02 octubre 2007

Y... Se Hizo Justicia...
DESPUES DE DIEZ AÑOS, CERRO ALEGRE RECUPERA SUS TIERRAS...
Jueza del 39º Juzgado De Lima Da Por Consentida Sentencia Emitida A Su Favor...

Luego de diez años de ardua lucha por recuperar sus tierras, la Cooperativa Agraria de Usuarios Cerro Alegre logró recuperar sus tierras gracias a una cerrada defensa de quienes en virtud a argumentos válidamente legales, se esforzaron sin tregua para lograr una victoria que hoy saluda el pueblo cerroalegrino y toda la provincia de Cañete.
En efecto y como se recuerda todo ocurrió hace más de una década cuando de manera dolosa y fraudulenta en mérito a una letra de cambio inexigible e ineficaz, se remató el suelo sobre el cual está fijado el ahora Cerro Poblado Cerro Alegre, incluyendo el parque público, colegios, Iglesia, bajo una denominación de terrenos rústicos y eriazos.
Esta innoble acción habría sido realizada por don Fidel Zamudio Santana quien abusando de confianza sustrajo letras de cambio firmadas en blanco llenándolas y fraguando obligaciones con la empresa demandante, las mismas que posteriormente cedió a don Manuel Marcelo Garay Espinoza a quien se le "habría adjudicado" el inmueble rematado (la CAU Cerro Alegre).
Ante esta jugarreta, los dirigentes de la cooperativa comenzaron a armar una estrategia que les permitiría demostrar que todo aquello que se había realizado, eran maniobras dañosas con fines ilícitos, pues ya tanto Fidel Zamudio como Manuel Garay estaban tratando de tomar propiedad de aquello que no les pertenecía.
Pero, ¿Qué adujeron ambos personajes que quisieron adueñarse de estas tierras?... Bien. Ellos insistieron en que la CAU CERRO ALEGRE les debía pagar la suma de cuarenta y cuatro mil setecientos sesenta y siete dólares americanos, que era el importe de una "Letra de Cambio" la misma que ya estaba aparentemente debidamente protestada, haciendo extensiva su demanda al pago de los intereses y de las costas y costos del proceso… ello se puede apreciar en la resolución de fecha veinticinco de agosto de mil novecientos noventitrés, por la cual se aduce que la cooperativa no había formulado una demanda en contra (contradicción) dentro del plazo establecido en el proceso, lo que debería de ser totalmente válido, tal como lo expresa el artículo 700º del Código Procesal Civil.
Sin embargo, es menester indicar que la demandada si presentó una apelación sobre la materia, la misma que fue desestimada por extemporánea, valiéndose de esto, los demandantes quienes coludidos con autoridades judiciales corruptas se valieron de una supuesta carta notarial del Notario Manuel Noya de la Piedra, el mismo que nunca protestó ninguna letra de cambio ni tampoco remitió ningún documento de fecha 17 o 23 de julio de 1993, que aparentemente habría sido suscrita por Jaime Enrique Otoya Rossel o Pablo Vicente Yactayo, tal como se desprende de las investigaciones realizadas y gracias a la propia intervención del Notario, de manera que la citada letra nunca tuvo un protesto válido, y todo lo que aparecía en el dorso de este título valor adolece de falsedad conforme al informe que glosa la sentencia.
La lucha legal continuó, Cerro Alegre no cruzó los brazos. Siguió adelante. Trabajó incansablemente en busca de la justicia. Había gente que no creía. Aquellos incrédulos que siempre prefirieron estar tras bambalinas, poniendo zancadillas y no obstante ello, se fue silenciosa pero efectivamente insistiendo en el proceso por una causa justa, noble, leal a los intereses de quienes sabían que la verdad estaba de su lado. Es así como se va logrando clarificar las cosas.
Llega el 27 de diciembre del 2001, el Juez Titular del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Lima, declara fundada la demanda de Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta y en consecuencia nula la sentencia dictada por el Sexto Juzgado Civil de Lima que el 18 de febrero de 1,994 le había otorgado "la razón" a Fidel Zamudio y Manuel Garay.
El tiempo y la razón son los mejores jueces. La justicia –dicen muchos- tarda pero llega. De manera que hoy ya se tiene la Resolución Nº 116 emitida con fecha 21 de junio del presente años en que se falla: Declarando IMPROCEDENTE la demanda ejecutiva planteada por Fidel Zamudio Santana contra CAU CERRO ALGERE LIMITADA ordenando que se levante toda medida en contra del ejecutado en el cuaderno cautelar con costas y costos. Pero, eso no queda allí, el 15 de Agosto del presente año, se emite otra Resolución la Nº 117º emitida por la Titular del 39º Juzgado de Lima Natividad Chaupis Huaranga, por la cual se declara CONSENTIDA la Sentencia de fecha 21 de junio.
En estos momentos, la Cooperativa Agraria de Usuarios Cerro Alegre ya remitió un pedido al Trigésimo Noveno Juzgado de Lima a fin de que se oficie a la Oficina de Registros Públicos de la Propiedad Inmueble de Cañete a fin de que se deje sin efectos la inscripción de la Propiedad a favor de Manuel Marcelo Garay Espinoza por haber sido declarado nulo todo lo actuado incluido la adjudicación dictada a su favor producto del remate judicial efectuado a fojas 342, en razón de haberse declarado nulo todo lo actuado en el presente proceso hasta las fojas ochenta y siete y reponiendo la causa al estado en que se encontraba antes del inicio del proceso, lo que en buen romance significa que DESPUES DE DIEZ AÑOS de lucha, LAS TIERRAS CERROALEGRINAS vuelven a ser de esta gente trabajadora, luchadora y por fin se hace JUSTICIA para esta gente que durante todo este tiempo ha venido padeciendo, sufriendo el acoso de quienes en abuso del derecho trataron de apropiarse de sus tierras y que hoy, gracias a la Justicia divina, encontraron en razón de la ley y la legalidad, la probidad de jueces honestos que verificando la verdad de los hechos a pocos días de la celebración del 3 de Octubre de 1,968 en que llegó Juan Velasco Alvarado al Gobierno para entregarle las tierras a quienes eran sus legítimos dueños, llegue la luz al final del Túnel. CERRO ALEGRE TIENE YA UN NUEVO AMANECER.

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