16 agosto 2016

EN LA 415... SE GESTÓ LA MÁS IMPORTANTE ORQUESTA SALSERA DE CAÑETE... LA AUTÉNTICA..



Y fue en octubre de 1988 en la casa de doña Sara Solano, la #415 de la Calle Comercio del distrito de San Luis, donde se gestó la más importante orquesta salse-ra de la provincia de Cañete.
Un mes memorable para un grupo de jóvenes músicos adelantados a su época que acudieron al llamado del sonido imaginario producido por el bombo de su vocación para crear algo completamente distinto a lo que se producía musicalmente en aquellas fechas.
Sus principios los llevarían a rescatar las raíces de su pueblo, proyectándolas desde el género que estaba de moda en aquellas épocas: la salsa.
Se reunieron ¯obviamente bajo la anuencia de la propietaria del domicilio quien siempre le exigió disciplina a su joven hijo Martín Hua-paya Solano, quien asumiría la dirección de este conjunto hasta la actualidad¯y formaron una agrupación salsera a través de un estilo más modernizado  de  la guaracha cubana que tocaban reconocidas entidades del género como Gato Negro, los Frejoles Negros y la emblemática Santa Cecilia [la más antigua de las bandas musicales del distrito moreno cuyos orígenes de su fundación se remontan a fines del siglo XIX]. 
Y es que a nadie debería impresionarle la diversidad cultural y artística que engendró desde siempre  la tierra de Caitro Soto, Angelón Donayre y Álvaro Morales Charún, personajes claves en este asunto.
Desde los años cuarenta del siglo pasado a esta tierra arribaron los mejores cantantes y músicos cubanos contratados especialmente para tocar la guaracha, el guaguancó de la vieja Habana y el son y elevar las almas hasta el éter de los dueños de las grandes haciendas de esta localidad.
Los músicos de la isla caribeña descubrieron en San Luís un lugar propicio y atractivo para mostrar su arte y propalarlo. Y con los años ese arte llegó a implantarse en el ADN de los hijos más sobresalientes de San Luís, quienes a pesar de no contar con una educación básica completa [debido a la problemática de la época] eran poseedores de cualidades innatas para componer música.
Es por ello que se puede percibir esta influencia en sus toques y estilos. Tal es el caso de Guisasola, Luchón Zegarra, Vitoco y el mismísimo Calín Romero, quienes para sorpresa de muchos músicos provenientes de reconocidos conservatorios no sabían leer partituras, pero que a pesar de esta limitación asombrosamente reproducían composiciones «al oído», llegando incluso a adornarlas y mejorarlas. 
Fue así como San Luís se convirtió en una de las más importantes cunas de la salsa peruana. Un dato importante que deberían conocer los cañetanos es que la reconocida decana orquesta salsera del Perú «Hey Hey Camaguey», se fundó en este distrito hace más de seis décadas y que posteriormente se estableció en la capital del país, exactamente en La Victoria [tal y como hicieron muchos ciudadanos sanluisinos en la recordada migración que comenzó aproximadamente entre los años veinte o treinta], logrando consolidarse hasta la actualidad y manteniendo una regular agenda de presentaciones en el medio. Curiosamente fue esta agrupación la que en el mes de mayo de este año presentó una nueva propuesta que fusiona la música negra con el swing denominada «Camaguey afro», y a partir de este nuevo formato es como han vuelto a sus orígenes, pues uno de sus fundadores, Adolfo Menacho, fue integrante de Perú Negro por casi una década.
En el mes en que se conmemora los 460 Aniversario de Fundación Española de la Villa de Santa María «La Auténtica de San Luís», orquesta pionera y emble-mática de nuestra provincia, ha decidido volver a sus raíces negras rindiéndole homenaje a través de su primer material disco-gráfico a los tres más grandes compositores afrocañetanos: Pedro Carlos «Caitro» Soto De la Colina, Angelón Donayre  y Álvaro Morales Charún con un objetivo fundamental: generar identidad, sentido de pertenencia y unidad como cañetanos orgullosos de sus manifestaciones culturales.
Su primera creación, un álbum llamado 415 debido a lo anecdótico que fue oportunamente narrado al principio de este p-r-ó-l-o-g-o, contiene cuatro significativos temas musicales en los que se puede distinguir una rítmica interesante en la que se combina el guaguancó cubano con la salsa y el festejo cañetano.
Escuchando Canto a Cañete, De San Luís, Máquina Máquina y Tierra bendita se puede advertir lo sobresalientes que son los instrumentos de percusión como el bongó y las tumbas, que le dan un sonido peculiar a esta salsa que fue grabada en los estudios de uno de los mejores arreglistas del Perú, Davies Barreto de Davies Producciones de La Victoria, Lima.
Esto último ya de por sí es un valor agregado para comenzar con la difusión de estas creaciones a nivel nacional, obtener el respaldo y la contribución de las entidades públicas y privadas y poner en el escaparate a San Luís de Cañete como la madre generosa que concibió y parió a hijos predilectos amantes y respetuosos de sus ancestros y su cultura.
Luego de este gran primer paso estoy convencido de que el siguiente que dará mi buen amigo Martín Huapaya Solano será crear sus propias composiciones, siguiendo ¯claro estᯠesta misma línea musical. Por mi parte, esta idea original de escribir un prólogo para un primer álbum de género afrosalsa ha sido muy satisfactoria, porque en el proceso he conocido segmentos inéditos de la historia de mi tierra y de sus principales protagonistas, llegando a revalorar su enorme riqueza artística y enorme contribución en favor de la identidad, que anda muy venida a menos por las autoridades de mi época cuya ignorancia es vulgar en lo extremo.
Felizmente, y tal como me manifestó mi amigo el poeta, escritor y crítico literario Prof. César Chambergo Rojas, integrante de la Asociación Cultural Colectivo Sur-real, existe libertad de creación a la hora de componer un prólogo; no obstante también me advirtió de lo contundente que debían ser las revelaciones que éste ofreciera al respetable lector sobre la obra a presentarse. Espero haber cumplido con esos menesteres. (Guillermo Peña)

EDICTOS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Sub Gerente de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Imperial, en mérito al Expediente N° 495-2016-SGRCYC-MDI, presentado por el Sr. JUAN EDUARDO YATACO VARGAS, en donde solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE NACIMIENTO cuya titularidad obedece a AMELIA GLADYS VARGAS NOLAZCO, inscrita en el folio N° 194, del libro N° 58, del año 1956, rectificación en la parte (principal) donde se ha omitido el segundo prenombre y se ha consignado erróneamente el apellidos materno del titular dice ANTONIO VARGAS GUTIERREZ, debe decir ANTONIO DOROTEO VARGAS ZORRILLA; asimismo se ha consignado erróneamente el nombre de la madre y omitido el apellido materno dice EMILIA NOLAZCO, debe decir EMILIANA NOLAZCO PEREZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 01598-PCM, artículo 71° al 75°, Directiva DI-263-GRC/017 Rectificación Administrativa por Error y Omisión No Atribuible al Registrador aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
Imperial, 15 de Agosto de 2016.
Cecilia Y. Loayza Lozano
Sub Gerente Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Sub Gerente de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Imperial, en mérito al Expediente N° 494-2016-SGRCYC-MDI, presentado por el Sr. JUAN EDUARDO YATACO VARGAS, en donde solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE NACIMIENTO cuya titularidad obedece a FILOMENA ESTHER VARGAS NOLAZCO, inscrita en el folio N° 21, del libro N° 67, del año 1962, rectificación en la parte (principal) donde se ha omitido el segundo prenombre del padre de la titular dice ANTONIO VARGAS, debe decir ANTONIO DOROTEO VARGAS ZORRILLA; asimismo se ha consignado erróneamente el nombre de la madre y omitido el apellido materno dice EMILIA NOLAZCO, debe decir EMILIANA NOLAZCO PEREZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 01598-PCM, artículo 71° al 75°, Directiva DI-263-GRC/017 Rectificación Administrativa por Error y Omisión No Atribuible al Registrador aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
Imperial, 15 de Agosto de 2016.
Cecilia Y. Loayza Lozano
Sub Gerente Registro Civil

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. N° 8121-2016
La Registrador de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 8121-2016, don José Mauro Avalos Alva, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO, inscrita en el libro N° 33, folio 91, del año 1978, en el extremo que se ha consignado erróneamente los nombres, apellidos de la madre del cónyuge como Elena Avalos, siendo lo correcto ELENA TEODORA ALVA QUISPE, quedando intacto los demás datos anotados en el instrumento público.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error u Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
Cañete, 12 de Agosto de 2016
Maribel Rosario Sánchez Vicente
Registradora Civil

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. N° 8661-2016
La Registradora de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 8661-2016, don Luis Martín Cuadros Cabrera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 225, folio 21, del año 1976, en el extremo que se ha consignado erróneamente los nombres, apellidos del padre del titular del acta como Vicente Félix Cuadros Cárdenas, siendo lo correcto FELIX VICENTE CUADROS CARDENAS, quedando intacto los demás datos anotados en el instrumento público.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error u Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
Cañete, 12 de Agosto de 2016
Maribel Rosario Sánchez Vicente
Registradora Civil

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. N° 8396-2016
La Registradora de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 8396-2016, don Félix Ulises Cuadros Cabrera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 163, folio 106, del año 1965, en el extremo que se ha consignado erróneamente los nombres y apellidos del padre del titular como Félix Cuadros Cárdenas, siendo lo correcto FÉLIX VICENTE CUADROS CARDENAS; asimismo se ha consignado la edad del padre como veintitrés años de edad, siendo lo correcto VEINTIDOS, quedando intacto los demás datos anotados en el instrumento público.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error u Omisión No Atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
Cañete, 03 de Agosto de 2016
Maribel Rosario Sánchez Vicente
Registradora Civil

PRIMER REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE
En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE ICA S.A. contra ZELADA ASIN MILAGROS SOLEDAD Y ZELADA ASIN LUPE EDITH, materia Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 00666-2012-0-0803-JP-CI-01 del Juzgado de Paz Letrado sede Imperial que despacha el Juez Yalán Ahedo Luis Miguel, Especialista Legal Sánchez Sáenz Papías Abilo, se me ha ordenado sacar a Remate Público el siguiente inmueble EN PRIMERA CONVOCATORIA:
INMUEBLE: Ubicado en el Asentamiento Humano Josefina Ramos Vda. de Gonzáles Prada Mz. M, Lote 32, distrito de Imperial, provincia de Cañete, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° P17003580 del Registro de Predios de la Zona Registral IX de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$. 10,988.21 (diez mil novecientos ochenta y ocho con 21/100 dólares americanos.
BASE DE REMATE: US$. 7,325.47 (siete mil trescientos veinticinco con 47/100 dólares americanos), que representan a las 2/3 partes del valor de la tasación.
GRAVÁMENES: Asiento 00004, Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 12,500.00 soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., embargo por Resolución N° uno de fecha 02.05.2013, expediente 666-2012. Asiento 00005 Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 16,500.00 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren, Embargo por Resolución N° 01 de fecha 05.03.2013, expediente N° 111-2013, del Juzgado de Paz Letrado de Imperial. Asiento 00006 Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 15,000.00 soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., embargo por Resolución N° 01 de fecha 23.11.2015, Expediente 577-2012-70-0803-JP-CI-01. Asiento 00007 Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 15,000.00 soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., embargo por Resolución N° 01 de fecha 05.02.2016 y Resolución aclaratoria N° 02 de fecha 15.03.2016, Expediente 00304-2013-76 del Juzgado de Paz Letrado de Imperial.
DÍA Y HORA DEL REMATE: 25 de Agosto de 2016, a horas 10:30 a.m.
LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado de Paz Letrado Imperial, sito en Jr. Dos de Mayo N° 598, distrito de Imperial, provincia de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble en efectivo o cheque de gerencia, presentarán la tasa judicial con el N° de Expediente 666-2012 y original y copia del DNI. La comisión de la Martillera Pública es por cuenta del Adjudicatario más IGV de conformidad con el Art. 732 del CPC y el Reglamento de la Ley de Martillero Público, debiendo ser cancelado al finalizar el acto del remate. Martillera Pública: Pamela Marisol Alva Rivera con Registro N° 319, Cel. 987508700
Imperial, 15 de Julio de 2016.
Papías Sánchez Sáenz
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete
Pamela Alva Rivera
Martillera Pública
Registro SUNARP 319
Publicar: Del 09 al 16 de Agosto

