05 enero 2008

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
En lucha frontal e indesmayable contra la corrupción”
Presidencia

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 01-2008/PJ-CSJCÑ-P

San Vicente de Cañete, 02 de Enero del 2008.

VISTOS:
El acuerdo de Sala Plena de fecha veintiocho de diciembre del año dos mil siete; y

CONSIDERANDO:
Que, es atribución del Presidente de la Corte, conformar las Salas Superiores al inicio de cada año judicial y de acuerdo al criterio de especialización, de conformidad con lo establecido por el artículo 90º inciso 7) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 050-01-P-CSJCÑ/PJ, de fecha veintiocho de agosto del año dos mil uno, se dispuso el funcionamiento de las dos Salas Superiores Especializadas de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 110-2007-PJ-CSJCÑ/PJ, de fecha dieciocho de mayo del año dos mil siete, se designó al Magistrado Jorge Alfredo Villanueva Pérez (Juez Titular del Juzgado Mixto de Mala) como Vocal Provisional de la Sala Civil de Cañete, con reserva de su plaza de origen; por lo que, en sesión de Sala Plena de fecha veintiocho de diciembre del dos mil siete, se acordó por mayoría que el doctor Jorge Alfredo Villanueva Pérez continúe como Vocal Provisional de la Sala Civil.

Que, en tal sentido, resulta necesario designar a los Magistrados que integrarán las dos Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Cañete, durante el año judicial dos mil ocho.

Que, estando a lo expuesto, y visto el acuerdo de Sala Plena de fecha veintiocho de diciembre del año dos mil siete y e uso de las atribuciones y facultades conferidas al suscrito por los numerales 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo Primero: CONFORMAR las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para el Año Judicial dos mil ocho, con los siguientes Magistrados integrantes:

SALA PENAL:
Dr. Moisés MARTINEZ MEZA Vocal Titular (Presidente)
Dr. Manuel Roberto PAREDES DAVILA Vocal Titular
Dr. Víctor Raymundo DURAND PRADO Vocal Titular

SALA CIVIL:
Dr. Ricardo ASTOQUILCA MEDRANO Vocal Titular (Presidente)
Dra. Luz Gladys ROQUE MONTESILLO Vocal Titular
Dr. Jorge Alfredo VILLANUEVA PEREZ Vocal Provisional

Artículo Segundo: REMITIR la presente resolución, a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de las Salas Superiores de esta Corte Superior, de la Gerencia General del Poder Judicial y Escalafón Judicial del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital y de los Magistrados mencionados.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
“En lucha frontal e indesmayable contra la corrupción”
Presidencia

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 02-2008/PJ-CSJCÑ-P

San Vicente de Cañete, dos de enero del dos mil ocho.
VISTOS:
El acuerdo de Sala Plena de fecha veintiocho de diciembre del año dos mil siete; y

CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 113-2006-CE-PJ, de fecha ocho de setiembre del dos mil seis, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que la función de Vocal Superior a cargo de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del país, sea a dedicación exclusiva, con excepción de aquellas sedes judiciales que cuenten con dicha plaza.

Que, en mérito a ello, con fecha tres de enero del dos mil siete, se expidió la Resolución Administrativa Nº 007-2007-PJ-CSJCÑ-ODICMA, donde se dispuso la conformación de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura del Poder Judicial de Cañete, para el año judicial dos mil siete, Comisión presidida por el señor Vocal Titular doctor José Antonio Aguilar Angeletti, desempeñando dicha Presidencia a dedicación exclusiva.

Que, en la sesión de Sala Plena de fecha veintiocho de diciembre último, se eligió por mayoría para el período del año judicial dos mil ocho al doctor José Antonio Aguilar Angeletti, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Cañete, como Presidente de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte Superior.

Que, en tal sentido, se debe adoptar las medidas administrativas pertinentes a efectos de designar al mencionado Magistrado como Presidente de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura como Presidente de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte Superior, a dedicación exclusiva; asimismo, resulta necesario, designar a los miembros integrantes que en adición a sus funciones conformarán la Comisión en referencia.

Que, siendo facultad de esta Presidencia ejecutar los acuerdos de Sala Plena, y conforme a lo establecido por el artículo 12º inciso f) del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura, constituye función y atribución de Jefatura de ODICMA designar a los Magistrados que van a integrar la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, por lo que, en uso de las atribuciones conferidas al suscrito por los numerales 1), 3), 6) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo Primero: CONFORMAR la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para el Año Judicial 2008, la misma que estará integrada por los siguientes señores Magistrados:

Dr. José Antonio AGUILAR ANGELETTI Vocal Titular – Presidente
Dr. Manuel Roberto PAREDES DAVILA Vocal Titular – Integrante
Dr. Isaías José ASCENCIO ORTIZ Vocal Titular – Integrante
Dr. Federico QUISPE MEJIA Juez Titular – Integrante
Dr. Jacinto Arnaldo CAMA QUISPE Juez Titular – Integrante
Dr. José DE LA CRUZ VARGAS Juez Titular – Integrante
Dr. Rommel Hugo FLORES SANTOS Juez Titular – Integrante

Artículo Segundo: El Presidente de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte Superior, ejercerá el cargo a dedicación exclusiva, cuyas funciones y atribuciones se encuentran establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial.

Artículo Tercero: Los señores Magistrados designados como integrantes de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de esta Corte Superior, cumplirán sus funciones de control en adición a sus funciones jurisdiccionales.

Artículo Cuarto: DISPONER que los Magistrados integrantes de CODICMA que conocieron los procesos administrativos disciplinarios (quejas, investigaciones y visitas judiciales) durante el año judicial dos mil siete, y que aún se encuentran en trámite y/o pendientes de emitir informe final, continúen conociendo los procesos hasta su culminación, esto es hasta la emisión de los correspondientes informes finales.

Artículo Quinto: REMITIR la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial y Escalafón Judicial del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Órganos Jurisdiccionales de esta Corte Superior y de los señores Magistrados designados.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
“En lucha frontal e indesmayable contra la corrupción”
Presidencia

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 03-2008/PJ-CSJCÑ-P

San Vicente de Cañete, dos de enero del dos mil ocho.

VISTOS:
El acuerdo de Sala Plena de fecha veintiocho de diciembre del año dos mil siete; y

CONSIDERANDO:
Que, es responsabilidad de los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia, ejecutar los acuerdos de Sala Plena, siendo además los encargados de cautelar la pronta y correcta administración de justicia en el Distrito Judicial a su cargo

Que, resulta necesario designar Jueces Provisionales, que reuniendo los requisitos de ley, se encarguen del trámite de los diversos procesos que giran ante los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Cañete durante el año judicial 2008.

Que, los señores Magistrados doctores: Javier Donato VENTURA LÓPEZ (Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí) fue promocionado como Juez del Segundo Juzgado Penal de Cañete mediante Resolución Administrativa Nº 002-2007-PJ-CSJCÑ-P-AI, María de los Milagros LUYO SANCHEZ (Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete), fue promocionada como Juez del Juzgado Mixto de Cañete, asimismo el doctor Rommel Hugo FLORES SANTOS (Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Yauyos), fue promocionado como Juez del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, ambas designaciones se dispusieron mediante Resolución Administrativa Nº 156-2007-P-CSJCÑ-PJ, y la doctora Estela Alejandrina SOLANO ALEJOS (Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete), fue promocionada como Juez del Juzgado Mixto de Mala mediante Resolución Administrativa Nº 111-2007-PJ-CSJCÑ/P; habiéndose dispuesto dichas designaciones en mérito a que los citados Magistrados reúnen los requisitos exigidos por el artículo 180º de la Ley Orgánica del Poder Judicial para desempeñarse como Magistrados de Primera Instancia.

Asimismo, la doctora Patricia María MARTINEZ GUANDO (Secretaria Titular de la Sala Penal de Cañete), mediante Resolución Administrativa Nº 002-2207-PJ-CSJCÑ-P-AI, fue promocionada como Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete, y la doctora Norma GONZALES VENTURA (Relatora Titular de la Sala Penal), mediante Resolución Administrativa Nº 112-2007-PJ-CS-CÑ/P, fue promovida como Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete, quienes reúnen los requisitos exigidos por el artículo 182º para desempeñarse como Magistrados de Juzgado de Paz Letrado.

Que, los doctores Javier Donato VENTURA LÓPEZ , María de los Milagros LUYO SÁNCHEZ, Rommel Hugo FLORES SANTOS, Estela Alejandrina SOLANO ALEJOS, Patricia María MARTINEZ GUANDO, y Norma GONZALES VENTURA, se encuentran incursos en la carrera judicial, y como tal deben asumir la Judicatura en calidad de Magistrados Provisionales, conforme lo establecido en el artículo 218º concordante con el artículo 238º del Texto Único Ordenado de la ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por Ley Nº 28367, disponiéndose la reserva de la plaza de origen de los mencionados señores Magistrados, mientras dure su designación.

Por tales consideraciones, visto el acuerdo de Sala Plena de fecha veintiocho de diciembre del dos mil siete, y en uso de las atribuciones conferidas por los numerales 3), 6) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo Primero: RATIFICAR para el Año Judicial 2008, a los Jueces que a continuación se detallan como Magistrados Provisionales de los siguientes Órganos Jurisdiccionales:
1.- Dr. Javier Donato VENTURA LÓPEZ, como Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal de Cañete, con reserva de su plaza de origen de Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí.
2.- Dra. María de los Milagros LUYO SÁNCHEZ, como Juez Provisional del Juzgado Mixto de Cañete, con reserva de su plaza de origen de Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete.
3.- Dr. Rommel Hugo FLORES SANTOS, como Juez Provisional del Segundo Juzgado de Familia de Cañete, con reserva de su plaza de origen de Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Yauyos.
4.- Dra. Estela Alejandrina SOLANO ALEJOS, como Juez del Juzgado Mixto de Mala, con reserva de su plaza de origen de Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete.
5.- Dra. Patricia María MARTINEZ GUANDO, como Juez Provisional del Segundo Juzgado de Paz letrado de Cañete, con reserva de su plaza de origen de Secretaria Titular de Sala Penal de Cañete.
6.- Dra. Norma GONZALES VENTURA, como Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete, con reserva de plaza de origen de Relatora de la Sala Penal de Cañete.

Artículo Segundo: REMITIR, la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital y de los Magistrados designados.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
“En lucha frontal e indesmayable contra la corrupción”
Presidencia

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 04-2008/PJ-CSJCÑ-P

San Vicente de Cañete, dos de enero del dos mil ocho.

VISTOS:
El acuerdo de Sala Plena de fecha veintiocho de diciembre del año dos mil siete; y

CONSIDERANDO:
Que, es responsabilidad de los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia, ejecutar los acuerdos de Sala Plena, siendo además los encargados de cautelar la pronta y correcta administración de justicia en el Distrito Judicial a su cargo.

Que, resulta necesario designar Jueces Suplentes, que reuniendo los requisitos de ley, se encarguen del trámite de los diversos procesos que giran ante los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Cañete durante el año judicial 2008.

Que, los señores Magistrados doctores: Manuel Rigoberto VARGAS SANCHEZ (Secretario Judicial) fue designado como Juez Suplente del Juzgado Mixto de Yauyos, asimismo, Juan Edilberto KUAN GIL (Secretario Judicial), fue designado como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, disponiéndose ambas designaciones mediante Resolución Administrativa Nº 105-2007-PJ-CSJCÑ-P-AI, Luis Miguel YALAN AHEDO (Secretario Judicial), mediante Resolución Administrativa Nº 004-2007-PJ-CSJCÑ-P-AI , fue designado como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí, Gilbert Alfredo SANCHEZ CANDELA (Secretario Judicial), mediante Resolución Administrativa Nº 005-2007-PJ-CSJCÑ-P-AI, fue designado como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Asia, y asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 132-2007-PJ-CSJCÑ/P, el doctor Daniel Alexander SOTO BORJAS (Secretario Judicial) fue designado como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Yauyos; habiéndose dispuesto dichas designaciones en mérito a que los citados Magistrados reúnen los requisitos exigidos por el artículo 180º y 182º de la Ley Orgánica del Poder Judicial para desempeñarse como Magistrados en los referidos Órganos Jurisdiccionales, con la debida reserva de la plaza de origen, mientras dure su designación.

