En reunión de trabajo realizada el día de ayer, entre la Municipalidad Provincial de Cañete, el Consorcio Valle de Cañete y EMAPA CAÑETE S.A., se acordó que, habiéndose culminado los trabajos de empalme de la nueva red de agua potable realizados en la Av. 9 de Diciembre, el Consorcio Valle de Cañete, responsable de la obra de saneamiento en dicha avenida, con apoyo del personal obrero de EMAPA CAÑETE S.A., continuarán realizando las conexiones domiciliarias de agua potable pendientes, correspondientes a los pasajes Lúcumo y Los Paltos.
Actualmente, este trabajo se viene ejecutando progresivamente y culminará el viernes 25 de enero del 2013, según lo señalado por representantes del Consorcio Valle de Cañete.
La empresa pidió disculpas a los usuarios de dichos sectores por las molestias causadas por el corte en el servicio, sin embargo, los responsables de la obra y EMAPA CAÑETE S.A., asumen el compromiso de cumplir con los plazos señalados.
25 enero 2013
ONPE RETIRÓ PROYECTO DE LEY QUE PERMITÍA POSTULACIÓN DE NADINE HEREDIA
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) retiró el proyecto de ley que había enviado al Congreso de la República y que permitía la postulación a la presidencia de la primera dama Nadine Heredia en el 2016.
Mediante su cuenta en la red social Twitter el congresista de Solidaridad Nacional, Michael Urtecho, confirmó esta noticia. La norma 01286/2011-ONPE proponía la aprobación del código electoral, pero no contemplaba el impedimento de candidatura para la cónyuge y los parientes consanguíneos dentro del cuarto grado del mandatario.
Pese a que el titular del Congreso, Víctor Isla, había pedido acelerar el debate, y que el premier Juan Jiménez también se mostró a favor de su discusión, varias voces se opusieron a la iniciativa, incluso considerándola inconstitucional.
DON ROGER ABEL TABOADA... UD. LLEVA UNA SENTENCIA A CUESTAS Y... ¡ME LLAMA MENTIROSO?
Escribe: Jorge Brignole Santolalla
El día de ayer ha sido un día de locos. Dn Roger Taboada anunciaba en el programa de Rubén Auqui Cáceres, Democracia en Radio, que irían a la Fiscalía provincial de Cañete a fin de exigir sanciones a los fiscales corruptos y luego de ello, a decir del mismo Taboada harían una conferencia de prensa en la ciudad.
Pues bien, el sentenciado y su corte nunca apareció a la cita. Mintió, como bien sabe hacerlo este mitómano, ya que a las 8 de la mañana había estado en la Fiscalía en audiencia con el Dr. Mávila, justo al que denuncian en una carta abierta en el diario la Primera.
Taboada corrió de Cañete y corrió de una dama, Carmela Yactayo había señalado ayer en los medios de prensa que le EXIGIRÍA PÚBLICAMENTE UNA DISCULPA, pues el defensor de Polay simplemente arrugó.
No solo ello, llevó a dos colegas de prensa para que, al estilo de las entrevistas clandestinas, les saquen sus notas en un par de programas, respetables, pero mas de 20 colegas estaban en la plaza a la espera de las declaraciones de quienes vinieron.
Lo mas gracioso del caso, es que yo no soy la persona indicada para hacer una guerra, pero este colectivo anticorrupción, fachada de quienes quieren tocar el tema de la sede, y dejar de lado a Cañete y sus límites, ha venido a tildarme de asalariado y mentiroso, tan solo por que les dije a los colegas y al pueblo que no me dejaré guiar por alguien que esta recolectando firmas al grito de LADRÓN LADRÓN firmas mi planillón?
Y me atacan diciendo que el citado no tiene pasado, pues aquí en este primer capítulo se lo recodamos y a la vez transcribimos una resolución que debe ser parte de su vergüenza, ya que pese a haber pasado los años y haber regresado como docente, esta raya no mejora a la zebra. Aquí las pruebas señor Taboada y no me diga mentiroso:
«El Peruano Lima, lunes 15 de enero de 2007 NORMAS LEGALES 337647 NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’618,958.25), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios Año Fiscal 2006 de la Universidad Nacional de Educación. Artículo 2º.- DISPONER se publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión y se remita a la Contraloría General de la República copia de dicha resolución, así como de los Informes Legal y Técnico que la sustentan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MÁXIMO JUAN TUTUY ASPAUZA Rector 15277-1 Destituyen de la función pública a docente universitario, separándolo de la Universidad Nacional «José Faustino Sánchez Carrión» UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN RESOLUCIÓN DE ASAMBLEA UNIVERSITARIA N° 001-2007-AU-UH Huacho, 3 de enero de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 492-2006-OAJL-J/JMJM, de fecha 29 de diciembre de 2006 por el que la oficina de Asesoría Jurídico Legal de la Universidad hace de conocimiento al señor Rector la notificación recaída en el Expediente Penal Nº 01219-2001-0-1308-JR-P-3 del Primer Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Huaura, sobre la Resolución Judicial Nº 85 del 21 de diciembre del año próximo pasado; el informe Legal Nº 714-2006-OAJL/ J/JMJM de fecha 30 de diciembre de 2006 y al acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria de Asamblea Universitaria del 30 de diciembre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el docente Roger Abel Taboada Rodríguez, profesor Asociado a Tiempo Completo, adscrito a la facultad de Derecho y Ciencias Sociales, fue denunciado, procesado y sentenciado, por la apropiación ilícita de una filmadora de propiedad de la Universidad, que se encontraba bajo su cargo y responsabilidad en su condición de Secretario Académico Administrativo de la Facultad de Ciencias Sociales y Presidente del Directorio encargado de programar, administrar y dirigir el cincuenta por ciento del espacio concedido en la Radio y Televisión Universitaria, a favor de la Escuela de Ciencias de la Comunica-ción, a ese entonces; Que, la Sentencia recaída en su contra fue por la comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de PECULADO en agravio del Estado y de la Universidad Nacional «José Faustino Sánchez Carrión»; Que, la mencionada sentencia falla, condenando a Roger Abel Taboada Rodríguez, por el delito antes mencionado a la pena privativa de la libertad a tres años, suspendida condicionalmente bajo reglas de conducta, fijándose además de ello, la suma de S/. 600.00 (seiscientos nuevos soles), por concepto de reparación civil a favor de los agraviados; la restitución del artefacto de propiedad de la Universidad, así como la pena de INHABILITACIÓN conforme a los incisos uno y dos del Art. 36º del Código Penal, a la multa de 180 días a favor del Estado, en un porcentaje del 25% de ingreso diario que debe abonar el sentenciado en un plazo perentorio de tres días, bajo apercibimiento de conversión; Que, la Sala Penal Transitoria de fecha 2 de mayo del 2001 declaró NO HABER NULIDAD en la Sentencia emitida por la Sala Penal de la Corte Superior de Huaura; Que, mediante Resolución Nº 59 de fecha 10 de octubre del 2001 el Juzgado de origen, ordenó, atendiendo a la Sentencia de Vista, que la doctora Zoila Felipa Honorio Durand, Rectora de la Universidad agraviada, separe de la función pública al sentenciado Roger Abel Taboada Rodríguez, con arreglo al Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional; Que, la Resolución Nº 59, fue objeto de apelación por el sentenciado, siendo que con Resolución de Vista Nº 05 del 19 de diciembre del año 2001 la Sala Penal de la Corte Superior de Huaura, CONFIRMÓ la Resolución venida en grado; Que, el proceso penal en donde ha sido sentenciado Roger Abel Taboada Rodríguez, ha continuado en giro, habiéndose adecuado la causa al novísimo Código Procesal Penal para los coprocesados Marcos Núñez Saldívar y Carlos Hinostroza Otárola por el delito contra el patrimonio, en la modalidad de apropiación ilícita en agravio de la Universidad, según se acredita en la Resolución Nº 081 del 1 de septiembre del año 2006, en donde a pesar de no ser habidos los coprocesados, en el Numeral 07 se señala la prescripción de la acción penal, agregando en el numeral 08, el Juez Unipersonal que sólo se encuentra pendiente de EJECUTAR la Sentencia Condenatoria, impuesta al sentenciado Roger Abel Taboada Rodríguez, por el delito de PECULADO, por lo que, se resuelve remitir los autos al Primer Juzgado Penal Transitorio de Huaura, para la prosecución del proceso, según su estado; Que, conforme al mandato antes mencionado, el Juez del Primer Juzgado Penal Transitorio de Huaura, con fecha 21 de diciembre de 2006 ordena según Resolución Nº 85, que el sentenciado Roger Abel Taboada Rodríguez cumpla con pagar la suma de S/. 600 nuevos soles por concepto de reparación civil, al quinto día de notificado, bajo apercibimiento de ley, asimismo, encontrándose ordenado en la Resolución de Vista Nº 05 la INHABILITACIÓN del procesado, administrativamente el representante legal de la Universidad agraviada, debe disponer la DESTITUCIÓN AUTOMÁTICA DEL SENTENCIADO, en estricto cumplimiento al mandato imperativo de artículo 29º de Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Renumeraciones del Sector Público, concordante con el artículo 161º del Reglamento de la Ley, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Oficina de Control Institucional de la Universidad agraviada, según Oficio Nº 0211-2005-OCI-UNJFSC de fecha 17 de junio del 2005 hace conocer al Rectorado, las características que conllevan la Destitución y Separación de servidores en el Sector Público, Pérdida de la relación laboral con el Estado, Reingreso al Servicio Público, así como antecedentes jurisprudenciales, sobre la materia; Que, en archivo del Rectorado se ha encontrado Oficio Nº 003-SINDOF, con ingreso por Trámite Documentario el 5 de noviembre del 2001, documento suscrito por el Secretario General del Sindicato de Docentes Faustinianos y el Secretario de Defensa, Ing. Luis Peralta Aguilar, en el que solicitan apersonamiento de la agraviada, para la defensa de los intereses de ésta, en el caso de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia con respecto al Expediente Nº 4547-2000 seguido contra el sentenciado Roger Abel Taboada Rodríguez, por el delito contra el patrimonio; así también, escrito del trabajador Hugo Enrique Causso Cajaleón, en donde solicita al Presidente de la Corte Superior de Huaura, la Ejecución de Sentencia del docente en mención; Que, en para el presente caso, el D. Leg. Nº 276 en su Art. 29º precisa que cuando un servidor público, comete un delito doloso previsto en el Código Penal, que sea privativa de la libertad (efectiva o condicional) cuya condena penal se encuentra consentida y ejecutoriada, acarrea consigo la DESTITUCIÓN AUTOMATICA; Que, el Reglamento del D. Leg. Nº 276, D.S. N° 005-90PCM, en su Art. 161º ordena que el DESTITUIDO, pierde su relación laboral con su entidad, por ende con el Estado, pudiendo sólo reingresar a la función pública por concurso público, conforme lo señala el Art. 30º del D. Leg. Nº 276 y el Art. 159º del Reglamento modificado por Ley Nº 26488; Que, por lo antes glosado, se encuentra fehacientemente acreditado, que el docente Roger Abel Taboada Rodríguez, fue sentenciado por la comisión de delito doloso en agravio de su empleadora, no requiriendo proceso previo para evaluar si podría seguir prestando servicios en la agraviada, ya que el delito de PECULADO, esta relacionado directamente con las funciones que desempeñaba en la Universidad, tal como consta en el proceso penal, materia de sentencia, afectando de este modo y hasta la fecha la administración de la agraviada; Que, según lo señalado por el Tribunal Constitucional (Exp. N° 773-2001-AA/TC) aun cuando el sentenciado haya sido REHABILITADO de los derechos suspendidos o restringidos en Sede Penal, no puede enervar los efectos derivados de la sanción administrativa de
El día de ayer ha sido un día de locos. Dn Roger Taboada anunciaba en el programa de Rubén Auqui Cáceres, Democracia en Radio, que irían a la Fiscalía provincial de Cañete a fin de exigir sanciones a los fiscales corruptos y luego de ello, a decir del mismo Taboada harían una conferencia de prensa en la ciudad.
Pues bien, el sentenciado y su corte nunca apareció a la cita. Mintió, como bien sabe hacerlo este mitómano, ya que a las 8 de la mañana había estado en la Fiscalía en audiencia con el Dr. Mávila, justo al que denuncian en una carta abierta en el diario la Primera.
Taboada corrió de Cañete y corrió de una dama, Carmela Yactayo había señalado ayer en los medios de prensa que le EXIGIRÍA PÚBLICAMENTE UNA DISCULPA, pues el defensor de Polay simplemente arrugó.
No solo ello, llevó a dos colegas de prensa para que, al estilo de las entrevistas clandestinas, les saquen sus notas en un par de programas, respetables, pero mas de 20 colegas estaban en la plaza a la espera de las declaraciones de quienes vinieron.
Lo mas gracioso del caso, es que yo no soy la persona indicada para hacer una guerra, pero este colectivo anticorrupción, fachada de quienes quieren tocar el tema de la sede, y dejar de lado a Cañete y sus límites, ha venido a tildarme de asalariado y mentiroso, tan solo por que les dije a los colegas y al pueblo que no me dejaré guiar por alguien que esta recolectando firmas al grito de LADRÓN LADRÓN firmas mi planillón?
Y me atacan diciendo que el citado no tiene pasado, pues aquí en este primer capítulo se lo recodamos y a la vez transcribimos una resolución que debe ser parte de su vergüenza, ya que pese a haber pasado los años y haber regresado como docente, esta raya no mejora a la zebra. Aquí las pruebas señor Taboada y no me diga mentiroso:
«El Peruano Lima, lunes 15 de enero de 2007 NORMAS LEGALES 337647 NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’618,958.25), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios Año Fiscal 2006 de la Universidad Nacional de Educación. Artículo 2º.- DISPONER se publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión y se remita a la Contraloría General de la República copia de dicha resolución, así como de los Informes Legal y Técnico que la sustentan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MÁXIMO JUAN TUTUY ASPAUZA Rector 15277-1 Destituyen de la función pública a docente universitario, separándolo de la Universidad Nacional «José Faustino Sánchez Carrión» UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN RESOLUCIÓN DE ASAMBLEA UNIVERSITARIA N° 001-2007-AU-UH Huacho, 3 de enero de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 492-2006-OAJL-J/JMJM, de fecha 29 de diciembre de 2006 por el que la oficina de Asesoría Jurídico Legal de la Universidad hace de conocimiento al señor Rector la notificación recaída en el Expediente Penal Nº 01219-2001-0-1308-JR-P-3 del Primer Juzgado Penal Transitorio de la Corte Superior de Huaura, sobre la Resolución Judicial Nº 85 del 21 de diciembre del año próximo pasado; el informe Legal Nº 714-2006-OAJL/ J/JMJM de fecha 30 de diciembre de 2006 y al acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria de Asamblea Universitaria del 30 de diciembre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el docente Roger Abel Taboada Rodríguez, profesor Asociado a Tiempo Completo, adscrito a la facultad de Derecho y Ciencias Sociales, fue denunciado, procesado y sentenciado, por la apropiación ilícita de una filmadora de propiedad de la Universidad, que se encontraba bajo su cargo y responsabilidad en su condición de Secretario Académico Administrativo de la Facultad de Ciencias Sociales y Presidente del Directorio encargado de programar, administrar y dirigir el cincuenta por ciento del espacio concedido en la Radio y Televisión Universitaria, a favor de la Escuela de Ciencias de la Comunica-ción, a ese entonces; Que, la Sentencia recaída en su contra fue por la comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de PECULADO en agravio del Estado y de la Universidad Nacional «José Faustino Sánchez Carrión»; Que, la mencionada sentencia falla, condenando a Roger Abel Taboada Rodríguez, por el delito antes mencionado a la pena privativa de la libertad a tres años, suspendida condicionalmente bajo reglas de conducta, fijándose además de ello, la suma de S/. 600.00 (seiscientos nuevos soles), por concepto de reparación civil a favor de los agraviados; la restitución del artefacto de propiedad de la Universidad, así como la pena de INHABILITACIÓN conforme a los incisos uno y dos del Art. 36º del Código Penal, a la multa de 180 días a favor del Estado, en un porcentaje del 25% de ingreso diario que debe abonar el sentenciado en un plazo perentorio de tres días, bajo apercibimiento de conversión; Que, la Sala Penal Transitoria de fecha 2 de mayo del 2001 declaró NO HABER NULIDAD en la Sentencia emitida por la Sala Penal de la Corte Superior de Huaura; Que, mediante Resolución Nº 59 de fecha 10 de octubre del 2001 el Juzgado de origen, ordenó, atendiendo a la Sentencia de Vista, que la doctora Zoila Felipa Honorio Durand, Rectora de la Universidad agraviada, separe de la función pública al sentenciado Roger Abel Taboada Rodríguez, con arreglo al Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional; Que, la Resolución Nº 59, fue objeto de apelación por el sentenciado, siendo que con Resolución de Vista Nº 05 del 19 de diciembre del año 2001 la Sala Penal de la Corte Superior de Huaura, CONFIRMÓ la Resolución venida en grado; Que, el proceso penal en donde ha sido sentenciado Roger Abel Taboada Rodríguez, ha continuado en giro, habiéndose adecuado la causa al novísimo Código Procesal Penal para los coprocesados Marcos Núñez Saldívar y Carlos Hinostroza Otárola por el delito contra el patrimonio, en la modalidad de apropiación ilícita en agravio de la Universidad, según se acredita en la Resolución Nº 081 del 1 de septiembre del año 2006, en donde a pesar de no ser habidos los coprocesados, en el Numeral 07 se señala la prescripción de la acción penal, agregando en el numeral 08, el Juez Unipersonal que sólo se encuentra pendiente de EJECUTAR la Sentencia Condenatoria, impuesta al sentenciado Roger Abel Taboada Rodríguez, por el delito de PECULADO, por lo que, se resuelve remitir los autos al Primer Juzgado Penal Transitorio de Huaura, para la prosecución del proceso, según su estado; Que, conforme al mandato antes mencionado, el Juez del Primer Juzgado Penal Transitorio de Huaura, con fecha 21 de diciembre de 2006 ordena según Resolución Nº 85, que el sentenciado Roger Abel Taboada Rodríguez cumpla con pagar la suma de S/. 600 nuevos soles por concepto de reparación civil, al quinto día de notificado, bajo apercibimiento de ley, asimismo, encontrándose ordenado en la Resolución de Vista Nº 05 la INHABILITACIÓN del procesado, administrativamente el representante legal de la Universidad agraviada, debe disponer la DESTITUCIÓN AUTOMÁTICA DEL SENTENCIADO, en estricto cumplimiento al mandato imperativo de artículo 29º de Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Renumeraciones del Sector Público, concordante con el artículo 161º del Reglamento de la Ley, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Oficina de Control Institucional de la Universidad agraviada, según Oficio Nº 0211-2005-OCI-UNJFSC de fecha 17 de junio del 2005 hace conocer al Rectorado, las características que conllevan la Destitución y Separación de servidores en el Sector Público, Pérdida de la relación laboral con el Estado, Reingreso al Servicio Público, así como antecedentes jurisprudenciales, sobre la materia; Que, en archivo del Rectorado se ha encontrado Oficio Nº 003-SINDOF, con ingreso por Trámite Documentario el 5 de noviembre del 2001, documento suscrito por el Secretario General del Sindicato de Docentes Faustinianos y el Secretario de Defensa, Ing. Luis Peralta Aguilar, en el que solicitan apersonamiento de la agraviada, para la defensa de los intereses de ésta, en el caso de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia con respecto al Expediente Nº 4547-2000 seguido contra el sentenciado Roger Abel Taboada Rodríguez, por el delito contra el patrimonio; así también, escrito del trabajador Hugo Enrique Causso Cajaleón, en donde solicita al Presidente de la Corte Superior de Huaura, la Ejecución de Sentencia del docente en mención; Que, en para el presente caso, el D. Leg. Nº 276 en su Art. 29º precisa que cuando un servidor público, comete un delito doloso previsto en el Código Penal, que sea privativa de la libertad (efectiva o condicional) cuya condena penal se encuentra consentida y ejecutoriada, acarrea consigo la DESTITUCIÓN AUTOMATICA; Que, el Reglamento del D. Leg. Nº 276, D.S. N° 005-90PCM, en su Art. 161º ordena que el DESTITUIDO, pierde su relación laboral con su entidad, por ende con el Estado, pudiendo sólo reingresar a la función pública por concurso público, conforme lo señala el Art. 30º del D. Leg. Nº 276 y el Art. 159º del Reglamento modificado por Ley Nº 26488; Que, por lo antes glosado, se encuentra fehacientemente acreditado, que el docente Roger Abel Taboada Rodríguez, fue sentenciado por la comisión de delito doloso en agravio de su empleadora, no requiriendo proceso previo para evaluar si podría seguir prestando servicios en la agraviada, ya que el delito de PECULADO, esta relacionado directamente con las funciones que desempeñaba en la Universidad, tal como consta en el proceso penal, materia de sentencia, afectando de este modo y hasta la fecha la administración de la agraviada; Que, según lo señalado por el Tribunal Constitucional (Exp. N° 773-2001-AA/TC) aun cuando el sentenciado haya sido REHABILITADO de los derechos suspendidos o restringidos en Sede Penal, no puede enervar los efectos derivados de la sanción administrativa de
EDICTOS
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Exp. Nº 2009-068.- El Primer Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Sr. Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, ha ordenado se publique un extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIDÓS de fecha diecinueve de Diciembre del año dos mil once (parte pertinente): SE RESUELVE: 2º) EMPLAZAR mediante edictos a los sucesores de la demandada ROSALINA PERPETUA LEZAMA DE GONZALES para que en el PLAZO DE TREINTA DIAS, se apersonen al proceso acreditando su condición de tales BAJO APERCIBIMIENTO de designarse curador procesal, PUBLÍQUESE un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de esta localidad por tres veces con intervalo de tres días. Cañete, 23 de Enero de 2013.
Dra. Esther Yovana Lázaro Vicente
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justica de Cañete
Publicar: 25, 31 de Enero y 06 de Febrero.
EDICTOS (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a los acusados siguientes
EXP.- 2010-0170; a ALEJANDRO MANOLO RIVEROS TOVAR, LIUBER JHON SOLIS SOLIS RAMOS Y LEONEL CALIXTRO REYES, para que asistan a Sala de Audiencias y respondan de los cargos formulados en su contra el Día 28.01.2013; hora 09.30a.m; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravado; Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Raul Martinez Monsalve, a fin de continuar su juzgamiento bajo apercibimiento de declararlos Contumaz y revocarse la comparecencia por detención si no aisiten, Secretario: Miranda. Cañete, 17.01.2013.
23, 24 y 25 de Enero
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña PRIMITIVA VILLALOBOS DE ACUÑA, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don VICTOR ACUÑA NAPAN, quien falleció AB-INTESTADO el día 25 de Setiembre de 1995, a efecto de que se declare como única y universal heredera a su cónyuge supérstite doña PRIMITIVA VILLALOBOS GARCIA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 07 de Noviembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Civil de Cañete, Exp. 142-2005, se ha dictado la Resolución que se transcribe: RESOLUCIÓN SESENTA Y CINCO, quince de Octubre del dos mil doce, corregida por RESOLUCIÓN SESENTA Y SEIS: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por SEGUNDO ARTURO TAFUR VARGAS con EMPRESA PLÁSTICO Y COMPONENTES ELECTRONICOS DEL SUR sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, del inmueble ubicado en la Av. Casuarinas número doscientos setenta y tres de Papa León XIII del distrito de Chilca, provincia de Cañete, cuyos linderos y medidas perimétricas son las siguientes: Por el Norte: colinda con Av. Las Casuarinas, mide 31.00 metros lineales. Por el Sur: colinda con el Fundo San Pedro, mide 31.00 metros lineales. Por el Este: colinda con propiedad de María Díaz Sauceda, mide 163.00 metros lineales. Por el Oeste: colinda con propiedad de don Luis Alberto Conisllan Díaz, mide 163 metros lineales. Con un área total de 5053 metros cuadrados, ordenándose el Emplazamiento por edictos a la mencionada demandada, para que dentro del término especial de TREINTA DÍAS, se apersone a la instancia, bajo apercibimiento de seguirse el proceso con un Curador Procesal. Una firma Dra. Luyo Sánchez – Juez.- Una firma Dr. Dantas – Secretario.
Cañete, 24 de Enero de 2013.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 25, 31 de Enero y 06 de Febrero.
*****
ASOCIACIÓN «LAS BRISAS DE CONCON» – «ASOBRICO»
ESQUELA DE CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
De conformidad con lo solicitado por la Comisión Electoral y lo dispuesto en los artículos 87. inc 4 y 38 incisos «5 y 6» del Estatuto de la Asociación, EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN «LAS BRISAS DE CON CON»- «ASOBRICO», convoca a la Asamblea General Extraordinaria de ELECCIONES para renovar los órganos de Gobierno, para el período comprendido entre el 2013 al 2017; acto democrático que se realizará el 27 de ENERO 2013 desde las 09.30 a las 13.30 horas, en la sede del local de nuestro Centro Educativo de la asociación sito en la Mz «B-5» lote 1 de nuestro AA.HH. Josemaría Escriba de Balaguer de la Asociación Las Brisas de Concon ubicado en la Mz. Súper A-1 Lote 1, en Km 164.5 de la Carretera Panamericana, Sector Pampas de Concon, Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, del Departamento de Lima.
Se recuerda a los señores socios hábiles su obligación de votar y participar en el Proceso Electoral con sujeción a los Estatutos y el Reglamento de Elecciones aprobado en Asamblea General
AA.HH. Josemaria Escriba de Balaguer, 21 de enero del 2013
RITA CARMEN CHIOK BARRAZA
PRESIDENTE
Exp. Nº 2009-068.- El Primer Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Sr. Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, ha ordenado se publique un extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIDÓS de fecha diecinueve de Diciembre del año dos mil once (parte pertinente): SE RESUELVE: 2º) EMPLAZAR mediante edictos a los sucesores de la demandada ROSALINA PERPETUA LEZAMA DE GONZALES para que en el PLAZO DE TREINTA DIAS, se apersonen al proceso acreditando su condición de tales BAJO APERCIBIMIENTO de designarse curador procesal, PUBLÍQUESE un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de esta localidad por tres veces con intervalo de tres días. Cañete, 23 de Enero de 2013.
Dra. Esther Yovana Lázaro Vicente
Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justica de Cañete
Publicar: 25, 31 de Enero y 06 de Febrero.
EDICTOS (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a los acusados siguientes
EXP.- 2010-0170; a ALEJANDRO MANOLO RIVEROS TOVAR, LIUBER JHON SOLIS SOLIS RAMOS Y LEONEL CALIXTRO REYES, para que asistan a Sala de Audiencias y respondan de los cargos formulados en su contra el Día 28.01.2013; hora 09.30a.m; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravado; Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Raul Martinez Monsalve, a fin de continuar su juzgamiento bajo apercibimiento de declararlos Contumaz y revocarse la comparecencia por detención si no aisiten, Secretario: Miranda. Cañete, 17.01.2013.
23, 24 y 25 de Enero
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi Nº 324 – San Vicente – Cañete, se presentó doña PRIMITIVA VILLALOBOS DE ACUÑA, manifestando ser esposa de quien fuera en vida don VICTOR ACUÑA NAPAN, quien falleció AB-INTESTADO el día 25 de Setiembre de 1995, a efecto de que se declare como única y universal heredera a su cónyuge supérstite doña PRIMITIVA VILLALOBOS GARCIA. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 07 de Noviembre de 2012.