EDICTO JUDICIAL
Seguidos sobre SUCESIÓN INTESTADA. El Sr. Juez que despacha Dr. Humberto Medina López del Juzgado de Paz Letrado Permanente e Investigación Preparatoria de Chilca, ha dictado la RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha RESUELVE: 1° ADMITIR a trámite la solicitud no contenciosa sobre SUCESIÓN INTESTADA presentado por Guillermo Cuya Ávila, debiendo tramitarse en la vía de proceso no contencioso. 2° NOTIFÍQUESE la presente resolución y solicitud a los presuntos herederos para que tengan la oportunidad de EJERCER SU DERECHO DE CONTRADICCIÓN. 3° CUMPLA el solicitante con publicar por una sola vez un extracto de la presente solicitud en los diarios El Peruano y en el diario Al Día Con Matices. 4° CÚRSESE oficio a la Oficina de Registros Públicos de Cañete para que proceda a anotar la solicitud de Sucesión Intestada. Fdo. Mag. Dr. H. Medina López. Espec. R. Salazar B.
Rosa Delia Salazar Balvín
Secretaria Judicial - Juzgado de Paz Letrado Permanente de Chilca
Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO
El Juzgado de Paz Letrado de Yauyos mediante Resolución N° DOS, del doce de Julio del dos mil dieciséis, ADMITIÓ la solicitud sobre SUCESIÓN INTESTADA presentada por Robinson Ortiz Beltrán de su causante Félix Ortiz Aroni, fallecido en calidad de intestado, el catorce de Febrero del dos mil quince. En consecuencia admítase dicha solicitud, debiéndose tramitarse la misma en la Vía del Proceso No Contencioso. Juez Dr. Julio Parvina Melgar, Sec. Víctor Silva.
Dr. Julio César Parvina Melgar
Juez (S)
Juzgado de Paz Letrado de Yauyos - Corte Superior de Justicia de Cañete
Abog. Víctor Raúl Silva Pérez
Especialista Judicial - Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos
Corte Superior de Justicia de Cañete


PRIMER REMATE JUDICIAL
Expediente 00536-2014-0-0803-JP-CI-01
En los seguidos por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE ICA S.A. contra RAMIREZ MARTINEZ MARCELO ALBERTO y CRISOSTOMO RENOJO ANA LUZ, terceros no ejecutantes MI BANCO BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. y CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE HUANCAYO S.A. sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, el Sr. Juez del Juzgado de Paz Letrado – sede Imperial que despacha el Dr. Yalán Ahedo Luis Miguel con intervención del Especialista Legal Dr. Sánchez Sáenz Papías Abilo, de conformidad con lo dispuesto por Ley 28371, que modifica los artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, ha facultado que el suscrito Roberto Gutiérrez Quispe MARTILLERO PÚBLICO con Registro N° 113, realice el Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble , ubicado en el Asentamiento Humano Josefina Ramos Vda. de Gonzáles Prada, Mz. A-1, Lote 12 del distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima, cuyo dominio, linderos y demás características corren inscritos en la Partida N° P17003931 de los Registros de Predios de Cañete de la Zona Registral N° IX – sede Lima.
VALOR DE TASACIÓN: S/. 57,744.00 (CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES).
BASE DE LA POSTURA: S/. 38,496.00 (TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES), que constituye las dos terceras partes del valor de dicha tasación.
GRAVÁMENES O CARGAS: 1).- EMBARGO ordenado por Resolución Judicial N° 01 de fecha 30.07.2014, expedida por el Juez Dr. José De La Cruz Vargas del Juzgado de Paz Letrado de Imperial de la Corte Superior de Justicia de Cañete, hasta por la suma de S/. 20,000.00 nuevos soles, en los seguidos por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. contra Crisostomo Renojo Ana Luz sobre Medida Cautelar fuera del proceso inscrita en el Asiento 00009 de la Partida Electrónica N° P17003931 de los Registros de Predios de Cañete. 2).- EMBARGO ordenado por Resolución Judicial N° 01 del 19.07.2014, expedida por el Juez Dra. María de los Milagros Luyo Sánchez del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, hasta por la suma de S/. 38,940.23 soles, en los seguidos por Mi Banco Banco de la Micro Empresa S.A. contra Crisostomo Renojo Ana Luz sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, inscrita en el Asiento 00010 en la Partida Electrónica N° P17003931 de los Registros de Predios de Cañete. 3).- EMBARGO, ordenado por Resolución Judicial N° 01 de 20.07.2014, expedida por el Juez Supernumerario Dr. Miguel Eduardo Moran Ruiz del Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de San Vicente, hasta por la suma de S/. 30,000.00 soles, en los seguidos por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. contra Crisostomo Renojo Ana Luz sobre Medida Cautelar, inscrita en el Asiento 00011 de la Partida Electrónica N° P17003931 de los Registros de Predios de Cañete.
DÍA Y HORA DEL REMATE: El día 25 de Agosto del año 2016, a horas 03:00 p.m.
LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado de Paz Letrado sede Imperial – Cañete, ubicado en el Jr. Dos de Mayo N° 598 – distrito de Imperial, provincia de Cañete.
POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo, en cheque de gerencia o depósito judicial del Banco de la Nación, la cantidad de S/. 5,774.40 soles y presentarán DNI, arancel judicial que indicará documento de identidad, el número de expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Funcionario responsable del Remate Público Roberto Gutiérrez Quispe Martillero Público con Registro N° 113. Adjudicatario cancela honorarios del martillero Público conforme la Ley más el IGV.
Papías Sánchez Sáenz
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete
Roberto Gutiérrez Quispe
Martillero Público a nivel nacional
Reg. 113
Publicar: Del 09 al 16 de Agosto.

EDICTO PENALES (03 DIAS)
LA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN SALA PENAL LIQUIDADORA DE CAÑETE: Juez Superior Dr. Jorge Enrique Sanz Quiroz: Secretaria: Carmen Huamán Mamani: Ha ordenado las publicaciones siguientes:
EXP. N° 00270-2007: Cita y emplaza al acusado JORGE LUIS VILLARRUBIA HUAMAN ó JORGE LUIS VILLALLUBIA AYLLON, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra el Patrimonio en la modalidad de Robo Agravado, en agravio de Rolando Juan Manuel Vicente Florián y otros. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 003287-2000: Cita y emplaza al acusado JORGE ORLANDO CHOQUE PALOMINO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra el Patrimonio en la modalidad de Robo Agravado, en agravio de Rolando Bayona Espinoza y otro. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 00001-2010: Cita y emplaza al acusado JORGE EBERT VITON HERRERA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra la Libertad en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor de iníciales J.M.CH. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 001157-2002: Cita y emplaza al acusado ROBERT BERNABE RODRIGUEZ ROMAN, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra el Patrimonio en la modalidad de Robo Agravado, en agravio de José Luis Osco Lévano. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 00917-2004: Cita y emplaza al acusado GABINO HUARACA LAZARO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra la libertad en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor de iníciales J.M.S.S. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 00500-2007: Cita y emplaza al acusado JOSE EMILIO DE LA CRUZ ANICAMA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra la libertad en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor en agravio de la menor de iníciales S.C.S.M. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 003323-2000: Cita y emplaza al acusada AMELIA FELIPA ALVA ARIAS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS en agravio del Estado y la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 00074-2002: Cita y emplaza al acusado ALBERTO MANUEL SANCHEZ REBATTA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra el Patrimonio en la modalidad de Robo Agravado en agravio de Ángel Francisco Cueva Zavaleta. Cañete 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 00025-2009: Cita y emplaza al acusado ANTHONY NELSON CACERES CCASANI, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra la libertad en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor en agravio de la menor de iníciales G.S.T.Y. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 00003-2005: Cita y emplaza al acusado ROBERTO FREDI HUARACA CLEMENTE, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra la libertad en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor en agravio de la menor de iníciales G.M.P.H. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 00304-2008: Cita y emplaza al acusado GAUDENCIO DAMIAN GOITIA LUCAS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra la libertad en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor en agravio de la menor de iníciales M.E.C.W. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 00828-2000: Cita y emplaza al acusado CASIMIRO HUARANCCA ANTONIO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra la libertad en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor en agravio de la menor de iníciales L.C.H.H. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 00967-2006: Cita y emplaza al acusado RAMON DEMETRIO SOLAR ENCISO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra el patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVADO en agravio de Melisi Ventura Maurtua. Cañete, 05 de Agosto de 2016.
EXP. N° 00444-2005: Cita y emplaza al acusado ROMAN VIDAL SANCHEZ MENDOZA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito contra el patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVADO en agravio de Noelia Jeanette García Chupita. Cañete, 05 de Agosto de 2016.

