01 febrero 2013

PRECISIONES DE VACACIONES JUDICIALES EN CORTE CAÑETANA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Presidencia

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 096 -2013-P-CSJCÑ-PJ

Cañete, 29 de enero del 2013

VISTOS:
Resolución Administrativa Nº 091-2013-P-CSJCÑ-PJ, de fecha 21 de enero del 2013, que establece los órganos jurisdiccionales de emergencia de esta Corte Superior que laborarán durante las vacaciones del presente año judicial y que se harán efectivas del 01 de febrero al 02 de marzo del 2013.
Informes aclaratorios de vacaciones N° 055-2013-OP-OA-CSJCÑ-PJ y N° 058-2013-OP-OA-CSJCÑ-PJ de fechas 25 y 28 de enero del 2013, emitido por el Área de Personal de esta Corte Superior de Justicia.

CONSIDERANDO:
El Presidente de la Corte Superior, es la máxima autoridad de la Sede Judicial a su cargo y dirige la política interna del Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables.

Por Resolución de vistos se establece los órganos jurisdiccionales de emergencia que laborarán durante las vacaciones del presente año judicial y que se harán efectivas del 01 de febrero al 02 de marzo del 2013, habiéndose señalado, en el artículo primero numeral 13) de la citada resolución que, el «Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete, en adición a sus funciones se hará cargo del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete y del Juzgado de Paz Letrado de Mala, desde el 01 de febrero del 2013 hasta el 02 de marzo del 2013» para seguidamente señalar a la Doctora Daysi Mariluz Guzmán Sánchez, como Juez (S) del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete.

Del tenor de lo antes señalado puede advertirse que, existe un error en la consignación del nombre de la citada Magistrada con relación al órgano jurisdiccional donde realmente desempeña sus funciones, ya que la Doctora Daysi Mariluz Guzmán Sánchez, se encuentra a la fecha ejerciendo funciones como Juez (S) del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete conforme a la Resolución Administrativa N° 011-2013-P-CSJCÑ-PJ de fecha 03 de enero del 2013.

Que, en el artículo sexto de la misma resolución que establece los órganos jurisdiccionales que funcionaran de emergencia en las vacaciones del 2013, se ha señalado «DISPONER que durante el periodo vacacional el único Juzgado Penal Colegiado de Cañete esté conformado por los Doctores, Pedro Miguel CHACALIAZA HERNANDEZ Juez del Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador de Mala y el Doctor Jorge Eduardo GARCIA APAZA, Juez del Segundo Juzgado Mixto de Cañete, que en adición a sus funciones es Juzgado Liquidador de Cañete», omitiéndose señalar al otro miembro que conformará el Juzgado Penal Colegiado de Cañete, es decir, al Doctor Armando Pablo Huertas Mogollón, Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cañete, ello de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5) del primer artículo de la citada resolución.

Asimismo, debe precisarse que por cumplir record vacacional para goce de vacaciones, debe considerarse en el Cuadro de Magistrados que salen de vacaciones del 01 de febrero al 02 de marzo del 2013, a los Doctores Elmer Soel Rebaza Parco, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Cañete y José de la Cruz Vargas, Juez del Juzgado de Paz Letrado de Imperial, así como corregirse el nombre del órgano jurisdiccional en el que desempeña funciones el Doctor Raúl Nemesio Cuentas Lagos, esto es en el Juzgado de Paz Letrado de Mala.

Por otro lado, se tiene los informes de vistos, con los que el Área de Personal aclara el record vacacional de algunos magistrados y servidores judiciales, como es el caso del Doctor Miguel Eduardo Moran, Juez (S) del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete y la Doctora Daysi Guzmán Sánchez, Juez (S) del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete, quienes sí cumplen el record laboral exigido para gozar de vacaciones en las actuaciones que tuvieron en su desempeño como secretarios de juzgado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, más no así lo cumplen, en el cargo que ostentan a la fecha, Jueces Supernumerarios, esto es bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, lo que implica que para ambos casos, no corresponda otorgárseles vacaciones en el mes de febrero del presente año.

Que, la circunstancia antes descrita obliga a tener que, disponer que los dos Juzgados de Paz Letrados de Cañete, funcionen como órganos de emergencia, por lo que, siendo ello así a fin de equiparar la carga procesal que manejarán ambos juzgados, corresponde determinar que el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete en adición a sus funciones se haga cargo del Juzgado de Paz Letrado de Mala y el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete, en adición a sus funciones se haga cargo del Juzgado de Paz Letrado de Imperial, implicando esta decisión que, el Juzgado de Paz Letrado de Yauyos que en adición a sus funciones es Juzgado de Investigación Preparatoria, se haga cargo en adición a sus funciones del Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná.

Con respecto a la servidora judicial Mabell Ysabel Castillo Ferreyra, adscrita a la Sala Penal Liquidadora, la Oficina de Personal se ha precisado que, si bien se desempeñó como Juez Supernumeraria bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 en los años 2011 y 2012, sin hacer uso de sus vacaciones, la referida servidora ha solicitado a la Gerencia de Personal del Poder Judicial, el pago de sus respectivos beneficios sociales, quedándole, sólo once días pendientes por goce de vacaciones correspondientes a su actuación como secretaria judicial, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728

Finalmente el Área de Personal ha informado que habido omisión al momento de consignarse los nombres de algunos servidores judiciales en los listados que formaban parte anexa de la resolución que establece las vacaciones del presente año judicial, tal es el caso de: Eucebio Raúl Negrón Cubillas Rosaura Espino Rojas, Jorge Henry Cáceda Polo, Luisa Alcedo Vargas y Cinthya del Carmen Paucar Bazán, quienes sí cumplen con el record laboral exigido por ley para hacer uso de sus vacaciones, empero por razones de necesidad de servicio y a propuesta de su jefe inmediato, la última de las servidoras mencionadas laborará en el órgano de emergencia que corresponda, al igual que los servidores Rosaura Espino Rojas y Felix Alberto Carbajal Salvatierra, similar caso ocurre con la servidora judicial Marlene Natividad Vargas Correa, quien deberá laborar durante las vacaciones del mes de febrero, por razones de necesidad de servicio y a pedido de su Jefe Inmediato, y por último debe precisarse que, el personal administrativo que se quedará laborando en Mesa de Partes C.D.G de San Vicente será la servidora Luz María Bromley Zender y que quien saldrá de vacaciones es el servidor Roy Charles Bustinza, debiendo considerarse a todo el personal antes citado, en los cuadros aclaratorios respectivos

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:
Artículo Primero: PRECISAR que la Doctora DAYSI MARILUZ GUZMAN SANCHEZ es Juez (S) del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete.

Artículo Segundo: PRECISAR que el único Juzgado Penal Colegiado de Cañete quedará conformado con los siguientes doctores:
· Dr. Armando Pablo Huertas Mogollón, Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cañete.
· Dr. Pedro Miguel Chacaliaza Hernández, Juez (S) del Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador de Mala.
· Dr. Jorge Eduardo García Apaza, Juez del Segundo Juzgado Mixto de Cañete que en adición a sus funciones es Juzgado Penal Liquidador

Artículo Tercero: ESTABLECER que durante las VACACIONES DEL AÑO JUDICIAL 2013, que se harán efectivas del 01 de febrero del 2013 al 02 de marzo del 2013, funcionarán como ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE EMERGENCIA EN LA CORTE DE CAÑETE con relación a los Juzgados de Paz Letrado de San Vicente de Cañete.
PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAÑETE, que en adición a sus funciones se hará cargo del Juzgado de Paz Letrado de Mala desde el 01 de febrero del 2013 hasta el 02 de marzo del 2013.
· Miguel Eduardo MORAN RUIZ
Juez (S) del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cañete.
SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAÑETE, que en adición a sus funciones se hará cargo del Juzgado de Paz Letrado de Imperial, desde el 01 de febrero del 2013 hasta el 02 de marzo del 2013.
· Daysi Mariluz GUZMAN SANCHEZ
Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cañete.
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE YAUYOS QUE EN ADICION A SUS FUNCIONES ES JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA se hará cargo del Juzgado de Paz Letrado de Lunahuaná que en adición a sus funciones es Juzgado de Investigación Preparatoria.
· Julio Cesar PARVINA MELGAR
Juez del Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Yauyos

Artículo Cuarto: DISPONER que los Doctores Elmer Soel Rebaza Parco, y José de la Cruz Vargas hagan uso de su periodo vacacional del 01 de febrero al 02 de marzo del 2013, así como el personal jurisdiccional y administrativo siguiente: Eucebio Raúl Negrón Cubillas, Jorge Henry Cáceda Polo, Luisa Alcedo Vargas, Roy Charles Bustinza Nolazco, Félix Alberto Carbajal Salvatierra, y en el caso de los servidores judiciales Mabell Ysabel Castillo Ferreyra (del 01 al 11 de febrero del 2013) y Rosaura Espino Rojas (del 16 a 02 de marzo del 2013), debiendo asimismo, precisarse en el Cuadro respectivo que el órgano donde desempeña funciones el Doctor Raúl Nemesio Cuentas Lagos es el Juzgado de Paz Letrado de Mala.

Artículo Quinto: DISPONER que el Responsable de la Oficina de Administración Distrital se encargue de cursar los memorandos correspondientes para la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución así como los anexos que forman parte de la misma

Artículo Sexto: REMITIR la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de los magistrados mencionados en la presente resolución, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, quien deberá disponer su difusión en el Diario Oficial Matices, respecto de los órganos de emergencia que funcionarán durante el periodo vacacional, del Administrador del Módulo del Nuevo Código Procesal Penal, de la Oficina de Personal, de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, y de la Oficina de Imagen Institucional para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Manuel Roberto Paredes Dávila
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete

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