27 diciembre 2013

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN ANTONIO

ORDENANZA N° 023-2013-MDSA

San Antonio, 26 de Diciembre del 2013

POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN ANTONIO -CAÑETE

VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el informe N° 0301-2013-GMA-MDSA de la Gerencia de Medio Ambiente, que contiene el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos del distrito de San Antonio – Cañete.

CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y el articulo del título preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los numerales 3.1) y 3.2) del artículo 80° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de servicios; Asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales;

Que, mediante Ley N° 27314, se aprobó la Ley general de Residuos Sólidos y su modificatoria Decreto Legislativo N° 1065, el mismo que su artículo 10° preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos sólidos similares a estos, en todo ámbito de la jurisdicción, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos;

Que, mediante Ley N° 27314, se aprobó la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante decreto supremo D.S. 057-2004-PCM, precisa en el artículo 23° que las municipalidades distritales formulan sus planes sobre el Manejo de Residuos Sólidos, con participación de la ciudadanía, en coordinación con el Gobierno Regional, Autoridades de Salud Ambiental y demás autoridades competentes previstas en la Ley;

Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) para el distrito de San Antonio ha sido elaborado por la Municipalidad de San Antonio y el equipo Técnico de la gerencia de Medio Ambiente, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades;

Que, mediante informe N° 0301-2013-GMA-MDSA,  la Gerencia de medio Ambiente, presenta el Plan de Manejo de Residuos Sólidos  del Distrito de San Antonio- Cañete;

Que, la Municipalidad de San Antonio y su equipo técnico han elaborado el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos del distrito de San Antonio - Caeñte, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades;

De conformidad con lo establecido en el artículo 9° inciso 8) y artículos 39° y 40° de la Ley N°27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite aprobación del acta, aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO

ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de San Antonio (PMRS), que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dejar sin efecto toda normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza.

ARTÍCULO TERCERO.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Antonio, para su mejor cumplimiento.

ARTÍCULO CUARTO.- Encargar a la Gerencia del medio Ambiente la implementación y la ejecución del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de San Antonio – Cañete, en coordinación con las demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad.

ARTÍCULO QUINTO.-La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

CPC Loel Carlos Salazar Yance
Alcalde

No hay comentarios.: