02 febrero 2013

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 032 -2013-AL-MPC

Cañete, 31 de Enero del 2013.

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:

VISTO:
El Acuerdo de Concejo N° 005-2013-MPC de fecha 28 de Enero del 2013, por el cual se aprueba la celebración de la Audiencia Pública Anual al II Semestre del año 2012; y

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 112° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que las municipalidades promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo presupuesto y gestión;

Que, mediante Ordenanza N° 027-2006-MPC de fecha 25 de setiembre de 2006 se aprobó el Reglamento para el Desarrollo de Audiencias Públicas en la provincia de Cañete;

Que, el Art. 8º de la Ordenanza N° 027-2006-MPC de fecha 25 de setiembre de 2006, que aprueba el Reglamento para el Desarrollo de Audiencias Públicas en la provincia de Cañete, se establece que se realizaran como mínimo dos (02) audiencias al año una en la capital de la provincia de Cañete y la ultima en la jurisdicción que determine el Concejo Municipal, señalando el lugar, la fecha y la hora.

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 16° de la norma antes citada la Mesa Directiva estará conformada por el alcalde y tres (03) regidores designados en Sesión de Concejo, así como con cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la Ordenanza N° 027-2006-MPC.

Que, el alcalde es el representante legal de la municipalidad provincial y máxima autoridad administrativa conforme lo establece el artículo 6° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 20° numeral 6) de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y de la Oficina de Asesoría Jurídica.

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convocar a la Audiencia Publica Ordinaria Anual al II Semestre del año 2012, a llevarse a cabo el día 15 de Marzo del 2012, a horas 4:00 pm, en la Plaza de Armas del Distrito de Quilmaná, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 8° de la Ordenanza N° 027-2006-MPC, en la que se dará cuenta los puntos señalados en el artículo anterior.

ARTÍCULO 2°.- La inscripción de participantes para poder hacer uso de la palabra realizara a partir de la fecha de publicación del presente dispositivo, en la Oficina de la Sub Gerencia de Participación Vecinal, ubicado en las Galerías Municipal del Jr. San Agustín; y el mismo día de la audiencia en el modulo asignado, hasta minutos antes del inicio de la audiencia.

ARTICULO 3°.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General, accionara lo conveniente en coordinación con la Oficina de Relaciones Públicas e Informática para su publicación y difusión.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

María M. Montoya Conde
Alcaldesa
Municipalidad Provincial de Cañete

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