24 julio 2018

EDICTOS DEL 24 DE JULIO

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
En los seguidos por demandante FINANCIERA CONFIANZA SAA., contra los demandados ROGER ALEXANDER BENDEZU MARTICORENA y JUNI ALEYDA BASURTO DAVILA, bajo Expediente 00042-2016-0-0801-JR-CI-01 a cargo del Sr. Juez del Primer Juzgado Civil de Cañete Dr. Luis Edgar Mallma Vargas y Especialista Judicial Nancy Jane León Orellana, se ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble denominado como Predio Urbano ubicado en el Asentamiento Humano Proyecto Integral La Libertad, ubicado en la Mz. A, Lote 25, sector 1, Las Acacias, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida N° P17014748 de la Zona Registral N° IX, sede Lima – Oficina Registral de Cañete.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 21,581.80 (veintiun mil quinientos ochenta y uno con 80/100 dólares americanos).
BASE DE REMATE: US$ 14,387.86 (catorce mil trescientos ochenta y siete con 86/100 dólares americanos), que son equivalentes a las 2/3 partes de la tasación.
AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVÁMENES:
1. INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA.- Corre inscrito bajo el asiento 00006 a favor del BANCO DE MATERIALES SAC., hasta por la suma de S/ 42,900.00 soles, otorgada por sus propietarios que consta en la Escritura Pública del 22/02/11 extendida por Notario Público de Cañete Hubert Camacho Gálvez. El título fue presentado el 28/02/11 bajo el número 2011-00001640.
2. INSCRIPCIÓN DE EMBARGO.- Corre inscrito bajo el asiento 00007, por resolución judicial N° 2 del 04/04/16, se concede la medida cautelar en forma de inscripción a favor de FINANCIERA CONFIANZA SAA., hasta por la suma de S/ 47,000.00 soles. Así consta en el Oficio N° 0042-2016-95 CSJ/JECC del 27/04/16. El título fue presentado el 04/05/16 bajo el número 2016-00591927.
3. INSCRIPCIÓN DE EMBARGO.- Corre inscrito bajo el asiento 00008, por resolución judicial N° 1 del 17/11/15, se ordena trabar la medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor del Banco Financiero del Perú hasta por la suma de S/ 42,000.00 soles. Así consta en el Oficio N° 458-2016-JCCH SB/Exp. 670-2016-47-1468-JP-CI-02 del 11/05/16. El título fue presentado el 13/07/16 bajo el número 2016-01138663.
FECHA Y HORA DE REMATE: Jueves 09 de Agosto del 2018 a las 10:00 a.m.
LUGAR DE REMATE: Local del Primer Juzgado Civil, sede central, ubicado en Av. Mariscal Benavides 657, distrito de San Vicente, en la provincia de Cañete, departamento de Lima.
POSTORES: Oblarán una cantidad no menor del 10% de la tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello NO NEGOCIABLE y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número de Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18° del D.S. 008-2005-JUS. Asimismo el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Lima, 15 de Junio de 2018.
Katia Patricia Majluf Delaude
Abogado Martillero
Reg. 310
Nancy J. León Orellana
Secretario Judicial
1° Juzgado Especializado en lo Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: Del 23 al 30 de Julio de 2018.