Por tales consideraciones, visto el acuerdo de Sala Plena de fecha veintiocho de diciembre del dos mil siete, y en uso de las atribuciones conferidas por los numerales 3), 6) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo Primero: RATIFICAR para el Año Judicial 2008, a los Jueces que a continuación se detallan como Magistrados Suplentes de los siguientes Órganos Jurisdiccionales:
1.- Dr. Manuel Rigoberto VARGAS SANCHEZ, como Juez Suplente del Juzgado Mixto de Yauyos, con reserva de su plaza de origen de Secretario Judicial.
2.- Dr. Juan Edilberto KUAN GIL, como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná, con reserva de su plaza de origen de Secretario Judicial.
3.- Dr. Luis Miguel YALAN AHEDO, como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí, con reserva de su plaza de origen de Secretario Judicial.
4.- Dr. Gilbert Alfredo SANCHEZ CANDELA, como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Asia, con reserva de su plaza de origen de Secretario Judicial.
5.- Dr. Daniel Alexander SOTO BORJAS, como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Yauyos, con reserva de su plaza de origen de Secretario Judicial.

Artículo Segundo: REMITIR la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, y de los Magistrados designados.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Paulo Jorge Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
“En lucha frontal e indesmayable contra la corrupción”
Presidencia

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 05-2008/PJ-CSJCÑ-P

San Vicente de Cañete, dos de enero del dos mil ocho.

VISTOS:
El acuerdo de Sala Plena de fecha diecinueve de diciembre del año dos mil siete; y

CONSIDERANDO:
Que, es responsabilidad de los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia, ejecutar los acuerdos de Sala Plena, siendo además los encargados de cautelar la pronta y correcta administración de justicia en el Distrito Judicial a su cargo.

Que, corresponde a la Sala Plena de las Cortes Superiores del país, aprobar para cada Año Judicial la nómina de Abogados que reuniendo los requisitos legales exigidos para cada una de las Instancias u Órganos Jurisdiccionales serán considerados Magistrados Suplentes, los mismos que sólo asumirán las funciones del titular, cuando no hayan reemplazantes hábiles según lo establecido en los artículos 236º, 237º y 238º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, previa designación de la Presidencia, los mismos que para el caso de la Corte Superior de Justicia de Cañete, quedarán sometidos al procedimiento dispuesto por el Reglamento de Suplentes aprobado en la Sala Plena del cuatro de diciembre del año dos mil siete, para conformar el “Cuadro de Méritos”, donde se establecerá el orden de prelación con la que serán llamados a integrar el Órgano correspondiente a que hubiera lugar.

Que, en la Sala Plena del diecinueve de diciembre del año dos mil siete, se dio cuenta de haberse dado cumplimiento a la Convocatoria Pública para la recepción de solicitudes de los Abogados que deseen ser considerados Magistrados Suplentes para el año judicial 2008, la misma que ha sido publicada en el Diario Oficial “El Peruano” los días siete, diez y once de diciembre del dos mil siete, así como en el Diario Oficial de la Provincia de Cañete “Al Día Con Matices”, los días siete y diez de diciembre del dos mil siete; así como de las solicitudes recepcionadas de los Abogados que solicitaban ser considerados Magistrados Suplentes para el Año Judicial 2008 y de los Abogados que tienen condición de Magistrados Suplentes en el año dos mil siete y que han renovado sus solicitudes para el Año Judicial 2008;

Igualmente se puso a disposición de manera física los legajos personales de los peticionantes, los mismos que contaban con los requisitos legales previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial para la instancia a la que postulan.

Que, en la sesión ordinaria de Sala Plena de Vistos y del veintiocho de diciembre del dos mil siete, ha quedado aprobado la Nómina de Abogados que pueden integrar la Nómina de Magistrados Suplentes para el Año Judicial 2008, por lo que han quedado expedidos los acuerdos contenidos en las mismas, para ser formalizados por el Despacho de Presidencia de esta Corte.

Por tales consideraciones, estando al acuerdo de Sala Plena de Vistos y en ejercicio de las prerrogativas establecidas en el artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo Primero: DESIGNAR para el Año Judicial 2008, como Magistrados Suplentes de los Órganos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Cañete, y para los casos que se señala en la parte considerativa de la presente resolución, a los Doctores:

SALA PENAL
- Jaime Aurelio SALINAS VALENZUELA
- Lourdes Sonia FALCON AGUILAR
- Cirilo Enor SUAREZ MIRAVAL

SALA CIVIL:
- Jorge VARGAS RAMIRES
- Jorge Armando CAILLAUX
- Judith Lucía MARCELO CIRIACO
- Luis Manuel HUAYTA ROJAS
- Augusto SANCHEZ BUSTILLOS

JUZGADO PENAL:
- José Luis Walter RUIZ MEZA
- Victoriano Julián GOMERO GUERRA

JUZGADO CIVIL:
- Cipriano Sabino LOZANO GUERRA
- Javier Eduardo ZAVALA MARTINEZ
- Wilson SALAZAR REQUE

JUZGADO DE FAMILIA Y JUZGADO MIXTO DE CAÑETE:
- Benjamín Nemesio ÁLVAREZ JINES
- Fernando Ernesto GUEVARA PALOMINO

JUZGADO MIXTO DE YAUYOS:
- Hitler Heriberto ESPINOZA MUÑOZ
- Gregorio GUTIERREZ QUISPE

JUZGADO MIXTO DE MALA:
- Alex Yuri PEREZ PEREZ
- Marco Antonio MEZA FARFAN

JUZGADO DE PAZ LETRADO:
- Edwin Wilmer SOLORZANO MAGUIÑA
- Angélica Victoria CUCHO MENDOZA
- José Antonio BALDEON BERROCAL

Artículo Segundo: REMITIR la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital y de los designados.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese

Paulo Vivas Sierra
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete
JUDICIALES

EDICTO PENAL
La Sala Superior Penal de Cañete, Cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho, y concurran a la SALA de AUDIENCIAS, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura, en el proceso que se les sigue:
Exp. N° 2003- 0360, a HECTOR MICHAEL BENAVENTE BASURTO; el día 16/01/2007 a horas 09:30 am.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Pedro Luis Malasquez Aquino.
Cañete, 26/12/2007.
Exp. N° 2005- 0583, a JULIO ADRIAN MENDOZA CASTILLO; el día 16/01/2007 a horas 10:00 am.; Delito: Robo Agravado; Cañete, 26/12/2007
Presidente: Martínez, Secretario: Peralta, de los edictos mencionados
04, 05 y 06 de Enero

EDICTO PENAL
EL 1° JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, Cita y emplaza a los siguientes procesados en el proceso que se les sigue:
Exp. 2002-0985, a ALFREDO ROSAS CHAUCA NAVARRO, MARIA ALEJANDRINA ROCCA TOLEDO, MATILDE ROSAS ZAPATA DE CHAMORRO, MARIELA VERONICA NAVARRO MUÑOZ, FELICIANO JULIAN ALZAMORA LUCAS y CLAUDIA CESAR FRANCIA POCOMUCHA; para que dentro de 10 días de notificados CUMPLAN CON RESTITUIR EL PREDIO USURPADO SUB MATERIA; bajo apercibimiento de lanzamiento, Delito: Usurpación Agravada; agraviado: Santiago Queirolo Ciuffardi; Cañete. 17/12/2007. Secretario: Astohuaman.
04, 05 y 06 de Enero

EDICTO PENAL
EL 2° JUZGADO PENAL, Juez VENTURA, Cita al siguiente procesado para la Lectura de Sentencia en el proceso que se le sigue:
Exp. 2002-0276, a ELEUTERIO PALACIOS MORALES;  el día 17/01/2007 a horas 3:45 pm.; Delito: Violación Sexual; Agraviado: E.V.A.P; Cañete. 17/12/2007.
Exp. 2007-0187, a EDUARDO MANUEL GUERRA MENESES;  el día 17/01/2007 a horas 3:30 pm.; Delito: Hurto Agravado; Agraviado: Telefónica del Perú; Cañete. 17/12/2007.

EL 2° JUZGADO PENAL, Juez VENTURA, Cita llama y emplaza; para tomar las Declaraciones Testimoniales el día 11/01/2008 en el proceso:
Exp. 2007-0592, a José Luis Correa Arias a horas 11:15am., Miguel Sergio Sifuentes Sánchez a horas 11:25 am; Sabino Huaroto Gutiérrez a horas 11:40 am.; Mariano Caire Núñez a horas 12:00m; Lorenzo Huanta Tovar a horas 12:20 pm.; El Representante de la Empresa San Felipe S.A. a horas 2:40 pm; Roger de la Cruz Jara a horas 3:00pm; Ademir Cuzcazo Flores a horas 3:20 pm; El Representante de la Agropecuaria el Remanso SAC. a horas 3:40 pm y Manuel Levano Cuya a horas 4:00 pm; Delito: Apropiación Ilícita; Agraviado: De Todo Rural S. A.;Cañete. 26/12/2007.
Secretaria: Zamudio, de los Edictos mencionados.
04, 05 y 06 de Enero

EDICTO PENAL
EL 3° JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita y emplaza a los siguientes procesados para que se presenten, se pongan a derecho y respondan ante el Juzgado de los cargos que se le imputa en su contra en el proceso que se le sigue:
Exp. 2007-0241, a MOISES ABELARDO MUÑOZ RUEDA; Delito: Usurpación agravada; Agraviado: Maria Honoria Muñoz Rueda; Cañete. 14/12/2007. Secretario: Aquije.
Exp. 2003-0090, a ZOILA ROSA CASTRO GUTIERREZ; Delito: Usurpación Agravada; Agraviado: Rumaldo Carrasco Sanitaria. Cañete. 17/12/2007, Secretario: Aquije.
04, 05 y 06 de Enero

AVISO JUDICIAL
Exp. Nº 2007-548.- Especialista Elizabeth A. Yaya Alcalá. Que, el solicitante Pedro Sevilla Sánchez, solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento Nº 297, año 1940, libro 71, folio 5, perteneciente a Pedro Sevilla, en el extremo que no se ha consignado su apellido materno “Sánchez” debiendo ser lo correcto y sucesivo “Pedro Sevilla Sánchez”. Asimismo han omitido consignar el segundo nombre “Marcial” y el apellido materno “Gil de su progenitor, siendo lo correcto “Luis Marcial Sevilla Gil” y el apellido materno “Lévano” de su progenitora, siendo lo correcto y sucesivo “Donatila Sánchez Lévano”, quedando intacto lo demás que contiene; SEÑALANDOSE fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, para el día OCHO DE ENERO DEL DOS MIL OCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial - 2º Juzgado de Paz Letrado de Imperial

AVISO JUDICIAL
Exp. Nº 2007-544.- Especialista Elizabeth A. Yaya Alcalá. Que, la solicitante Mercedes Sevilla Sánchez, solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento Nº 662, año 1954, libro 112, folio 197, perteneciente a Mercedes Sevilla Sánchez, en el extremo que han omitido consignar el segundo nombre “Marcial” y el apellido materno “Gil” de su progenitor, siendo lo correcto “Luis Marcial Sevilla Gil” y el apellido materno “Lévano” de su progenitora, siendo lo correcto y sucesivo “Donatila Sánchez Lévano”, quedando intacto lo demás que contiene; SEÑALANDOSE fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, para el día OCHO DE ENERO DEL DOS MIL OCHO, a horas ONCE DE LA MAÑANA.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial - 2º Juzgado de Paz Letrado de Imperial

AVISO JUDICIAL
Exp. Nº 2007-546.- Especialista Elizabeth A. Yaya Alcalá. Que, el solicitante Julio Sevilla Sánchez, solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento Nº 46, año 1947, libro 86, folio 139, perteneciente a Julio Alberto Sevilla Sánchez, en el extremo que no han omitido consignar el segundo nombre “Marcial” y el apellido materno “Gil de su progenitor, siendo lo correcto “Luis Marcial Sevilla Gil” y el apellido materno “Lévano” de su progenitora, siendo lo correcto y sucesivo “Donatila Sánchez Lévano”, quedando intacto lo demás que contiene; SEÑALANDOSE fecha para la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, para el día OCHO DE ENERO DEL DOS MIL OCHO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA.
Elizabeth A. Yaya Alcalá
Secretaria Judicial - 2º Juzgado de Paz Letrado de Imperial

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA
JEFATURA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Exped. Nº 039-08-MDQ.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 230 del Código Civil, hago saber que Michaell Ademir Calvo Campos, de 20 años de edad, natural de la provincia de Cañete, de nacionalidad peruano, identificado con DNI Nº 44516735, de estado civil soltero, de profesión u ocupación estudiante, domiciliado en Av. Lima 200; y doña Andrea Manay Arata, de 20 años de edad, natural de la provincia de Cañete, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nº 44843868, de estado civil soltera, de profesión u ocupación estudiante, domiciliada en Jr. Piura, 1era. Cuadra s/n.; pretenden contraer Matrimonio Civil ante esta Municipalidad, el día 12 de Enero del 2008, a horas 09:00 p.m., en el local Recepciones “César”. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos dentro el término de 8 días, en forma prescrita en el Art. 253 del Código Civil
Quilmaná, 03 de Enero del 2008.
Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA
JEFATURA DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
El Jefe de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná, Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley8 26497, capítulo V, Sección Segunda, Art. Nª 73, manda a publicar que con expediente de fecha 14-12-07 de don Miguel Angel Julián Luyo, solicita Rectificación de Partida de Nacimiento del titular registrado en el Libro Nº 57, folio Nº 98, del año 1989 de esta Municipalidad Distrital de Quilmaná en el sentido de rectificar la Omisión de nombre del declarante en la partida del titular.
Quienes consideren que puedan salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de Ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el articulo Nº 68 de la Ley arriba indicada.
Quilmaná, 03 de Enero del 2008.
Alfredo Trumán Guerrero Huamán
Registrador Civil
Quilmaná - Cañete

04 enero 2008

ALAN GARCIA SE REUNE CON PRESIDENTES REGIONALES...