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MALA - CAÑETE: Juez Dra. María Martínez Gutiérrez: Especialista: Cintya Paucar Bazán: Ha ordenado la publicación siguiente:
EXP. N° 000113-2016: Notifica al imputado JESUS ETTENNIE NUÑEZ CELIS con la resolución N° 01 de fecha 13.05.2016, por la cual se dispone poner a conocimiento su disposición que decide: Formalizar y continuar la investigación preparatoria contra JESUS ATTENNIE NUÑEZ CELIS por la presunta comisión del delito contra el patrimonio – Hurto Agravado delito tipificado en el artículo 186° del código penal, en agravio de YENNIFER PAULA ZEVALLOS HUAMACHA: Téngase presente para los fines de ley; en merito a lo cual la señora Jueza del Juzgado de Investigación Preparatoria de Mala asume competencia material. Mala, 05 de agosto de 2016.
16, 17 y 18 de Agosto

EDICTO
Ante mí se ha presentado PERCY LIBERTO QUISPE LUNA, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su padre FLORENCIO QUISPE SARMIENTO, fallecido el día 18 de Julio de 1985, a fin de que se declare como heredero universal al solicitante. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662.
Cañete, 01 de Agosto de 2016.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Alfonso Ugarte N° 223 – San Vicente – Cañete

EDICTO
Ante mí se ha presentado PERCY LIBERTO QUISPE LUNA, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de CELSO QUISPE CUSTODIO, fallecido el día 28 de Enero de 1972, a fin de que se declare como heredero universal a FLORENCIO QUISPE SARMIENTO. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662.
Cañete, 01 de Agosto de 2016.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
Jr. Alfonso Ugarte N° 223 – San Vicente – Cañete

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL
SUB GERENCIA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
EDICTO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 250 del Código Civil hago saber que don LUIS ALBERTO CANDELA SALAZAR, natural de San Vicente, estado civil soltero, de 49 años de edad, ocupación albañil, identificado con DNI N° 15406136, con domicilio en Urb. Señor de Cachuy Mz. A Lote 1; y doña AMELIA MARLENI RODRIGUEZ QUISPE, natural de Allauca, estado civil soltera, de 41 años de edad, ocupación docente, identificado con DNI N° 15431456, con domicilio en Urb. Señor de Cachuy Mz. A Lote 1. Pretenden contraer Matrimonio en esta Municipalidad.
NOTA: Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley. Nuevo Imperial, 08 de Agosto de 2016.
Karen Rocío Villalobos Sánchez
Sub Gerente de Registro Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL
SUB GERENCIA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
EDICTO MATRIMONIAL
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 250 del Código Civil hago saber que don WILFREDO SERNAQUE ANCAJIMA, natural de Piura, estado civil soltero, de 22 años de edad, ocupación obrero, identificado con DNI N° 73238473, con domicilio en Anexo San Fernando Mz. D Lote 14; y doña WENDY ANDREA ZAMAN CAMPOS, natural de Imperial, estado civil soltera, de 22 años de edad, ocupación ama de casa, identificada con DNI N° 72969017, con domicilio en C.P. Rinconada de Conta Mz. I Lote 11. Pretenden contraer Matrimonio en esta Municipalidad.
NOTA: Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley. Nuevo Imperial, 15 de Agosto de 2016.
Karen Rocío Villalobos Sánchez
Sub Gerente de Registro Civil

SE VENDE
Una propiedad de 220 m. en Urb. Las
Palmas, calle Los Olivos N° 182, frente a TOTTUS y SODIMAC - Cañete
Llamar a partir de las 5:00 p.m. a
Telf. 6074564 - Cel. 984254012

15 agosto 2016

EL ORMEÑO GANÓ 1 A 0 AL AMÉRICA... Y YA ESTÁ EN LA ETAPA NACIONAL... EL DOMINGO VA A BARRANCA POR EL TÍTULO ANTE EL VENUS...

No podía fallar y cumplió con su gente. El emblemático Walter Ormeño vivió una jornada inolvidable en un Óscar Ramos Cabieses que lució con sus graderías completamente colmadas. Un marco especial en el fortín del ‘León de Imperial’ que fue testigo de una gesta como las de antaño: con un equipo entregado al sacrificio y cabalmente comprometido con el objetivo.
Así, en medio de una atmósfera genuinamente copera, el conjunto cañetano hizo suya la clasificación a la Etapa Nacional y dejó en el camino a un Juventud América que pugnó por revertir la historia hasta el último suspiro, pero que terminó con las manos vacías.
El Oscar Ramos como señalamos lucía radiante, Cañete se había volcado a alentar a su hijo predilecto… y con las graderías llenas, el cántico esperando a los leones del Oscar Ramos, era cada vez más persistente.
Dicho eso suena lógico que el trámite se cuente desde un enfoque que contempla situaciones de riesgo en ambos pórticos.
De hecho, el resultado de la ida (0-0) promovió una revancha con una tónica dinámica y emocionante.



Ambos equipos, desde de sus dibujos tácticos, buscaron maximizar el talento individual para plasmarlo en un colectivo competitivo. Los de casa, con su doble ‘9’ desde el saque, generaron zozobra con sendos controles a espaldas de los zagueros chorrillanos. Mientras que su rival apeló al desequilibrio de Eduardo Farfán, quien tuvo la más clara para la visita, cuando se jugaban los 32'.
Y cuentan los entendidos que en partidos tan cerrados, pequeños detalles hacen la diferencia. Sobre los 45', Ricardo Ardiles incursionó por el sector izquierdo y mandó un envío casi sobre el punto penal. Allí apareció Christian Cuadros, quien le pegó con clase al balón para decretar el 1-0 con el que se fueron al descanso. En los últimos 45', Gustavo Rivas puso toda la carne en el asador con los ingresos de Ismael Sánchez, Jackson Fuentes y Antonio Córdova.
Pero los de ‘Tito’ Chumpitaz resistieron con un corazón enorme y el pitazo final solo sirvió para dar paso a la merecida celebración de un pueblo que sueña con seguir haciendo historia.
Y con el silbato del de negro, las graderías amenazaron con venirse abajo… para celebrar esta clasificación soñada… ya el Ormeño está en la Etapa Nacional… ahora solo queda viajar a Barranca para ceñirse la corona de campeón ante el Venus… pero esa es otra historia.

Alineaciones
Walter Ormeño (1): Walter Calderón; Jean Pierre Guerra, Máximo Osís, José Sigüeñas, William Gutiérrez; Diego Ferrer, José Zurita, Alberto Bernal, Andy Bellota; Ricardo Ardiles, Christian Cuadros (Javier Molina). DT: ‘Tito’ Chumpitaz.
Juventud América (0): Óscar Calderón; Mario Jurado, José Véliz (Jackson Fuentes), Álex Vásquez (Ismael Sánchez), Jossimar Campos, Erick Arbieto; Marco Godos (Antonio Córdova), Carlos Fuentes, Eduardo Farfán, Miguel Condori; André Medina. DT: Gustavo Rivas.
TERNA DE ÁRBITROS:
JUEZ PRINCIPAL: Juan Saona (regular)
1º ASISTENTE: André Torres.
2º ASISTENTE: Wenceslao Flores.
4º : Williams Acosta.
ASISTENCIA:
3,695 espectadores pagantes.

CON LA FRENTE EN ALTO Y SIEMPRE DE PIE, EL SOCIAL LA FLORIDA DE CAÑETE EMPATÓ 0 A 0 ANTE EL CULTURAL VENUS DE HUACHO... Y SE FUERON DEL CAMPEONATO COMO VERDADEROS GUERREROS...

Como verdaderos guerreros en batallas tan difíciles como la de ayer, el equipo cañetano SOCIAL LA FLORIDA de Nuevo Imperial de Cañete demostró que no se necesita tanto dinero, que no se necesita tanta publicidad, ni jugadores estrellas para lograr estar entre los cuatro equipos mejores de Lima y provincias.
Este equipo de fútbol viene de un sector humilde llamado La Florida, anexo que pertenece al distrito de Nuevo Imperial, supo salir adelante con el apoyo de su presidente y de su directiva en donde tuvieron el respaldo de algunos vecinos y amigos que se fueron juntando conforme el equipo avanzaba en este torneo y lo que llamó la atención es que ni siquiera sus autoridades políticas se identificaron con su propio club, dejando entrever que no hay deportistas en el municipio de Nuevo Imperial.
También fue importante el apoyo de empresas privadas que siempre apoyan el deporte cañetano como: el Grifo AUTOPASA, BODEGA SUENG, UNIVERSIDAD DE CAÑETE y otras empresas que apoyaron en forma anónima.
Es un equipo de jóvenes propios de Cañete con jugadores de clubes de primera división de diferentes ligas de esta localidad y que el destacado Profesor Oscar López, D.T. del Social La Florida supo seleccionar solo con la conciencia y la convicción de dejar bien en alto el nombre de Cañete, sin importarle el “sucio” dinero que es lo primero que prima en este certamen.
Social La Florida dio todo en busca de lograr la tan ansiada clasificación a la Etapa Nacional estuvo muy cerca, pero no se pudo porque en el partido de ida se perdió por 3 a 1 allá en Huacho y ayer se logró un empate que no le da la clasificación, pero como dice el dicho: “El fútbol da revanchas” y estoy por seguro que nuevamente veremos a este equipo del Social La Florida de Nuevo Imperial estar el próximo año en la Departamental con mucha más experiencias, la adquirida en este año.
Pero ya escribieron en la historia del fútbol de Cañete que un equipo sin nada ya explicado en líneas arriba logró estar y está entre los “CUATRO MEJORES EQUIPOS DE FÚTBOL DE LIMA Y PROVINCIAS”. El sábado, el público se puso de pie y le tributaron muchos aplausos al equipo nuevoimperialino por su buena participación en esta Copa Perú Etapa Departamental 2016.

EN EL PRIMER PERIODO, EL JUGADOR HÉCTOR MATHEY PUDO CONCRETAR PARA LOS CAÑETANOS…
Un buen primer tiempo que en los primeros minutos se fue con todo el equipo cañetano en busca del primer tanto y así fue la buena participación en conjunto del Social La Florida que tuvo entre los pies de Héctor Mathey de lograr abrir el marcador hasta que se pararon bien los del Cultural Venus de Huacho logrando e intentando sorprender a Gino Gómez que estuvo bien concentrado en su portería. En los últimos minutos de este periodo el equipo cañetano se fue con todo dominó toda el área insistiendo por la derecha con Mathey y por el otro lado con Centeno que también tuvo oportunidad de anotar. Se cumplieron los 45 de la inicial y se fueron al descanso con el cero a cero.

SOCIAL LA FLORIDA DOMINÓ TODO EL SEGUNDO TIEMPO; VENUS SE DEFENDÍA, PERO NUNCA LLEGÓ EL TAN ANSIADO GOL PARA LOS CAÑETANOS...
En la parte final el Social La Florida ingresó al campo de juego con mayor agresividad, el profesor Oscar López realizó una variación en su esquema de juego, sus líneas avanzaron más y mayor penetración de sus defensas hacia adelante, el cambio de Zarate por Carmona en el primer tiempo no le dio un buen resultado, tuvo que salir Carmona e ingresar Humberto Huamán que fue más contundente y le dio mayor movilidad en la delantera intentando varios zapatazos pero que fue controlado por el arquero Nikol Romero del Venus.
Por su parte el Venus tenía a su mejor jugador Francis Salazar que fue controlado por Altamirano y Quevedo, no era el Salazar del primer partido allá en Huacho, estuvo opacado. Mientras que la defensa del Venus fue una muralla, estuvo bien bloqueado con César Castro y Erick Gómez, quienes por alto les ganaban todas. El equipo cañetano dominó todas las acciones en este periodo, tenía controlado el balón, intentó de diferentes maneras vencer al arquero de la visita pero nunca llegó. Al final con la frente en alta y de pie el Social La Florida de Cañete culminó con el 0 a 0 que le sacan de esta semifinal de la Copa Perú Etapa Departamental 2016 haciendo una excelente campaña y estar entre los cuatros mejores equipos de Lima y Provincias.

