16 abril 2013

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA

MUNICIPALIDAD DISTRITRAL DE MALA

ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2013-MDM

Mala, 22 de Marzo del 2013

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 22 de Marzo del 2013, en el salón de actos de esta Municipalidad, sobre Aprobación de los Estados Financieros-Presupuestarios de la Municipalidad Distrital de Mala correspondiente al año Fiscal 2012, Informe Nº 049-SGC-GAF-MDM-2013 de la Sub Gerencia de Contabilidad de la Municipalidad Distrital de Mala;

CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Mala goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Titulo preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, donde se determina la autonomía que concede la Constitución Política del Estado Peruano, que establece para las Municipalidades la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administración; con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º inciso 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en la que establece que es atribución del Alcalde de someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el Balance General y la Memoria del ejercicio fenecido;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 54º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en la que establece que al fenecido ejercicio presupuestal, bajo responsabilidad del Gerente Municipal, o quien hago sus veces, formulará el Balance General de Ingresos y Egresos y presentará la Memoria Anual, documentos que deben de ser aprobados por el Concejo Municipal, dentro de los plazos establecidos por el Sistema Nacional de Contabilidad.

Que, el plazo de presentación de la información presupuestaria, financiera y complementaria para la cuenta general de la república, es determinada por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, en cumplimiento al numeral 28.2 del artículo 28º de la ley Nº 28708 Ley General del Sistema de Contabilidad, sin exceder el 31 de Marzo del año siguiente de culminado al ejercicio fiscal materia de la rendición de cuentas.

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9º Inciso 17 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, determina que es atribución del Concejo Municipal de aprobar el Balance y la Memoria;
Que, con la dispensa de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal por mayoría con un voto de abstención;

ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar los Estados Financieros-Presupuestarios de la Municipalidad Distrital de Mala correspondiente al ejercicio del año 2012, de conformidad con el Informe Nº 049-SGC-GAF-MDM-2013 y anexos de la Sub Gerencia de Contabilidad, que forma parte integrante del presente Acuerdo.

ARTÍCULO SEGUNDO: Disponer la notificación del presente acuerdo a las Instituciones del Estado llamados por Ley.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.

Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde

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