El jefe del Estado, Alan García, y todo el gabinete ministerial sostendrán hoy en Palacio de Gobierno una intensa jornada de trabajo de doce horas con los presidentes regionales, en el marco del proceso de descentralización que promueve el gobierno.
El encuentro se iniciará a las 8.30 horas y participarán los presidentes regionales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima y Loreto.
Asimismo, los presidentes regionales de Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna. Tumbes, Ucayali; y el vicepresidente regional de Madre de Dios.
También tomarán parte en la reunión los presidentes de las comisiones del Congreso de Proinversión, de Descentralización, de Economía y de Presupuesto; los parlamentarios César Zumaeta, Jorge Feliciano, Rafael Yamashiro, y Johny Peralta Cruz, respectivamente.
En la cita también participarán el Secretario Técnico del Acuerdo Nacional, Max Hernández; el secretario de Descentralización, Grover Pango; y la directora ejecutiva del Consejo Nacional de Competitividad, Agnes Franco.
Igualmente diversos altos funcionarios de entidades gubernamentales y regionales como los viceministros de Gestión Institucional y de Turismo, Víctor Raúl Díaz Chávez y Eduardo Ferreyros, y los presidentes del Banco de la Nación, Cofide y Agobanco, entre otros.
Entre los temas a tratar figuran las expectativas y posibilidades del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, la competitividad regional, la inversión descentralizada y las transferencias y recursos, entre otros.
ANUNCIAN INSCRIPCION DE POSTULANTES A CONCURSO DE NOMBRAMIENTO DE DOCENTES...

Entidades independientes y de prestigio se encargarán de aplicar y calificar las pruebas, dijo el viceministro de Gestión Institucional, Víctor Raúl Díaz Chávez…
La inscripción de maestros postulantes al concurso público para ocupar una de las 25 mil plazas docentes, debidamente presupuestadas, será del 10 al 23 del presente mes en todo el país, señaló ayer el viceministro de Gestión Institucional, Víctor Raúl Díaz Chávez.
Explicó, que así lo determina el cronograma de nombramientos aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 0542-2007-ED, publicada en el diario oficial El Peruano, la misma que también contempla que la publicación y difusión de las plazas vacantes, a nivel nacional, se debe concretar a partir de mañana viernes, hasta el miércoles 9.
“Las plazas vacantes se publicarán en las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), Direcciones Regionales de Educación (DRE) y en el Ministerio de Educación (MED)”, dijo el viceministro, tras asegurar que hasta el 28 de los corrientes, se debe tener lista la nomina de postulantes hábiles para la publicación correspondiente.
Díaz Chávez también indicó que el Ministerio de Educación seleccionará a entidades independientes y de prestigio para que se encarguen de la aplicación y calificación de las pruebas de conocimientos, capacidades y psicológica, las mismas que se desarrollarán en las capitales de región a nivel nacional.
Agregó que la etapa eliminatoria y cancelatoria estará a cargo del Ministerio de Educación, y que la de selección estará en manos de cada Institución Educativa que tiene la plaza vacante, con la participación de los padres de familia y la sociedad civil organizada.
La etapa eliminatoria y cancelatoria comprende: la inscripción de postulantes, publicación de postulantes hábiles, presentación y resolución de reclamos, aplicación y calificación de la prueba eliminatoria de conocimientos, capacidades y psicológica, y la publicación de los resultados de la prueba. Los resultados se publicarán en el portal del Ministerio de Educación, así como en los paneles disponibles y visibles de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local.
Son requisitos para participar como postulante en la etapa eliminatoria: Poseer título de profesor o licenciado en educación, presentar una Declaración Jurada por duplicado, manifestando: Gozar de buena salud, física y mental, que permite ejercer la docencia y de no registrar antecedentes penales ni estar incurso en proceso penal por delito doloso, así como no registrar sanción de destitución o separación del servicio en los últimos cinco años.
FUNDACION CASABASICA DE CHILE DONARA 39 CASAS PREFABRICADAS A FAMILIAS AFECTADAS DE SAN LUIS...

39 familias damnificadas del distrito de San Luis, serán beneficiadas con casas prefabricadas, gracias al invalorable apoyo de la Fundación Casabásica de Chile. Este trabajo social lo vienen cumpliendo un grupo de 70 voluntarios chilenos, que en las localidades de Las Palmas y San Pedro en el distrito moreno de San Luis, vienen levantando las estructuras de estas casas prefabricadas.
Este trabajo, viene siendo compartido y coordinado con el Gobierno Regional de Lima que preside Nelson Chui; en este caso, la Fundación Casabásica tiene a su cargo la instalación de las estructuras de las viviendas y el Gobierno Regional aporta con todo el apoyo logístico que se requerirá hasta culminar su instalación.
Las características de esas viviendas, es que ocupa un área de 21.5 m2, el material es de pino impregnado, y están distribuidas en tres ambienes con ventanas bien ventiladas y toda su estructura de tabiquería descansa sobre plataforma de madera que a su vez es apoyada sobre unos pilotes circulares de concreto, todo ello a un costo por vivienda de unos mil doscientos dólares.
Consultado sobre el proyecto el Jefe de la Fundación Casabásica Alvaro Alliende refirió que los voluntarios de su país trabajan a tiempo completo porque tienen un cronograma que cumplir y si todo se da de acuerdo a lo planificado, las viviendas se deben estar entregando a las familias afectadas el próximo 12 de Enero.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ACUERDO DE CONCEJO Nº 097-2007-MPC

Cañete, 21 de Diciembre del 2007

VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº322-2007-SG-MDM de la Municipalidad Distrital de Mala, solicitando la ratificación de la Ordenanza Municipal Nº015-2007-MDM, que complementa la Ordenanza Municipal Nº014-2007-MDM y que fija para el ejercicio del 2008, los montos por Emisión, Determinación y Distribución de Diversos Conceptos Relativos a Tributos Municipales en el Distrito de Mala.

CONSIDERANDO:
Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en le mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº156-2004-EF;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972 las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales en su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad;
Que, el requerimiento cuenta con la opinión favorable de la Asesoria Legal mediante Informe Nº855-2007-AS.LEG-MPC, el Informe Técnico Nº004-2007-GSSPP-MPC del Gerente de Servicios Públicos, Informe Nº277-2007-GTM-MPC y el Dictamen favorable de la Presidenta de la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete;
Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº156-2004-EF; con el voto unánime, y con la dispensa del tramite de aprobación del acta;

ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Ratificar la Ordenanza Municipal Nº015-2007-MDM, que complementa la Ordenanza Municipal Nº014-2007-MDM y que fija para el ejercicio del 2008, los montos por Emisión, Determinación y Distribución de Diversos Conceptos Relativos a Tributos Municipales de dicho Distrito, de acuerdo a los considerandos del presente.

ARTICULO SEGUNDO: Publicar la presente Ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia, publicación que debe de realizarse hasta el 31 de Diciembre del 2007, bajo sanción de ineficacia de la Ordenanza ratificada.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE

Javier J. Alvarado Gonzáles de Valle
Alcalde
REVOCATORIA... PASOS A SEGUIR... PERO CUIDADO... POR LO GENERAL NO SE CONCRETAN EN DISTRITOS Y PROVINCIAS DE GRAN MASA ELECTORAL...

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) hace días estableció el número mínimo de adherentes requerido en cada distrito, provincia y departamento para el trámite de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades regionales y municipales. Fue mediante la Resolución N° 258-2007-JNE, del 21 de diciembre de 2007Para acceder al número de adherentes requerido por cada localidad del país se puede ingresar a la página web del JNE.
La consulta popular de revocatoria de autoridades es la facultad que tiene el electorado de poner fin al mandato de las autoridades elegidas por votación popular. Así como los ciudadanos confieren poder a las autoridades para que los represente, también se le retira cuando han perdido la confianza. El mandato de las autoridades regionales (presidente, vicepresidente y consejero regional) y municipales (alcaldes y regidores) puede ser sometido al proceso de consulta popular.
El 25% de firmas de adherentes de electores (con un máximo de 400 mil firmas), previamente certificadas o validadas por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), constituye uno de los principales requisitos para dar inicio al trámite de consulta popular. Otros requisitos son el nombre de las autoridades cuyo cargo se somete a consulta y el fundamento o motivo que sustenta el pedido de la convocatoria sin necesidad de ser probado.
Las personas que dan inicio al trámite y representan a los ciudadanos que piden la consulta son denominados promotores. Estos pueden designar a los personeros para que estén presentes en las actividades que convoquen los organismos electorales. Asimismo, las autoridades cuya permanencia en el cargo se consulta también pueden designar a sus personeros.
El Jurado Nacional de Elecciones es el organismo competente para convocar al proceso de consulta popular.
Al hacer la convocatoria, consigna la relación de distritos, provincias o departamentos donde se celebrará la consulta, los nombres y cargos de las autoridades, el motivo y fecha de la revocatoria.
La revocatoria de las autoridades procederá si se cumplen dos premisas: que el 50% del total de electores haya asistido al centro de votación a emitir su voto, y que haya tenido el voto aprobatorio del 50% + 1 del total de votos válidamente emitidos.
El 50% del total de electores está referido a la población electoral que está registrada en un determinado distrito, provincia o departamento, de acuerdo al padrón electoral elaborado por Reniec y aprobado por el JNE para el proceso de consulta popular.
Los votos válidamente emitidos son aquellos en los que se ha marcado por el SI o por el NO ante la pregunta formulada en la cédula. No constituyen votos válidos los votos en blanco ni los votos nulos.
Para reemplazar a las autoridades revocadas, el Jurado Nacional de Elecciones convoca a los candidatos no proclamados. Si se revoca al alcalde, se otorgará credencial de burgomaestre al primer regidor, si éste a su vez ha sido revocado será alcalde el segundo regidor.
Si se revoca a un regidor se convoca a un candidato no proclamado de la misma lista.
El alcalde y el total de regidores de un concejo municipal constituyen el “número legal de miembros”. Por tanto, en caso de haberse revocado a más de un tercio (1/3) del número legal de miembros se convoca a elecciones para elegir al alcalde y regidores del concejo municipal. En tanto, se convoca a las autoridades de manera provisional.
Revocatoria de autoridades no funciona en jurisdicciones con gran número de electores, afirman