ÁRBITRO ROGER SEMINARIO SE HIZO EL CIEGO Y NO COBRÓ DOS PENALES A FAVOR DE CAÑETE.
Otra vez, nos ganaron el vivo en el arbitraje, no tenemos peso dirigencial en la Departamental; en esta oportunidad Roger Seminario, árbitro principal del encuentro se comió dos penales clarísimo a favor del conjunto del Social La Florida, no cobró a pesar del reclamo airado de los hinchas del conjunto cañetano, al final del partido los hinchas del Social se fueron a la puerta de salida de los árbitros y le dijeron de todo… “Árbitro ratero…”, “Árbitro ciego…”, “Árbitro vendido” entre otras frases que los de negro no les importó nada y se fueron bien resguardados. Esperamos mayor peso dirigencial en cuestión del arbitraje en la Etapa Nacional, cuando el Walter Ormeño juega esta etapa.
SOCIAL LA FLORIDA (0): Gino Gómez, Waldir Mazoni (Adolfo Villalobos), Roller Altamirano, Renzo Quevedo, Leonardo Chumpitaz, Alejandro Navarro, Roosvel Centeno, Guillermo Zárate (Carlos Carmona) (Humberto Huamán), Jorge Huari, Héctor Mathey y Jairo Chiock. D.T. Oscar “Patito” López.
CULTURAL VENUS (0): Nikol Romero, Alberto Minetto, Erick Gómez, César Castro, Roy Contreras, Jordan Marnghit (Bruno Olivera) (Wilder Flores) Julio Carbajal, Javier Sáenz, Luigui Flores (Kevin Obregón), Ebert Laura y Francis Salazar. D.T. Jorge Baltazar.
ASISTENCIA Y RECAUDACIÓN: Ingresaron 1, 110 espectadores aproximadamente.

POR FIN LA MILENARIA CULTURA JAQARU SERA ESCUCHADA POR LOS FUNCIONARIOS DE LA DIRECCION DE ARQUEOLOGIA

Escribe: NEIL RAMIREZ VALERIO - DNI 09837111



El día de hoy, lunes 15 del presente mes, el Alcalde de la Municipalidad del Distrito de Tupe provincia de Yauyos, tendrá la oportunidad de ser escuchado por el Director de Arqueología del Ministerio de Cultura además de los funcionarios de esta cartera Ministerial.
El Alcalde expondrá sobre la imposibilidad de poder concluir la construcción de su carretera, a causa de los estudios arqueológicos realizados en diferentes gestiones municipales para la obtención del CIRA que exigen el rescate arqueológico en todo el eje de la carretera lo cual sería muy complicado realizar dada las condiciones geográficas del sitio y los altos costos que ello significaría.
Desde al año 2010 se viene postergando la culminación de este proyecto, no obstante que el pueblo de Tupe ha realizado las gestiones ante el Ministerio de Cultura para la obtención del CIRA. Ocasionándose gastos en los estudios para la obtención del CIRA llegando a sumar más de medio millón de soles durante las diferentes gestiones municipales sin obtener hasta ahora el ansiado permiso que permitiría contar con la autorización para la culminación de la vía de Ayza a Tupe.
Como es de conocimiento público, el 15 de octubre de 2013 fue aprobada la ley 2441/2012-CR que declara de interés nacional y promoción de la cultura e idioma Jaqaru y de los restos arqueológicos ubicados en el distrito de Tupe, provincia de Yauyos Región Lima.
Del mismo modo la ley dispone que el gobierno central genere un programa de inversión pública constituida por proyectos de inversión pública dirigidas a solucionar los sectores:
* Educación: Escuela de Altos estudios del Jaqaru.
* Agricultura: Mejoramiento y revaloración de prácticas agrícolas milenarias
* Turismo: Mejoramiento de infraestructuras turísticas y capacitación a los prestadores de servicios turísticos.
* Cultura: Puesta en valor a la zona arqueológica y recuperación de los caminos pre hispánicos entre otros sectores.
Sin embargo el haber sido declarado “Patrimonio Cultural de la Región Lima el distrito de Tupe no ha sido favorecido en ninguno de los aspectos, por el contrario los funcionarios del Ministerio de Cultura han puesto mayores obstáculos para otorgar el CIRA so pretexto de la intangibilidad de las andenerías, canales, cercos y las construcciones de las casa donde habitan los pobladores de la cultura Jaqaru.
Sin duda que el obstáculo se debe a que las normas de la conservación de los restos arqueológicos están hechas para empresas minera y obras de envergadura como oleoductos, trasporte de gas y otros que podrían ser justificados invertir en la recuperación de los restos arqueológicos que se encuentren en el trazo, sin embargo no contemplan las facilidades que deberían tener para con los pueblos indígenas con culturas ancestrales como es la Nación Jaqaru congelándolos en el tiempo sin tener acceso al desarrollo.
Los funcionarios del Área de Arqueología lamentablemente ni siquiera han llegado al lugar para inspeccionar in situ y habiendo verificado las necesidad del mismo otorguen el permiso correspondiente y hagan viable el ansiado proyecto además otorgarles el CIRA para obras de infraestructura (agua y desagüé en los anexos de Ayza y Colca) que este gobierno viene impulsando.
Es por eso que, cansados de esperar las decisiones de las autoridades burocráticas del Ministerio de Cultura, el año pasado el pueblo de Tupe en su conjunto decidió reiniciar la construcción de la carretera con los exiguos recursos con que cuentan y sobre todo con la participación de los comuneros en su totalidad en las faenas comunales como sus ancestros lo hicieran tiempos atrás logrando construir algunos kilómetros.
Antes que finalice el mandato del gobierno del Sr. Humala Las autoridades del distrito de Tupe solicitaron una audiencia a la Ministra de Cultura Dra. Diana Alvares Calderón, proponiéndole la firma de un convenio, que sería una de las formas para evitar las enormes trabas burocráticas que permitiría obtener los permisos para realizar las obras de infraestructura con la participación de los arqueólogos del área de Arqueología del Ministerio de Cultura en la supervisión de las áreas que pudieran ser afectadas y que luego podrían ser reconstruidas por los pobladores, teniendo en cuenta que la mayoría de las construcciones pre hispánicas están siendo utilizadas por los pobladores como sus ancestros (andenerías canales caminos), conservando sus tradiciones en de trabajo comunal así como en la conservación y uso de la legua Jaqaru.
Esperamos que los funcionarios de la Dirección de Arqueología del Ministerio de Cultura hagan eco de las palabras de nuestro actual presidente Pedro Pablo Kuzynski de dotar agua para todos (obras de saneamiento rural) haciendo cumplir el compromiso del estado de poner en valor la zona arqueológica así como la recuperación de los caminos pre hispánicos, entre otros, que corresponden al Ministerio de Cultura en cumplimiento de ley 2441/2012-CR.

CAÑETE EN LA MARCHA “NIUNAMENOS” TOCAN A UNA, TOCAN A TODAS...

“En 2008 mataron una mujer cada 40 horas; en 2014, cada 30. En esos 7 años, los medios publicaron noticias sobre 1.808 femicidios. ¿Cuántas mujeres murieron asesinadas sólo por ser mujeres en 2016? No lo sabemos. Pero sí sabemos que tenemos que decir basta”.
“El femicidio es eso: marcar los cuerpos de las mujeres violentamente, y como amenaza para otras: para que las mujeres no puedan decir que no, para que renuncien a su independencia. Aunque la gran mayoría de las mujeres que recordamos aquí fueron asesinadas por hombres de su círculo íntimo, el femicidio no es un asunto privado, es producto de una violencia social y cultural que los discursos públicos y de los medios vuelven legítima, cada vez que alguien le dice adjetivo una mujer porque ejerce su sexualidad libremente.”
“La televisión repite imágenes y palabras que ubican a las mujeres en situaciones de desigualdad, dominación y discriminación. Repite estereotipos. El tratamiento noticioso de los casos de niñas y mujeres asesinadas o desaparecidas, con la invasión de la intimidad de las víctimas y la insistencia en revelar el modus operandi del asesino, contribuyen a que el femicidio se naturalice o se lo convierta en insumo para que el show continúe”.
“Erradicar la violencia contra las mujeres puede ser difícil pero no es imposible. Ni una menos es un grito colectivo, es meterse donde antes se miraba para otro lado, es revisar las propias prácticas, es empezar a mirarnos de otro modo unos a otras, es un compromiso social para construir un nuevo nunca más. Repetimos. No queremos más mujeres muertas por femicidio. Queremos a cada una de las mujeres vivas. A todas no queremos más mujeres maltratadas”.
Unámonos con todas las autoridades para promover leyes que castiguen drásticamente a los responsables, y hacer participe a todas las instituciones que velan por la justicia a ponerse en el camino de la ley para erradicar de una vez por todas, el peligro del machismo y en mi papel que me corresponde en el congreso trabajaré con ese fin.
NI UNA MENOS.

EDICTOS

PRIMER REMATE JUDICIAL DE BIEN INMUEBLE
En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE ICA S.A. contra ZELADA ASIN MILAGROS SOLEDAD Y ZELADA ASIN LUPE EDITH, materia Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 00666-2012-0-0803-JP-CI-01 del Juzgado de Paz Letrado sede Imperial que despacha el Juez Yalán Ahedo Luis Miguel, Especialista Legal Sánchez Sáenz Papías Abilo, se me ha ordenado sacar a Remate Público el siguiente inmueble EN PRIMERA CONVOCATORIA:
INMUEBLE: Ubicado en el Asentamiento Humano Josefina Ramos Vda. de Gonzáles Prada Mz. M, Lote 32, distrito de Imperial, provincia de Cañete, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° P17003580 del Registro de Predios de la Zona Registral IX de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$. 10,988.21 (diez mil novecientos ochenta y ocho con 21/100 dólares americanos.
BASE DE REMATE: US$. 7,325.47 (siete mil trescientos veinticinco con 47/100 dólares americanos), que representan a las 2/3 partes del valor de la tasación.
GRAVÁMENES: Asiento 00004, Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 12,500.00 soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., embargo por Resolución N° uno de fecha 02.05.2013, expediente 666-2012. Asiento 00005 Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 16,500.00 a favor de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren, Embargo por Resolución N° 01 de fecha 05.03.2013, expediente N° 111-2013, del Juzgado de Paz Letrado de Imperial. Asiento 00006 Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 15,000.00 soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., embargo por Resolución N° 01 de fecha 23.11.2015, Expediente 577-2012-70-0803-JP-CI-01. Asiento 00007 Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 15,000.00 soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., embargo por Resolución N° 01 de fecha 05.02.2016 y Resolución aclaratoria N° 02 de fecha 15.03.2016, Expediente 00304-2013-76 del Juzgado de Paz Letrado de Imperial.
DÍA Y HORA DEL REMATE: 25 de Agosto de 2016, a horas 10:30 a.m.
LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado de Paz Letrado Imperial, sito en Jr. Dos de Mayo N° 598, distrito de Imperial, provincia de Cañete.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación del inmueble en efectivo o cheque de gerencia, presentarán la tasa judicial con el N° de Expediente 666-2012 y original y copia del DNI. La comisión de la Martillera Pública es por cuenta del Adjudicatario más IGV de conformidad con el Art. 732 del CPC y el Reglamento de la Ley de Martillero Público, debiendo ser cancelado al finalizar el acto del remate. Martillera Pública: Pamela Marisol Alva Rivera con Registro N° 319, Cel. 987508700
Imperial, 15 de Julio de 2016.
Papías Sánchez Sáenz
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete
Pamela Alva Rivera
Martillera Pública
Registro SUNARP 319
Publicar: Del 09 al 16 de Agosto

