18 febrero 2013

LA CONTRATACIÓN DE DIRECTORES Y EL REGLAMENTO «INFELIZ» DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN...

Por Vladimir Alexander Rojas Hinostroza

Deseo expresar mi gratitud con los diferentes maestros, que a nivel nacional y por diferentes medios, difundieron nuestro artículo sobre el «negocio jurídico» con el magisterio, con especial énfasis en las acciones de amparo contra la Ley 29944.
Al menos en este bendito valle, la tarifa por la plantilla de la demanda se redujo a treinta nuevos soles; aunque esperamos que el costo llegue al valor de hoja fotocopiada. Mientras tanto, a la Corte de Huancavelica, se suma la de Ica, quién a través de su Juzgado Civil viene declarando improcedente dichos pedidos.
Y cómo algunos aún continúan disfrutando de un «festín indebido» con el dinero de docentes preocupados (inclusive ya hablan de interponer apelaciones); se olvidan de analizar directivas para contratación de directores, como la emitida por la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias.
Tal reglamento adolece de una serie de incongruencias que ha motivado una seria preocupación e indignación de muchos directores de nuestra localidad.
Uno de los principales y tristes errores de la directiva, suscrita por Dolorier Urbano, se centra en la manera cómo han conformado a la comisión evaluadora.
Justamente, mientras la Ley 29944 señala que la debe integrar el director de la UGEL, dos directores de colegios públicos, el jefe de planificación, y del área de gestión educativa; el documento visado por la DREL indica que sólo la integre un funcionario de gestión institucional, de gestión pedagógica, y del encargado de personal. ¡Qué tal infracción a la Ley!
Desafortunadamente, la citada directiva tiene una pésima redacción y criterios de evaluación, otorgando el 70% de la calificación a un examen escrito, mientras la ley señala que debe considerarse en todo momento, y con especial interés, el desempeño profesional. ¿Qué vale más: buenos gestores, o buenos memoristas?
De otro lado, la directiva advierte que los postulantes a directores deben acreditar 2 ciclos de estudios de maestría. No dice, que cuenten con el grado académico, ni en qué año hicieron los famosos ciclos.
Por ejemplo: Si un docente hizo sus estudios inconclusos hace 10 años, califica de inmediato. ¿Acaso, los cursos de especialización no cuentan en el magisterio?, pareciera que la directiva está arreglada para «algunos».
Otro de los errores garrafales (y que nos lleva a pensar que tal directiva es una mera copia de otro gobierno regional) se encuentra referido a la entrega de documentos.
Precisamente, en la directiva se establece que los docentes participantes deben presentar COPIA SIMPLE de su DNI, de su Título, de sus certificados, de sus resoluciones de reconocimiento, entre otros. Piden copia simple para todo; pero en la parte final se indica que los documentos se entregan en FORMA FEDATEADA. Total: ¿copia simple o fedateada?
Lo preocupante de todo, y que debe llamar la atención del presidente regional, Javier Alvarado, es que tal directiva ha sido visada por los funcionarios con mayor peso en la Dirección Regional de Educación. ¿O están haciendo su trabajo, o están haciéndose de la vista gorda con los errores?
Mi solidaridad con los docentes mortificados por esta Directiva firmada por Ricardo Dolorier Urbano. Esperamos se corrija de inmediato.

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