REVOCAR A AUTORIDADES DE LUGARES CON GRAN DENSIDAD ELECTORAL... ES DIFICIL...
Los procesos de revocatoria de autoridades locales, por lo general, no se concretan en jurisdicciones con gran densidad electoral, debido a que la cantidad de firmas de respaldo y votos que exige la ley es muy alta, sostuvo Marco Tulio Gutiérrez, presidente del Instituto Peruano de Administración Municipal (IPAM).
El sistema, según Gutiérrez, sólo logra funcionar en localidades pequeñas donde la población electoral es menor “y donde todo el mundo se conoce”, por lo que pueden coincidir en el objetivo de revocar a una autoridad.
“Es casi imposible que una revocatoria llegue a buen término en distritos como San Juan de Lurigancho, donde hay un millón de habitantes, porque la ley exige las firmas válidas de 25 por ciento de la población electoral”, comentó y agregó que para alcanzar esa cifra habría que recabar rúbricas de, por lo menos, el 40 por ciento de los votantes.
Adicionalmente, dijo, la normatividad vigente establece como requisito la mitad más uno de los votos emitidos para concretar el desafuero de una autoridad, lo cual constituye una barrera muy alta, considerando que las autoridades en el Perú son elegidas con un promedio de 18 por ciento de votos.
El experto en temas municipales señaló que si bien la ley de revocatoria requiere algunas modificaciones para permitir que funcione en distritos muy poblados, no es lo más conveniente hacerlas ahora cuando se está en pleno proceso.
Cabe indicar que la ley precisa que no se pueden  emprender procesos de revocatoria ni el primero ni el último año de una gestión edil, por lo tanto, sólo este año 2008 y el 2009 podrán tramitarse esas iniciativas.
Gutiérrez indicó que una modificatoria importante a la ley debe considerar la acumulación de firmas de apoyo recolectadas, en caso de que hubiera dos o más grupos impulsando estas iniciativas.
"PERLITA DE AZANGARO" NUEVA VOY ESTILO DEL FOLKLORE YAUYINO...
Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez

En todo lugar y tiempo la música, el canto y la danza folklórica son manifestaciones telúricas de los pueblos inspirados de fuentes de su propia naturaleza y la vivienda popular, gracias al talento y la creatividad auténtica de este género musical, que es la reafirmación de nuestra auténtica identidad de peruanidad; porque la canción andina por su esencia, coreografía y colorido de sus atuendos es la más genuina, ancestral y tradicional representación patrimonial de los pueblos de “tierra adentro” que nos ha legado a las generaciones postreras.
En este aspecto, la provincia de Yauyos cuenta con numerosos grupos musicales y jóvenes intérpretes, damas y varones que con hábil instrumentación y la dulzura de su voz quebrantan los corazones de sus admiradores; y en esta última década emerge de manera descollante la imagen, voz y estilo propio de la canta-autora LIZ QUISPE AGUADO, que con el seudónimo de “PERLITA DE AZANGARO” del distrito de Azángaro en la provincia de Yauyos, ha cautivado la preferencia y reconocimiento de la legión de sus admiradores y el público, inicialmente en sus presentaciones en escenarios de Lima y después en algunas provincias con el acompañamiento de las vibrantes cuerdas del arpa ejecutadas magistralmente por Luis Gutiérrez que prácticamente la ha convertido en su ídolo y consagrada figura vernacular.

SEMBLANZA BIOGRAFICA…
Como todo provinciano, Liz Quispe proveniente de humilde cuna, nació en el barrio rural Huampuculla, predio de su abuelo materno, don Ambrosio Aguado, lugar muy cerca de la capital distrital de Azángaro; allí creció y pasó su infancia y adolescencia bajo el calor maternal de su progenitora doña Lucila Aguado Postillón y alejada de la responsabilidad de su padre don Guzmán Quispe, ya fallecido. Cuando frisaba la edad escolar, cursó sus estudios de Primaria y Secundaria en el Colegio Integrado Nº 20126 de su pueblo natal, habiendo egresado integrando la Promoción “Valentín Armas” en el año 1989, ávida de luchar por alcanzar sus sueños.
Posteriormente, en busca de nuevos horizontes y con la inquietud de superación se trasladó temporalmente a Cañete, luego pasó a Lima donde logró ingresar a la Universidad Nacional de Educación La Cantuta; pero por sus limitaciones económicas no culminó su carrera docente. Después de algún tiempo, con el ímpetu de su juventud y comprendiendo que, “la vida es luchar, sufrir, aventurarse, triunfar, fracasar, amar y gozar” y convencida que, “cada uno se labra su propia corona y cada quien es hijo de sus obras”, con mucho esfuerzo y tesón viaja a Italia, habiendo fijado su residencia en Milán donde actualmente trabaja por más de una década, sin dejar de difundir y organizar eventos de su arte vernacular para los latinoamericanos y particularmente para los peruanos en Italia.

SU PASION, EL CANTO Y EL DEPORTE…
La incomparable “PERLITA DE AZANGARO”, desde su niñez tuvo la predisposición por el canto, tal vez por su contacto directo con la naturaleza andina, imitando el murmullo del río, el silbido del viento, y el trinar de las avecillas en el follaje de alisos y eucaliptos; luego participaba en los concursos y actividades de su colegio, estimulada por su profesores y la comunidad azangarina; épocas en que era también fiel admiradora de las consagradas intérpretes FLOR PILEÑA y ALICIA DELGADO entre otras. Nos refieren que, antes de emprender viaje a Italia realizó su última presentación al lado de Flor Pileña en el Coliseo del Instituto Peruano del Deporte (IPD) en Miraflores – Lima. En el lejano país de su residencia, Liz Quispe, a veces con risueña alegría y otras veces con profunda nostalgia por su añorado Azángaro y por el Perú, se mantiene activa en el canto y el deporte que son las actividades de su predilección, porque, “el artista es el amante de la naturaleza, por consiguiente, es su esclavo y su dueño”.

LLEGO, CANTO, GRABO Y SE FUE…
En el mes de Julio del año pasado, en una visita familiar y amistades, Liz Quispe retornó a Lima y Cañete sólo por 30 días, tiempo que aprovechó para grabar su Volumen Nº 2 CD en el sello Kevin Producciones, que incluye temas de su propia inspiración como Llorarás por mí, Amor Ajeno, Inmigrante, Mi Amiga Tristeza, Mañana me Voy, entre otros. Como se recuerda, el Volumen Nº 1 con el tema Carrito Azangarino, fue grabado hace buen tiempo, ahora la distancia física no le permite intensificar su labor artística en nuestro medio, pero pese a esa lejanía, ella se da tiempo para componer y seleccionar sus temas para la próxima grabación del Volumen Nº 3 probablemente en Agosto, y como Valdelomar ya parece decir: “Mi arte es para los limpios de corazón, para los sanos de espíritu, para los ebrios de ilusión y para los sedientos de esperanza”. ¡Liz, bienvenida a nuestra Patria!.
JUDICIALES
EDICTO PENAL
La Sala Superior Penal de Cañete, Cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho, y concurran a la SALA de AUDIENCIAS, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenar su ubicación y captura, en el proceso que se les sigue:
Exp. N° 2003- 0360, a HECTOR MICHAEL BENAVENTE BASURTO; el día 16/01/2007 a horas 09:30 am.; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Pedro Luis Malasquez Aquino.
Cañete, 26/12/2007.
Exp. N° 2005- 0583, a JULIO ADRIAN MENDOZA CASTILLO; el día 16/01/2007 a horas 10:00 am.; Delito: Robo Agravado; Cañete, 26/12/2007
Presidente: Martínez, Secretario: Peralta, de los edictos mencionados
04, 05 y 06 de Enero

EDICTO PENAL
EL 1° JUZGADO PENAL, Juez ASCENCIO, Cita y emplaza a los siguientes procesados en el proceso que se les sigue:
Exp. 2002-0985, a ALFREDO ROSAS CHAUCA NAVARRO, MARIA ALEJANDRINA ROCCA TOLEDO, MATILDE ROSAS ZAPATA DE CHAMORRO, MARIELA VERONICA NAVARRO MUÑOZ, FELICIANO JULIAN ALZAMORA LUCAS y CLAUDIA CESAR FRANCIA POCOMUCHA; para que dentro de 10 días de notificados CUMPLAN CON RESTITUIR EL PREDIO USURPADO SUB MATERIA; bajo apercibimiento de lanzamiento, Delito: Usurpación Agravada; agraviado: Santiago Queirolo Ciuffardi; Cañete. 17/12/2007. Secretario: Astohuaman.
04, 05 y 06 de Enero

EDICTO PENAL
EL 2° JUZGADO PENAL, Juez VENTURA, Cita al siguiente procesado para la Lectura de Sentencia en el proceso que se le sigue:
Exp. 2002-0276, a ELEUTERIO PALACIOS MORALES;  el día 17/01/2007 a horas 3:45 pm.; Delito: Violación Sexual; Agraviado: E.V.A.P; Cañete. 17/12/2007.
Exp. 2007-0187, a EDUARDO MANUEL GUERRA MENESES;  el día 17/01/2007 a horas 3:30 pm.; Delito: Hurto Agravado; Agraviado: Telefónica del Perú; Cañete. 17/12/2007.

EL 2° JUZGADO PENAL, Juez VENTURA, Cita llama y emplaza; para tomar las Declaraciones Testimoniales el día 11/01/2008 en el proceso:
Exp. 2007-0592, a José Luis Correa Arias a horas 11:15am., Miguel Sergio Sifuentes Sánchez a horas 11:25 am; Sabino Huaroto Gutiérrez a horas 11:40 am.; Mariano Caire Núñez a horas 12:00m; Lorenzo Huanta Tovar a horas 12:20 pm.; El Representante de la Empresa San Felipe S.A. a horas 2:40 pm; Roger de la Cruz Jara a horas 3:00pm; Ademir Cuzcazo Flores a horas 3:20 pm; El Representante de la Agropecuaria el Remanso SAC. a horas 3:40 pm y Manuel Levano Cuya a horas 4:00 pm; Delito: Apropiación Ilícita; Agraviado: De Todo Rural S. A.;Cañete. 26/12/2007.
Secretaria: Zamudio, de los Edictos mencionados.
04, 05 y 06 de Enero

EDICTO PENAL
EL 3° JUZGADO PENAL, Juez QUISPE, Cita y emplaza a los siguientes procesados para que se presenten, se pongan a derecho y respondan ante el Juzgado de los cargos que se le imputa en su contra en el proceso que se le sigue:
Exp. 2007-0241, a MOISES ABELARDO MUÑOZ RUEDA; Delito: Usurpación agravada; Agraviado: Maria Honoria Muñoz Rueda; Cañete. 14/12/2007. Secretario: Aquije.
Exp. 2003-0090, a ZOILA ROSA CASTRO GUTIERREZ; Delito: Usurpación Agravada; Agraviado: Rumaldo Carrasco Sanitaria. Cañete. 17/12/2007, Secretario: Aquije.
04, 05 y 06 de Enero

EDICTO
Exp. Nº 500-2007 ante le Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez Dr. José De la Cruz Vargas; Secretario Ernesto Hurtado Villavicencio, CATALINA QUINTO CESPEDES, solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO, en los siguientes extremos: 1) Se adicione el apellido materno de la recurrente el de CESPEDES, 2) Se suprima la letra “a” y que se reemplace por la letra “O” en el nombre en el nombre AURELIA de su señor padre en la parte central de su partida siendo lo correcto su nombre el de AURELIO, 3) Se adicione el apellido materno del padre de la recurrente el de MORALES, 4) Se adicione el apellido materno de la madre de la recurrente el de CHUMPITAZI.
Imperial, 29 de Diciembre del 2007.
Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete

EDICTO
Exp. Nº 517-2007, ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, Juez Dr. José De la Cruz Vargas; Secretario Ernesto Hurtado Villavicencio, AMALIA VICENTE VILLAR, solicita se rectifique la PARTIDA DE DEFUNCION de quien en vida fuera su esposo LUIS ANTONIO ARATA RIVAS, en el sentido que se ha consignado su estado civil como el “viudo” siendo lo correcto CASADO; asimismo se ha consignado erróneamente el nombre de su cónyuge como el de doña VILMA CLARA SANCHEZ YACTAYO, siendo lo correcto el de AMALIA VICENTE VILLAR
Imperial, 29 de Diciembre del 2007.
Dr. Ernesto Hurtado Villavicencio
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete

SUCESION INTESTADA
Ante mi despacho, Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña MARGARITA ISABEL MENDOZA SURICHAQUI, manifestando ser esposa de quien fuera en vida ALBERTO TEODORO CARNICA SURICHAQUI, quien falleció AB – INTESTADO en esta provincia el día 07 de Julio del 2007, a efecto de que se declare como únicas y universales herederas a su esposa supérstite doña MARGARITA ISABEL MENDOZA SURICHAQUI y a su hija CELIA ISABEL CARNICA MENDOZA, respectivamente. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 28 de Diciembre del 2007
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Ante mi despacho notarial sito en el Jr. Bolognesi Nº 324, de San Vicente de Cañete, se presentó doña YRMA AMELIA ATUNCAR DE QUISPE quien solicita se rectifique su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrito en la Municipalidad Provincial de Cañete, en donde se consignó erróneamente los siguientes datos: (Parte Principal): Datos del Padre: Dice: ANGEL ATUNCA.- Debe Decir: ANGEL ATUNCAR GUTIERREZ .- Datos de la Madre: Dice: ESTELA GONZALES.- Debe Decir: LUCILA ESTELA GONZALES CASTILLO.- (Parte Principal y Marginal): Datos de la Titular: Dice: YRMA AMELIA ATUNCA GONZALES.- Debe Decir: YRMA AMELIA ATUNCAR GONZALES. Lo que comunico para los fines de ley.
Cañete, 02 de Enero del 2008
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete

DIRIMENCIAS
SALA CIVIL.- EXP. N° 2004-00608-0-0801-JR-CI-l.- Contencioso - Acción Contenciosa Administrativa.- RESOLUCIÓN NUMERO OCHO.- Cañete, veintitrés de noviembre del dos mil siete.- AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, los señores Vocales doctor Ricardo Astoquilca Medrano (Ponente) y doctor Víctor Durand Prado, emiten su VOTO para que se REVOQUE la Resolución número Veintiséis (Sentencia), de fecha treinta de enero del dos mil siete, que corre de fojas doscientos setenta y siete a doscientos ochenta y uno, que falla: Primero.- Declarando fundada la demanda en parte la demanda, y Segundo.-Declarando Infundada la demanda en el extremo que peticiona la restitución del tramo desviado del Canal El Molino; sin costas ni costos; y REFORMÁNDOLA se declare IMPROCEDENTE la demanda; SEGUNDO.-Que, la señora Vocal doctora Luz Gladys Roque Montesillo, emite su VOTO para que se declare NULA la sentencia de fecha treinta de enero del dos mil siete obrante a fojas doscientos setenta y siete a doscientos ochenta y uno, y se DISPONGA que el A quo renueve el acto procesal de calificar nuevamente la demanda; TERCERO.- Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la instancia, conforme lo Exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ha producido discordia en el presente proceso la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del Texto Legal acotado; CUARTO,- Que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, no puede subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos, a través de cualquier medio de prensa o difusión, o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que debe de omitirse la publicación en el diario oficial “EI Peruano”, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica, en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario. Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Vocal doctor ROBERTO PAREDES DÁVILA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para la vocal dirimente el día jueves DIEZ DE ENERO DEL AÑO DOS MIL OCHO, a horas OCHO de la mañana con VEINTICINCO MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia “ Al Día con Matices” por el término de UN DÍA; En los seguidos por José Rolando Segovia Oré con Ministerio de Agricultura y Otra sobre acción Contenciosa Administrativa. Notificándose.-
S.S
ASTOOUILCA MEDRANO
ROQUE MONTESILLO DURAND PRADO

DIRIMENCIAS
SALA CIVIL.- EXP. N° 2002-00745-0-0801-JR-CM
Civil - Prescripción Adquisitiva de Dominio.- RESOLUCIÓN NUMERO SIETE.- Cañete, dieciocho de diciembre del dos mil siete.-
AUTOS Y VISTOS; En Audiencia Pública; Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, en la votación de la presente causa, el señor Vocal doctor Víctor Durand Prado (Dirimente), emite su VOTO para que se APRUEBE la Sentencia de fecha treinta de enero del dos mil siete, obrante en autos de fojas doscientos treinta y dos a doscientos treinta y cinco, expedida por el Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que resuelve declarar fundada la demanda de fojas treinta y cuatro a treinta y siete, subsanada a fojas cuarenta y a fojas cincuenta y cuatro; SEGUNDO.- Que, la señora Vocal doctora Luz Gladys Roque Montesillo (Ponente), emitió su VOTO para que se declare NULA la sentencia consultada, y se disponga que el A quo previamente requiera a la Municipalidad del distrito de Chuca, el informe de la ubicación y numeración exacta del predio materia de litis y si dicho inmueble ubicado en la Avenida Lima número un mil doscientos diez está constituido por mas de un predio, sin perjuicio de que la actora cumpla con proporcionar tal información; TERCERO.- Que, los señores Vocales doctores Ricardo Astoquilca Medrano y Jorge Villanueva Pérez, emitieron su VOTO para que se declare NULO todo lo actuado hasta fojas ciento ochenta y dos inclusive, dejando subsistente los documentos que no contiene actos procesales, disponiendo que el A quo renueve los actos procesales y emita nueva sentencia con arreglo a ley y teniendo presente los considerándos de la presente resolución; CUARTO.-Que, atendiendo a lo anotado precedentemente y no encontrándose con tres votos conformes necesarios para hacer resolución al tratarse la resolución apelada de una que pone fin a la Instancia, conforme lo exige el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ha producido discordia en el presente proceso, la misma que debe ser dirimida con el trámite previsto en el artículo 144° del Texto Legal acotado; QUINTO.-Que, habiéndose declarado en austeridad económica el Poder Judicial, no puede por tanto subvencionar pagos de publicaciones, edictos o avisos, a través de cualquier medio de prensa o difusión, o de cualquier otro servicio, honorarios u otros conceptos, por lo que debe de omitirse la publicación en el diario oficial “El Peruano”, lo que no enerva la publicidad de la discordia prevista en el artículo 144° de la citada Ley Orgánica, en un diario local, ya que en estos casos la publicación en el diario oficial de la provincia no resulta contrario a la referida austeridad, por lo que debe efectuarse la publicación en el referido diario. Por las consideraciones expuestas: LLAMARON al señor Vocal doctor ROBERTO PAREDES DÁVILA para que dirima la discordia descrita en la presente resolución; y SEÑALARON como fecha para VISTA DE LA CAUSA para el vocal dirimente el día martes QUINCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL OCHO, a horas OCHO de la mañana con TREINTA MINUTOS; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial de la provincia “ Al Día con Matices” por el término de UN DÍA; En los seguidos por Carmen Rosa Córdova Baca con Sucesión Sofía Baca Mondoñedo de Fonseca y Otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Notificándose.- Interviene el Secretorio que autoriza por disposición superior.
S.S. ASTOQUILCA MEDRANO
ROQUE MONTESILLO VILLANUEVA PÉREZ
EDE CAÑETE S.A.
ACTO VANDALICO
(HURTO DE CONDUCTORES)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico producida por Acto Vandálico (hurto de conductor) en MT 10 kV a la altura del Km. 134.5 de la Carretera Panamericana Sur, que afectó a las zonas indicadas líneas abajo.

LUGAR: San Luis
ZONAS AFECTADAS: CP Laura Caller, CP Casa Blanca, CP Señor De los Milagros, CP Miraflores, CP Bellavista, Cerro Azul y Circuito de Playas del distrito de Cerro Azul y Asia de la provincia de Cañete.
ALIMENTADOR: CÑ-05
CIRCUITOS AFECTADOS: CEPS 5020 a PM 55375 en T SE 276
FECHA: Jueves 03 de Enero del 2008.
HORA DE INICIO: 02:12 hrs. Jueves 03 de Enero del 2008
HORA FINAL: 06:44 hrs. Jueves 03 de Enero del 2008

La interrupción del servicio fue causada por daños en la red M.T., ocasionada por terceras personas, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, EDECAÑETE S.A. procedió a la normalización del circuito afectado.

EDECAÑETE S.A. agradece la comprensión de sus clientes, por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
A LA OPINION PUBLICA

Cumplimos con informar a la opinión pública que el JUZGADO MIXTO DE CAÑETE, mediante Resolución Nº 5 de fecha 11 de Junio de 2007, notificada el 20 de Julio del mismo año, admitió a trámite la solicitud de ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE BIENES, de las parcelas agrícolas DON CARLOS o Lote Nº 4 del Fundo Ex - Hacienda Santa Rosa, con una área de 1 has. 5,000 m2. has. Y otro de 3 has 2,500 m2 has. Ubicados en el ANEXO COCHAHUASI, margen izquierdo de la Acequia MAMALA, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima de PROPIEDAD DE LA SUCESION DANIEL FLORENCIO RUIZ ATENCIO.
Ambos predios agrícolas, NO ESTÁN EN VENTA, por lo que prevenimos a toda la población de Cañete, no dejarse sorprender por personas inescrupulosas, quienes intentan vender sin la autorización de los legítimos dueños.
Por otro lado, reafirmamos que la Srta. OTILIA LUISA RUIZ TORRES, NO ES NUESTRA REPRESENTANTE LEGAL, por lo que cualquier contrato de arrendamiento, pactado con ella o cualquier miembro de la Sucesión PASCUALA BAILON TORRES NAPAN , será nulo, bajo las sanciones legales pertinentes.
Cañete, 04 de Enero de 2008.
Suc. Daniel Florencio Ruiz Atencio

03 enero 2008

CORTE DE SERVICIO DE ALCANTARILLADO POR RENOVACION DE REDES EN AVENIDA 28 DE JULIO DE SAN VICENTE...

EMAPA CAÑETE S.A. teniendo en cuenta que en convenio con la Municipalidad Provincial de Cañete se realizará la obra de renovación de redes matrices y conexiones domiciliarias de agua potable y desague de la Av. 28 de Julio de San Vicente; y que los trabajos que se inician en el presente mes de Enero van a motivar restricciones en el servicio de agua potable.
Es por tal motivo que la empresa, estará suspendiendo el servicio temporalmente por tramos, iniciando con el corte de alcantarillado el 03 de Enero del presente año para la renovación de tuberías del desague.
EMAPA CAÑETE, pide la colaboración de los usuarios de la Av. 28 de Julio y ofrece disculpas por las incomodidades que se causaran, solicitando su comprensión.
MAS DE SIETE MILLONES DE SOLES SE INVERTIRAN EN CONSTRUCCION DE NUEVA SEDE JUDICIAL...
Dinero Ya Fue Transferido A Entidad Encargada De La Construcción...


Ayer se inició el Año Judicial 2008, y como todos los años, el personal íntegro de la Corte Superior de Justicia de Cañete, se dio cita en la sede judicial, conjuntamente con las diversas autoridades de la provincia, a fin de dar cumplimiento con lo que señala la Ley Orgánica del Poder Judicial.

AÑO MARCADO POR EL TERREMOTO...
Paulo Vivas Sierra, inició su discurso señalando que el 2007 estuvo marcado por un hecho natural, una desgracia como lo fue el terremoto del 15 de Agosto, cuyas consecuencias han permitido retomar con mucho mayor interés un tema que era muy importante para la corte cañetana, la construcción de la sede de la Corte, o la “Casa de la Justicia” como se le ha denominado.

DOS GRANDES ETAPAS PARA HACER REALIDAD SEDE JUDICIAL...
Como todo proyecto de inversión pública, se tiene que seguir un largo proceso. Es así que en en el mes de Junio del 2007, se ha presentado el proyecto de factibilidad de la construcción de la Casa de la Justicia cañetana, que fue felizmente aprobado; sin embargo, de acuerdo al sistema de inversión pública, se tiene que pasar por dos grandes etapas para lograr la ejecución de la obra, refirió Paulo Vivas Sierra.
La primera etapa, es de pre inversión, etapa que abarca desde la formulación del proyecto a nivel de perfil hasta que el proyecto desarrollado sea declarado viable por la OPI, Oficina de Presupuesto de Inversión. La segunda etapa de inversión, abarca desde la elaboración del expediente definitivo y la ejecución de la obra; es decir la definición de los planos de construcción y la búsqueda de financiamiento para la obra en sí.
Durante todo el trayecto del 2007, Vivas Sierra indicó que se han reunido en 19 veces con las diversas autoridades del Poder Judicial. Detalló que en forma conjunta con la administración de la Corte se ha trasladado a diversas reuniones en Lima; reuniones con las diversas gerencias involucradas en lograr la construcción de la sede judicial para Cañete. En ese sentido, Paulo Vivas Sierra, destacó el decidido apoyo de la administradora.
“Producto de las diversas reuniones, en el mes de diciembre del 2007, la gerencia general del Poder Judicial, en el marco del convenio firmado entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD, y el Presidente del Poder Judicial, realizó la transferencia del presupuesto aprobado para la construcción del local propio de esta Corte Superior de Justicia de Cañete, inversión que asciende a la suma de 7´668,925 nuevos soles, con lo cual se va a construir en esta primera etapa que son 3 pisos, un área de 5,639 m2,, quedando en proyecto y la posibilidad de construir, uno o dos pisos más”, señaló visiblemente emocionado Paulo Vivas Sierra.
“En esta área que se va a construir, albergará en forma suficiente a todos los órganos jurisdiccionales, a fin de que puedan atender de manera cómoda; y por supuesto permitirá un mejor servicio a los justiciables; se va a concentrar todo el trabajo jurisdiccional en esta nueva sede, que queda en la Av. Benavides al costado de lo que es el Hospital Essalud”, refirió.