REMATE JUDICIAL EN
PRIMERA CONVOCATORIA
En el Expediente N° 172-2016 en los seguidos por FINANCIERA QAPAQ S.A. contra WILIAM ALVA ROCHA y SUSSAM KARLA MEDINA GUERRA sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA, el Primer Juzgado Civil de Cañete – sede central, a cargo del Juez Edgar Luis Mallma Vargas, Especialista Legal Nancy Jane León Orellana, ha facultado al Martillero Público Gianni Gasttone Chávez Enciso con Registro N° 293 para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien:
INMUEBLE: ubicado en Pasaje J N° 164, Urbanización Los Viñedos de Chincha, Primera Etapa, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha, departamento de Ica, que corre inscrito en la Partida N° 11010484, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, sede Ica.
VALOR DE TASACIÓN: US$ 22,109.40 dólares americanos.
BASE DE REMATE: US$ 14,739.60 dólares americanos.
AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Hasta por la cantidad de US$ 22,109.40 dólares americanos a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO PROMOTORA DE FINANZAS S.A. PROFINANZAS S.A., inscrita en el asiento 4-D de la Partida N° 11010484 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX, sede Ica.
DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 31 de Julio del 2018 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana)
LUGAR DE REMATE: En el local del Primer Juzgado Civil de Cañete – sede central, ubicado en la Av. Mariscal Benavides N° 657, San Vicente, provincia de Cañete, Lima.
LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, además se deberá adjuntar DNI en original y copia y tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI, copia y original firmados. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Artículo 18° del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelarán culminado el Acto de Remate. Gianni Gasttone Chávez Enciso, Martillero Público con Registro N° 293; Especialista Nancy Jane León Orellana, Primer Juzgado Civil de Cañete – sede central
Gianni Gasttone Chávez Enciso
Martillero Público
Registro N° 293
Publicar: Del 17 al 24 de Julio de 2018.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. 006180-2018
La Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 006180-2018 de doña ALEJANDRINA RODRIGUEZ ROJAS, identificada con DNI N° 15350905 solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 119, folio 95, del año 1956, en el sentido que se ha consignado en el cuerpo principal con error en los nombres y apellidos del padre y de la madre del titular como JUAN RODRIGUEZ y ROSA ROJAS, debiendo ser lo correcto JUAN RODRIGUEZ VICENTE y MARIA ROSA ROJAS ARIAS y sin observar la omisión de la firma y huella del Registrador de la época.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032 parte pertinente a la «Rectificación Administrativa de Actas por supuesto Error No Atribuible al Registrador de la época», aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Abog. Marilyn J. Pacsi Muñoz
Enc. Sub Gerencia de Registro Civil

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. 6179-2018
La Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 6179-2018 de don LUIS RODRIGUEZ VILCAS, identificado con DNI N° 07078540, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 113, folio 142, del año 1954, en el sentido que se ha consignado con error en el cuerpo principal y en el rubro de anotaciones el apellido paterno del titular como RODRIGUES con S, debiendo ser su nombre y apellidos correctos como LUIS RODRIGUEZ VILCAS; asimismo se ha registrado con error los nombres y apellidos del padre del titular como JUAN RODRIGUEZ debiendo ser lo correcto JUAN RODRIGUEZ VICENTE y con omisión de la firma y sello del Registrador Civil de la época resultando proceder su regularización.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032 parte pertinente a la «Rectificación Administrativa de Actas por supuesto Error No Atribuible al Registrador de la época», aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Cañete, 21 de Junio de 2018.
Abog. Marilyn J. Pacsi Muñoz
Enc. Sub Gerencia de Registro Civil

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. 6630-2018
La Sub Gerencia de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 6630-2018 de don MARCOS ANTONIO ARIAS CABALLERO, identificado con DNI N° 09378703, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 172, folio 122, del año 1968, en el sentido que se ha consignado con error/omisión en el cuerpo principal los nombres y apellidos del padre del titular como APOLINARIO FRAILAN ARIAS OCHOA, debiendo ser lo correcto APOLINARIO FROILAN ARIAS OCHOA y ordena regularizar la firma y sello del Registrador Civil de la época.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032 parte pertinente a la «Rectificación Administrativa de Actas por supuesto Error No Atribuible al Registrador de la época», aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Cañete, 14 de Julio de 2018.
Abog. Marilyn J. Pacsi Muñoz
Enc. Sub Gerencia de Registro Civil

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251-CC
Se hace saber que don ANDY CESAR FLORES SANCHEZ, de 43 años, natural de San Vicente – Cañete, de ocupación Administrador, con DNI N° 15359476, domiciliado en Jr. Francisco Reynoso N° 260 – Urb. Casuarinas – San Vicente y doña BERTHA VICTORIA KAWAKAMI GRIMALDO, de 43 años de edad, natural de Jesús María – Lima, con DNI N° 15359475, de ocupación ama de casa, domiciliada en Jr. Alfonso Ugarte 394 – San Vicente; van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 09 de Agosto de 2018.
Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a Ley.
San Vicente de Cañete, 23 de Julio de 2018
Lizbet Cuzcano Sánchez
Registradora Civil

NOTARÍA NORIEGA ALTAMIRANO
EDICTO
Ante mí se ha presentado EMILIA APOLONIA YACTAYO AYLLON, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo IGNACIO CUBILLAS SANCHEZ, fallecido el día 25 de Diciembre del 2013 a fin de que se declare como heredera universal a la solicitante. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la Ley 26662.
Cañete, 30 de Abril de 2018.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado Notario
Km. 37.5 Carretera Cañete – Lunahuaná
Anexo Jita s/n

EDICTO
Exp. N° 000112-2017, por ante el Juzgado de Paz Letrado de Imperial, que despacha el Sr. Juez Dr. Luis Benjamín Vásquez Alza y Secretario Judicial Papías Abilo Sánchez Sáenz, doña LLANOS DIAZ ALEJANDRINA MILAGROS, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre ALEJANDRO LLANOS SANCHEZ, fallecido el 02 de Setiembre del año 2017, en el distrito de Imperial. Llamándose a los presuntos herederos, si los hubiera para que se apersonen conforme a Ley.
Imperial, 23 de Julio de 2017.
Papías Sánchez Sáenz
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Imperial
Corte Superior de Justicia de Cañete

EDICTO
Por ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete, Expediente N° 164-2016, en el cual se ha dictado la siguiente Resolución número diez se transcribe: FALLO: DECLARANDO FUNDADA en parte la demanda de cambio de nombre interpuesta por SANTUNA QUISURUCO JAYO; en consecuencia, ORDENO que en la Partida de Nacimiento N° 27, de fecha 11 de Octubre de 1981, inscrita ante los Registros Civiles del Centro Poblado Chuymay, distrito de Totos, provincia de Cangallo del departamento de Ayacucho, se proceda al cambio del prenombre de la demandante registrado como SANTUNA por el de SANDRA, figurando en lo sucesivo como SANDRA QUISURUCO JAYO; DISPONGO: la publicación de un extracto de la presente sentencia en el diario de mayor circulación de esta provincia así como en el diario oficial El Peruano, conforme a lo previsto en el Artículo 167 y 168 del Código Procesal Civil, consentida sea la presente y previo pago del arancel por la expedición de partes judiciales, OFÍCIESE a los Registros Civiles del Centro Poblado Chuymay, distrito de Totos, provincia de Cangallo del departamento de Ayacucho para que dé cumplimiento a lo resuelto, una vez cumplida con la publicación y declarada consentida la presente sentencia. Una firma Dr. Edgar Mallma Vargas – Juez. Una firma Cristina Medina Brigada – Secretaria Judicial
Cañete, 25 de Junio de 2018.
Dra. Cristina Del Rosario Medina Brigada
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Especializado Civil
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 24, 25 y 26 de Julio de 2018.

EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de Cañete, que despacha el Sr. Enrique Medina Alegría, Especialista Mónica Anays Farfán Tuanama, en los seguidos por Erika Mariela Borjas Saenz, Proceso NO CONTENCIOSO sobre SUCESIÓN INTESTADA, Exp. N° 0127-2018-0-0801-JP-CI-01 mediante RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, de fecha 13 de Julio del 2018, se ha ordenado publicar extracto de la solicitud incoada en los extremos que: a) solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera mi señor padre EDILBERTO BORJAS ROBLES, fallecido en el distrito de San Vicente, provincia Cañete, el 07 de octubre del 2016. Lo que se publica conforme a Ley.
San Vicente – Cañete, 19 de Julio de 2018.
Mónica Anays Farfán Tuanama
Secretaria Judicial
Juzgado de paz letrado Mixto Permanente de San Vicente
Corte Superior de Justicia de Cañete

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Exp. 5995-2018
La Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. N° 5995-2018 de doña ROSA AMELIA RODRIGUEZ ROJAS, identificada con DNI N° 15353431, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 157, folio 51, del año 1964, en el sentido que se ha consignado con error en el cuerpo principal los nombres y apellidos del padre y de la madre de la titular como JUAN RODRIGUEZ y ROSA ROJAS, debiendo ser lo correcto JUAN RODRIGUEZ VICENTE y MARIA ROSA ROJAS ARIAS; asimismo se ha omitido el registro de la firma y sello del Registrador Civil de la época resultando proceder su regularización.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil N° 26497, D.S. 015-98-CMP, Arts. 71 al 75 y la Directiva DI-415-GRC/032 parte pertinente a la «Rectificación Administrativa de Actas por supuesto Error No Atribuible al Registrador de la época», aprobado por Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC y TUO de la Ley 27444.
Cañete, 16 de Junio de 2018.
Abog. Marilyn J. Pacsi Muñoz
Enc. Sub Gerencia de Registro Civil

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