Hubert Camacho Gálvez
Notario de Cañete
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Civil de Cañete, Exp. 142-2005, se ha dictado la Resolución que se transcribe: RESOLUCIÓN SESENTA Y CINCO, quince de Octubre del dos mil doce, corregida por RESOLUCIÓN SESENTA Y SEIS: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por SEGUNDO ARTURO TAFUR VARGAS con EMPRESA PLÁSTICO Y COMPONENTES ELECTRONICOS DEL SUR sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, del inmueble ubicado en la Av. Casuarinas número doscientos setenta y tres de Papa León XIII del distrito de Chilca, provincia de Cañete, cuyos linderos y medidas perimétricas son las siguientes: Por el Norte: colinda con Av. Las Casuarinas, mide 31.00 metros lineales. Por el Sur: colinda con el Fundo San Pedro, mide 31.00 metros lineales. Por el Este: colinda con propiedad de María Díaz Sauceda, mide 163.00 metros lineales. Por el Oeste: colinda con propiedad de don Luis Alberto Conisllan Díaz, mide 163 metros lineales. Con un área total de 5053 metros cuadrados, ordenándose el Emplazamiento por edictos a la mencionada demandada, para que dentro del término especial de TREINTA DÍAS, se apersone a la instancia, bajo apercibimiento de seguirse el proceso con un Curador Procesal. Una firma Dra. Luyo Sánchez – Juez.- Una firma Dr. Dantas – Secretario.
Cañete, 24 de Enero de 2013.
Henrry Manolo Dantas Aparcana
Secretario Judicial
Juzgado Especializado en lo Civil de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 25, 31 de Enero y 06 de Febrero.
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ASOCIACIÓN «LAS BRISAS DE CONCON» – «ASOBRICO»
ESQUELA DE CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
De conformidad con lo solicitado por la Comisión Electoral y lo dispuesto en los artículos 87. inc 4 y 38 incisos «5 y 6» del Estatuto de la Asociación, EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN «LAS BRISAS DE CON CON»- «ASOBRICO», convoca a la Asamblea General Extraordinaria de ELECCIONES para renovar los órganos de Gobierno, para el período comprendido entre el 2013 al 2017; acto democrático que se realizará el 27 de ENERO 2013 desde las 09.30 a las 13.30 horas, en la sede del local de nuestro Centro Educativo de la asociación sito en la Mz «B-5» lote 1 de nuestro AA.HH. Josemaría Escriba de Balaguer de la Asociación Las Brisas de Concon ubicado en la Mz. Súper A-1 Lote 1, en Km 164.5 de la Carretera Panamericana, Sector Pampas de Concon, Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, del Departamento de Lima.
Se recuerda a los señores socios hábiles su obligación de votar y participar en el Proceso Electoral con sujeción a los Estatutos y el Reglamento de Elecciones aprobado en Asamblea General
AA.HH. Josemaria Escriba de Balaguer, 21 de enero del 2013
RITA CARMEN CHIOK BARRAZA
PRESIDENTE
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el distrito de San Vicente de Cañete; el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de San Vicente de Cañete, dentro de un perímetro de 6 manzanas de la Plaza de Armas y de fácil accesibilidad vehicular.
· Área del terreno total no menor a 1500 m2 con área construida mínima de 1000 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Mala, el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Mala, de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima a 800 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Imperial, el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Imperial, dentro de un perímetro de 6 manzanas de la Plaza de Armas y de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima a 200 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Lunahuaná; el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Lunahuaná y ser de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima de 100 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el distrito de San Vicente de Cañete; el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de San Vicente de Cañete, dentro de un perímetro de 6 manzanas de la Plaza de Armas y de fácil accesibilidad vehicular.
· Área del terreno total no menor a 1500 m2 con área construida mínima de 1000 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Mala, el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Mala, de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima a 800 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Imperial, el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Imperial, dentro de un perímetro de 6 manzanas de la Plaza de Armas y de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima a 200 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Lunahuaná; el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Lunahuaná y ser de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima de 100 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
24 enero 2013
EN CORTE CAÑETANA SETENCIAN A ONCE MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EFECTIVA POR OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR…
Un importante paso para la Justicia Cañetana se dio el día viernes 18 del presente mes y año, cuando el Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cañete, el Dr. Armando Huertas Mogollón, sentenció al acusado JORGE ELVIS MARTINEZ HURTADO, por Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de sus menores hijos J.J.J.C y J.E.M.C., condenándolo a ONCE MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, disponiendo su inmediato internamiento en el establecimiento penitenciario ubicado en el Distrito de Nuevo Imperial, denominado «Penal Cantera».
Esta pena se hubiera evitado si el ahora interno Jorge Martínez Hurtado hubiera cumplido con el pago oportuno de las pensiones de alimento que mensualmente debió efectuar, ya que el acumulado ascendía a S/. 2,927.40 nuevos soles. Además el señor Juez dispuso el pago de S/. 300.00 nuevos soles por reparación civil.
Ahora los deudores alimenticios pensarán dos veces el no cumplir con su obligación de padres.
La sentencia será leída íntegramente el día lunes 28 de los corrientes, a las cuatro de la tarde. En ese mismo acto los sujetos procesales podrán interponer sus recursos impugnatorios si lo consideran pertinente.
Esta pena se hubiera evitado si el ahora interno Jorge Martínez Hurtado hubiera cumplido con el pago oportuno de las pensiones de alimento que mensualmente debió efectuar, ya que el acumulado ascendía a S/. 2,927.40 nuevos soles. Además el señor Juez dispuso el pago de S/. 300.00 nuevos soles por reparación civil.
Ahora los deudores alimenticios pensarán dos veces el no cumplir con su obligación de padres.
La sentencia será leída íntegramente el día lunes 28 de los corrientes, a las cuatro de la tarde. En ese mismo acto los sujetos procesales podrán interponer sus recursos impugnatorios si lo consideran pertinente.
EDICTOS
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Exp. Nº 2012-090.- El Primer Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Sr. Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, ha ordenado se publique un extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ, de fecha diecisiete de Diciembre del año dos mil doce y corregida mediante resolución once de fecha diez de Enero del dos mil trece, SE RESUELVE: 3º EMPLAZAR mediante edictos a los sucesores del demandado JOSE ALFONSO DE LA CRUZ QUEZADA, para que en el PLAZO ESPECIAL DE QUINCE DIAS, se apersonen al proceso acreditando su condición de tales BAJO APERCIBIMIENTO de designarse curador procesal, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de la localidad por tres veces con intervalo de tres días.
Cañete, 10 de Enero de 2013.
Dra. Esther Yovana Lázaro Vicente - Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete - Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 24, 30 de Enero y 04 de Febrero.
EDICTO JUDICIAL
Ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Sr. Juez Elmer Nicolás Velásquez Carbajal y el Secretario Percy Edwin García Paredes, se tramita el Expediente Nº 0377-2012-0-0801-JM-CI-01, seguido por Robby Willy Tadeo Yactayo y otra con Sucesión de Julia Nolazco viuda de Yactayo, sobre Otorgamiento de Escritura Pública; en la que se dispone se notifique un extracto de la resolución número cuatro, en el siguiente sentido: 1º).- ADMITIR a TRÁMITE LA DEMANDA sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA, interpuesta por ROBBY WILLY TADEO YACTAYO e ISABEL REYNA RUIZ SERIN contra SUCESIÓN DE JULIA NOLAZCO VIUDA DE YACTAYO, debiendo tramitarse la misma en la VÍA DEL PROCESO SUMARÍSIMO; 2º) TRASLADO de la demanda, anexos y auto admisorio a la demandada, a efectos de que conteste en el plazo de CINCO DÍAS, y desconociendo su domicilio, PUBLÍQUESE por Edicto un extracto del a presente resolución (Auto Admisorio) en el Diario Oficial «El Peruano» y en Diario «Matices» de esta localidad por tres veces con intervalo de tres días, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Firmado por el Juez y Secretario Judicial. Cañete, diecisiete de Diciembre del dos mil doce.
Percy Edwin Gacía Paredes - Secretario Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 24, 30 de Enero y 04 de Febrero
Exp. Nº 2012-090.- El Primer Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Sr. Juez Dr. Elmer Nicolás Velásquez Carbajal, ha ordenado se publique un extracto de la RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ, de fecha diecisiete de Diciembre del año dos mil doce y corregida mediante resolución once de fecha diez de Enero del dos mil trece, SE RESUELVE: 3º EMPLAZAR mediante edictos a los sucesores del demandado JOSE ALFONSO DE LA CRUZ QUEZADA, para que en el PLAZO ESPECIAL DE QUINCE DIAS, se apersonen al proceso acreditando su condición de tales BAJO APERCIBIMIENTO de designarse curador procesal, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «Matices» de la localidad por tres veces con intervalo de tres días.
Cañete, 10 de Enero de 2013.
Dra. Esther Yovana Lázaro Vicente - Secretaria Judicial
Primer Juzgado Mixto de Cañete - Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 24, 30 de Enero y 04 de Febrero.
EDICTO JUDICIAL
Ante el Primer Juzgado Mixto de Cañete, que despacha el Sr. Juez Elmer Nicolás Velásquez Carbajal y el Secretario Percy Edwin García Paredes, se tramita el Expediente Nº 0377-2012-0-0801-JM-CI-01, seguido por Robby Willy Tadeo Yactayo y otra con Sucesión de Julia Nolazco viuda de Yactayo, sobre Otorgamiento de Escritura Pública; en la que se dispone se notifique un extracto de la resolución número cuatro, en el siguiente sentido: 1º).- ADMITIR a TRÁMITE LA DEMANDA sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA, interpuesta por ROBBY WILLY TADEO YACTAYO e ISABEL REYNA RUIZ SERIN contra SUCESIÓN DE JULIA NOLAZCO VIUDA DE YACTAYO, debiendo tramitarse la misma en la VÍA DEL PROCESO SUMARÍSIMO; 2º) TRASLADO de la demanda, anexos y auto admisorio a la demandada, a efectos de que conteste en el plazo de CINCO DÍAS, y desconociendo su domicilio, PUBLÍQUESE por Edicto un extracto del a presente resolución (Auto Admisorio) en el Diario Oficial «El Peruano» y en Diario «Matices» de esta localidad por tres veces con intervalo de tres días, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Firmado por el Juez y Secretario Judicial. Cañete, diecisiete de Diciembre del dos mil doce.
Percy Edwin Gacía Paredes - Secretario Judicial - Primer Juzgado Mixto de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 24, 30 de Enero y 04 de Febrero
SUNAT ESTABLECE MAYORES FACILIDADES PARA USO DE LIBROS ELECTRONICOS...
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó hoy que dispuso mayores facilidades a los contribuyentes para poder adecuar sus sistemas e implementar de manera electrónica su registro de ventas e ingresos, así como su registro de compras.
Según una resolución de la Sunat publicada recientemente, en primer lugar se amplía el plazo máximo que tienen los contribuyentes para anotar la información en los mencionados registros y que permite generar y enviar el resumen del libro electrónico.
Ahora se efectuará según el nuevo cronograma de vencimientos establecido por la Sunat de acuerdo al último dígito del Registro Unico del Contribuyente (RUC).
Precisó que los principales contribuyentes (pricos) deben llevar el registro de ventas e ingresos y el registro de compras de manera electrónica desde el primero de enero del 2013, mientras que a partir del primero de junio, tendrán que llevar, además, el libro diario y el libro mayor electrónico.
Los contribuyentes que se afiliaron voluntariamente a este servicio desde julio del 2010 tendrán mayores facilidades puesto que solo deberán llevar el registro de ventas e ingresos, el registro de compras, el libro diario y el libro mayor de manera electrónica.
La nueva versión del Programa de Libros Electrónicos (PLE) está a disposición de los contribuyentes desde el 31 de diciembre del 2012 e incluye como principales novedades la incorporación de los totales de control (que muestran los totales por tipo de operación en el resumen de cada libro), así como el detalle de las facturas, notas de crédito y notas de débito emitidas.
También considera el control automático de los plazos máximos de atraso, que permitirá a los contribuyentes conocer si están presentando la información dentro o fuera de los plazos establecidos por la Sunat.
Una de las principales ventajas de este moderno soporte informático es que ya no será necesario imprimir, legalizar, ni almacenar libros y registros físicos, puesto que todo se registrará electrónicamente, lo que representa una reducción de costos para el contribuyente y facilita el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Según una resolución de la Sunat publicada recientemente, en primer lugar se amplía el plazo máximo que tienen los contribuyentes para anotar la información en los mencionados registros y que permite generar y enviar el resumen del libro electrónico.
Ahora se efectuará según el nuevo cronograma de vencimientos establecido por la Sunat de acuerdo al último dígito del Registro Unico del Contribuyente (RUC).
Precisó que los principales contribuyentes (pricos) deben llevar el registro de ventas e ingresos y el registro de compras de manera electrónica desde el primero de enero del 2013, mientras que a partir del primero de junio, tendrán que llevar, además, el libro diario y el libro mayor electrónico.
Los contribuyentes que se afiliaron voluntariamente a este servicio desde julio del 2010 tendrán mayores facilidades puesto que solo deberán llevar el registro de ventas e ingresos, el registro de compras, el libro diario y el libro mayor de manera electrónica.
La nueva versión del Programa de Libros Electrónicos (PLE) está a disposición de los contribuyentes desde el 31 de diciembre del 2012 e incluye como principales novedades la incorporación de los totales de control (que muestran los totales por tipo de operación en el resumen de cada libro), así como el detalle de las facturas, notas de crédito y notas de débito emitidas.
También considera el control automático de los plazos máximos de atraso, que permitirá a los contribuyentes conocer si están presentando la información dentro o fuera de los plazos establecidos por la Sunat.