DINERO PARA CONSTRUCCION YA FUE TRANSFERIDO
Indicó además que “La ejecución de la obra estará a cargo de la UNOPS, en el presente año 2008; es la agencia líder, en el sistema de las naciones unidas, de las obras de infraestructura, y en nuestro país realiza actividades de asistencia a las entidades de gobierno, en su esfuerzo para lograr una implementación oportuna y eficiente de sus proyectos de inversión. Por tal razón, el Poder Judicial realizó ya, la transferencia del dinero a dicha institución. Esto quiere decir que los 7´668,925.00 ya están en la UNOPS. Esperamos pues que en el mes de Marzo, podamos iniciar la ejecución de la obra; aunque el Dr. Francisco Távara Córdova, Presidente del Poder Judicial, cuando sustentó el proyecto del presupuesto para el año 2008 en el Congreso de la República, señaló que en el mes de Febrero se iniciaría esta obra, pero todos sabemos como es esto de la construcción. Pero, aquí lo importante es que el dinero para la ejecución de la obra, ya está destinado y separado, en un organismo como las Naciones Unidas”, sentenció.
Paulo Vivas Sierra tuvo frases de agradecimiento a todos lo que han apoyado para que la construcción de la sede judicial en Cañete, se vaya convirtiendo en realidad… “Hay que reconocer el apoyo brindado por la Presidencia del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo, la Gerencia General y su equipo de trabajo y a la administración de esta Corte, por su perseverancia en el trabajo, con los resultados ya señalados”, refirió.
Igualmente agregó que “A nivel del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, luego del terremoto, se creó una Sub Comisión conformada por tres señores consejeros, y ellos fueron quienes apoyaron este proyecto. Esta Sub Comisión se encargó específicamente de las sedes de Cañete y de Ica. Esto nos ayudó para lograr nuestras metas”, esgrimió.
Finalmente indicó que espera que al concluir el 2008, ya se encuentren funcionando todos los órganos jurisdiccionales, en la nueva sede judicial.
CON 9316 EXPEDIENTES SIN RESOLVER... SE INICIA AÑO JUDICIAL 2008...

Paulo Vivas Sierra, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en la apertura del año judicial también se refirió a la producción judicial, que ve primordialmente el trabajo de los auxiliares jurisdiccionales de los magistrados en los diferentes juzgados.
Mencionó que la Corte cuenta con un total de 19 órganos jurisdiccionales, destacando en el presente año la creación de un nuevo Juzgado de Familia permitió agilizar la operación judicial en los litigantes.
“Sabemos que tenemos dos Salas Penales, tres Juzgados Penales, un Juzgado Civil, dos Juzgados de Familia, tres Juzgados Mixto y ocho Juzgados de Paz Letrado. No mencionamos a los 94 Juzgados de Paz que están en Cañete y Yauyos”, mencionó.
Felicitó públicamente la labor de la Magistrada Dra. María De los Milagros Luyo Sánchez, Juez del Juzgado de Familia y todo su equipo, por la labor que desempeñó este Juzgado.
Explicó que tienen a la fecha un total de 25 magistrados, de los cuales 13 son titulares, siete son magistrados provisionales y cinco son magistrados suplentes.
Confió que en el presente año el Consejo Nacional de la Magistratura realice la convocatoria pública de las plazas vacantes, que aún está por cubrir en el Distrito Judicial de Cañete.

CARGA PROCESAL Y PRODUCCION JUDICIAL…
Dijo que gracias a la iniciativa y decidido esfuerzo del Presidente del Poder Judicial, se llevó a cabo todo un proceso de descarga judicial para sincerar la carga judicial.
“Esto significó realizar un inventario físico, en todos los órganos jurisdiccionales. Fue de carácter obligatorio que en la Corte Superior de Justicia de Cañete se cumplió satisfactoriamente el proceso de descarga judicial”, manifestó Vivas Sierra.
Mencionó que las Salas Superiores, en este caso la Sala Civil, tuvo una producción judicial de 703 expedientes.
La Sala Penal de 552 expedientes, el Juzgado Civil 564, el Primer Juzgado Penal 456, el Segundo Juzgado Penal 465, el Tercer Juzgado Penal 513.
Asimismo el Primer Juzgado de Familia 429, el Segundo Juzgado de Familia 739, el Juzgado Mixto de Familia 457, el Juzgado Mixto de Yauyos 192 y el Juzgado Mixto de Mala 355.
“Como vemos de toda esta producción judicial que hacen los Juzgados Especializados Mixtos, el segundo juzgado de familia tiene una producción mayor que todos, a pesar que funcionó como un juzgado transitorio hasta mitad de año”, precisó.
Refiriéndose a la producción de los Juzgados de Paz Letrado, dijo en el Primer Juzgado de Paz Letrado de San Vicente fue de 597, el Segundo Paz Letrado de San Vicente 465; y único Juzgado de Paz Letrado en Imperial, 932.
En el Juzgado de Paz Letrado de Mala, 488; el Juzgado de Paz Letrado de Yauyos, 169; el Juzgado de Paz Letrado de Ayavirí, 131; el Juzgado de Paz Letrado de Asia 193; y el Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná 705.
El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete, felicitó en este punto la producción del Juzgado de Paz Letrado de Imperial en la persona del Juez, Dr. José De la Cruz por resolver los casos en un total de 932 expedientes.
Anunció también que para el presente año hay la posibilidad de ver la creación de un nuevo Juzgado en Imperial o el traslado de uno de los Juzgados que están en la periferia de la provincia.
“Es un tema que lo estamos trabajando y conversando a nivel de la Sala Plena para que se proponga en su oportunidad ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial”, precisó Vivas Sierra.
En resumen dijo que la producción judicial total en el año 2007 fue de 9,105 expedientes, destacando que ha superado al año anterior a pesar que hubo días de suspensión del despacho judicial como consecuencia del terremoto.

9,316 EXPEDIENTES POR RESOLVER….
Precisó que la Sala Civil tiene pendiente en resolver en el año 2008 una carga de 116 y la Sala Penal 516. “Tenemos el total de los órganos jurisdiccionales especializados, mixto y los Paz Letrado un total de 9,316 expedientes con que inicia el Poder Judicial en el año 2008”, manifestó.
Manifestó que en el año 2007, ingresaron un total de 8,560 expedientes. Aquí se desprende que ingresaron 586 a la Sala Civil, a la Sala Penal 667, al Juzgado Civil 585, Primer Juzgado Penal 227, Segundo Juzgado Penal 260 y en el Tercer Juzgado Penal 245.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

ORDENANZA Nº 031-2007-MPC

Cañete, 28 de Diciembre de 2007

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;

POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAÑETE

Visto, en Sesión Extraordinaria de la fecha; el Texto Unico de
Procedimiento Administrativo TUPA de la Municipalidad Provincial de Cañete.

CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y
administrativas en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo
establecido en el Art. 194° de la Constitución Política del estado,
modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, concordante con la
Ley N° 27972, Orgánica de Municipalidades.

Que, es necesario actualizar y aprobar el Texto Único de Procedimientos
Administrativos-TUPA de la Municipalidad Provincial de Cañete, la misma que
fue aprobado por Ordenanza N° 08-2005-MPC, de fecha 18 de febrero de 2005;

Que, el artículo 36° de la Ley N° 27444 establece que los procedimientos,
requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante
decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la más alta autoridad
regional, de Ordenanza Municipal o de la decisión del titular de las
entidades autónomas conforme a la Constitución, según su naturaleza.

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General
N° 27444, se aprobó por voto mayoritario, con el voto en contra del Regidor
Percy E. Alcalá Mateo y con la dispensa del trámite de aprobación del acta,
la siguiente:

ORDENANZA DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

Artículo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimiento Administrativo TUPA de
la Municipalidad Provincial de Cañete, que consta de 110 folios
respectivamente.

Artículo 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de
su publicación, deróguese toda disposición que se oponga a la presente
Ordenanza.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Javier J. Alvarado Gonzáles del Valle
ALCALDE
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2007/MDCA

Cerro Azul, 28 de diciembre de 2007

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
VISTO:
El Informe Nº 149-2007-MDCA/GAT, expedido por la Gerencia de Administración Tributaria que precisa la necesidad de regular el costo único por concepto de tasa por el servicio de
estacionamiento vehicular en el distrito de cerro Azul.

CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 023 - 2007/MDCA, de fecha 09 de Noviembre de 2007, establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Cerro Azul, siendo de media hora por S/. 1.00 (Un Nuevo Sol), la misma que ha sido ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 089 de fecha 19 de Diciembre de 2007.
Que, viendo la situación que la Municipalidad Distrital de Cerro Azul que sólo recauda por el concepto de tasa de Estacionamiento Vehicular los meses de enero, febrero y marzo que es la época de apogeo en el distrito teniendo en cuenta que el distrito es un balneario; acogiendo masivamente a lugareños y turistas por la temporada de verano.
Que, por tal motivo, se requiere establecer un precio único y uniforme respecto al cobro por tasa de estacionamiento vehicular en el distrito de Cerro Azul.
Que, la primera Disposición Complementaria de la mencionada Ordenanza  se faculta al Despacho de Alcaldía que mediante decreto de alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza.

SE RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Establecer de acuerdo al artículo 7º de la Ordenanza Nº 023.-2007/MDCA que establece la aplicación de la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el Distrito de Cerro Azul, el costo único por dicho concepto, siendo de la siguiente manera.
S/. 5.00 AUTOMÓVILES
S/. 10.00 CUSTER Y/O COMBIS
S/. 15.00 OMNIBUS
 
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
JUANA RASPA DE PAIN
ALCALDESA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TANTA

FE DE ERRATAS

En lo concerniente a la publicación del TUPA de la Municipalidad Distrital de Tanta, efectuada el pasado 29 de Diciembre del 2007, sírvase tener en cuenta la siguiente FE DE ERRATAS.

1.- En el Acuerdo de Concejo Nº 29-2007-MPY/CM, emitido por la Municipalidad Provincial de Yauyos, que ratifica la Ordenanza Municipal Nº 013-2007-MDT/A,

DICE:
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YAUYOS
ACUERDO DE CONCEJO Nº 29-2007-MPY/CM DE FECHA 16.NOV.2007
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de Noviembre de 2007, el Oficio Nº 069-2007/MDT/A de la Municipalidad Distrital de Tanta;

DEBE DECIR:
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS
ACUERDO DE CONCEJO Nº 29-2007-MPY/CM DE FECHA 16.NOV.2007
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de Noviembre de 2007, el Oficio Nº 069-2007/MDT/A de la Municipalidad Distrital de Tanta;

2.- En la Ordenanza Municipal Nº 013-2007-MDT/A, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Tanta,

DICE:
POR TANTO:
MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE, COMUNIQUE Y CUMPLA
Diomedes A. Dionisio Inga
Alcalde

DEBE DECIR:
POR TANTO:
MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE, COMUNIQUE Y CUMPLA
E. Mg. Gloria Q. Reyes Trigos
Alcalde

02 enero 2008

JOVEN FUE ASESINADO EN ASUNCION OCHO...

Las fiestas de fin de año, arrojaron un muerto en el distrito de Imperial. Eran las cinco de la mañana, del primer día del año, cuando Luis Alberto Quino Pérez de 24 años, salió a embarcar a un familiar para que se dirija a su domicilio. Las versiones señalan de que en el recorrido, estaba en Asunción Ocho, se cruzó con Modesto Sullca Llantoy “negro cebolla”, y refieren de que sería el sujeto que lo habría atacado con arma punzo cortante, por haberse negado a libar licor.
Fue llevado inmediatamente al Hospital, pero no resistió murió desangrado, convirtiéndose en la primera víctima del 2008.
DESDE AYER ESTAMOS EN TEMPORADA DE VEDA DEL CAMARON...