PRIMER REMATE JUDICIAL
Expediente 00536-2014-0-0803-JP-CI-01
En los seguidos por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE ICA S.A. contra RAMIREZ MARTINEZ MARCELO ALBERTO y CRISOSTOMO RENOJO ANA LUZ, terceros no ejecutantes MI BANCO BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. y CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE HUANCAYO S.A. sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, el Sr. Juez del Juzgado de Paz Letrado – sede Imperial que despacha el Dr. Yalán Ahedo Luis Miguel con intervención del Especialista Legal Dr. Sánchez Sáenz Papías Abilo, de conformidad con lo dispuesto por Ley 28371, que modifica los artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley del Martillero Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, ha facultado que el suscrito Roberto Gutiérrez Quispe MARTILLERO PÚBLICO con Registro N° 113, realice el Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble , ubicado en el Asentamiento Humano Josefina Ramos Vda. de Gonzáles Prada, Mz. A-1, Lote 12 del distrito de Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima, cuyo dominio, linderos y demás características corren inscritos en la Partida N° P17003931 de los Registros de Predios de Cañete de la Zona Registral N° IX – sede Lima.
VALOR DE TASACIÓN: S/. 57,744.00 (CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES).
BASE DE LA POSTURA: S/. 38,496.00 (TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES), que constituye las dos terceras partes del valor de dicha tasación.
GRAVÁMENES O CARGAS: 1).- EMBARGO ordenado por Resolución Judicial N° 01 de fecha 30.07.2014, expedida por el Juez Dr. José De La Cruz Vargas del Juzgado de Paz Letrado de Imperial de la Corte Superior de Justicia de Cañete, hasta por la suma de S/. 20,000.00 nuevos soles, en los seguidos por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. contra Crisostomo Renojo Ana Luz sobre Medida Cautelar fuera del proceso inscrita en el Asiento 00009 de la Partida Electrónica N° P17003931 de los Registros de Predios de Cañete. 2).- EMBARGO ordenado por Resolución Judicial N° 01 del 19.07.2014, expedida por el Juez Dra. María de los Milagros Luyo Sánchez del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, hasta por la suma de S/. 38,940.23 soles, en los seguidos por Mi Banco Banco de la Micro Empresa S.A. contra Crisostomo Renojo Ana Luz sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, inscrita en el Asiento 00010 en la Partida Electrónica N° P17003931 de los Registros de Predios de Cañete. 3).- EMBARGO, ordenado por Resolución Judicial N° 01 de 20.07.2014, expedida por el Juez Supernumerario Dr. Miguel Eduardo Moran Ruiz del Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de San Vicente, hasta por la suma de S/. 30,000.00 soles, en los seguidos por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. contra Crisostomo Renojo Ana Luz sobre Medida Cautelar, inscrita en el Asiento 00011 de la Partida Electrónica N° P17003931 de los Registros de Predios de Cañete.
DÍA Y HORA DEL REMATE: El día 25 de Agosto del año 2016, a horas 03:00 p.m.
LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado de Paz Letrado sede Imperial – Cañete, ubicado en el Jr. Dos de Mayo N° 598 – distrito de Imperial, provincia de Cañete.
POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo, en cheque de gerencia o depósito judicial del Banco de la Nación, la cantidad de S/. 5,774.40 soles y presentarán DNI, arancel judicial que indicará documento de identidad, el número de expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Funcionario responsable del Remate Público Roberto Gutiérrez Quispe Martillero Público con Registro N° 113. Adjudicatario cancela honorarios del martillero Público conforme la Ley más el IGV.
Papías Sánchez Sáenz
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete
Roberto Gutiérrez Quispe
Martillero Público a nivel nacional
Reg. 113
Publicar: Del 09 al 16 de Agosto.

EMPRESA DE TRANSPORTE PUERTO DE LOS ENSUEÑOS S.A.
CONVOCATORIA
El Directorio de la E.T. Puerto de los Ensueños S.A., cita a todos los accionistas de la Empresa a la JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo el día VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016 a horas 06:00 p.m., en nuestro local, sito en La Alameda Baja – Parcela N° 12E – Proyecto Cerro Blanco de San Vicente de Cañete, con la finalidad de tratar la siguiente Agenda:
PUNTO ÚNICO: NOMBRAMIENTO DEL DIRECTORIO – PERIODO 2016-2018.
En caso de que no exista quórum de Ley, se cita en Segunda Convocatoria para el día 29 de Agosto de 2016, a la misma hora, misma agenda y mismo lugar.
Cañete, 12 de Agosto de 2016.
El Directorio.

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Registradora de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 8070-2016, don Carlos Humberto Sanchez Sotelo, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro N° 302, folio 231, del año 1986, en el extremo que se ha consignado erróneamente los nombres y apellidos del titular y padre, se ha consignado el apellido paterno SANCHEZ sin tilde, siendo lo correcto los nombres y apellidos del titular como CARLOS HUMBERTO SÁNCHEZ SOTELO, y padre CARLOS HUMBERTO SÁNCHEZ YATACO, quedando intacto los demás datos anotados en el instrumento público. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 “Rectificación Administrativa de Actas por Error u Omisión No Atribuible al Registrador”, aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC. Cañete, 25 de Julio de 2016
Maribel Rosario Sánchez Vicente
Registradora Civil

EDICTO
Por ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Lunahuaná, que despacha el Sr. Juez Dr. Luis F. Chávez Acharte y Secretario José Santiago Huaylla se ADMITE a trámite el Exp. N° 0010-2016, interpuesta por Noelia Luisa Candela Guerrero sobre SUCESIÓN INTESTADA contra la BENEFICENCIA PÚBLICA DE CAÑETE Y OTRO, en vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, para que sea declarada como su única heredera universal de su hija Carmen Leonor Fernández Candela, quien fallece en Nuevo Imperial – Cañete, el día 23/03/2016, teniendo como último domicilio habitual en Jr. Cañete N° 875 – Pacarán, disponiéndose las publicaciones de ley, notificándose por esta vía a las personas que se crean con derechos y puedan hacer valer sus derechos conforme a Ley. Lunahuaná, 07 de Junio de 2016.
José Enrique Santiago Huaylla
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná
Corte Superior de Justicia de Cañete

SE VENDE
Una propiedad de 220 m. en Urb. Las
Palmas, calle Los Olivos N° 182, frente a TOTTUS y SODIMAC - Cañete
Llamar a partir de las 5:00 p.m. a
Telf. 6074564 - Cel. 984254012

21 enero 2016

ASÍ AMANECIÓ WONG EN ASIA... DESPUÉS DEL INCENDIO...

Así amaneció el día de hoy, el Boulevard del distrito de Asia... muda señal del incendio de proporciones que arrasó con el Centro Comercial Wong ubicado en dicho distrito. Fueron horas de interminable lucha, se controló el incendio y gracias a dios no hubo perdidas humanas que lamentar... las perdidas económicas se recuperan.
Pero así, como quedó el Boulevard asiano, así quedaron destruidas las ilusiones del pueblo cañetano de tener representantes que peleen la posibilidad de colocar a un cañetano en el próximo congreso. Ya no va más, ni Percy Alcalá en Fuerza Popular, ni Segundo Díaz, Liliana Torres, ni Javier Alvarado... la lucha en APP fue brava, y creemos que Marcial Palomino jugó sus fichas para quedarse sin rival... y ser un bolo seguro en el próximo congreso. Al final, hay que señalar que nadie sabe para quien trabaja.

INCENDIÓ ARRASÓ CON CENTRO COMERCIAL WONG EN EL BOULEVARD DE ASIA...

A veces se piensa que las tiendas o centros comerciales de gran magnitud, tienen todo controlado, y que dificilmente podría ocurrir una tragedia en su interior... más los sucesos diarios nos hacen recordar que ello no es cierto.
Y es que, un incendio de grandes proporciones se desató al promediar las 7.00 p.m. en el centro comercial Wong ubicado en el boulevard de Asia (Cañete) a la altura del kilómetro 97 de la Panamericana Sur.
Inmediatamente equipos de los Bomberos de Mala, Chilca y Cañete llegaron al lugar para intentar sofocar las llamas que, según testigos, se inició en los almacenes y se propagó a la tienda. Sin embargo, fue la falta de agua lo que ocasionó problemas a los hombres de rojo quienes llevaron en total 37 unidades. 
Varios usuarios de las redes sociales informaron en sus cuentas de Twitter y Facebook sobre el siniestro mientras las autoridades trataban de evacuar del lugar a todas las personas.
Otros usuarios de las redes sociales sostenían que en la zona de mercadería hubo un corto circuito y se registraron explosiones dentro del local. 
El corresponsal de RPP Noticias en Cañete informó en directo que a 60 metros se ubica un grifo de la empresa Pecsa por lo que las personas temían lo peor. 
Enzo Vattuone, comandante de los Bomberos, indicó que afortunadamente se había logrado sacar «a todas las personas del lugar y se pudo retirar un camión de combustible que estaba cerca».
Al promediar las 10.00 p.m., las siete compañías de Bomberos que se encontraban en el lugar, lograron hacer disminuir el fuego aunque no estaba totalmente controlado. Se informó de grandes pérdidas económicas por lo ocurrido. 
A la misma hora, la cadena de tiendas Wong emitia un comu-nicado en su cuenta de Facebook mediante el cual lamentaban «profundamente lo ocurrido» y asegurando que todas las personas pudieron ser evacuadas a tiempo por lo que «no se registró ningún herido». 
Fue el coronel PNP, Carlos Velásquez, jefe de la División Policial de Cañete, quien se encargó de anunciar que el incendio había sido controlado y que no se extendería más. Aseguró, que ninguna persona había resultado herida, mas fue el director de Comunicaciones de los Bomberos, Iván Paredes quien  diría lo contrario puesto que indicó que sí hubieron algunas afectadas aunque de levedad. 
«Ha habido personas que sufrieron asfixia y con algunas quemaduras leves. Fueron personas que estaban intentando ayudar». 

HABLA IVÁN PAREDES…
El director de Comunicaciones del Cuerpo General de Bomberos, Iván Paredes dijo que algunas personas resultaron con quemaduras leves y sufrieron de asfixia, durante el incendio que se produjo en las tiendas Wong en el boulevard de Asia (provincia de Cañete). 
Esto pese a que minutos después el jefe de la División Policial de Cañete, Carlos Velásquez, aseguró que ninguna persona resultó lesionada por el siniestro. Luego el mismo coronel Velásquez aceptó que sí hubieron algunos afectados pero «nada de gravedad».
«Ha habido personas que sufrieron asfixia y con algunas quemaduras leves. Fueron personas que estaban intentando ayudar», señaló Iván Paredes.
Por su parte Carlos Velásquez dijo: «De acuerdo a los planes de contingencia se procedió a la evacuación de todo el lugar lo que ha permitido que no tengamos ningún tipo de lesiones personales, hay un control del orden público adecuado. El boulevard está cerrado». 
«Yo debo felicitar a las personas que se encontraban en el lugar por su extraordinaria colaboración, eso fue en cumplimiento del plan de contingencia. Las atenciones médicas que han habido son quemaduras muy sencillas, nada grave». 
Sobre las causas, Velásquez sostuvo que se dio una versión inicial de que el incendio se habría producido por un corto circuito pero no se puede asegurar nada al respecto. 
«Debemos esperar a los resultados de la investigación», dijo.

EL COMUNICADO DE WONG…
La cadena de supermercados Wong emitió en horas de la noche de este miércoles un comunicado en su cuenta de Facebook donde dio detalles del incendio que consumió buena parte de su tienda en el distrito cañetano de Asia. 
Lamentó el incidente y aclaró que inmediatamente se produjo en hecho, se procedió a evacuar a todas las personas del lugar y dar parte a los bomberos y autoridades para que puedan aplacar el fuego lo más pronto posible.
Estimado Clientes, lamentamos profundamente lo sucedido en Wong Asia. Afortunadamente, se evacuó a todas las personas de forma ordenada y no hay ningún herido. Estamos apoyando en todo lo que podemos al cuerpo de Bomberos voluntarios del Perú. Les pedimos guardar la calma en estos duros momentos y esperamos logren controlar el incendio lo más pronto posible.
Tan pronto como se encuentre solucionado, nos volveremos a comunicar con ustedes.»
Por redes sociales se acusó de la falta de agua y otras adversidades contra las que también tienen que luchar los hombres de rojo. 

BENEFICENCIA PÚBLICA DE CAÑETE

CONVOCATORIA A CONTRATACIÓN CAS N° 01-2016-SBPC

La Sociedad de Beneficiencia Pública de Cañete, convoca a Proceso de Selección de Personal para cubrir por Contrato Administrativo de Servicios (CAS) al siguiente personal:
. Un (01) Personal Limpieza, Mantenimiento y Conserje

1.- Plazo del Contrato Del 01 de Febrero al 30 de Junio de 2016.

2.-Retribución Bruta mensual sujeta a descuento de Ley:
. Personal Limpieza, Mantenimiento y Conserje S/. 850.00

3.- Horas a laborar 48 horas semanales como máximo

4.- Régimen laboral D.L. N° 1057, modificado por Ley N° 29849 y su Reglamento aprobado por
D.S. N° 075-2008-PCM, modificado por D.S. N° 065-2011-PCM


CRONOGRAMA

1.- Publicación de Convocatoria del Proceso de Selección: a través de lugares visibles en la Oficina principal, Cementerio General y Red Social (facebook) de la SBP de Cañete. Del 18 al 20 de Enero de 2016.

2.- Publicación en el Diario Oficial de la provincia. 21 de Enero del 2016.

3.- Entrega de Bases a través de la Comisión Evaluadora. 22 de Enero del 2016.

4.- Recepción de Expedientes. 25 de Enero del 2016.

5.- Evaluación de Currículum Vitae. 26 de Enero del 2016.

6.- Evaluación escrita. 27 de Enero del 2016, a las 09:00 a.m.

7.- Entrevista personal. 28 de Enero del 2016, a las 10:00 a.m.

8.- Publicación del resultado final, será publicado en lugares visibles de acceso público al Local Institucional. 29 de Enero del 2016.

9.- Suscripción de Contrato. 29 de Enero del 2016.

10.- Inicio de labores. 01 de Febrero del 2016, a las 08:00 a.m.

Cañete, 21 de Enero del 2016

SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE CAÑETE

CONVOCATORIA A PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL N° 01-2016-SBPC

La Sociedad de Beneficiencia Pública de Cañete, convoca a Proceso de Selección de Personal para cubrir por Contrato de Servicios Personales la plaza de Auxiliar de Cementerio - Sepulturero con Código N° A1-05-870-1,según Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Institución, teniendo en consideración lo siguiente:
1.- Plazo del Contrato Del 01 de Febrero al 30 de Junio de 2016.
2.- Remuneración Bruta mensual a percibir, sujeta a descuentos de Ley:
- Auxiliar de Cementerio - Sepulturero S/. 674.13 Nuevos Soles
3.- Régimen Laboral Público D. Leg. N° 276 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 005-90-PCM

CRONOGRAMA

1.- Publicación de Convocatoria del Proceso de Selección: a través de lugares visibles en la Oficina principal, Cementerio General y Red Social (facebook) de la SBP de Cañete. Del 18 al 20 de Enero de 2016.

2.- Publicación en el Diario Oficial de la provincia. 21 de Enero del 2016.

3.- Entrega de Bases a través de la Comisión Evaluadora. 22 de Enero del 2016.

4.- Recepción de Expedientes. 25 de Enero del 2016.

5.- Evaluación de Currículum Vitae. 26 de Enero del 2016.

6.- Evaluación escrita. 27 de Enero del 2016, a las 09:00 a.m.

7.- Entrevista personal. 28 de Enero del 2016, a las 10:00 a.m.

8.- Publicación del resultado final, será publicado en lugares visibles de acceso público al Local Institucional. 29 de Enero del 2016.

9.- Suscripción de Contrato. 29 de Enero del 2016.

10.- Inicio de labores. 01 de Febrero del 2016, a las 08:00 a.m.

Cañete, 21 de Enero del 2016

LIDERAZGO PEDAGÓGICO

Por: Dra. María Elena Díaz Yaya.

Trabajar en educación implica revisar a diario nuestras prácticas pedagógicas toda vez que existen paradigmas educativos, tendencias, relaciones sociales y cambios tecnológicos que se dan a diario en nuestra sociedad.
En las Instituciones Educativas donde existe un liderazgo pedagógico del Director se observa procesos de cambio mejora de los aprendizajes y es notorio reconocer al líder pedagógico por:
- Un líder pedagógico es alguien capaz de conducir a su equipo hacía metas y objetivos que permitan mejorar los aprendizajes de los estudiantes, un buen líder es el que proporciona dirección y ejerce influencia en su equipo,
- El liderazgo del Director incide en el mejoramiento escolar, ello implica comprometerse y promover la motivación de los maestros , el desarrollo de las habilidades y capacidades, el mejoramiento de las condiciones de trabajo en las cuales realiza sus labores.
- Primordial que el líder Pedagógico demuestre vocación de servicio.

- Un director, líder pedagógico es . capaz de conocer, comunicar, convencer, construir sentidos y proponer un destino común, llevando a la institución a tener un sitial dentro de una comunidad.

RINCÓN CONCILIATORIO...

«No soy sicóloga, ni chamán ni maga: soy una abogada convencida que LA CONCILIACIÓN ES LA JUSTICIA PARA EL QUE VIVE DE SU TRABAJO: DEJA O DETÉN LOS JUICIOS QUE TE AHOGAN: ¡BIENVENIDOS!»
Rocío López Luna
Directora del Centro De Conciliación «Madre De Cristo Conciliadora»
AV. BENAVIDES 610 SAN VICENTE - Cel. 999 210 236, T. 01 3005603, Rpm 103 931


Ya no veo a un problema como a un profundo pozo… ahora lo reconozco como un túnel con un trampolín al final ¡esa imagen ayuda! Por eso la comparto contigo Querida Lectora, Querido Lector!
Yo no te intento cambiar, ni que entres a mi grupo religioso ni político... porque no lo tengo ; Lo que quiero es ANIMARTE para que encuentres más caminos a través de las pruebas que tengas.
Yo no te quiero imponer nada, sólo recomendarte -como buenos libros y amigos lo hicieron a su vez conmigo-: ¡CUÁN LIBRE ERES CUANDO TE DESCONECTAS DE LA CULPA, DEL MIEDO Y LA DEPRESIÓN Y DECIDES SOLUCIONAR TUS PROBLEMAS!...
Somos de carne y hueso, caemos pero también nos levantamos. Vénme a ver, QUE TE ESPERO SIN DESESPERO ;) tanto en el Centro de Conciliación como en NATURWASI

AVENTURAS EN MI CHACRA «NATURWASI»
En la chacra sabemos quiénes somos y qué nos pasa. Hace poco me enteré en el Combi que me lleva cada mañana de Ihuanco a Cerro Azul, que un vecino había sufrido la pérdida de un dedo con su motosierra: ¡EN LA CHACRA HAY TAMBIÉN ACCIDENTES, TODO NO ES COLOR DE ROSA! Y este sabio señor, en lugar de quejarse hizo un comentario, tan digno de mención que te lo transcribo tal y cual: «SI HUBIERA IDO A LA PLAYA, ME HUBIERA TAL VEZ AHOGADO» ¿No te parece hermoso?, en lugar de lloriquear pensó que su mal era quizás un mal menor ante la pérdida de la vida. A veces maldecimos lo que nos pasa porque no nos gusta, pero, ¿es realmente lo peor? Puedes perder el trabajo, tu tarjeta de crédito o tu celular, pero peor es perder a un hijo o a un padre ¿verdad? Este es un ejemplito de la sabiduría de la chacra…

NATURWASI TE ABRE SUS PUERTAS LOS SÁBADOS Y DOMINGOS, ES UN FUNDO RECREATIVO NATURAL EN DONDE TE AYUDAREMOS A ‘DESESTRESARTE’ A TRAVÉS DE CONVERSACIÓN, HIGIENE MENTAL,ESCUELA DE PADRES, MÁSCARAS DE BARRO Y SÁBILA PARA EL PELO. LOS NIÑOS TIENEN LA POSIBILIDAD DEL KUNG FU, AJEDREZ, RAQUETAS…
LA ENTRADA POR PERSONA ES DE S/. 10.- CON LIMONADA DE AGUA PURA DE PUQUIO DE CORTESÍA, Y SI DESEAS ALMORZAR EL COSTO ES DE S/. 30.- TAMBIÉN POR PERSONA, PERO ENTONCES SÍ ME DEBES AVISAR AL 999 210 236 HASTA EL JUEVES PARA ORGANIZARNOS… ¡BIENVENIDOS!

Ahora sí lo prometido:

MINI-HISTORIA «¡MI SOBRINO ES EL CHORO!»
Don Jobito siempre quiso ser policía. Ni diez años tenía y ya se había leído todos los libros de Sherlock Holmes que cayeron a sus manos. La vida empero tenía otros planes con él y acabó siendo camionero.
«¡Qué pena, pobrecito!» comentarás Querida Lectora, Querido Lector… pues te equivocas, porque don Jobito es un respetado vecino tarmeño residente en nuestro Cañete, dueño de una flota de 15 camiones que hacen recorridos de Piura a Tacna y gana lo que quiere. Sin embargo, no ha perdido sus maneras sencillas pues el dinero no lo atarantó, y se dedicó mas bien a ayudar a su familia ‘a salir adelante’.
Parte de esa ayuda fue apoyar a Javicho, hijo de su hermano menor, Luchín. Luchín tuvo un derrame cerebral producto de una caída y yacía en cama poco después de haberlo concebido. Don Jovito proveyó de sustento a su recién fundada familia, pero Javichín resultó ser una pata del diablo: de chiquito malcriado, contestón, vago. Cuando creció la lista de ‘dones’ creció añadiendo ser también borracho y faldero.
‘Para seguir ayudándolo’ dado que no quería estudiar nada de nada, lo puso a manejar uno de sus camiones, uno que dejaba mucha pérdida en el último tiempo. Entonces, luego de averiguaciones y pesquisas en Talleres y otros trabajadores, llegó a la conclusión que lleva el título de esta Historia: la sangre de su sangre le robaba sin empacho ni gratitud.
¡¿QUÉ HACER? ¿DENUNCIARLO? ¿A LA SANGRE DE SU SANGRE?¿TERMINAR DE MATAR A SU HERMANO DE LA PENA?!... A esas alturas me vino a ver, y yo le descubrí, simplemente, lo que él quería: darle una sanción pero ni mancharlo con una denuncia ni menos que su hermano Luchín sufra esa vergüenza.
Iniciamos un PROCESO CONCILIATORIO EXTRAJUDICIAL POR OBLIGACIÓN DE HACER: en mérito a la deuda originada por las ‘adquisiciones irregulares de repuestos del camión’ trabajaría sin goce de haber 6 meses la ruta Arequipa – Puno, lejos de sus amiguitos y francachelas a fin de cancelar el monto de ‘lo adeudado’.
El cambio le vino bien a Javicho, allá conoció una laboriosa puneña que lo puso en vereda, don Jovito recuperó en trabajo la pérdida económica de los robos, y Luchín con su mujer se sintieron tranquilos de ver en su hijo un muchacho maduro y responsable: ¡ESTO ES APLICACIÓN DE LA TEORÍA DEL CONFLICTO: COLORÍN COLORADO LA CONCILIACIÓN A GANADO!!!!!!!!!!!
Afectuosamente,
ROCÍO LÓPEZ LUNA

GRACIAS POR CREER EN UN CAÑETE SIN VIOLENCIA A:EDICIONES PJK, A LA ESCUELA MASCULINA DE KUNG FU «TSOM TSOM» que ahora funciona en NATURWASI. NATURWASI es nuestro Centro de Recreación Natural en Ihuanco: casa blanca redonda que está en la carretera Ihuanco-Roldán al lado de Pasamayito (Informes en Av. Benavides 610 SV)
PD.- ESTA SEMANA TENDREMOS: HISTORIA «CHOLO SOY Y NO ME COMPADEZCAS»… no te las pierdas ;)

LUZ DEL SUR S.A.A



Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en el servicio eléctrico.

LUGAR: CP Herbay Alto – Distrito de San Vicente.

ZONAS AFECTADAS: La Pampilla, C.P. San Pedro, C.P. Cuiva, C.P. Pampa Castilla, Puente Clarita, Pío Pampa Azul, Sector Clarita, Pampa Azul, Anexo Clarita, Herbay Bajo, Vista Alegre, Fdo. Molle, La Arena Baja, La Arena Alta, El Olivar, Herbay Alto, CP Santo Domingo, CP San Judas Tadeo, C.P. El Zaire, C.P. Establo, San Juan Alto, San Juan Bajo, C.P. Espíritu Sto. de Palo, La Isla Baja y La Isla Alta, pertenecientes al distrito de San Vicente de la Provincia de Cañete del Departamento de Lima
ALIMENTADOR: CÑ-03
CIRCUITOS: CEPS 3010
DIA: Martes , 19 de Enero de 2016.
HORA DE INICIO: 15:24 hrs. Martes , 19 de Enero de 2016.
HORA FINAL: 19:08 hrs. Martes, 19 de Enero de 2016.

La interrupción del servicio eléctrico fue ocasionada por daños en la Red de MT ocasionados por terceros, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos desconectando el circuito afectado.

Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, LUZ DEL SUR S.A.A. procedió a la Normalización del circuito afectado.

LUZ DEL SUR S.A.A. agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.

EDICTOS

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRESIDENCIA

«Año de la Consolidación del Mar de Grau»

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 043-2016-P-CSJCÑ-PJ

San Vicente de Cañete, 13 de Enero del 2016.

VISTOS:
El Decreto Ley N° 25476, de fecha cinco de mayo de mil novecientos noventa y dos, que establece la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias.
La Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 18 de Marzo del 2011, que aprueba el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias; y,

CONSIDERANDO:
Mediante Decreto Ley de VISTOS, se estableció la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias destinadas a tratar aspectos relacionados con la reorganización del Poder Judicial y la Administración de Justicia; estableciéndose en el artículo 3° que «Los Presidentes de las Salas Penales son responsables del estricto cumplimiento del presente Decreto Ley».

Dispositivo legal que en el artículo 2°, tiene establecido que los Presidentes de Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por la ley, así como garantizar el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad.

Asimismo, en el artículo 5° del citado Decreto Ley, se dispuso que la Corte Suprema de Justicia de la República dictará las normas complementarias que sean necesarias para su mejor cumplimiento.

En tal sentido, la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante la Resolución Administrativa de VISTOS, aprobó el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias estableciendo las normas y el procedimiento de tales Audiencias previstas en el artículo 367° del Código de Procedimientos Penales, conforme a la modificación dispuesta por el Decreto Ley N° 25476.

Conforme al artículo 5° del citado Reglamento, corresponde al Presidente de cada Corte Superior de Justicia la aprobación de un calendario trimestral de realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias por parte de las Salas Penales y Mixtas que vienen liquidando los procesos penales iniciados bajo la vigencia del Código de Procedimientos Penales, por lo que en cumplimiento a las disposiciones normativas, corresponde aprobar para el presente año judicial el calendario trimestral mencionado por parte de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de este Distrito Judicial, precisándose además: 1)que el procedimiento especial de las Audiencias Públicas Extraordinarias regulado por dicho Reglamento, únicamente es aplicable para los procesos penales ordinario, con encausados en cárcel y libres; así como a los procesos penales sumarios con encausados en cárcel, y 2) que los objetivos de las Audiencias Públicas Extraordinarias son: 2.1) controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de instrucción y juzgamiento de los procesos penales señalados en el ítem 1); 2.2) ordenar la libertad inmediata así como la libertad bajo vigilancia de los encausados cuya carcelería ha vencido, y 2.3) dictar las medidas correctivas y disciplinarias a los responsables de los atrasos en el cumplimiento de los plazos procesales establecidos por ley.

Cabe precisar, que la realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias quedarán sujetas a la vigencia como órgano jurisdiccional de la Sala Penal de Apelaciones, que en adición es Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cañete.

El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa y representa al Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo y como tal tiene facultades para adoptar las medidas administrativas que considere convenientes para estimular el mejor desarrollo de las labores jurisdiccionales y administrativas e identificación con este Poder del Estado.

Por tales fundamentos con las facultades conferidas por los numerales 1) y 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR para el presente año judicial 2016, el CALENDARIO TRIMESTRAL de realización de las AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS que deben llevar a cabo la Sala Penal de Apelaciones, que en adición es Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cañete, que a continuación se detalla:

DEPENDENCIA: Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora Transitoria.
I TRIMESTRE (Enero - Marzo): 23 de Marzo del 2016
II TRIMESTRE (Abril - Junio): 23 de Junio del 2016
III TRIMESTRE (Julio - Setiembre): 21 de Setiembre del 2016
IV TRIMESTRE (Octubre - Diciembre): 20 de Diciembre del 2016

Artículo Segundo.- DISPONER que las Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora Transitoria, cumpla con realizar las Audiencias Públicas Extraordinarias de acuerdo al cronograma trimestral aprobado en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- DISPONER que en el plazo de dos días de realizada cada Audiencia Pública Extraordinaria, el Presidente de la Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora Transitoria deberá remitir el expediente generado a la Presidencia de esta Corte Superior, bajo responsabilidad disciplinaria en caso de incumplimiento.

Artículo Cuarto.- PUBLIQUESE la presente Resolución Administrativa en el Diario Judicial «Al Día Con Matices», así como en el portal web de esta Corte Superior de Justicia.

REMITIR la presente Resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la Oficina de Control de la Magistratura, del Presidente de la Sala Penal de Apelaciones, en adición Sala Penal Liquidadora Transitoria de esta Corte Superior, de la Oficina de Administración Distrital, y de la Oficina de Imagen Institucional, para los fines consiguientes.

Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese

Elmer Soel Rebaza Parco
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO PENALES y FAMILIA (03 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE CAÑETE; Juez Dra. Amparo Fernández. Especialista: Carmen Huamán:
EXP. N° 00668-2015-12: En lo seguido contra JORGE LUIS VASQUEZ REYES por el delito de Lesiones Leves, se dispone NOTIFICAR a JORGE LUIS VASQUEZ REYES, con resolución N° 06, que cita para audiencia de Sobreseimiento para el día TRES DE FEBRERO del año en curso a horas nueve de la mañana; en la sala de audiencias G de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cañete. Cañete, 06 de Enero de 2016.

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LUNAHUANA - CAÑETE; Juez Dr. Luis Chávez. Especialista: Laura Rodríguez:
EXP. N° 0042-2015-0: Notifica a las imputada FLOR DE MARIA ESPILCO AGUILAR con la resolución numero uno de fecha 31 de agosto de 2015, en la cual se le concede tres días a efecto de que nombre abogado defensor y señale domicilio procesal, bajo apercibimiento de nombrarle un defensor público. Investigación seguida en su contra por el presunto delito contra la seguridad pública – Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad representada por el Ministerio Publico. Juzgado de Investigación Preparatoria de Lunahuana ubicado en Jr. Grau N° 625 Distrito de Lunahuana – Cañete. Lunahuana, 12 de enero de 2016.

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAÑETE; Juez Dr. Armando Huertas. Especialista: Rafael Ochoa:
EXP. N° 001026-2015-48: Ha ordenado la publicación mediante edicto la resolución N° 01, Cañete 15.01.2016; SE FIJA: Fecha para la audiencia de Juicio Oral para el día 11.03.2016 a horas 10:00 am, a llevarse a cabo en la Sal de Audiencias «B» de los Juzgados Penales Unipersonales de la Corte Superior de Justicia de Cañete, COMUNICANDO Y EMPLAZANDO al acusado FELIX DAVID LOZANO JOYA, para que concurra a dicha audiencia, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado REO CONTUMAZ o AUSENTE y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. En el Juicio Oral que se sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Publica – Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de la sociedad.

EL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Juez Dr. Ángel Polanco. Secretario: Henrry Dantas:
EXP. N° 01414-2015: Resolución Numero Uno.- Cañete. diez de noviembre de dos mil quince; AUTOS Y VISTO: SE RESUELVE: A.- PROMOVER investigación tutelar a favor del menor MATHIAS LUCIANO ZEVALLOS INGA, interpuesta por el representante del Ministerio Publico, Resolución Numero TRES.- Cañete, doce de enero de dos mil dieciséis; DADO CUENTA: CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS para el día DIECISIETE DE DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA, en la cual se recibirá la declaración de SAMUEL BERNARDO ZEVALLOS SLEE, conforme a los dispuesto en los artículos 165° y 167° del Código Procesal Civil.- Cañete, 12 de Enero de 2016.
19, 20 y 21 de Enero

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, EUGENIO DOMINGO QUEZADA ENCARNACION, con DNI 07140837, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitora MARIA NIEVES ENCARNACION POLICIO, fallecida el 20 de Noviembre de 1987, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 16 de Enero de 2016.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

1° JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE CAÑETE
Expediente N° 925-2013, el Señor Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE de fecha 22-10-2015, SE NOTIFIQUE POR EDICTO al codemandado JUAN FRANCISCO WONG REYES, UN EXTRACTO DE LA DEMANDA, QUE MEDIANTE RESOLUCIÓN NÚMERO DOS DE FECHA 06-12-2013, DONDE SE ADMITE a trámite la demanda sobre DIVISIÓN Y PARTICIÓN, de los bienes que conforman la masa hereditaria de la Sucesión de VICTOR ABRAHAM WONG MENDOZA entre los herederos inscritos en la Partida 90085522 del Registro de Sucesión Intestada, bienes que son: 1.- Inmueble Urbano ubicado en la calle Bellavista N° 150 del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, 2.- Inmueble Urbano ubicado en la calle Bellavista N° 156 del distrito de San Vicente, provincia de Cañete y 3.- Predio Rústico denominado Puquio Castilla, ubicado en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete. En la demanda interpuesta por la demandante JUANA HEDY WONG CHAVEZ contra JUAN FRANCISCO WONG REYES Y OTROS, debiendo de tramitarse en la VÍA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO, CORRIÉNDOSE TRASLADO de la demanda a los demandados por el plazo de TREINTA DÍAS. Siendo que conforme a lo ordenado mediante Resolución N° 17 de fecha 22-10-2015 en lo que respecta al codemandado JUAN FRANCISCO WONG REYES de conformidad a lo previsto en el Art. 435° del Código Procesal Civil se le emplaza por el PLAZO DE NOVENTA DÍAS de notificado por EDICTOS cumpla con apersonarse al proceso y contestar la demanda, bajo apercibimiento de designársele Curador Procesal en caso de incumplimiento. Suspendiéndose la tramitación del presente proceso hasta que se establezca correctamente la Relación Jurídica Procesal.
PUBLÍQUESE en el Diario Oficial El Peruano y en Diario Al Día Con Matices de esta localidad, un extracto de la demanda. Dr. Manuel Rigoberto Vargas Sánchez Juez; Fdo. Ethel Paulina Peña Baez Secretaria Judicial.
Cañete, 22 de Octubre de 2015.
Ethel Paulina Peña Baez
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 21, 27 de Enero y 02 de Febrero

REMATE PÚBLICO JUDICIAL
Expediente 49-2014, en los seguidos por Scotiabank Perú S.A.A. con Ferretería Lalo S.A.C., Juan Audante Vicente y Juana Amelia Cárdenas Borjas, sobre Ejecución de Garantías, por orden del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, que despacha la Dra. Victoria Lucila Arca Ríos, Especialista Legal Ana María Chong Correa, la Martillera Pública Diana E. Osnayo Pazos rematará el día 28 de Enero del 2016;
1.- A horas 3:00 p.m.: Tercera Convocatoria del Inmueble, ubicado en Centro Poblado Imperial, Mz. A, Lote 30, distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento de Lima, inscrito con Código de Predio P17035485 del Registro de Propiedad de Inmueble de Cañete, área 447.30 m2., Tasación: US$ 689,994.00 (seiscientos ochenta y nueve mil novecientos noventa y cuatro con 00/100 dólares americanos), Base de Remate: US$ 332,347.11 (trescientos treinta y dos mil trescientos cuarenta y siete con 11/100 dólares americanos), equivalente a dos terceras partes de la tasación menos dos veces 15% por tratarse de tercera convocatoria. Gravámenes: (i) Hipoteca constituida a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por US$ 345, 921.00 dólares americanos, Escritura Pública del 13/09/2010, Notaría Ítala Andrea Garrafa Peña, asiento 00004; (ii) Modificación de hipoteca del asiento 4, se amplía hasta por US$ 497,580.00 dólares americanos, Escritura Pública del 31/10/2011, Notaría Ítala A. Garrafa Peña, asiento 00005; (iii) Medida Cautelar de Anotación de Demanda: Res. 2 del 04/05/2015, Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, en los seguidos por Scotiabank Perú S.A.A. contra Ferretería Lalo S.A.A., Juan Joseph Audante Vicente y Juana Emilia Cárdenas Borjas, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00049-2014-99-0801-JR-CI-01, fecha de inscripción 17/06/2015, asiento 00007.
2.- A horas 3:30 p.m.: Segunda Convocatoria del Inmueble ubicado en Centro Poblado Imperial, Mz. D, Lote 15, distrito de Imperial, provincia Cañete, departamento de Lima, inscrito con Código de Predio P17035749 del Registro de Propiedad de Inmueble de Cañete, área: 172.50 m2., Tasación: US$ 300,269.36 (trescientos mil doscientos sesenta y nueve con 36/100 dólares americanos), Base de Remate: US$ 170,152.64 (ciento setenta mil ciento cincuenta y dos con 64/100 dólares americanos), equivalente a dos terceras partes de la tasación menos 15% por tratarse de segunda convocatoria. Gravámenes: (i) Hipoteca constituida a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por US$ 260,864.80 dólares americanos, Escritura Pública del 29/01/2011 y aclaratoria del 14/02/2011, Notaría Ítala A. Garrafa Peña, asiento 00004; (ii) Medida Cautelar de Embargo hasta por S/. 70,000.00 nuevos soles, Res. 01 del 26/11/2013, Juzgado Especializado Civil de Cañete, en los seguidos por Jorge Alberto Ramos Hernández con Juan Joseph Audante Vicente, sobre Medida Cautelar, Expediente 1042-2013, asiento 00006; (iii) Medida Cautelar de Anotación de Demanda: Res. 2 del 04/05/2015, Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, en los seguidos por Scotiabank Perú S.A.A. contra Ferretería Lalo S.A.A. Juan Joseph Audante Vicente y Juana Emilia Cárdenas Borjas, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00049-2014-99-0801-JR-CI-01, fecha de inscripción 17/06/2015, asiento 00007.
3.- A horas 4:00 p.m.: Segunda Convocatoria del Inmueble ubicado en Asentamiento Humano «Josefina Ramos Vda. de Gonzáles Prada», Mz. H2, Lote 17, distrito Imperial, provincia Cañete, departamento de Lima, inscrito con Código de Predio P17004289 del Registro de Propiedad de Inmueble de Cañete, área: 110.00 m2., Tasación: US$ 167,504.00 (ciento sesenta y siete mil quinientos cuatro con 00/100 dólares americanos), Base de Remate: US$ 94,918.93 (noventa y cuatro mil novecientos dieciocho con 93/100 dólares americanos), equivalente a dos terceras partes de la tasación menos 15% por tratarse de segunda convocatoria. Gravámenes: (i) Hipoteca constituida a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por US$ 171, 757.72 dólares americanos, Escritura Pública del 27/10/2011, Notaría Ítala A. Garrafa Peña, asiento 00007; (ii) Medida Cautelar de Anotación de Demanda: Res. 2 del 04/05/2015, Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, en los seguidos por Scotiabank Perú S.A. A., contra Ferretería Lalo S.A.A. , Juan Joseph Audante Vicente y Juana Emilia Cárdenas Borjas, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 00049-2014-99-0801-JR-CI-01, fecha de inscripción 17/06/2015, asiento 00009.
LUGAR DE LOS REMATES: Local del Primer Juzgado Civil de Cañete, sito en Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima. POSTORES: Oblarán 10% de tasación en efectivo o cheque de Gerencia a su nombre (endosable), y presentarán Arancel Judicial con Expediente N° 49-2014, documento de identidad y Juzgado. Adjudicatario cancela honorarios de la Martillera. Informes teléfono 996707093.
Ana María Chong Correa
Secretaria Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Diana E. Osnayo Pazos
Martillero Público Reg. 180
Publicar: 21, 22 y 23 de Enero

NOTARÍA GARRAFA
RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, doña TREYSSI ESTEFANI ROJAS SIMON, con DNI N° 70769865 y CARLOS ALFREDO MONTES ARIAS con DNI N° 46615076, solicitan el RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO, respecto de la unión libre, voluntaria y sin impedimento matrimonial que mantiene desde el diez de Julio del dos mil doce, hasta la actualidad. Lo que se publica a efecto de que los que tengan que formular alguna oposición se apersonen dentro del plazo de 15 días.
Cañete, 18 de Enero de 2016.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AGROINDUSTRIAS SAN ISIDRO S.A.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
RUC 20129029308
El Directorio de Agroindustrias San Isidro S.A. de conformidad con el Art. 13° de los Estatutos de la Sociedad y el Art. 113 de la Ley General de Sociedades, cita en Primera Convocatoria a la Junta General Extraordinaria de Accionistas para el 25 de Enero del 2016 a horas 02:00 p.m., sito en el Auditorio de nuestras Oficinas C.P. San Isidro – Imperial – Cañete, a efectos de tratar la siguiente agenda
AGENDA:
1.- Propuesta de Financiamiento para traslado de Establo.
En caso que en la Primera Convocatoria no se contara con el quórum reglamentario, se cita en Segunda Convocatoria para el día 01 de Febrero del 2016, a horas 02:00 p.m. en el mismo lugar de la Primera Convocatoria.
Cañete, San Isidro, 20 de Enero de 2016
El Directorio

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Sub Gerente de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Imperial, en mérito al Expediente N° 052-2016-SGRCYC-MDI, presentado por la Sra. BLANCA INES CENTENO INCA, en donde solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN, inscrita en el folio N° 5000424273 del registro en línea del año 2015; cuya titularidad obedece a MARINA IBARRA DE CAPCHA, rectificación en la parte (principal) donde se ha consignado erróneamente el apellido materno de la titular dice: MARINA IBARRA DE CAPCHA, debe decir: MARINA IBARRA ACUÑA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 01598-PCM, artículo 71° al 75°, Directiva DI-263-GRC/017 Rectificación Administrativa por Error y Omisión No Atribuible al Registrador aprobado por Resolución Jefatural N° 406-2010-JNAC/RENIEC.
Imperial, 20 de Enero de 2016.
Cecilia Y. Loayza Lozano
Sub Gerente Registro Civil

EDICTO
Ante mí se ha presentado EMILIA ALFONSO DE ALVARADO, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo ADOLFO ALVARADO RIVADENEYRA, fallecido el día 03 de Junio del año 2006, a fin de que se declare como heredera universal a la solicitante. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662.
Cañete, 18 de Enero de 2016.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, GILBERTO BENJAMIN SANCHEZ SANCHEZ con DNI N° 06700427, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su cónyuge BERTHA SANCHEZ MARTINEZ DE SANCHEZ, fallecida el 31 de Octubre del 2015, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete – Lima. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 13 de Enero de 2016.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, JUANA MARTHA ORTEGA SANCHEZ, con DNI 07405309, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor FELIPE RODOLFO ORTEGA CUADROS, fallecido el 08 de Enero de 1966, teniendo como último domicilio el distrito de Pacarán – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 16 de Enero de 2016.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete

NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Ítala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, VIVIAN INES SANCHEZ ORMEÑO, con DNI 15410320, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor ESTEBAN BENJAMIN SANCHEZ CANDELA, fallecido el 17 de Agosto de 1999, teniendo como último domicilio el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 15 de Enero de 2016.
Ítala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete