Escribe; Elarquim
Han transcurrido varios días desde que se denunciara una serie de irregularidades que se habrían cometido al interior de la Municipalidad Distrital de Quilmaná que representa el burgomaestre Celestino Yactayo Villalobos, en el sistema computarizado del área de rentas y en sección caja en donde se encontraría comprometidos los trabajadores Deysi Pérez y Leandro Cesar Luna, entre otros, lo que habría generado un perjuicio económico ascendente a la suma de S/. 377,947.77.
Todo ello debido a la existencia de un dinero faltante detectado luego de un cruce de información entre los ingresos diarios captados que expide la encargada de caja y lo reportado por el sistema computarizado.
Voceros de la comuna quilmaneña señalaron que esta situación se encontraba en investigación, desconociendo olímpicamente que al respecto ya existe un informe legal contundente que determina responsabilidades y recomienda el inicio de un proceso administrativo contra los involucrados además de la respectiva denuncia penal correspondiente de las irregularidades cometidas en el año 2012.
Para mayor ilustración, detallamos mayores hechos que desde ya tienen ribetes de escándalo y pese a la dimensión de lo posiblemente sustraído en perjuicio del dinero que le pertenece a la comuna de Quilmaná, hasta hoy no se conoce respuesta oficial al respecto, mucho menos se programa la conferencia de prensa anunciada hace muchos días.
MÁS PERLAS...
El recibo N° 012724 fué anulado por haberse girado mal; sin embargo fue ingresado en el reporte diario del 09.01.12, como pago de Impuesto Predial del año 2011 del Sr. DIEGO MAMANI MANSILLA, por la cantidad de S/. 241.60, y descontado en el sistema de rentas, la pregunta es ¿Qué recibo le dieron al contribuyente?, Si en los archivos este recibo está anulado.
El recibo 014034 de fecha 15.02.12 fue girado por expedición de partida por la cantidad de S/. 10.00 a nombre de GINO PEÑA DE LA CRUZ, en el reporte diario figura como anulado y sin embargo fue atendido en Registro Civil, es decir no fue anulado.
El recibo 14899 de fecha 27.02.12, girado en EXCEL, por la cantidad de S/. 36.00, a nombre de RAMOS HUAPAYA, por Limpieza Pública, fue anulado según el reporte diario; sin embargo el recibo no fue anulado.
El recibo N° 014886, de fecha 27.02.12, girado a nombre de SANCHEZ NAVARRO EMILIO, por Impuesto Predial 2011, por la cantidad de S/. 29.12 fue anulado; sin embargo en el reporte diario figura a nombre de Arias García Agustín, por la cantidad de S/.12.00; el recibo N° 014887, girado a nombre del mismo señor Sánchez, por Impuesto Predial 2012, por la cantidad de S/. 56.09 figura anulado en el reporte diario, pero no en el recibo; asimismo el Recibo 014888, fue girado en EXCEL, a nombre del mismo señor, por Impuesto Predial 2011 fue el único registrado en el reporte diario. En el sistema fueron descontados como pagados los 3 recibos.
El recibo N° 015264 a nombre de QUISPE TICONA SABA, girado con fecha 28.02.2012, por Impuesto Predial 2012, por la cantidad de S/. 33.92, fue anulado; sin embargo en el sistema fue rebajado.
El recibo N° 015040 de fecha 28.02.12, girado a nombre de QUISPE ZAMUDIO NESTOR, por la cantidad de S/. 42.00, fue anulado y después en EXCEL han girado el recibo N° 015041, por la cantidad de S/. 19.50, en el sistema fue descontado los S/. 42.00.
El recibo N° 015368, girado con fecha 29.02.12, a nombre de NAVARRO ARIAS CARLOS, por la cantidad de S/. 36.40 por Impuesto Predial 2006, fue anulado, en el reporte diario figura 00, y sin embargo fue rebajado en el sistema como cancelado.
El recibo N° 016171, de fecha 13.03.12, girado a nombre de ESPINOZA YACTAYO MANUEL, por Impuesto Predial 2011, por la cantidad de S/. 60.68, está anulado y sin embargo en el sistema está descontado como pagado.
El recibo N° 016153, de fecha 13.03.12, girado a nombre de ROSAS CAMPOS JULIA, por Impuesto Predial 2012, por la cantidad de S/. 33.92, fue anulado, solo el recibo N° 16154 por Impuesto predial 2011, fue registrado en el reporte diario; sin embargo ambos años fueron descontados del sistema como cancelados.
El recibo 016544, de fecha 22.03.12, girado a nombre de DESMOTADORA LA VICTORIA, por la cantidad de S/. 1,257.16, por Impuesto Predial de 2012, fue anulado y emitido un nuevo recibo en EXCEL, N° 016547, por la cantidad de S/. 323.29, el cual registra en el Reporte diario; sin embargo en el sistema fue rebajado todo el año por la cantidad de S/. 1,257.16, como cancelado.
El recibo N° 016545, del mismo día, girado por la cantidad de S/.783.52, a nombre de ROTONDO DONOLA ANTONIO, por Impuesto Predial 2012, fue anulado y emitido un nuevo recibo EXCEL, por la cantidad de S/. 204.88, lo que figura como ingreso en el reporte diario; sin embargo en el sistema rebajaron el pago en su totalidad S/. 783.52 como cancelado.
El recibo N° 016875, de fecha 29.03.12, girado a nombre de WALTER AYLLON MUNAYCO, por Impuesto Predial 2012, por la cantidad de S/. 33.92, fue anulado y sin embargo en el sistema fue rebajado como pagado.
El recibo de fecha 12.04.12, girado a nombre de SUCESION INTESTADA ALCALA CISNEROS, por Impuesto Predial 2011, por la cantidad de S/. 38.36, fue anulada, solo fue registrado en el reporte diario el recibo N° 017326 por el impuesto predial 2012; sin embargo en el sistema fueron rebajados los dos años como cancelados.
El recibo Nº 019035, de fecha 21.05.12, girado a nombre de QUISPE CANDELA LUIS, por Impuesto Predial 2011, por la cantidad de S/.84.52 y el recibo Nº 019036 por Impuesto Predial 2012, girado a nombre del mismo señor por la cantidad de S/. 91.52, fueron anulados en el reporte diario y sin embargo fueron rebajados del sistema como cancelados.
El mismo día fueron girados los recibos Nº 019037, por Impuesto Predial 2011, por la cantidad de S/. 35.12 y el recibo Nº 019038 por Impuesto Predial 2012, por la cantidad de S/. 36.84 a nombre de CANDELA ACUÑA ANTONIA FORTUNATA, ambos recibos fueron anulados en el reporte diario, pero en el sistema fueron rebajados como cancelados.
El mismo día fueron girados los recibos Nº 019039, a nombre de CANDELA ACUÑA FLORENCIA, por Impuesto Predial 2012, por la cantidad de S/. 52.28 y el recibo Nº 019040 a nombre de CANDELA ACUÑA FELICITA, por Impuesto Predial 2012, por la cantidad de S/. 34.20; ambos recibos fueron anulados en el reporte diario y rebajados en el sistema como si estuvieran cancelados.
El recibo N° 019348, de fecha 28.05.12, girado a nombre de HUAMAN VICENTE HUBER, por Impuesto Predial 2012, por la cantidad de S/. 33.92, fue anulado en el reporte diario: sin embargo fue rebajado del sistema computarizado como cancelado.
Con fecha 12.06.12 giraron los recibos 019974, por la cantidad de S/.10.00 por Limpieza Pública a nombre de MATOS MATOS CARMEN LUISA y el recibo Nº 019975 por la cantidad de S/. 5.00, el primero esta anulado en el reporte diario y en el sistema está registrado como cancelado.
Con fecha 14.06.12 se giró el recibo Nº 020018, por la cantidad de S/.10.00, por Limpieza Pública y el recibo Nº 020019 a nombre de CASTRO RAMOS FAUSTO; el recibo N° 020018 fue anulado y sin embargo ambos están registrados en el sistema como cancelados.
En la misma fecha con recibo 020051 giraron a nombre de SANCHEZ QUISPE CESAR, la cantidad de S/.10.00, por Limpieza Pública, fue anulado en el reporte y rebajado en el sistema como cancelado.
AQUI NO HAY ERRORES EN EL SISTEMA
Errores de sistema podría ser algunos errores mínimos, pero en los documentos analizados se demuestra que los errores no son de sistema, sino humanos, se puede verificar que se han anulado recibos cancelados por una cantidad mayor, para generar otros de menor cantidad; que se han anulado recibos cancelados para beneficiarse, porque no se reportaron como ingreso; sin embargo fueron rebajados del sistema como cancelados; es por eso que el sistema registra más ingresos, que lo reportado por la Unidad de Tesorería.
El giro de recibos, recepción de dinero y emisión del reporte diario, durante el período de tiempo de los hechos, era responsabilidad exclusiva de la UNIDAD DE TESORERIA, mediante la encargada de caja, Srta. Deysi Pérez.
El Sr. Leandro Cesar Luna, encargado del Sistema Computarizado de Rentas, monitoreaba los pagos efectuados respecto al cobro de Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública y Serenazgo, era el único responsable de la base de datos, toda modificación efectuada recae sobre su persona porque no está autorizado para dar la clave de la fuente ni de los maestros a otras personas… Continuará...
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