El ministro de la Producción, Rafael Rey, recordó que la veda de camarón de río (Cryphiops caementarius y  Macrobrachium spp) comprenderá un lapso de cuatro meses. Se inició el día de ayer, 1º de enero hasta el 11 de abril del 2008, está prohibida la extracción, procesamiento, transportación, comercialización y utilización de ese recurso.
El titular de la cartera de la Producción explicó que debido a estudios del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), la veda se determinó porque existe un retraso en el ciclo maduración del camarón de río, recomendando la veda por  las condiciones reproductivas del recurso.
En el período de desove las
hembras llevan un promedio de 2,500 huevos entre sus pleópodos y capturar la especie en esta época es depredarla, con el riesgo de que la veda continúe por más tiempo y arriesgándose el infractor a las duras sanciones que ha impuesto el Ministerio de la Producción.
“Si queremos seguir apreciando el sabor de este crustáceo, de alto contenido proteico, invoco a que se respete escrupulosamente la veda. Está prohibido, asimismo, su consumo en restaurantes y su adquisición en mercados, entre otros”, señaló Rey.
SE INICIO AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERU...

Desde ayer, primer día del año 2008, se inició el “Año de las Cumbres Mundiales en el Perú”, denominación dispuesta por el Poder Ejecutivo y anunciada la semana pasada por el presidente Alan García Pérez.
El nombre se debe a que este 2008 se realizarán en Perú la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y El Caribe-Unión Europea, así como de la XVI Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Asia-Pacífico (APEC).
Esta denominación, según la disposición oficial, deberá consignarse en todos los documentos oficiales durante el presente año, además todas las escuelas, instituciones del Estado, centros policiales, y de la Fuerza Armada deberán leer previamente el nombre de este año en toda actividad pública oficial.
Como se recuerda, a la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y El Caribe-Unión Europea, la cual se realizará el 16 de mayo de 2008, asistirán 60 jefes de Estado y/o Jefes de Gobierno de ambos bloques regionales.
Asimismo, la XVI Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Asia-Pacífico (APEC), en la que Perú ejercerá la presidencia, contará con la presencia de los líderes de las 21 economías o naciones integrantes.
BOMBEROS CAÑETANOS PUDIERON CONTROLAR INCENDIO EN SAN VICENTE...

Gracias a la oportuna intervención de la Compañía de Bomberos Nº 49 de Cañete, se pudo sofocar el incendio desatado ayer en la mañana en la azotea de un inmueble ubicado a cuadra y media de la plaza de Armas de San Vicente, informaron fuentes policiales.
La comisaría de San Vicente de Cañete precisó que el siniestro se produjo al promediar las 11:30 horas en la casa de propiedad del señor Emilio Orellana Orihuela, ubicada en el jirón Bolognesi 420. Según indicaron los familiares a la dependencia policial, el fuego se habría producido por una chispa que se desprendió de un artefacto pirotécnico manipulado durante las celebraciones por la llegada del Año Nuevo.
No obstante, la inmediata intervención de la Compañía de Bomberos N° 49 de Cañete logró controlar el fuego y evitó que éste se propague hacia las casas cercanas. No se registraron heridos. Las llamas de fuego quemaron algunos bienes que la familia guardaba en ese lugar como documentos, muebles, entre otros.
Por un momento,  el pánico se apoderó de algunas personas, por cuanto el inmueble siniestrado colinda con casas antiguas, muchas de ellas material rústico; sin embargo la destacada participación de los bomberos cañetanos evitó que el incendio fuera mayor.

CASI SE INCENDIA MERCADO CENTRAL DE CHINCHA...
De otro lado, se tuvo conocimiento que un total de 343 emergencias atendió el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú en Lima y en el interior del país durante las celebraciones de Año Nuevo
El brigadier mayor del Cuerpo General de Bomberos del Perú, Jorge Vera, detalló que 243 emergencias se produjeron en Lima y las otras 100 restantes en departamentos del interior del país.
“La mayoría de los casos intervenidos fueron por emergencias médicas”, dijo Vera a la agencia de noticias Andina; agregó que en Lima y Callao hubo 153 emergencias médicas en distintos distritos, reportados entre las 21.00 horas del lunes y las 12.00 horas de ayer martes. Los bomberos también concurrieron a prestar ayuda en 19 accidentes automovilísticos y en cinco fugas de materiales peligrosos como gases y otros elementos contaminantes.
En el interior del país se registraron otras 100 emergencias.  Una de las más graves fue el incendio producido en el mercado central de Chincha que consumió varios puestos de venta.
“Las 183 compañías de bomberos que existen en todo el país han estado en máxima alerta durante estas celebraciones de Año Nuevo para intervenir apenas ocurrida la emergencia” afirmó Vera.
La mentira y la picardía prevalentes ante la ingenuidad de algunas autoridades...
AVIVATOS Y SUPUESTOS PROFESIONALES SE AMPARAN EN DOCUMENTOS FRAGUADOS...

Escribe: Cleto Aguado Gutiérrez

El hecho que algunas personas astutas, lugareños o foráneas puedan utilizar ilegalmente argucias para lograr un puesto de trabajo, casi no es novedad en Cañete y en Yauyos; pero lo curioso y deplorable es que las denuncias de estos hechos ilícitos formuladas ante los fueros penales del Poder Judicial, siempre quedan estimulados y en la impunidad, posiblemente porque “ha corrido agua por bajo el puente”, que se llama prevaricato. Mientras tanto, esta lacra vergonzante para el pueblo y particularmente para los verdaderos profesionales académicos de cada especialidad, no solamente continúa, sino que va multiplicándose sorprendiendo y estafando hábilmente a las entidades públicas y privadas.
Así por ejemplo, en diversas épocas pasadas en San Vicente actuó un falso abogado y en la Municipalidad de Imperial contratando a ficticios ingenieros y arquitectos, incluso en Yauyos, cerca de 15 supuestos profesores con títulos fraguados había presentado sus expedientes para ocupar plaza vacantes. También en el municipio de Imperial, hace varios años, los mismos policías municipales coludidos con algunos trabajadores del mismo, fraguaron firma y sello para lucrar entregándoles falsos carnets de salud a los comerciantes ambulantes y de la parada por entonces. Inclusive en la actualidad se ventila un proceso penal en la Corte de Justicia de Cañete, contra un falso contador (utilizó documento de su padre fallecido), que timó la economía de casi una veintena de municipalidades de Yauyos, individuo que a la vez, era un puente proveedor del VASO DE LECHE con productos no aptos para la salud.
En esta oportunidad, presuntamente estaría involucrado en similar hecho ilícito, el actual regidor de la Municipalidad Provincial de Cañete de las filas partidarias de Patria Joven, Manuel Sixto Chumpitaz Quispe, quien no tendría estudios ni título de Contador Mercantil o de Contador Público, porque su nombre no figura en ninguna de las entidades mencionadas, conforme reporter documentario, sin embargo en su declaración de hoja de vida, por entonces candidato aparece como Contador (sin el número de matrícula), con “Estudio Superior Completo”; sostiene el ciudadano Contador Público Colegiado, Oscar Yañez Campos, quien también ha desenmascarado las oscuras negociaciones de las playas ribereñas de Cerro Azul y no tiene otro propósito que combatir y corregir en algo, la podredumbre existente en la corrupción cañetana.
Respecto al Regidor en cuestión, del que ya tiene conocimiento el JNE, está entidad, hace algunas semanas, mediante oficio Nº 2648-2007 dirigido al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita que se pronuncie y cumpla los trámites de Ley sobre la presunta vacancia del cargo de regidor en mención, diligencias que deben cumplirse en el plazo de 30 días. Igualmente, el denunciante del hecho, el pasado 28 de Diciembre ha solicitado ante la Jefatura de la SUNAT, Zonal de Cañete, la anulación del Recibo por Honorarios Profesionales autorizado a favor del aludido regidor, que dicho sea de paso, en el indicado documento no aparece el número de colegiatura, ni otras referencias inherentes a la profesión. Con este hecho contundente y el silencio sepulcral que guarda el implicado Regidor, tácitamente estaría reconociendo o aceptando el dolo. Pero esperemos, qué ha de ocurrir en la sesión plena del Municipio Provincial de Cañete.
INICIARAN INSPECCION LABORAL EN CONSTRUCCION CIVIL...

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) anunció ayer, que hoy (miércoles) iniciará la campaña nacional de orientación y verificación de las normas de seguridad y salud en el trabajo en el sector construcción civil, la cual tendrá carácter permanente.
“Este programa masivo de inspecciones estará especialmente orientado a edificaciones de gran magnitud”, afirmó el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Mario Pasco.
En ese sentido, se ha previsto que el operativo se realice en obras de construcción civil, principalmente que cuentan con más de cuatro pisos o niveles como edificios multifamiliares, centros comerciales y galerías; y también serán objeto de fiscalización la edificación de puentes y carreteras, afirmó.
Advirtió que no se puede jugar con la vida de las personas por lo que es sumamente importante que las constructoras respeten las normas de seguridad y salud en el trabajo.
“Quien construye un edificio está haciendo un gran negocio. No se trata de un micro o pequeño empresario, se trata de una persona que está haciendo ese edificio para ganar dinero, pero su deber social es cumplir con la ley primero. No se puede jugar con la vida de las personas”, sentenció.

OBRAS DEBEN
REALIZARSE CON EQUIPO ADECUADO DE PROTECCION
PERSONAL...
Los inspectores laborales verificarán que el personal de la obra realice sus labores con un equipo adecuado de protección personal, el cual deberá estar conformado por casco de seguridad tipo jockey, zapatos de seguridad, anteojos anti impacto, guantes, mandil protector, tapones protectores de oídos en zonas donde el ruido alcance niveles mayores a 80 decibeles y arnés de seguridad cuando realicen labores de altura.
También se fiscalizará si la constructora se encuentra inscrita ante el MTPE como empresa de alto riesgo y cuenta con un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) para sus trabajadores que cubra los gastos ante cualquier accidente de trabajo o enfermedad ocupacional que se pueda suscitar.

DEBEN CONTAR CON PLAN DE SEGURIDAD DE OBRA...
Deberán acreditar además que cuentan con un Plan de Seguridad de Obra que garantice la integridad física de los obreros, y la conformación de un Comité de Seguridad.
Adicionalmente, los inspectores laborales revisarán el Registro de Trabajadores en planilla e inscripción en un sistema de seguridad social, para lo cual se tendrá en cuenta el tiempo de ejecución de la obra, las planillas y el número de trabajadores encontrados, tomando en consideración las particularidades de cada obra.
Una vez culminada la fiscalización laboral, se entregará un material impreso a las personas encargadas de la obra en el cual constará si la construcción cumple o no con las normas de seguridad y salud en el trabajo.
Asimismo, se les proporcionará material de difusión tanto a empleadores y trabajadores para que tengan un mayor conocimiento de la legislación laboral.
Si se comprueba durante la inspección que se está poniendo en peligro la integridad física de los obreros con el incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, los fiscalizadores laborales tendrán la potestad de ordenar la paralización total o parcial de la obra hasta que se subsanen las faltas.
Esto sin perjuicio de comunicar a la autoridad municipal y al Ministerio Público que en estas obras se estaba exponiendo a las personas en peligro, para que actúen conforme a sus atribuciones.
De detectarse alguna irregularidad en una obra de construcción, se les otorgará un plazo perentorio para que haga las correcciones del caso pero, si no lo hace, recién se plantearán sanciones económicas.
La legislación prevé sanciones económicas hasta por 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), unos 70,000 nuevos soles, para las empresas que cometan infracciones muy graves como, por ejemplo, designar a trabajadores en puestos para los cuales no han sido capacitados o impedir que los obreros paralicen sus actividades por considerar que está en peligro inminente su integridad física.
Incumplir con la obligación de contratar el SCTR para los trabajadores, considerada una falta grave, puede significar una multa hasta por diez UIT (35,000 soles) en caso de que los afectados sean más de 141 personas.
El MTPE destacó que para garantizar que la fiscalización laboral se realice a profundidad en Lima, la totalidad de órdenes de inspección serán asignadas al equipo especializado en Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual será distribuida de manera proporcional entre los inspectores.
Asimismo, se ha previsto que en cada región se realicen como mínimo cinco actuaciones inspectivas al mes en el sector construcción civil, las que estarán a cargo de las Direcciones Regionales de Trabajo que dependen de los gobiernos regionales.
Reporta Policía De Carreteras...
UN MUERTO Y CINCO HERIDOS DEJA ACCIDENTES DE TRANSITO OCURRIDOS EN LA PANAMERICANA SUR...


La Panamericana Sur en diversos puntos, fue escenario de lamentables accidentes de tránsito en el primer día del mes de Enero. Uno de los accidente tuvo lugar ayer a las 06.55 horas, en el kilómetro 75 de la Panamericana Sur. Fue un choque de lado entre los vehículos RQU-953 (conducido por Félix Malastesta Tapia) y CIA 028 (conducido por Castilla Cuenca Jean Piere). Este siniestro dejó daños materiales y una persona herida identificada como Daniela Guevara Ortiz (20), quien fue conducida de emergencia a una de las clínica del distrito de Asia.
Otro de los accidentes, fue el despiste con volcadura que ocurrió a las 13.25 horas del día de ayer, en el kilómetro 86 de la Panamericana Sur. El protagonista fue Víctor Serrano Rivera, quien manejaba un auto de placa PSO-2724. El copiloto del auto resultó herido.
De otro lado, el otro punto crítico de la Panamericana Sur en el primer día de Enero, fue el distrito de San Bartolo, al sur de Lima. De acuerdo el reporte de la Policía de Carreteras (que incluye los siniestros ocurridos desde las 08.00 horas del 31 de Diciembre y las 08.00 horas de ayer), un accidente fatal se produjo a las 04.30 horas de ayer en el kilómetro 42 de la Panamericana Sur (San Bartolo, en el sentido sur a norte). Se trató de un choque y fuga en agravio de una persona de sexo masculino de unos 25 años que aún no ha sido identificado y a quien la Policía halló de espaldas en la pista.
En tanto, ayer se produjeron otros accidentes de tránsito también en el mismo distrito de San Bartolo. A las 15.00 horas, en el kilómetro 24.5 de la Panamericana Sur se produjo un atropello con despiste de un vehículo conducido por Sergio Aylas Avila (44). El agraviado fue una persona de sexo masculino de unos 13 años no identificada, quien resultó con politraumatismo.
Por último, en el kilómetro 34 de la Panamericana Sur dos vehículos colisionaron. Se trata de los vehículos BII-344 conducido por Luis Enrique Huachunga Cuellar y la unidad de placa TGG-361 conducido por Javier Antonio Huamán Andrade.
Los hechos se suscitaron cuando el primero se detuvo intempestivamente y de pronto fue chocado por el segundo. Producto de ello, Marta Hurtado, de 15 años, resultó con lesiones y otra persona de sexo masculino pasajero también quedó herida.
Según voceros de la Policía de Carreteras, muchos de los accidentes producidos ayer se debieron al gran congestionamiento que había en las carreteras, mientras que los de hoy a la alta velocidad. Curiosamente esta vez el alcohol no fue la causa de los accidentes de tránsito.
Sin embargo, destacaron que las cifras de accidentes, así como de heridos y fallecidos, fue menor en este Año Nuevo en relación a otros años, producto de las campañas y los operativos realizados por la Policía en esta fecha.
EMPRESAS PRIVADAS DEBEN CONTAR CON INFORMACION DE TRABAJADORES EN PLANILLAS ELECTRONICAS...

A partir de ayer, primero de enero, entraron en vigencia las planillas electrónicas, un sistema digital donde los empleadores del sector privado registrarán en forma obligatoria toda la información laboral y de seguridad social de su personal, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Estos formatos electrónicos, que reemplazarán a las tradicionales planillas, serán utilizados únicamente por las empresas que tengan más de tres trabajadores, o una persona contratada por locación de servicios, o un empleado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
Los empleadores deberán registrar cada mes calendario en las planillas electrónicas información sobre el número de trabajadores contratados, las personas que están bajo modalidades formativas, los contratados bajo locación de servicios. También el monto de sus remuneraciones, retribuciones, modalidades de contrato, entre otros.
Más de la mitad de la información laboral será ingresada por única vez, con la ventaja de que ahora sólo se llenará un sólo documento electrónico que equivale a cinco documentos que antes de su implementación se solicitaba. En el peor de los casos tres Programas de Declaración Telemática (PDT) y dos libros laborales.
Los empleadores que incurran en un error involuntario o infracciones leves al introducir la información del personal en el nuevo formato digital, no serán sancionados durante los primeros seis meses de implementarse las planillas electrónicas.
Sin embargo, si omiten información acerca del número de personal con dolo o ánimo de evasión, se aplicará una sanción económica.
Toda esta información acerca del personal constituirá una gran base de datos que permitirá que el MTPE y la Superintendecia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) realicen un cruce de información, mejorando así la fiscalización laboral y tributaria.
Además, como el MTPE tendrá en su poder esta gran base de datos, ya no habrá situaciones de pérdidas de planillas que han originado serios problemas en el reclamo de derechos laborales y de seguridad social, afectando a muchos incluso el reconocimiento de pensiones.
Las planillas electrónicas serán una herramienta muy útil para los trabajadores quienes podrán salvaguardar con ellas sus derechos laborales.
Por ejemplo, si un empleador no presentó información que corresponda a la realidad, el personal puede solicitar asesoría al MTPE para que la corrija de inmediato y no perjudique a los trabajadores.
Tienen la ventaja adicional que proporcionarán estadística laboral actualizada, la cual usada oportunamente por el estado facilitará que la legislación responda mejor a garantizar el derecho de los trabajadores y, de otro lado, mejorar la competitividad empresarial.
Los empleadores también se verán beneficiados con el uso de estos formatos digitales porque se eliminará el trámite de autorización de planillas. Antes debían pagar a la autoridad de trabajo por cada libro u hoja de la planilla aprobada, realizar colas y esperar un promedio de seis días. Ahora el registro es automático, gratuito y desde una computadora conectada a Internet.
Las empresas tampoco necesitarán contar con ambientes para guardar durante cinco años estos libros porque la base de datos la tendrá el MTPE.
La planilla digital, adicionalmente, producirá automáticamente boleta de pago sin que requieran tener personal adicional para elaborar boletas. Igualmente, se eliminará la posibilidad de que se incurra en una infracción ya que las boletas serán el fiel reflejo de lo registrado en planilla.
Las empresas que tengan jóvenes bajo modalidades formativas ya no estarán obligadas a llevar el libro especial, que debía ser aprobado por la autoridad de trabajo.
Si es una empresa con varios centros de trabajo, su registro será único y no tendrá obligación de tener copias de planillas en cada centro de trabajo respecto de los trabajadores que laboran en cada uno de ellos.
El MTPE destacó que el uso de las planillas electrónicas ofrecerá múltiples beneficios tanto para empleadores como trabajadores, permitiendo además salvaguardar los derechos laborales
ONPE INICIA HOY... VENTA DE KIT PARA REVOCATORIA DE AUTORIDADES LOCALES Y REGIONALES...

A partir del día de hoy, miércoles 02 de Enero, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) iniciará la venta del kit para solicitar la revocatoria de autoridades municipales y regionales electas el 2006, tal como lo dispone la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (Ley N° 26300). Hay que destacar que por primera vez, la venta de este material electoral se hará no solo en Lima, sino que también se hará de manera descentralizada, a través de las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC) del organismo electoral, ubicadas en las ciudades de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Chiclayo (Lambayeque), Huancayo (Junín), Iquitos (Loreto), Tarapoto (San Martín) y Trujillo (La Libertad).La consulta popular de revocatoria es el derecho de control que tienen los ciudadanos para destituir de sus cargos a autoridades regionales y municipales, tales como presidentes, vicepresidentes, consejeros regionales, alcaldes, regidores (provinciales y distritales) y magistrados que provengan de elección popular. Las revocatorias no proceden durante el primer y el último año del mandato de las autoridades regionales y municipales.Por ello, esta facultad recién se hace efectiva a partir del 2008 y culminará el 2009, ya que se consultará sobre autoridades electas el 9 de noviembre de 2006.COSTOS Y CONTENIDO DEL KIT…El costo del kit, que comprende 13 artículos, entre formatos, documentos y material magnético, es de 76.93 nuevos soles (0.0219 % de una UIT) en Lima (sede central del jirón Washington 1894) y 82.13 soles (0.0234% de una UIT) en las ciudades del interior del país señaladas.Este kit, indispensable para solicitar una consulta de revocatoria contiene: la lista de adherentes con el nombre del promotor y el texto de la solicitud de revocatoria, formulario único para la adquisición del sistema de la lista de adherentes con todos sus datos (020), copia de la boleta de venta o del recibo de pago del Banco de la Nación (provincias).Además, formulario único para la certificación de presentación de listas de adherentes (LA 002), formato de certificación de digitación de lista de adherentes (LA 003), declaración jurada para las correcciones o enmendaduras y compendio Electoral (96 Folios).También el manual de instrucción del software de lista de adherentes (47 folios), un disquete conteniendo el software de lista de adherentes, un CD-ROM en blanco para entregar al RENIEC con las firmas de adherentes, formato de entrega de componentes del Kit Electoral.Por último, la directiva de Verificación y Comprobación de firmas del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y el formato de solicitud de dar inicio a la consulta popular de revocatoria.
JUDICIALES

NOTARIA GARRAFA
PUBLICACION
Ante mi Oficio Notarial sito en Jr. Bolognesi 199 – San Vicente – Cañete – Lima, se ha presentado VICTORIA JULIA SALCEDO TORRES, con DNI 15340206 en representación de: Asociación de Tiro al Blanco Buenaventura Sepúlveda Nº 112 - Cañete; solicitando al amparo de lo dispuesto por la ley Nº 27157 su reglamento el D. S. 008-2000-MTC, y la Ley Nº 27333 la Formación de Títulos Supletorios del Inmueble ubicado en intersección de Avenida Santa Rosalía Nº 398 y Mariscal Benavides números 100, 102, 104, 106, 108 y 110 del Sector 05 Mz. 01 Distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, por ende su inmatriculación y la condición de propietario de la Asociación de Tiro al Blanco “José Buenaventura Sepúlveda” Nº 112 - Cañete, cuya área y colindancias son:
- Frente.- Av. Mariscal Benavides hasta Unión con Jr. Santa Rosalía
- Derecha.- Propiedades de Lucila Moraima Cuenca Torres, Danila Anne Ruiz Crisóstomo y Calles las Orquídeas.
- Izquierda.- Propiedad de Gladys Carmen Taquire Espíritu.
- Fondo.- Propiedades de Saturna Jacabe Verrocal
Área.- 1,401.17 m2
La que se tramite con notificación de sus colindantes, y se dispone su publicación por tres veces con intervalo de tres días hábiles convocándose a todo aquel que tenga derechos sobre dichas propiedades para hacerlo valer de acuerdo a ley.
San Vicente, 27 de diciembre del 2007.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
Publicar: 02, 08 y 14 de Enero del 2008

EDICTO
Exp. Nº 448-2004 ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial que despacha el doctor José De la Cruz Vargas, secretario Ernesto Hurtado Villavicencio en los seguidos por Teresa Hernández Zapata contra Raúl Oswaldo Juárez Quispe, se ha proveído: RESOLUCIÓN UNO, Imperial, dieciocho de Enero del año dos mil cuatro, ADMÍTASE la demanda vía proceso único, TRASLADO al demandado Raúl Oswaldo Juárez Quispe por cinco días para que conteste. RESOLUCION TRES.- Imperial, treinta y uno de Enero del año dos mil cinco. NOTIFIQUESE al demandado mediante edictos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Imperial, 21 de Diciembre del 2007.
Dr. Ernesto A. Hurtado Villavicencio
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial – Cañete
Publicar: 28, 30 de Diciembre del 2007 y 02 de Enero del 2008.

EDICTO JUDICIAL
SUCESION INTESTADA
Exp. 2007-523.- Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de San Vicente de Cañete, que despacha la Doctora Norma Gonzales Ventura, y Secretario Walther Romero Candela, doña Borgoña Cerafina Tataje Vda. de Ferreyra solicita la SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera LUIS FELIPE FERREYRA REBATTA, fallecido el diecinueve de Junio del dos mil en el distrito de San Vicente de Cañete, lo que comunico a los que se consideren con derecho a heredar.
San Vicente, 11 de Diciembre del 2007.
Walther Romero Candela
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado