24 diciembre 2013

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE

ORDENANZA MUNICIPAL N° 025-2013-MDQ

Quilmaná, 12 de Diciembre del 2013.

El Concejo Municipal Distrital de Quilmaná,

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo N° 023, y de conformidad al Informe N° 039201-2013-G.B.F.CH/GSP-MDQ de fecha 12 de Diciembre del 2013, emitido por el Gerente de Servicios Públicos en el cual se presenta y solicita la aprobación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el distrito de Quilmaná;

CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los numerales 3.1) y 3.2) del artículo 80° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer del servicio de limpieza pública, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales;

Que, mediante Ley N° 27314, se aprobó la Ley General de Residuos Sólidos y su modificatoria mediante el Decreto Legislativo N° 1065, el mismo que en su artículo 10° preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos, en todo ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos;

Que, estando a lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley General de Residuos Sólidos N° 27314, se tiene que la gestión de residuos sólidos en el país tiene como finalidad su manejo integral y sostenible mediante la articulación, integración y compatibilización de las políticas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los residuos sólidos, concordantes con los lineamientos de política de desarrollo local;

Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante D.S. N° 057-2004-PCM, en el Artículo 8°, inciso 2) establece que tanto las Municipalidades Provinciales como Distritales son responsables de la gestión y el manejo de los residuos de origen domiciliario comercial y de aquellos similares a estos originados por otras actividades, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos;

Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) para el distrito de Quilmaná, ha sido elaborado por esta Municipalidad y el Equipo Técnico de la Gerencia de Servicios Públicos, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital desde la generación hasta su disposición final asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades;

Que, mediante Informe N° 03901-2013-G.B.F.CH/GSP-MDQ, de fecha 12 de Diciembre del 2013, la Gerencia de Servicios Públicos, presenta el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Quilmaná, el cual sustenta el cumplimiento de metas establecidas en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Modernización Municipal;

Que, la Municipalidad y su equipo técnico ambiental, han elaborado el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Quilmaná, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades;

De conformidad con lo establecido en el Artículo 9° inciso 8), Artículo 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE QUILMANÁ

ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el “Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Quilmaná” (PMRSQ), que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO SEGUNDO.- Dejar sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.

ARTICULO TERCERO.- Facultar al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Quilmaná, para el mejor cumplimiento del mismo.

ARTICULO CUARTO.- Encargar a la Gerencia de Servicios Públicos y Sub Gerencia de Medio Ambiente, la implementación y ejecución del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Quilmaná, en coordinación con las demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad.

ARTICULO QUINTO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Celestino Yactayo Villalobos

Alcalde

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