24 abril 2013

JUEZ DETERMINA RESPONSABILIDAD DE EXALCALDE DE SAN LUIS PAULINO ANTEZANA EN EJECUCIÓN DE 11 OBRAS INCONCLUSAS DURANTE SU GESTIÓN

Una de las más cuestionadas gestiones ediles que ha tenido el distrito de San Luís, sin duda alguna fue la del exalcalde Paulino Antezana Urbina, la misma que estuvo llena de una serie de denuncias y cuestionamientos por el supuesto mal manejo de los recursos municipales.
Este proceso iniciado por la actual burgomaestre Delia Solórzano Carrión, surgió como consecuencia del malestar de la propia población que fue testigo de los devaneos realizados en su labor edil de la ex autoridad, decisión que fue respaldada por la propia comunidad en audiencia pública realizada al inicio de la actual gestión.
Luego del municipio de San Luís, Antezana Urbina traslado su centro de operaciones laborales al distrito de Chilca en donde ejerció por buen tiempo la gerencia general, dentro de una nebulosa de críticas también contra la gestión del alcalde de dicho lugar Alfredo Chauca Navarro.
Como se recuerda, se imputa a Paulino Arturo Antezana Urbina, Christian Daniel Soto Borjas y Lorenzo Lozano Guerra, alcalde, gerente general y jefe de obras respectivamente de la Municipalidad Distrital de San Luís durante el período 2007-2010, haber cometido el delito contra la Administración Pública-Peculado, por haber participado en su condición de funcionarios públicos en la ejecución de las obras públicas, procesos en los cuales se advirtieron irregularidades y vulneración de los procedimientos administrativos, que son requisitos exigidos por las normas vigentes como: No obrar información del corte de obra, tampoco contrato  de residente de obra, ni inspector o supervisor de obras, sin cuaderno de obra, sin control de ingreso de materiales, expedientes técnicos sin aprobación del titular del pliego, sin control de calidad.
También se indica que algunas obras programadas estuvieron inconclusas, conforme las inspecciones realizadas in situ, sin embargo, estas habrían sido canceladas en su totalidad, cuestio-nándose además que existen diferencias en el monto del gasto efectuado en las obras con el reporte contable, lo que evidenciaría una sobre valoración de las mismas, lo que evidenciaría la existencia de un dinero a favor de la Municipalidad Distrital de San Luís, de la cual se habrían apropiado los funcionarios denunciados.
Se imputa al exalcalde Antezana Urbina de tener responsabilidad funcional por inobservancia en la ejecución de  11 obras públicas:
1.- Construcción  del Parque Ecoló-gico Laura Caller.
2.- Construcción del Centro del Adulto Mayor.
3.- Construcción del Comedor del C.P. Santa Bárbara.
4.- Construcción del Comedor del C.P. Santa Bárbara II Etapa
5.- Construcción del Local Comunal en el Sector Santa Rosa del A. H. Los Ángeles.
6.-  Construcción de Tribunas del estadio del C.P. La Quebrada.
7.-  Construcción del Comedor del A.H. Vía Jesús Salvador.
8.- Construcción del Cerco perimétrico III Etapa y Servicios Higiénicos del estadio Municipal de San Luís.
9.-  Construcción de la Ampliación del Centro de Salud del C.P. La Quebrada.
10.- Construcción de la Alameda Turística del C.P. La Quebrada.
11.-  Construcción del Comedor Flora Benavente.

CUESTIONADA FISCAL ELIZABETH VADILLO LEAÑO PRETENDIÓ SALVAR DE RESPONSABILIDAD A EXALCALDE SANLUISINO
La representante del Ministerio Público, habría pretendido salvar de responsabilidad del exalcalde Paulino Antezana, solicitando el sobreseimien-to respectivo, sosteniendo que no habría tenido participación directa en los hechos, toda vez que sus funciones fueron asumidas por el Gerente General Cristhian Daniel Soto Borjas, ya que este funcionario estaba facultado para representar al alcalde en la parte administrativa por ser un cargo de confianza; ya que cada obra pública contaba con Resoluciones Gerenciales y el Jefe de Obras Lozano Guerra remitía el expediente técnico a su despacho, solicitando la aprobación del expediente, conjuntamente con la aprobación del presupuesto asignado y luego de verificarse se devolvía.
Para la fiscal, no había cuestionamiento en la existencia de las irregularidades en la construcción de las once obras, sino que en el caso del alcalde no existía relación funcional entre funcionario (alcalde) y el objeto material del delito, sino que ello se habría dado entre el Gerente General y el Jefe de Obras, contra quienes tendría que formularse la acusación.

MUNICIPIO DE SAN LUÍS LE ENMIENDA LA PLANA A LA FISCAL
La Municipalidad Distrital de San Luís formuló oposición a la solicitud de sobreseimiento del cargo imputado al ex alcalde Antezana Urbina, señalando que la conducta culposa no estaba referida a que la apropiación haya sido cometida por el propio funcionario, sino por terceras personas ya que la exautoridad pretendía eludir su responsabilidad como titular del pliego al haber otorgado un poder al gerente municipal, a pesar  que uno de sus deberes era cautelar los intereses de los vecinos y en ningún momento los cautelo ni propuso exámenes de auditoría a las obras en cuestión, más aún cuando en las once obras se constató que no estaban terminadas, inclusive existiendo el agravante que una de ellas (Centro Médico del C.P. La Quebrada) estaba destinada a la asistencia social, lo que no fue considerado por la representante del Ministerio Público.

JUEZ DECLARA IMPROCEDENTE SOBRESEIMIENTO
Finalmente la Dra. Estela Alejandrina Solano Alejos Juez Provisional del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete, declaró IMPROCEDENTE el sobreseimiento solicitado por la Fiscal Elizabeth Vadillo Leaño a favor del exalcalde Paulino Antezana Urbina en calidad de autor por la presunta comisión del Delito Contra la Administración Pública-PECULADO CULPOSO en agravio del Estado peruano y la Municipalidad Distrital de San Luís, ordenando elevar las actuaciones en consulta al Fiscal Superior de Cañete para que ratifique o rectifique la solicitud de sobreseimiento. (Elarquim)

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