Una de las principales ventajas de este moderno soporte informático es que ya no será necesario imprimir, legalizar, ni almacenar libros y registros físicos, puesto que todo se registrará electrónicamente, lo que representa una reducción de costos para el contribuyente y facilita el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
PROFESORES DESTACARON TRANSPARENCIA DE LA PRUEBA ÚNICA REGIONAL «CONTRATO DOCENTE 2013» REALIZADO EN LA REGIÓN LIMA PROVINCIAS
Los profesores que participaron en la Prueba Única Regional «Contrato Docente 2013» en la región Lima Provincias, destacaron la transparencia, orden y seriedad que se mostró antes, durante y después de la evaluación.
Así lo señalaron al término del examen que se desarrolló el fin de semana. «No se ha notado nada extraño, se ha cumplido con iniciar la evaluación a la hora indicada. De igual manera los resultados fueron oportunos a diferencia de otros años», señaló una de las docentes que participó en el proceso de evaluación y que espera cubrir una plaza vacante en la provincia de Cañete.
En la ciudad de Cañete se facilitaron cuatro locales de aplicación de la prueba regional donde 1773 docentes de la provincia de Cañete sumado a los docentes de Yauyos participaron de este proceso que fue catalogado como uno de los mejores en su organización y ejecución.
CRONOGRAMA DE ADJUDICACION DE PLAZAS
El cronograma de adjudicación programado para la UGEL Nº 08 es el siguiente, según la (RJ-Nº 3675-2012-ED/DIRECTIVA. Nº 015-2012-MINEDU/SG-OGA-UPER).
Inicial - EBE: 05 de Febrero del 2013
Primaria: 06 de Febrero del 2013
Secundaria CETPRO – EBA: 07 y 08 de Febrero del 2013 a partir de las 10:a.m. en el auditórium de la UGEL Nº 08.
Así lo señalaron al término del examen que se desarrolló el fin de semana. «No se ha notado nada extraño, se ha cumplido con iniciar la evaluación a la hora indicada. De igual manera los resultados fueron oportunos a diferencia de otros años», señaló una de las docentes que participó en el proceso de evaluación y que espera cubrir una plaza vacante en la provincia de Cañete.
En la ciudad de Cañete se facilitaron cuatro locales de aplicación de la prueba regional donde 1773 docentes de la provincia de Cañete sumado a los docentes de Yauyos participaron de este proceso que fue catalogado como uno de los mejores en su organización y ejecución.
CRONOGRAMA DE ADJUDICACION DE PLAZAS
El cronograma de adjudicación programado para la UGEL Nº 08 es el siguiente, según la (RJ-Nº 3675-2012-ED/DIRECTIVA. Nº 015-2012-MINEDU/SG-OGA-UPER).
Inicial - EBE: 05 de Febrero del 2013
Primaria: 06 de Febrero del 2013
Secundaria CETPRO – EBA: 07 y 08 de Febrero del 2013 a partir de las 10:a.m. en el auditórium de la UGEL Nº 08.
ORLANDO DE LA CRUZ, HACE TEMBLAR A MINERA INMET – PERÚ AL DECLARAR PERSONA NO GRATA A SU FUNCIONARIA DE CONFIANZA
El día 17 del presente autoridades locales y pobladores convocados por la Comisión de representantes del Anexo Lúcumo Lunahuaná presidido por don Francisco Sánchez, se hicieron presentes en el auditorio de la Municipalidad Distrital para tratar sobre las pretensiones de exploración minera de parte de la transnacional canadiense INMET PERU, ante solicitud de sus representantes.
Lamentablemente de manera irrespetuosa no se hizo presente su representante legal, el Ingeniero Percy Arhuata, no obstante se hizo la comunicación oportuna de los dirigentes de Lunahuaná mediante Oficio de fecha 03 Enero en donde le comunican que no dialogarán con la relacionista comunitaria Sra. Pilar Campana, funcionaria de segundo nivel.
Esta acción al margen de ser una falta de respeto al pueblo de Lunahuaná, fue considerado como un acto de provocación al presentarse a esta reunión la referida relacionista comunitaria, persona que en todo momento desde su aparición en el 2010 por el Anexo Lúcumo no ha sido transparente, ha pretendido siempre dividir al pueblo ofreciendo dadivas y lo que es colmo a los pobladores y sus dirigentes fue su última acción de pretender enfrentar al alcalde (Luis Conislla) con el pueblo al difundir cuadros en las que consigna que la gestión municipal, actual en el periodo 2011-201, habría recibido de esta minera la suma de S/.50,000, hecho que el alcalde ha desmentido públicamente y que en esta reunión en la que estuvo como una simple asistente más, el alcalde la invito para que aclare, nerviosa y sin argumentos válidos quiso desviar la atención lo que dio motivos para que el dirigente Orlando De la Cruz, intervenga y pida que se refiera al punto y al no poder esta sustentar su sicosocial y caer en contradicciones, De la Cruz de manera contundente ante el auditorio, declaró Persona No grata a Pilar Campana, relacionista comunitaria que llena de nerviosismo tuvo que agachar la cabeza de vergüenza. No era para menos, si todos los participantes de manera unánime están en contra de las pretensiones de esta minera en Lunahuaná y apoyan lo disertado por De la Cruz, en el sentido que es considerada como una de las actividades más contaminantes en el mundo.
En esta reunión también estuvieron presentes el Presidente del Frente de Defensa de los Intereses de Cañete, Ítalo Maldonado y el Presidente del Frente de Defensa de la Provincia de Yauyos, Gumercindo Centeno, quienes coincidieron en señalar que apoyaran la lucha que emprenda el pueblo de Lunahuaná en defensa de su medio ambiente, recursos naturales, agricultura, turismo y fundamentalmente en defensa de las aguas del río Cañete - Yauyos, cuyo principal afectado será la población de la provincia cañetana.
A su turno el Agente Municipal del Anexo Paullo, Señor Ramón Rivas, denunció que en su anexo existe el denuncio minero EL PINO y que tienen el mismo problema, por lo que coincide en que se consolide el FRENTE DE DEFENSA DE LOS INTERESES DE LUNAHUANA, que dicho sea de paso está en pleno proceso de constitución para adquirir su personería jurídica.
Finalmente los dirigentes de Lúcumo: Francisco Sánchez, Salomón Guerrero y Orlando De La Cruz en entrevista a los periodistas Wilfredo Cayllahua y Juan Valeriio, para los medios de la provincia de Cañete, señalaron que a mediados del mes de Febrero convocarán a los empresarios turísticos, agrícolas, vitivinícolas y pobladores de todos los anexos para tomar decisiones sobre la amenaza de esta minera.
Asimismo solicitarán copia de todo lo actuado por esta minera ante el Ministerio de Energía y Minas para tomar acciones que permitan anular las autorizaciones otorgadas por la serie de irregularidades que se han cometido, que consolidarán el Frente de Defensa y que ante el pedido de la asistente Sra. Campana para futura reunión con representantes de INMET, manifestaron que por ser interés de ellos, esta debe ser solicitada por la minera que asegure la presencia de su gerente y que podría realizarse en el mes de Abril, por razones que para esa fecha han comprometido su visita los dirigentes aymaras e indigenas en cumplimiento a los acuerdos tomados en la I Asamblea Nacional de los Pueblos del Perú y el Tahuantinsuyo realizado en Cajamarca con relación a la formación de frentes de defensas en todos los distritos del país. (Nohemí Flores)
Lamentablemente de manera irrespetuosa no se hizo presente su representante legal, el Ingeniero Percy Arhuata, no obstante se hizo la comunicación oportuna de los dirigentes de Lunahuaná mediante Oficio de fecha 03 Enero en donde le comunican que no dialogarán con la relacionista comunitaria Sra. Pilar Campana, funcionaria de segundo nivel.
Esta acción al margen de ser una falta de respeto al pueblo de Lunahuaná, fue considerado como un acto de provocación al presentarse a esta reunión la referida relacionista comunitaria, persona que en todo momento desde su aparición en el 2010 por el Anexo Lúcumo no ha sido transparente, ha pretendido siempre dividir al pueblo ofreciendo dadivas y lo que es colmo a los pobladores y sus dirigentes fue su última acción de pretender enfrentar al alcalde (Luis Conislla) con el pueblo al difundir cuadros en las que consigna que la gestión municipal, actual en el periodo 2011-201, habría recibido de esta minera la suma de S/.50,000, hecho que el alcalde ha desmentido públicamente y que en esta reunión en la que estuvo como una simple asistente más, el alcalde la invito para que aclare, nerviosa y sin argumentos válidos quiso desviar la atención lo que dio motivos para que el dirigente Orlando De la Cruz, intervenga y pida que se refiera al punto y al no poder esta sustentar su sicosocial y caer en contradicciones, De la Cruz de manera contundente ante el auditorio, declaró Persona No grata a Pilar Campana, relacionista comunitaria que llena de nerviosismo tuvo que agachar la cabeza de vergüenza. No era para menos, si todos los participantes de manera unánime están en contra de las pretensiones de esta minera en Lunahuaná y apoyan lo disertado por De la Cruz, en el sentido que es considerada como una de las actividades más contaminantes en el mundo.
En esta reunión también estuvieron presentes el Presidente del Frente de Defensa de los Intereses de Cañete, Ítalo Maldonado y el Presidente del Frente de Defensa de la Provincia de Yauyos, Gumercindo Centeno, quienes coincidieron en señalar que apoyaran la lucha que emprenda el pueblo de Lunahuaná en defensa de su medio ambiente, recursos naturales, agricultura, turismo y fundamentalmente en defensa de las aguas del río Cañete - Yauyos, cuyo principal afectado será la población de la provincia cañetana.
A su turno el Agente Municipal del Anexo Paullo, Señor Ramón Rivas, denunció que en su anexo existe el denuncio minero EL PINO y que tienen el mismo problema, por lo que coincide en que se consolide el FRENTE DE DEFENSA DE LOS INTERESES DE LUNAHUANA, que dicho sea de paso está en pleno proceso de constitución para adquirir su personería jurídica.
Finalmente los dirigentes de Lúcumo: Francisco Sánchez, Salomón Guerrero y Orlando De La Cruz en entrevista a los periodistas Wilfredo Cayllahua y Juan Valeriio, para los medios de la provincia de Cañete, señalaron que a mediados del mes de Febrero convocarán a los empresarios turísticos, agrícolas, vitivinícolas y pobladores de todos los anexos para tomar decisiones sobre la amenaza de esta minera.
Asimismo solicitarán copia de todo lo actuado por esta minera ante el Ministerio de Energía y Minas para tomar acciones que permitan anular las autorizaciones otorgadas por la serie de irregularidades que se han cometido, que consolidarán el Frente de Defensa y que ante el pedido de la asistente Sra. Campana para futura reunión con representantes de INMET, manifestaron que por ser interés de ellos, esta debe ser solicitada por la minera que asegure la presencia de su gerente y que podría realizarse en el mes de Abril, por razones que para esa fecha han comprometido su visita los dirigentes aymaras e indigenas en cumplimiento a los acuerdos tomados en la I Asamblea Nacional de los Pueblos del Perú y el Tahuantinsuyo realizado en Cajamarca con relación a la formación de frentes de defensas en todos los distritos del país. (Nohemí Flores)
GUMERCINDO CENTENO FUE REELECTO COMO PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE PUTINZA
Gumercindo Centeno, fue electo una vez más como presidente de la Comunidad Campesina de Putinza, en elecciones internas desarrolladas recientemente para la renovación de su junta directiva periodo 2013 – 2014.
La Lista de Color Amarillo que lo encabezó Gumercindo Centeno, obtuvo un total de 147 votos, mientras que su contrincante Guillermo Salvador Asencio de la Lista de Color Rojo, apenas alcanzó 69 votos.
El presidente del Comité Electoral, Adelmo Quispe Rojas, informó que del total de 288 comuneros hábiles, hubo un voto viciado, dos blancos, haciendo un total de 216 votos válidos. Mientras que 69 no acudieron a las urnas.
El reelecto presidente, mostró su agradecimiento, en primer lugar a la divina providencia y luego a los comuneros que le depositaron su nueva confianza por un periodo más.
«Vamos a continuar trabajando por el desarrollo y engrandecimiento de Putinza, haciendo realidad la presa Chupuy Punta, ubicada a 4,600 MNS para irrigar las extensas pampas de nuestra comunidad», dijo Gumercindo en medio de la algarabía popular.
Invocó a las autoridades en general a trabajar en coordinación para alcanzar los objetivos trazados, no sólo en bien de su comunidad sino de la vecina provincia de Yauyos.
Sin egoísmo, dijo que no está en contra de la inversión privada como «muchos dicen por ahí» y consideró que es el motor de desarrollo de una nación.
«Pero sí exigimos el cumplimiento de las leyes y la protección del ecosistema de nuestra diversidad», manifestó Gumercindo Centeno quien a fines de este mes estará juramentando en el cargo.
Las elecciones se desarrollaron con toda normalidad, aunque hubo unas pequeñas escaramuzas al inicio protagonizados por los simpatizantes de ambas lista, sin llegar a mayores consecuencias.
La Lista de Color Amarillo que lo encabezó Gumercindo Centeno, obtuvo un total de 147 votos, mientras que su contrincante Guillermo Salvador Asencio de la Lista de Color Rojo, apenas alcanzó 69 votos.
El presidente del Comité Electoral, Adelmo Quispe Rojas, informó que del total de 288 comuneros hábiles, hubo un voto viciado, dos blancos, haciendo un total de 216 votos válidos. Mientras que 69 no acudieron a las urnas.
El reelecto presidente, mostró su agradecimiento, en primer lugar a la divina providencia y luego a los comuneros que le depositaron su nueva confianza por un periodo más.
«Vamos a continuar trabajando por el desarrollo y engrandecimiento de Putinza, haciendo realidad la presa Chupuy Punta, ubicada a 4,600 MNS para irrigar las extensas pampas de nuestra comunidad», dijo Gumercindo en medio de la algarabía popular.
