de San Vicente, que afecto a las zonas indicadas líneas abajo.
LUGAR: Anexo Viales camino al C.P. Playa Hermosa
ZONA AFECTADA: Fundo Santa Rosita, Anexo San Juan,
Anexo Agua Dulce, C.P. Playa Hermosa,
C.P. Cochahuasi, C.P. Boca del Río, C.P. la
Esmeralda distrito de San Vicente de la
Provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ03
Circuitos Afectados: De PDS 30700 a SAM 0330A
DIA: Domingo 03 de Junio del 2007
HORA DE INICIO: 17:40 hrs. Domingo 03 de Junio del 2007
HORA FINAL: 23:07 hrs. Domingo 03 de Junio del 2007
La interrupción del servicio en la red M.T. ocasionada por terceros, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.
Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.
EDECAÑETE agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causas fuera de su control.

04 junio 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
PROVINCIA DE CAÑETE
EDICTO
SE HACE SABER que ante el Alcalde del Consejo Distrital, se han presentado Don Percy Rojer Escudero Ramos de veintisiete años identificado con DNI 41513859 natural de Tocache – San Martín de nacionalidad Peruana ocupación Agricultor Estado Civil Soltero domiciliado en el Anexo Santa Cruz Mz G Lt 10 Asia hijo de Don Santiago Escudero Morillo y Doña Andrea Ramos Morillo, y Doña Miriam María Castañeda Córdova de dieciocho años identificada con DNI 70072865 Natural de Asia de nacionalidad Peruana ocupación Su casa Estado Civil Soltera domiciliada en el Anexo Santa Cruz Mz E Lt. 10 Asia hija de Don Juan Guilliar Castañeda Quispe y Doña Nelly Córdova Villalobos.
Pretendiendo contraer matrimonio Civil en este Municipio. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término señalado, que es de 8 días conforme a Ley.
Asia 02 de Junio del 2007
Alcalde
Jefe de los registros del Estado Civil


REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA
EXP. Nº 2005-00106 seguido por JOSE ANTONIO ARIZAGA CASAS contra LUZ PADILLA QUISPE y ANA MARIA QUISPE DE PADILLA sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO proceso SUMARISIMO.- Ante el segundo Juzgado de Paz de Cañete, que despacha la doctora Patricia Martínez Guando, Secretaria Judicial Elizabeth Ada Yaya Alcalá, ha ordenado SACAR A REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA sobre la MOTOCICLETA LINEAL (SEGUNDA), marca HONDA, con CHASIS Nº 94V38811246, MODELO CB, MOTOR BX125-E-1023410 el mismo que se encuentra bajo la custodia de los demandado, en Avenida Nueve de Diciembre número 241 – San Vicente – Cañete, Departamento de Lima, valorizado originalmente $. 200.00 Dólares Americanos, siendo la base de la subasta anterior $.113.34 con la deducción del 15% conforme lo señala el Artículo 742 del Código Procesal Civil, por tratarse de una Tercera Convocatoria, siendo la base de la postura en $. 96.34 por haberse tenido una pérdida de $. 17.00. Para ser postor es requisito depositar antes de la diligencia una suma no menor del 10% de la tasación del bien a rematar, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y pagar el arancel judicial por participar en subasta Pública en dicho acto. Señalándose para la diligencia el día miércoles TRECE DE JUNIO PROXIMO a horas DOCE DEL DIA, en el local de Juzgado cito en Panamericana Sur Km. 145 – San Vicente de cañete – Frente al Instituto Valle Grande (Antes PEPSI Cola).-
Lo que se publica conforme a Ley.
Cañete, 11 de Mayo del 2007
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial
2º juzgado de Paz Letrado de Cañete


PRIMER REMATE PÚBLICO
Expediente 20044- 2002
En los seguidos por GERMÁN KRUGER ESPANTOSO contra AGRÍCOLA EL SOL S.A. sobre Ejecución de Garantías, Expediente 20044 – 2002, el señor Juez del 50º Juzgado Especializado en lo Civil de lima , doctor Ricardo Reyes Ramos, Especialista Legal doctora Ruth Ruiz Ramírez, ha ordenado mediante Resolución Nº 47 de fecha 26 de setiembre de 2006 y Resolución Nº 65 de fecha 26 de Abril del 2007, sacar A REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el ex Fundo San Javier Zona C, Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, inscrito en la Partida Electrónica Nº 21012418 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cañete, Zona Registral Nº IX, Sede Lima.
VALOR DE LA TASACION: US$ 533,504.00 (Quinientos Treinta y Tres Mil Quinientos Cuatro y 00/100 Dólares Americanos).
BASE DE REMATE: US$ 355,669.33 (Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Sesenta y Nueve y 33/100 Dólares Americanos), que son los 2/3 partes de la tasación.
AFECTACIONES: Hipoteca constituida por Agrícola El Sol S.A. a favor del Banco Wiese Ltdo hasta por la suma de US$ 460,680.00 según consta de la escritura pública del 04 de noviembre de 1994 extendida ante en Notario Manuel Forero García Calderón, inscrita en el Asiento C00001, Rubro D de la Partida antes referida.
DIA Y HORA DEL REMATE: Lunes 02 de julio del 2007, a las 12:00 horas, en la Sala de Remates Nº 1 del Módulo Corporativo Civil F- 18 del edificio Alzadora Valdez (ex Ministerio de Educación), ubicado en la esquina de la avenida Nicolás de Piérola y Abancay s/n, Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima.
POSTORES: Los postores oblarán el diez por ciento del valor de la tasación y presentarán arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV. El presente aviso de remate se formula de conformidad con el Artículo 734 del Código Procesal Civil.
RAÚL ENRIQUE NORIEGA BRANDON, Martillero Público Reg. 047.
Poder Judicial
RUTH RUIZ RAMIREZ
ESPECIALISTA LEGAL
Corte Superior de Justicia de Lima
04 al 09 de Junio


EDICTO PENAL
EL 1° JUZGADO PENAL, Juez Ascencio, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2005-0791 a JUAN GUERRERO SANCHEZ Y FELÍCITA TORRES DE GUERRERO; a diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, DÍA: 14/06/2007; HORA: 2.45 p.m.; Delito: Hurto Agravado; agraviado: Marcelino Martínez Alarcón; bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMACES y ordenarse su captura por inconcurrencia; Cañete, 22/05/2007.
EXP. 2006-0720, a BRITZ IVAN ALVAREZ FLORES; Declarado REO AUSENTE; Delito: Apropiación Ilícita; agraviado: Jia Inversiones S.A.C.. Cañete, 21/05/2007.
EXP. 2007-0090, a KRISTEL JENNIFER ROQUE SANCHEZ; Declarado REO AUSENTE; Delito: Tentativa de Tráfico de Billete Falso; agraviado: El Estado. Cañete, 25/05/2007.
Secretaria: Castillo, de los edictos mencionados.
01, 02 y 04 de Junio

EDICTO PENAL
EL 3° JUZGADO PENAL, Juez Quispe, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos efectuados en su contra en el proceso que se les sigue:
EXP. 2002-1392, a PAOLA QUISPE CHAMBI; Delito: Contrabando; agraviado: El Estado. Cañete, 23/05/2007.
Secretaria: Ferrer.
01, 02 y 04 de Junio

EDICTO PENAL
La SALA SUPERIOR PENAL DE CAÑETE, Presidente Dr. Martínez, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra:
EXP. 2001-0122, a CIRILO GALVEZ DE LA CRUZ; Delito: Tráfico Ilícito de Drogas; Agraviado: El Estado. Cañete, 23/05/2007.
Secretario: Peralta.
01, 02 y 04 de Junio


EDICTO JUDICIAL
EXP. Nº 2007- 00275, en los seguidos por Doña BERTA ELISABETH ABURTO MUÑANTE contra JOSE ISAAC SILVA ANTAY, sobre DIVORCIO POR CAUSAL, por ante el Primer Juzgado Especializado de Familia de Cañete, la Señorita Juez ha dictado la siguiente resolución que se transcribe. «RESOLUCION NUMERO DOS, de fecha veintisiete de abril del año dos mil siete. AUTOS Y VISTOS: El escrito de subsanación de demanda presentado por la demandante Berta Elisabeth Aburto Muñante, estando a lo expuesto; Y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que toda persona tiene derecho a la Tutela Jurisdiccional efectiva, por lo que procede recurrir al Órgano Jurisdiccional a fin de solucionar un conflicto de intereses conforme establece el Artículo 1 del Título Preliminar del Código Procesal Civil, para hacer valer sus derechos vulnerados, concurriendo para tal fin con todo los requisitos y las formalidades que la Ley establece para cada caso concreto. SEGUNDO: Que, la presente demanda reúne los requisitos de admisibilidad, procedibilidad y competencia que establece los artículos cuatrocientos veinticuatro, cuatrocientos veinticinco, cuatrocientos ochenta y cuatrocientos ochenta y tres del Código Procesal Civil, así como a lo previsto en el inciso doce del artículo trescientos treinta y tres del Código Civil. TERCERO: Que, conforme lo establecido en el artículo cuatrocientos ochenta y uno del Código Procesal Civil, el Ministerio Público es parte en el proceso y como tal debe ser notificado con la demanda y anexos. Por estas consideraciones y estando a la normatividad acotada. SE RESUELVE: 1º) ADMITIR la demanda incoada por BERTA ELISABETH ABURTO MUÑANTE, sobre DIVORCIO POR CAUSAL de Separación de Hecho, contra JOSE ISAAC SILVA ANTAY, tramitándose en la Vía Procedimental de CONOCIMIENTO. Córrase TRASLADO de la presente demanda al demandado JOSE ISAAC SILVA ANTAY, y al Ministerio Público, por el término de SESENTA DÍAS, para que absuelvan la demanda, bajo apercibimiento de ser declararse su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios, reservándose su admisibilidad y procedibilidad para el acto procesal correspondiente; agréguese a los autos los anexos que se acompañan. 2º) Conforme a lo establecido en el artículo 165 del Código Procesal Civil, procédase a la notificación por edicto del demandado José Isaac Silva Antay, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal debiendo el Secretario cursor elaborar la notificación respectiva. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.»
Notificándose por Edicto en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario de la Provincia «Al Día con Matices».- Fdo. Dra. María Guadalupe Garnica Pinazo – Juez.- Víctor Tomás Quispe Campos – Secretario Judicial.
Cañete 27 de abril del 2007
Dr. Víctor Tomas Quispe Campos
Secretario Judicial
1er Juzgado Especializado de familia
04-05 y 06 de Junio
JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA
EXPEDIENTE: 2006-839
EDICTO
En, San Vicente de Cañete, a los diez días del mes de mayo del dos mil siete, la Señora Juez a cargo del Juzgado Especializado de Familia, Doctora Maria de los Milagros Luyo Sánchez, ha dictado la siguiente resolución:
RESOLUCION NUMERO CINCO: (Parte pertinente)
ADMITASE la demanda interpuesta por el Representante del MINISTERIO PUBLICO contra JUAN MANRIQUE GUTIERREZ sobre VIOLENCIA FAMILIAR – Maltrato Físico en agravio de SONIA MARISOL VIVANCO ORE. En consecuencia tramítese conforme a las pautas del proceso UNICO; CORRASE TRASLADO al presunto agresor JUAN MANRIQUE GUTIERREZ por el plazo especial de VEINTICINCO DIAS, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL. ORDENO: Como medida de protección inmediata que el demandado JUAN MANRIQUE GUTIERREZ se abstenga de todo tipo de violencia familiar en agravio de SONIA MARISOL VIVANCO ORE, Bajo apercibimiento de ordenarse su detención; oficiándose a la Autoridad Policial sobre la medida adoptada, para que preste las Garantías y Auxilio del caso a las agraviados.- Y para efecto de la notificación del demandado JUAN MANRIQUE GUIERREZ realícese mediante EDICTOS. Efectuese las publicaciones a través del Diario Oficial El Peruano y en el Diario Local "Al Día Con Matices", por tres días consecutivos. Oficiándose a la Oficina Administrativa de esta Corte Superior para que disponga las publicaciones ordenadas. Notificándose.- Fdo. Doctora Maria de los Milagros Luyo Sánchez.-Juez. Fdo. Doctora Esther Lázaro Vicente .-Secretaria.
01, 02 y 04 de Junio
OBRAS DESCONTINUADAS...
Por: César Calagua Gutiérrez


Pareciera que las acciones del municipio van y vienen sin tener en consideración un orden o prioridad en su accionar, porque como dijimos hace algunas semanas vienen dejando las obras a medio hacer. Esto nos indica una vez más nos encontramos nuevamente ante imprecisiones, ilusiones y el hacer por compromiso, ya que no es la primer obra que dejan y luego de algunas semanas las retoman. Algo similar ha sucedido con los huecos que venían haciendo en la parte central de la av. Mariscal Benavides, la misma que la han paralizado, sin dar motivo ni razón y mucho menos hacer una información a la población para que este informado y no este haciendo correr bolas, como es costumbre en algunos medios que están acostumbrados a exigir a las autoridades y funcionarios a que le den información sin recurrir a ella Nuestra pistas están que se van pareciendo cada día más a la luna por la cantidad de huecos que tienen, sin que la autoridad municipal haga algo por remediar esto que deteriora las unidades de transporte, sin que se haga algo para reconstruir estas pistas que se van deteriorando cada día con el agua que riegan los moradores, o en todo caso por el pobre asfalto que han tenido y no han sido selladas posiblemente por ahorrar o por ganarse alguito. La verdad que quisiéramos pensar mejor de este gobierno local de nuestra provincia, pero lamentablemente no se puede por las cosas que se vienen dando cada día, algunas cosas nos indican que no se quieren asumir responsabilidades o retos como se dice por allí, por eso queremos pensar que nos podemos equivocar y que las cosas resulten como nuestra población desea hasta lograr el propósito anhelado, que nuestra ciudad recupere lo que se ha perdido. Indudablemente que para lograr esto es necesario trabajo y más trabajo, pero de manera ordenada, presupuestada y con honestidad, como es el deseo de todos los cañetanos, queremos creer que los tiempos de las coimas, los pagos políticos y compadrazgo, como también los pagos de facturas para que levanten la figura de la autoridad elegida no sean motivo de comentarios en este período. Esperamos.