Invocó a las autoridades en general a trabajar en coordinación para alcanzar los objetivos trazados, no sólo en bien de su comunidad sino de la vecina provincia de Yauyos.
Sin egoísmo, dijo que no está en contra de la inversión privada como «muchos dicen por ahí» y consideró que es el motor de desarrollo de una nación.
«Pero sí exigimos el cumplimiento de las leyes y la protección del ecosistema de nuestra diversidad», manifestó Gumercindo Centeno quien a fines de este mes estará juramentando en el cargo.
Las elecciones se desarrollaron con toda normalidad, aunque hubo unas pequeñas escaramuzas al inicio protagonizados por los simpatizantes de ambas lista, sin llegar a mayores consecuencias.
YAUYOS: AYAUCA ES EL NUEVO DISTRITO QUE SE UNE AL PROCESO DE REVOCATORIA
Revocatoria en Distrito de Ayauca, Provincia de Yauyos. Otro Distrito que se suma a la lista de vecinos descontentos con sus autoridades edilicias, conformado por el alcalde y los cinco regidores.
Es preciso indicar que el promotor de la revocatoria es el ciudadano José Rodríguez De la Cruz, quién no está de acuerdo con el alcalde Freddy Herline Zavala Gago, y sus regidores, Venancio Esteban Quispe Toribio, Félix Rossine Ramos Rodríguez, Vicitación Vidal Cabello Arteaga, Ritta Gaby Gaspar Casavilca, Leonardo Saúl Torres Suárez.
ERRONEA INFORMACION
De otro lado, vecinos del distrito en mención señalan que personas ligadas al alcalde vienen circulando una errónea información, sobre la no realización de la consulta popular de revocatoria, por lo que en el presente artículo, ratificamos que en el Distrito de Ayauca, si se llevará a cabo la revocatoria.
Sobre el cuestionado alcalde, el ciudadano José Rodríguez De la Cruz, comentó: «Como es posible que en lugar de entregar regalos a los pobladores de Ayauca, el alcalde Herline Zavala, se dirija con regalos a otros distritos como Pilas, donde el 26 de Diciembre para la fiesta de las pastoras se dio el lujo de entregar panetones.
Es materia de investigación si el alcalde viajó a Pilas con la camioneta de la Municipalidad o con la de algún proveedor.
En la foto, el burgomaestre con botella de cerveza en mano hace entrega de panetones a la cantante «Flor Pileña».
Será que es bondadoso o pretendería postular al sillón Provincial de Yauyos en las próximas elecciones municipales?
Es preciso indicar que el promotor de la revocatoria es el ciudadano José Rodríguez De la Cruz, quién no está de acuerdo con el alcalde Freddy Herline Zavala Gago, y sus regidores, Venancio Esteban Quispe Toribio, Félix Rossine Ramos Rodríguez, Vicitación Vidal Cabello Arteaga, Ritta Gaby Gaspar Casavilca, Leonardo Saúl Torres Suárez.
ERRONEA INFORMACION
De otro lado, vecinos del distrito en mención señalan que personas ligadas al alcalde vienen circulando una errónea información, sobre la no realización de la consulta popular de revocatoria, por lo que en el presente artículo, ratificamos que en el Distrito de Ayauca, si se llevará a cabo la revocatoria.
Sobre el cuestionado alcalde, el ciudadano José Rodríguez De la Cruz, comentó: «Como es posible que en lugar de entregar regalos a los pobladores de Ayauca, el alcalde Herline Zavala, se dirija con regalos a otros distritos como Pilas, donde el 26 de Diciembre para la fiesta de las pastoras se dio el lujo de entregar panetones.
Es materia de investigación si el alcalde viajó a Pilas con la camioneta de la Municipalidad o con la de algún proveedor.
En la foto, el burgomaestre con botella de cerveza en mano hace entrega de panetones a la cantante «Flor Pileña».
Será que es bondadoso o pretendería postular al sillón Provincial de Yauyos en las próximas elecciones municipales?
ACCIONES PREVENTIVAS DEL BULLYING ESCOLAR
Por: Marco A. Caldas Pozo – Presidente de la FEDAC - Cañete
La Federación de APAFAS de Cañete, pone a disposición de las APAFAS y de los Padres de Familia, acciones concretas para prevenir el Bullying, matoneo, intimidación o acoso escolar. La Prevención Primaria es responsabilidad de los Padres, de la Familia, de la Sociedad y de los medios de comunicación. La Prevención Secundaria son las medidas concretas sobre la población de riesgo: Escolares o adolescentes, y sobre la población directamente vinculada a esta: Profesores, Autoridades, etc.
Entre las ACCIONES PREVENTIVAS DEL BULLYING, tenemos:
COMUNICACIÓN FLUIDA CON NUESTROS HIJOS:
Es necesario preguntarles a nuestros Hijos con quien o quienes pasan el tiempo en el Colegio y en el vecindario, lo que sucede en el camino hacia o desde la Escuela. A través del dialogo podemos darnos cuenta si son víctimas o agresores del Bullying. De esta forma será mejor tu involucramiento en situaciones riesgosas.
ASISTENCIA A LA ESCUELA Y AL RECREO ESCOLAR:
Los casos de maltrato físico o psicológico a nuestros Hijos suceden en nuestra ausencia, por ello lo adecuado es apoyar al Colegio en las medidas de prevención de Bullying y asistir periódicamente a la Escuela con nuestro Hijo y/o permanecer en las Horas de Recreo, te ayudará a conocer a sus compañeros y como se relacionan.
PREDICAR CON EL EJEMPLO: Los Padres son el mejor ejemplo e imagen que los Hijos tienden a imitar. Diferente es la teoría de cómo comportarse, que enseñar con el ejemplo, de cómo relacionarnos con la familia, meseros, cobradores, comerciantes, vendedores, taxistas, etc.
IDENTIFICAR LOS SIGNOS DE BULLYING:
Cuando los niños se quejan de dolores de cabeza o de estómago, pierden sus pertenencias, pierden interés por asistir al colegio, evitan salir al recreo o a las actividades de la escuela, tratan de llegar muy temprano o tarde a la escuela, etc. Debemos tener en cuenta que los niños intimidados por lo general no lo comentan con los adultos.
ORIENTAR COMO AFRONTAR LAS INTIMIDACIONES:
Enseñemos a nuestros Hijos a no agredir en forma verbal o física a sus compañeros, evitar los empujones, bromas pesadas, insultos, etc. Enseñemos a nuestros Hijos a contar los casos de intimidación a los adultos y familiares. Muchas veces los niños no distinguen cundo están siendo intimidados o están actuando como agresores.
INTERVENCIÓN DIRECTA COMO TESTIGO DE BULLYING:
El triángulo del Bullying está formado por el agresor, el agredido y el espectador. Debemos instruir que todo «espectador» debe intervenir ante casos de bullying. Está demostrado que la intervención oportuna del espectador (niño o adulto) a favor de la convivencia pacifica reduce los casos de bullying.
APOYAR EL PLAN DE
CONVIVENCIA ESCOLAR:
En toda escuela se forma un Comité de Tutoría y Convivencia Democrática, en base a la Ley 29719, su Reglamente el Decreto Supremo 010-2012-ED o la Resolución Vice Ministerial 022-2007-ED, normas para el fortalecimiento de la convivencia. Es necesario la comunicación y actividades entre los miembros de la comunidad educativa; también participar en la elaboración del Plan de Convivencia y del Reglamento Interno. Contrato de un psicólogo y asistente social si fuera posible.
INTIMIDACIONES POR INTERNET, RADIO Y
TELEVISIÓN:
Debemos instruir a los niños para que distingan las intimidaciones por los medios de comunicación, enseñarles a rechazar toda comunicación agresiva, grosera, vulgar, información sensible o privada de otras personas, imitar personajes que alteran los valores, la ética y las buenas costumbres. Seleccionar sus amistades y escoger programas educativos.
ENSEÑAR A LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
Los conflictos forman parte de la vida en todas nuestras actividades y por lo general generan violencia, por ello es necesario educar a los niños en la resolución pacifica, dialogando y negociando, concertando para llegar acuerdos saludables para todos, sin llegar a las intimidaciones. Debemos enseñar exponiendo casos frecuentes y diarios.
DIFUSIÓN DE LOS PERJUICIOS DEL BULLYING ESCOLAR:
Debemos distinguir las intimidaciones, algunos adultos los consideran como una fase normal del crecimiento de los niños y típica de su infancia. Sin embargo, está comprobado que toda forma de intimidación, hostilización matoneo, acoso o bullying son perjudiciales para el agresor, la victima y los espectadores y las consecuencias pueden ser: la depresión, la ansiedad, el abuso de sustancias, la bulimia, la anorexia, la violencia familiar y comportamiento criminal, el alejamiento de la educación, el perjuicio económico, perjuicio físico y hasta la muerte.
El bullying debe ser tarea de toda la comunidad educativa, porque atenta el normal desarrollo de las actividades educativas al interior y exterior de los Centro Educativos.
La Federación de APAFAS de Cañete, pone a disposición de las APAFAS y de los Padres de Familia, acciones concretas para prevenir el Bullying, matoneo, intimidación o acoso escolar. La Prevención Primaria es responsabilidad de los Padres, de la Familia, de la Sociedad y de los medios de comunicación. La Prevención Secundaria son las medidas concretas sobre la población de riesgo: Escolares o adolescentes, y sobre la población directamente vinculada a esta: Profesores, Autoridades, etc.
Entre las ACCIONES PREVENTIVAS DEL BULLYING, tenemos:
COMUNICACIÓN FLUIDA CON NUESTROS HIJOS:
Es necesario preguntarles a nuestros Hijos con quien o quienes pasan el tiempo en el Colegio y en el vecindario, lo que sucede en el camino hacia o desde la Escuela. A través del dialogo podemos darnos cuenta si son víctimas o agresores del Bullying. De esta forma será mejor tu involucramiento en situaciones riesgosas.
ASISTENCIA A LA ESCUELA Y AL RECREO ESCOLAR:
Los casos de maltrato físico o psicológico a nuestros Hijos suceden en nuestra ausencia, por ello lo adecuado es apoyar al Colegio en las medidas de prevención de Bullying y asistir periódicamente a la Escuela con nuestro Hijo y/o permanecer en las Horas de Recreo, te ayudará a conocer a sus compañeros y como se relacionan.
PREDICAR CON EL EJEMPLO: Los Padres son el mejor ejemplo e imagen que los Hijos tienden a imitar. Diferente es la teoría de cómo comportarse, que enseñar con el ejemplo, de cómo relacionarnos con la familia, meseros, cobradores, comerciantes, vendedores, taxistas, etc.
IDENTIFICAR LOS SIGNOS DE BULLYING:
Cuando los niños se quejan de dolores de cabeza o de estómago, pierden sus pertenencias, pierden interés por asistir al colegio, evitan salir al recreo o a las actividades de la escuela, tratan de llegar muy temprano o tarde a la escuela, etc. Debemos tener en cuenta que los niños intimidados por lo general no lo comentan con los adultos.
ORIENTAR COMO AFRONTAR LAS INTIMIDACIONES:
Enseñemos a nuestros Hijos a no agredir en forma verbal o física a sus compañeros, evitar los empujones, bromas pesadas, insultos, etc. Enseñemos a nuestros Hijos a contar los casos de intimidación a los adultos y familiares. Muchas veces los niños no distinguen cundo están siendo intimidados o están actuando como agresores.
INTERVENCIÓN DIRECTA COMO TESTIGO DE BULLYING:
El triángulo del Bullying está formado por el agresor, el agredido y el espectador. Debemos instruir que todo «espectador» debe intervenir ante casos de bullying. Está demostrado que la intervención oportuna del espectador (niño o adulto) a favor de la convivencia pacifica reduce los casos de bullying.
APOYAR EL PLAN DE
CONVIVENCIA ESCOLAR:
En toda escuela se forma un Comité de Tutoría y Convivencia Democrática, en base a la Ley 29719, su Reglamente el Decreto Supremo 010-2012-ED o la Resolución Vice Ministerial 022-2007-ED, normas para el fortalecimiento de la convivencia. Es necesario la comunicación y actividades entre los miembros de la comunidad educativa; también participar en la elaboración del Plan de Convivencia y del Reglamento Interno. Contrato de un psicólogo y asistente social si fuera posible.
INTIMIDACIONES POR INTERNET, RADIO Y
TELEVISIÓN:
Debemos instruir a los niños para que distingan las intimidaciones por los medios de comunicación, enseñarles a rechazar toda comunicación agresiva, grosera, vulgar, información sensible o privada de otras personas, imitar personajes que alteran los valores, la ética y las buenas costumbres. Seleccionar sus amistades y escoger programas educativos.
ENSEÑAR A LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
Los conflictos forman parte de la vida en todas nuestras actividades y por lo general generan violencia, por ello es necesario educar a los niños en la resolución pacifica, dialogando y negociando, concertando para llegar acuerdos saludables para todos, sin llegar a las intimidaciones. Debemos enseñar exponiendo casos frecuentes y diarios.
DIFUSIÓN DE LOS PERJUICIOS DEL BULLYING ESCOLAR:
Debemos distinguir las intimidaciones, algunos adultos los consideran como una fase normal del crecimiento de los niños y típica de su infancia. Sin embargo, está comprobado que toda forma de intimidación, hostilización matoneo, acoso o bullying son perjudiciales para el agresor, la victima y los espectadores y las consecuencias pueden ser: la depresión, la ansiedad, el abuso de sustancias, la bulimia, la anorexia, la violencia familiar y comportamiento criminal, el alejamiento de la educación, el perjuicio económico, perjuicio físico y hasta la muerte.
El bullying debe ser tarea de toda la comunidad educativa, porque atenta el normal desarrollo de las actividades educativas al interior y exterior de los Centro Educativos.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2013-MDM
Mala, 18 de Enero del 2013
VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha 18 de Enero del 2013, el Informe N° 435-2012-GAT-MDM, de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 713-2012-GAL/MDM de la Oficina de Asesoría Legal, sobre proyecto de Ordenanza Municipal que fija la Tasa de Interés Moratorio - Tasa aplicable a los tributos administrados por la Municipalidad Distrital de Mala para el ejercicio presupuestal 2013.
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Mala ejerce su función normativa mediante la aprobación de Ordenanzas, dispositivos con rango de Ley según lo dispuesto por el artículo 200°, numeral 4) de la Constitución Política del Perú.
Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, señala que: «Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal».
Que, el segundo párrafo del artículo 33° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99 EF y sus modificatorias establece que: « La SUNAT fijará la Tasa de Interese Moratorio respecto a los tributos que administra o cuya recaudación estuviera a su cargo. En los casos de los tributos que administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interese Moratorio será fijada por la Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que establezca la SUNAT...».
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 032-2010-SUNAT, publicada en el Diario Oficial el Peruano con fecha 17 de Febrero del 2010, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ha fijado una tasa de interese moratorio (TIM) la misma que ha disminuido de 1.5% a 1.2% mensual.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9o numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la Tasa de Interés Moratorio (TIM) de uno por ciento (1%) mensual, aplicable a los tributos administrados y/o recaudados para el año 2013 por la Municipalidad Distrital de Mala.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Establecer que la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aprobado mediante la presente Ordenanza, se mantendrá vigente tanto la SUNAT no lo modifique.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO CUARTO- Precisar, que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario Judicial de la jurisdicción de Cañete.
DISPOSICIÓN FINAL Y ÚNICA
Facultar al Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente Ordenanza.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2013-MDM
Mala, 18 de Enero del 2013
VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha 18 de Enero del 2013, el Informe N° 435-2012-GAT-MDM, de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 713-2012-GAL/MDM de la Oficina de Asesoría Legal, sobre proyecto de Ordenanza Municipal que fija la Tasa de Interés Moratorio - Tasa aplicable a los tributos administrados por la Municipalidad Distrital de Mala para el ejercicio presupuestal 2013.
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Mala ejerce su función normativa mediante la aprobación de Ordenanzas, dispositivos con rango de Ley según lo dispuesto por el artículo 200°, numeral 4) de la Constitución Política del Perú.
Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, señala que: «Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal».
Que, el segundo párrafo del artículo 33° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99 EF y sus modificatorias establece que: « La SUNAT fijará la Tasa de Interese Moratorio respecto a los tributos que administra o cuya recaudación estuviera a su cargo. En los casos de los tributos que administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interese Moratorio será fijada por la Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que establezca la SUNAT...».
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 032-2010-SUNAT, publicada en el Diario Oficial el Peruano con fecha 17 de Febrero del 2010, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ha fijado una tasa de interese moratorio (TIM) la misma que ha disminuido de 1.5% a 1.2% mensual.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9o numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la Tasa de Interés Moratorio (TIM) de uno por ciento (1%) mensual, aplicable a los tributos administrados y/o recaudados para el año 2013 por la Municipalidad Distrital de Mala.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Establecer que la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aprobado mediante la presente Ordenanza, se mantendrá vigente tanto la SUNAT no lo modifique.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO CUARTO- Precisar, que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario Judicial de la jurisdicción de Cañete.
DISPOSICIÓN FINAL Y ÚNICA
Facultar al Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente Ordenanza.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el distrito de San Vicente de Cañete; el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de San Vicente de Cañete, dentro de un perímetro de 6 manzanas de la Plaza de Armas y de fácil accesibilidad vehicular.
· Área del terreno total no menor a 1500 m2 con área construida mínima de 1000 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
*****
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Mala, el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Mala, de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima a 800 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
*****
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Imperial, el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Imperial, dentro de un perímetro de 6 manzanas de la Plaza de Armas y de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima a 200 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
****+
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Lunahuaná; el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Lunahuaná y ser de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima de 100 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el distrito de San Vicente de Cañete; el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de San Vicente de Cañete, dentro de un perímetro de 6 manzanas de la Plaza de Armas y de fácil accesibilidad vehicular.
· Área del terreno total no menor a 1500 m2 con área construida mínima de 1000 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
Informes al teléfono 5813863 o al correo opisconte@pj.gob.pe, rcardenassa@pj.gob.pe
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OFICINA DE ADMINISTRACION
La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Mala, el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Mala, de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima a 800 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
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La Corte Superior de Justicia de Cañete necesita arrendar un inmueble en el Distrito de Imperial, el mismo que deberá cumplir con las siguientes características:
· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Imperial, dentro de un perímetro de 6 manzanas de la Plaza de Armas y de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima a 200 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
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· El inmueble debe estar ubicado dentro del área urbana del distrito de Lunahuaná y ser de fácil accesibilidad vehicular.
· Área construida mínima de 100 m2.
· Construido con material noble, debe contar con vías de escape en situaciones de emergencia y parqueo.
· Antigüedad de la construcción no mayor a 15 años
· Condiciones de uso operativo e inmediato.
Los interesados deberán presentar sus propuestas económicas en la Mesa de Partes de la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Cañete, sito Av. Mariscal Benavides 657 – Tercer Piso.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
ORDENANZA Nº 001-2013-MDSA
San Antonio, 16 de Enero del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe No. 001-2013-OAT/MDSA, de la Oficina de Administración Tributaria de la Municipalidad, referido a las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales Año 2013.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 194° y 195º de la Constitución Política del Perú, se reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y son competentes para administrar sus bienes y rentas, así como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley;
Que, el artículo 14º inc. a) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 776 – Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, dispone que los Contribuyentes están obligados a presentar declaración Jurada Anualmente, el último día hábil la actualización de valores de predios, sustituye la obligación formal de presentar declaración jurada, anualmente, dentro de los plazos establecidos; y el artículo 15º de la misma norma acotada señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año; o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre;
Que, la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete, mediante Ordenanza No. 016-2012-MDSA de fecha 13.OCT.2012, aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales del Distrito para el año 2013, la misma que es debidamente ratificada por la Municipalidad Provincial mediante Acuerdo de Concejo Nº 107-2012-MPC de fecha 18.DIC.2012; disposiciones municipales que para su puesta en vigencia se encuentran publicadas en el Diario Oficial Judicial de la Provincia de Cañete «Al Día con Matices» con fecha 26.DIC.2012;
Que, el artículo 5º de la Ordenanza Nº 016-2012-MDSA , señala que los arbitrios de Limpieza Pública, en las modalidades de Recolección de Residuos Sólidos, de Parques y Jardines, y de Serenazgo son de periocidad y determinación en su recaudación mensual, debiéndose cancelarse hasta el último día hábil de cada mes;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 237-2012-VIVIENDA, de fecha 29.OCT.2012, se aprueba los listados de Valores Oficiales que contienen los Valores Arancelarios de los Terrenos Rústicos ubicados en el territorio de la República, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; mediante Resolución Ministerial Nº 240 – 2012 - VIVIENDA, de fecha 29.OCT.2012, se aprueba los Planos Prediales que contienen los valores Arancelarios de Terrenos de las áreas urbanas, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; y mediante Resolución Ministerial Nº 241-2012-VIVIENDA, de fecha 29.OCT.2012, se aprobó los Valores Unitarios Oficiales de Edificación para las localidades de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la costa, Sierra y Selva, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; estando comprendido el distrito de San Antonio – Cañete, dentro de las respectivas disposiciones del referido Ministerio;
Que, de conformidad a lo establecido en la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, en concordancia con lo normado en los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, y el inc. 9) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; se faculta al Concejo Municipal a crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos, conforme a Ley;
Estando a lo expuesto, con la opinión legal favorable, con las atribuciones conferidas por el artículo 9º incisos. 8) y 9) y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; el pleno del Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó lo siguiente;
ORDENANZA QUE FIJA VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y BENEFICIO TRIBUTARIO PARA EL AÑO 2013
ARTICULO PRIMERO.- De conformidad con el Artículo 15º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 776 - Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, la obligación para el pago del Impuesto Predial vence:
1.- Pago Anual al Contado : 28 de Febrero
2.- Pago Fraccionado:
· Primera Cuota : 28 de Febrero
· Segunda Cuota : 31 de Mayo
· Tercera Cuota : 31 de Agosto
· Cuarta Cuota : 30 de Noviembre
Estas cuotas serán reajustadas con la variación acumulada de acuerdo al Índice de Precios al Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago.
ARTICULO SEGUNDO.- La obligación de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2013 vence:
· Enero : 31 de Enero del 2013
· Febrero : 29 de Febrero de 2013
· Marzo : 30 de Marzo de 2013
· Abril : 30 de Abril del 2013
· Mayo : 31 de Mayo del 2013
· Junio : 29 de Junio del 2013
· Julio : 28 de Julio del 2013
· Agosto : 31 de Agosto del 2013
· Setiembre : 28 de Setiembre del 2013
· Octubre : 31 de Octubre del 2013
· Noviembre : 30 de Noviembre del 2013
· Diciembre : 31 de Diciembre del 2013
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Oficina de Administración Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Oficina de Informática su debida implementación en el sistema informático, y a la Secretaría General su publicación en el diario respectivo.
ARTICULO CUARTO.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias y ampliatorias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza
POR TANTO:
Mando: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase
C.P.C. LOEL CARLOS SALAZAR YANCE
ALCALDE (P)
ORDENANZA Nº 001-2013-MDSA
San Antonio, 16 de Enero del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO - CAÑETE
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe No. 001-2013-OAT/MDSA, de la Oficina de Administración Tributaria de la Municipalidad, referido a las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales Año 2013.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 194° y 195º de la Constitución Política del Perú, se reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y son competentes para administrar sus bienes y rentas, así como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley;
Que, el artículo 14º inc. a) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 776 – Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, dispone que los Contribuyentes están obligados a presentar declaración Jurada Anualmente, el último día hábil la actualización de valores de predios, sustituye la obligación formal de presentar declaración jurada, anualmente, dentro de los plazos establecidos; y el artículo 15º de la misma norma acotada señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año; o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre;
Que, la Municipalidad Distrital de San Antonio – Cañete, mediante Ordenanza No. 016-2012-MDSA de fecha 13.OCT.2012, aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales del Distrito para el año 2013, la misma que es debidamente ratificada por la Municipalidad Provincial mediante Acuerdo de Concejo Nº 107-2012-MPC de fecha 18.DIC.2012; disposiciones municipales que para su puesta en vigencia se encuentran publicadas en el Diario Oficial Judicial de la Provincia de Cañete «Al Día con Matices» con fecha 26.DIC.2012;
Que, el artículo 5º de la Ordenanza Nº 016-2012-MDSA , señala que los arbitrios de Limpieza Pública, en las modalidades de Recolección de Residuos Sólidos, de Parques y Jardines, y de Serenazgo son de periocidad y determinación en su recaudación mensual, debiéndose cancelarse hasta el último día hábil de cada mes;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 237-2012-VIVIENDA, de fecha 29.OCT.2012, se aprueba los listados de Valores Oficiales que contienen los Valores Arancelarios de los Terrenos Rústicos ubicados en el territorio de la República, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; mediante Resolución Ministerial Nº 240 – 2012 - VIVIENDA, de fecha 29.OCT.2012, se aprueba los Planos Prediales que contienen los valores Arancelarios de Terrenos de las áreas urbanas, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; y mediante Resolución Ministerial Nº 241-2012-VIVIENDA, de fecha 29.OCT.2012, se aprobó los Valores Unitarios Oficiales de Edificación para las localidades de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la costa, Sierra y Selva, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; estando comprendido el distrito de San Antonio – Cañete, dentro de las respectivas disposiciones del referido Ministerio;
Que, de conformidad a lo establecido en la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, en concordancia con lo normado en los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, y el inc. 9) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; se faculta al Concejo Municipal a crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos, conforme a Ley;
Estando a lo expuesto, con la opinión legal favorable, con las atribuciones conferidas por el artículo 9º incisos. 8) y 9) y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; el pleno del Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó lo siguiente;
ORDENANZA QUE FIJA VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y BENEFICIO TRIBUTARIO PARA EL AÑO 2013
ARTICULO PRIMERO.- De conformidad con el Artículo 15º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 776 - Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, la obligación para el pago del Impuesto Predial vence:
1.- Pago Anual al Contado : 28 de Febrero
2.- Pago Fraccionado:
· Primera Cuota : 28 de Febrero
· Segunda Cuota : 31 de Mayo
· Tercera Cuota : 31 de Agosto
· Cuarta Cuota : 30 de Noviembre
Estas cuotas serán reajustadas con la variación acumulada de acuerdo al Índice de Precios al Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago.
ARTICULO SEGUNDO.- La obligación de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2013 vence:
· Enero : 31 de Enero del 2013
· Febrero : 29 de Febrero de 2013
· Marzo : 30 de Marzo de 2013
· Abril : 30 de Abril del 2013
· Mayo : 31 de Mayo del 2013
· Junio : 29 de Junio del 2013
· Julio : 28 de Julio del 2013
· Agosto : 31 de Agosto del 2013
· Setiembre : 28 de Setiembre del 2013
· Octubre : 31 de Octubre del 2013
· Noviembre : 30 de Noviembre del 2013
· Diciembre : 31 de Diciembre del 2013
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Oficina de Administración Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Oficina de Informática su debida implementación en el sistema informático, y a la Secretaría General su publicación en el diario respectivo.
ARTICULO CUARTO.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias y ampliatorias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza
POR TANTO:
Mando: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase
C.P.C. LOEL CARLOS SALAZAR YANCE
ALCALDE (P)
EDICTOS
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12614-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 95, folio 83, año 1950, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12615-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Luis Felipe Fernández Arata, inscrita en el libro 105, folio 30, año 1952, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12613-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Manuel Fernández Arata, inscrita en el libro 99, folio 188, año 1951, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12613-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE Carlos Julio Fernández Arata, inscrita en el libro 121, folio 129, año 1956, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 00689-2013, doña Juana Rosa Luyo Rivas, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Gregorio Luyo Solis, inscrita en el libro 25, folio 117, año 1916, en el extremo que se ha consignado el nombre del titular como GREGORIO LUYO, siendo lo correcto GREGORIO LUYO SOLIS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 23 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 00371-2013, doña Maria Ruth Chumpitaz Espinoza, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Anabel Brigitte Paico Chumpitaz, inscrita en el libro 027-A, folio 68265566, año 2010, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular LIDER PAICO GANZALES, siendo lo correcto LIDER PAICO GONZALES. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 14 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 00652-2013, don Alex Martin Gamez Muñiz, solicita la RECTIFICACIÓN DE L A PARTIDA DE NACIMIENTO de Alex Martin Gamez Muñiz, inscrita en el libro 145, folio 97, año 1961, en el extremo que se ha consignado el nombre de la madre de la titular como MARIA MUÑIZ, siendo lo correcto MARIA MANUELA MUÑIZ RAMOS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 23 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0578-2013, don Ricardo Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 157, folio 138, año 1964, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres como: CIPRIAN NAVARRO y LAURA RIVERA, siendo lo correcto CIPRIANO NAVARRO SULCA y LAURA RIVERA ASENCIO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0580-2013, doña Grimaldina Yolanda Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 128, folio 7, año 1952, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres como: CIPRIAN NAVARRO y LAURA RIVERA, siendo lo correcto CIPRIANO NAVARRO SULCA y LAURA RIVERA ASENCIO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0579-2013, doña Ana Yovanna Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 202, folio 189, año 1974, en el extremo que se ha consignado el nombre del a madre como LAURA RIVERA ACENCIO, siendo lo correcto LAURA RIVERA ASENCIO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0582-2013, doña Irma Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 141, folio 3, año 1961, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres como CIPRIANO NAVARRO y LAURA RIVERA ACENCIO, siendo lo correcto CIPRIANO NAVARRO SULCA y LAURA RIVERA ASENCIO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0581-2013, doña Rosa Maria Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 245, folio 163, año 1979, en el extremo que se ha consignado el nombre de la madre como LAURA RIVERA ACENCIO, siendo lo correcto LAURA RIVERA ASENCIO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don CLIFFORD CLAY SANABRIA PAYANO, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña MEGDONIA PAYANO VALERIO, quien falleció AB-INTESTADA el día 25 de Febrero de 2010, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos: CLIFFORD CLAY SANABRIA PAYANO y RUIZ PILAR SANABRIA PAYANO, respectivamente, lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 14 de Agosto de 2012.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 00676-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de San Vicente de Cañete que despacha la Sra. Juez Dra. Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña MARIA CRISTINA ALTAMIRANO HUAMANÑAUI DE VALLE y SANTIAGO AQUILES ALTAMIRANO HUAMANÑAUI como litis consorte, solicitan la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se rectifique el nombre de su progenitor ALEJANDRINO ALTAMIRANO GARCIA siendo lo correcto «GONZALO ALEJANDRO ALTAMIRANO GARCIA». Lo que se publica para conocimiento.
Cañete, 17 de Enero de 2013.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2do. Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO
Ante mí se ha presentado TEODORA SANCHEZ PORTUGUEZ DE ROBLES, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su padre VALENTIN SANCHEZ LEON, fallecido el día 22 de Junio de 1989, a fin de que se declare como herederos universales a la solicitante, a su madre: HIPOLITA PORTUGUEZ CARBONERO y a sus hermanos: GERARDO, VALENTIN GONZALO, LINO ANTONIO, FELICITA, EMILIA, PORFIRIA ERNESTA, TEODORA, DOMINICA, CELINDA y VICTOR MANUEL SANCHEZ PORTUGUEZ. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662. Cañete, 16 de Enero de 2013.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
EDICTO
Ante mí se ha presentado APOLINARIO LOPEZ BEDOYA, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su esposa PORFIRIA ERNESTA SANCHEZ PORTUGUEZ, fallecida el 26 de Febrero de 1998, a fin de que se declare como herederos universales al solicitante y a sus hijos MOISES ANTONIO y ANGELICA EDITH LOPEZ SANCHEZ. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662. Cañete, 16 de Enero de 2013.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
EDICTO
Ante mí se ha presentado TEODORA SANCHEZ PORTUGUEZ DE ROBLES, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su madre HIPOLITA PORTUGUEZ CARBONERO DE SANCHEZ, fallecida el día 29 de Octubre de 2004, a fin de que se declare como herederos universales a la solicitante y a sus hermanos: GERARDO, VALENTIN GONZALO, LINO ANTONIO, FELICITA, EMILIA, PORFIRIA ERNESTA, TEODORA, DOMINICA CELINDA y VICTOR MANUEL SANCHEZ PORTUGUEZ. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho, Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662.
Cañete, 16 de Enero de 2013.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN
Exp. Nº 00636-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Sra. Juez Dra. Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, don ANGEL ARIAS RAMOS solicita la INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su señora madre «HERMINIA RAMOS SANCHEZ» fallecida el día 29 de Abril de 1995, en el Hospital General Nacional Arzobispo Loayza de Lima. Lo que se publica para conocimiento
Cañete, 08 de Enero de 2013.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2do. Juzgado de Paz Letrado Cañete
EDICTOS (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a los acusados siguientes
EXP.- 2010-0170; a ALEJANDRO MANOLO RIVEROS TOVAR, LIUBER JHON SOLIS SOLIS RAMOS Y LEONEL CALIXTRO REYES, para que asistan a Sala de Audiencias y respondan de los cargos formulados en su contra el Día 28.01.2013; hora 09.30a.m; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravado; Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Raul Martinez Monsalve, a fin de continuar su juzgamiento bajo apercibimiento de declararlos Contumaz y revocarse la comparecencia por detención si no aisiten, Secretario: Miranda. Cañete, 17.01.2013.
23, 24 y 25 de Enero
EDICTOS PENALES ( 3 DIAS)
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Jueza: Garnica; ha resuelto:
EXP.- 989-2011; Resolución Uno: ADMITIR, la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra MIGUEL JAIME GUERRA VICENTE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FÍSICO- en agravio de HAYDE SANTA GUTIERREZ PEREZ., debiendo tramitarse vía Proceso Único: NOTIFIQUESE a la agraviada, bajo apercibimiento de NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Secretario: Quispe. Cañete, 28.12.2012.
22, 23 y 24 de Enero
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2012-0932.- Primer Juzgado de Familia – Cañete: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- ADMITIR en Vía de Proceso de Conocimiento la demanda interpuesta por Leonides Luyo Sánchez, contra la Sucesión de German Segundo Melgar Bautista, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA; confiriéndose TRASLADO de la demanda a los integrantes de la Sucesión antes mencionada, por el PLAZO DE 60 DÍAS. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL.- NOTIFICÁNDOSE; por el término de tres días. Juez Garnica – Secretario Rivera.
Dr. Víctor Hugo Rivera del Risco
Secretario Judicial - Primer Juzgado de Familia de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 22, 23 y 24 de Enero.
EDICTOS PENALES (1 DIA )
PRIMER JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Dr. Ventura comunica y emplaza:
EXP.- 0012-2013-92-0801-JR-PE-01(CUADERNO DE PRISION PREVENTIVA).- a JOSE MIGUEL QUISPE VILLARUBIA, Resolución N° Dos(21.01.2013): Resuelve Reprogramar Audiencia de Prisión Preventiva. Día 29.01.2013 a horas 09:00a.m; en la Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria, investigación que se sigue en su contra por Delito de Violación Sexual de Menor Edad; Agraviado: Menor de Iniciales V.S.S.L. Asistente de Audiencia: Gutiérrez. Cañete 21.01.2013.
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12614-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 95, folio 83, año 1950, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12615-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Luis Felipe Fernández Arata, inscrita en el libro 105, folio 30, año 1952, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12613-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Jose Manuel Fernández Arata, inscrita en el libro 99, folio 188, año 1951, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 12613-2012, doña Teresa Fernández Arata, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE Carlos Julio Fernández Arata, inscrita en el libro 121, folio 129, año 1956, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular JULIA ARATA, siendo lo correcto JULIA ARATA AYLLON DE FERNÁNDEZ.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 28 de Diciembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 00689-2013, doña Juana Rosa Luyo Rivas, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Gregorio Luyo Solis, inscrita en el libro 25, folio 117, año 1916, en el extremo que se ha consignado el nombre del titular como GREGORIO LUYO, siendo lo correcto GREGORIO LUYO SOLIS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 23 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 00371-2013, doña Maria Ruth Chumpitaz Espinoza, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Anabel Brigitte Paico Chumpitaz, inscrita en el libro 027-A, folio 68265566, año 2010, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular LIDER PAICO GANZALES, siendo lo correcto LIDER PAICO GONZALES. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 14 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 00652-2013, don Alex Martin Gamez Muñiz, solicita la RECTIFICACIÓN DE L A PARTIDA DE NACIMIENTO de Alex Martin Gamez Muñiz, inscrita en el libro 145, folio 97, año 1961, en el extremo que se ha consignado el nombre de la madre de la titular como MARIA MUÑIZ, siendo lo correcto MARIA MANUELA MUÑIZ RAMOS. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 23 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0578-2013, don Ricardo Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 157, folio 138, año 1964, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres como: CIPRIAN NAVARRO y LAURA RIVERA, siendo lo correcto CIPRIANO NAVARRO SULCA y LAURA RIVERA ASENCIO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0580-2013, doña Grimaldina Yolanda Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 128, folio 7, año 1952, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres como: CIPRIAN NAVARRO y LAURA RIVERA, siendo lo correcto CIPRIANO NAVARRO SULCA y LAURA RIVERA ASENCIO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0579-2013, doña Ana Yovanna Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 202, folio 189, año 1974, en el extremo que se ha consignado el nombre del a madre como LAURA RIVERA ACENCIO, siendo lo correcto LAURA RIVERA ASENCIO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0582-2013, doña Irma Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 141, folio 3, año 1961, en el extremo que se ha consignado el nombre de los padres como CIPRIANO NAVARRO y LAURA RIVERA ACENCIO, siendo lo correcto CIPRIANO NAVARRO SULCA y LAURA RIVERA ASENCIO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 0581-2013, doña Rosa Maria Navarro Rivera, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 245, folio 163, año 1979, en el extremo que se ha consignado el nombre de la madre como LAURA RIVERA ACENCIO, siendo lo correcto LAURA RIVERA ASENCIO. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC. San Vicente, 18 de Enero de 2013.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez - Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi despacho notarial, sito en el Jr. Bolognesi 324 – San Vicente – Cañete, se presentó don CLIFFORD CLAY SANABRIA PAYANO, manifestando ser hijo de quien fuera en vida doña MEGDONIA PAYANO VALERIO, quien falleció AB-INTESTADA el día 25 de Febrero de 2010, a efecto de que se declaren como únicos y universales herederos a sus hijos: CLIFFORD CLAY SANABRIA PAYANO y RUIZ PILAR SANABRIA PAYANO, respectivamente, lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia.
Cañete, 14 de Agosto de 2012.
Hubert Camacho Gálvez - Notario de Cañete
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. Nº 00676-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de San Vicente de Cañete que despacha la Sra. Juez Dra. Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, doña MARIA CRISTINA ALTAMIRANO HUAMANÑAUI DE VALLE y SANTIAGO AQUILES ALTAMIRANO HUAMANÑAUI como litis consorte, solicitan la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el extremo que se rectifique el nombre de su progenitor ALEJANDRINO ALTAMIRANO GARCIA siendo lo correcto «GONZALO ALEJANDRO ALTAMIRANO GARCIA». Lo que se publica para conocimiento.
Cañete, 17 de Enero de 2013.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial - 2do. Juzgado de Paz Letrado de Cañete
EDICTO
Ante mí se ha presentado TEODORA SANCHEZ PORTUGUEZ DE ROBLES, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su padre VALENTIN SANCHEZ LEON, fallecido el día 22 de Junio de 1989, a fin de que se declare como herederos universales a la solicitante, a su madre: HIPOLITA PORTUGUEZ CARBONERO y a sus hermanos: GERARDO, VALENTIN GONZALO, LINO ANTONIO, FELICITA, EMILIA, PORFIRIA ERNESTA, TEODORA, DOMINICA, CELINDA y VICTOR MANUEL SANCHEZ PORTUGUEZ. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662. Cañete, 16 de Enero de 2013.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
EDICTO
Ante mí se ha presentado APOLINARIO LOPEZ BEDOYA, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su esposa PORFIRIA ERNESTA SANCHEZ PORTUGUEZ, fallecida el 26 de Febrero de 1998, a fin de que se declare como herederos universales al solicitante y a sus hijos MOISES ANTONIO y ANGELICA EDITH LOPEZ SANCHEZ. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662. Cañete, 16 de Enero de 2013.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
EDICTO
Ante mí se ha presentado TEODORA SANCHEZ PORTUGUEZ DE ROBLES, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su madre HIPOLITA PORTUGUEZ CARBONERO DE SANCHEZ, fallecida el día 29 de Octubre de 2004, a fin de que se declare como herederos universales a la solicitante y a sus hermanos: GERARDO, VALENTIN GONZALO, LINO ANTONIO, FELICITA, EMILIA, PORFIRIA ERNESTA, TEODORA, DOMINICA CELINDA y VICTOR MANUEL SANCHEZ PORTUGUEZ. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho, Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662.
Cañete, 16 de Enero de 2013.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN
Exp. Nº 00636-2012-CI, Ante el 2º Juzgado de Paz Letrado de Cañete que despacha la Sra. Juez Dra. Daisy Guzmán Sánchez y Secretaria Sonia Marlene Hernández Ramos, don ANGEL ARIAS RAMOS solicita la INSCRIPCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN de su señora madre «HERMINIA RAMOS SANCHEZ» fallecida el día 29 de Abril de 1995, en el Hospital General Nacional Arzobispo Loayza de Lima. Lo que se publica para conocimiento
Cañete, 08 de Enero de 2013.
Sonia Marlene Hernández Ramos
Secretaria Judicial
2do. Juzgado de Paz Letrado Cañete
EDICTOS (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a los acusados siguientes
EXP.- 2010-0170; a ALEJANDRO MANOLO RIVEROS TOVAR, LIUBER JHON SOLIS SOLIS RAMOS Y LEONEL CALIXTRO REYES, para que asistan a Sala de Audiencias y respondan de los cargos formulados en su contra el Día 28.01.2013; hora 09.30a.m; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravado; Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Raul Martinez Monsalve, a fin de continuar su juzgamiento bajo apercibimiento de declararlos Contumaz y revocarse la comparecencia por detención si no aisiten, Secretario: Miranda. Cañete, 17.01.2013.
23, 24 y 25 de Enero
EDICTOS PENALES ( 3 DIAS)
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Jueza: Garnica; ha resuelto:
EXP.- 989-2011; Resolución Uno: ADMITIR, la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra MIGUEL JAIME GUERRA VICENTE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FÍSICO- en agravio de HAYDE SANTA GUTIERREZ PEREZ., debiendo tramitarse vía Proceso Único: NOTIFIQUESE a la agraviada, bajo apercibimiento de NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Secretario: Quispe. Cañete, 28.12.2012.
22, 23 y 24 de Enero
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2012-0932.- Primer Juzgado de Familia – Cañete: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- ADMITIR en Vía de Proceso de Conocimiento la demanda interpuesta por Leonides Luyo Sánchez, contra la Sucesión de German Segundo Melgar Bautista, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA; confiriéndose TRASLADO de la demanda a los integrantes de la Sucesión antes mencionada, por el PLAZO DE 60 DÍAS. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL.- NOTIFICÁNDOSE; por el término de tres días. Juez Garnica – Secretario Rivera.
Dr. Víctor Hugo Rivera del Risco
Secretario Judicial - Primer Juzgado de Familia de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 22, 23 y 24 de Enero.
EDICTOS PENALES (1 DIA )
PRIMER JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAÑETE; Dr. Ventura comunica y emplaza:
EXP.- 0012-2013-92-0801-JR-PE-01(CUADERNO DE PRISION PREVENTIVA).- a JOSE MIGUEL QUISPE VILLARUBIA, Resolución N° Dos(21.01.2013): Resuelve Reprogramar Audiencia de Prisión Preventiva. Día 29.01.2013 a horas 09:00a.m; en la Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria, investigación que se sigue en su contra por Delito de Violación Sexual de Menor Edad; Agraviado: Menor de Iniciales V.S.S.L. Asistente de Audiencia: Gutiérrez. Cañete 21.01.2013.
23 enero 2013
MARÍA MONTOYA: «Solo El Pueblo Dirá Hasta Cuando Debo Gobernar»
Por Juan Vladimir Rojas Hinostroza
Su pecado ser mujer y a la vez autoridad electa. Su trayectoria profesional sin mancha alguna por la paz familiar en la que vive. En las últimas semanas se ha visto amenazada por denuncias, por solicitudes de vacancia y sobretodo soportando como madre y mujer el ataque más asqueroso contra la dignidad de los integrantes de su familia. Pero hay algo en ella que cada día la fortalece y es que nunca baja la cabeza ante la adversidad y sigue gobernando nuestro valle bendito por la voluntad electoral de sus vecinos.
Como autoridad se dirigió ante madres, padres, niños y jóvenes en Cochahuasi con toda la sinceridad que la caracteriza expresando «queridos hermanos, esta obra que se le entrega, más que una promesa electoral es un compromiso moral con ustedes; recuerdo en estos momentos que en las elecciones pasadas (2006) cuando estábamos luchando voto a voto, impugnando actas presentando las impugnaciones y estos recursos que presentábamos tenía un costo… y ustedes deben recordar que no contábamos con los recursos económicos, pero el amor del pueblo es tan grande que jamás voy a olvidar que un grupo de madres de Cochahuasi me entregó un sobre con toda la relación de las personas que con mucho amor y cariño me entregaron para continuar con el conteo e impugnación de actas (se siente en ese momento la confesión por primera vez comparte con los presentes después de 6 años, María con voz entrecortada continúa)».
Prosigue Montoya Conde «Desde que asumí el alto honor de gobernar a mi provincia, lo vengo haciendo, con amor, con responsabilidad y con y trabajo, pero siempre hay piedras en el camino; por limpiar el mercado ¿que paso? me denunciaron; ¿por exigir de que ya no se construya más penales?, también me denunciaron; hay quienes que con mentiras tratan de difamar y calumniar, hablan mal de mí no solamente sino también de mi familia y ahora me quieren vacar por intereses mezquinos y por la envidia de aquellos que nos ven, siempre haciendo obras y trabajando; a ellos yo les digo ¿Qué importa lo que digan de mí?¿qué importa lo que digan de mi familia? Si a mí lo que más me importa, es lo que digan ustedes(los presentes), lo que más me importa es el progreso de mi pueblo cañetano ¿quieren vacarme? ¿Quieren sacarme de la municipalidad? – ¡Que lo hagan! – lo que no saben es que jamás podrán sacarme del corazón de cada uno de ustedes, porque ustedes me pusieron ahí para poder dirigir los destinos de mi provincia y solo el pueblo, solo ustedes dirán hasta cuando debo de gobernar (la gente aplaude y vitorea su nombre a mas no poder en esos momentos)
Continua María Montoya «Con la bendición de dios, con la esperanza en la justicia y con el respaldo de mi pueblo seguiremos trabajando por un Cañete mejor, más justo y solidario, tengo la firme convicción de que estamos haciendo y trabajando por el camino correcto… desde aquí extiendo mis manos para todos los que me apoyan y a los que no me apoyan también... porque Cañete Necesita de todos, Cañete necesita a cada uno de ustedes y recuerden siempre, que Cañete progresa contigo».
Un mensaje claro emanado desde lo más hondo de su ser, quizás fastidiada por aquellos malintencionados que quieren bajar su autoestima de mujer y autoridad, pero es mujer, es cañetana, es madre, es autoridad y merece el respeto y apoyo de todos aquellos que creemos que unidos Cañete progresara.
Su pecado ser mujer y a la vez autoridad electa. Su trayectoria profesional sin mancha alguna por la paz familiar en la que vive. En las últimas semanas se ha visto amenazada por denuncias, por solicitudes de vacancia y sobretodo soportando como madre y mujer el ataque más asqueroso contra la dignidad de los integrantes de su familia. Pero hay algo en ella que cada día la fortalece y es que nunca baja la cabeza ante la adversidad y sigue gobernando nuestro valle bendito por la voluntad electoral de sus vecinos.
Como autoridad se dirigió ante madres, padres, niños y jóvenes en Cochahuasi con toda la sinceridad que la caracteriza expresando «queridos hermanos, esta obra que se le entrega, más que una promesa electoral es un compromiso moral con ustedes; recuerdo en estos momentos que en las elecciones pasadas (2006) cuando estábamos luchando voto a voto, impugnando actas presentando las impugnaciones y estos recursos que presentábamos tenía un costo… y ustedes deben recordar que no contábamos con los recursos económicos, pero el amor del pueblo es tan grande que jamás voy a olvidar que un grupo de madres de Cochahuasi me entregó un sobre con toda la relación de las personas que con mucho amor y cariño me entregaron para continuar con el conteo e impugnación de actas (se siente en ese momento la confesión por primera vez comparte con los presentes después de 6 años, María con voz entrecortada continúa)».
Prosigue Montoya Conde «Desde que asumí el alto honor de gobernar a mi provincia, lo vengo haciendo, con amor, con responsabilidad y con y trabajo, pero siempre hay piedras en el camino; por limpiar el mercado ¿que paso? me denunciaron; ¿por exigir de que ya no se construya más penales?, también me denunciaron; hay quienes que con mentiras tratan de difamar y calumniar, hablan mal de mí no solamente sino también de mi familia y ahora me quieren vacar por intereses mezquinos y por la envidia de aquellos que nos ven, siempre haciendo obras y trabajando; a ellos yo les digo ¿Qué importa lo que digan de mí?¿qué importa lo que digan de mi familia? Si a mí lo que más me importa, es lo que digan ustedes(los presentes), lo que más me importa es el progreso de mi pueblo cañetano ¿quieren vacarme? ¿Quieren sacarme de la municipalidad? – ¡Que lo hagan! – lo que no saben es que jamás podrán sacarme del corazón de cada uno de ustedes, porque ustedes me pusieron ahí para poder dirigir los destinos de mi provincia y solo el pueblo, solo ustedes dirán hasta cuando debo de gobernar (la gente aplaude y vitorea su nombre a mas no poder en esos momentos)
Continua María Montoya «Con la bendición de dios, con la esperanza en la justicia y con el respaldo de mi pueblo seguiremos trabajando por un Cañete mejor, más justo y solidario, tengo la firme convicción de que estamos haciendo y trabajando por el camino correcto… desde aquí extiendo mis manos para todos los que me apoyan y a los que no me apoyan también... porque Cañete Necesita de todos, Cañete necesita a cada uno de ustedes y recuerden siempre, que Cañete progresa contigo».
Un mensaje claro emanado desde lo más hondo de su ser, quizás fastidiada por aquellos malintencionados que quieren bajar su autoestima de mujer y autoridad, pero es mujer, es cañetana, es madre, es autoridad y merece el respeto y apoyo de todos aquellos que creemos que unidos Cañete progresara.
CAÑETE: GOBIERNO REGIONAL Y SIERRA EXPORTADORA DESARROLLARON TALLER DE IMPLEMENTACIÓN DEL PROCOMPITE Y ELABORACIÓN DE PLANES DE NEGOCIO
Más de 300 productores de las provincias de Cañete y Yauyos participaron en el taller «Estrategia para el Desarrollo Productivo: Implementación de PROCOMPITE y Elaboración de Planes de Negocios», desarrollado en las instalaciones de la Casa de la Cultura ubicado en el distrito de San Vicente.
Esta jornada, al igual que en la ciudad de Huacho, tuvo como objetivo fortalecer las capacidades de los funcionarios de la región Lima, gobiernos locales, representantes de asociaciones productivas y profesionales sobre la importancia del PROCOMPITE en el apoyo a la competitividad productiva.
El gerente regional de Desarrollo Económico, Ing. Renzo Zegarra Morán, en representación del presidente Javier Alvarado, informó que el Gobierno Regional de Lima ha transferido cuatro millones 534 mil soles para desarrollar siete cadenas productivas a nivel de las nueve provincias; estas son: manzana, palta, vid, melocotón, vacuno, cuyes y truchas.
«Con la Ley PROCOMPITE se promueve el desarrollo de nuestros agricultores que pertenecen a diversas asociaciones productivas mediante la puesta en marcha de planes de negocio, que de acuerdo a un fondo concursable se medirá su sostenibilidad, rentabilidad e innovación a fin de determinar el porcentaje a cofinanciarse», explicó el funcionario de la entidad regional.
Tras la ceremonia, el primer tema que se abordó en el taller estuvo a cargo del director de Desarrollo Productivo Territorial de Sierra Exportadora, Ing. David Salazar, al presentar el modelo «Municipio Productivo». Después, el Ing. Carlos Molina dialogó con los asistentes sobre las dificultades y dudas en el proceso de implementación del Procompite.
En horas de la tarde, la coordinadora de Estudios y Proyectos de Sierra Exportadora, Ing. María Olarte, explicó las condiciones mínimas para la Elaboración de un Plan de Negocios -PROCOMPITE.
Hay que precisar que a través de la Ley 29337 -Ley Procompite (Iniciativa de Apoyo a la Competitividad Productiva), el Gobierno Central determinó que las regiones y municipios destinen hasta un 10% de sus recursos para los gastos destinados a proyectos para financiar el PROCOMPITE.
Esta jornada, al igual que en la ciudad de Huacho, tuvo como objetivo fortalecer las capacidades de los funcionarios de la región Lima, gobiernos locales, representantes de asociaciones productivas y profesionales sobre la importancia del PROCOMPITE en el apoyo a la competitividad productiva.
El gerente regional de Desarrollo Económico, Ing. Renzo Zegarra Morán, en representación del presidente Javier Alvarado, informó que el Gobierno Regional de Lima ha transferido cuatro millones 534 mil soles para desarrollar siete cadenas productivas a nivel de las nueve provincias; estas son: manzana, palta, vid, melocotón, vacuno, cuyes y truchas.
«Con la Ley PROCOMPITE se promueve el desarrollo de nuestros agricultores que pertenecen a diversas asociaciones productivas mediante la puesta en marcha de planes de negocio, que de acuerdo a un fondo concursable se medirá su sostenibilidad, rentabilidad e innovación a fin de determinar el porcentaje a cofinanciarse», explicó el funcionario de la entidad regional.
Tras la ceremonia, el primer tema que se abordó en el taller estuvo a cargo del director de Desarrollo Productivo Territorial de Sierra Exportadora, Ing. David Salazar, al presentar el modelo «Municipio Productivo». Después, el Ing. Carlos Molina dialogó con los asistentes sobre las dificultades y dudas en el proceso de implementación del Procompite.
En horas de la tarde, la coordinadora de Estudios y Proyectos de Sierra Exportadora, Ing. María Olarte, explicó las condiciones mínimas para la Elaboración de un Plan de Negocios -PROCOMPITE.
Hay que precisar que a través de la Ley 29337 -Ley Procompite (Iniciativa de Apoyo a la Competitividad Productiva), el Gobierno Central determinó que las regiones y municipios destinen hasta un 10% de sus recursos para los gastos destinados a proyectos para financiar el PROCOMPITE.
DE GOBERNACIÓN PROVINCIAL A CANTINA: LA «AGENDA CHELERA» DE CARLOS QUINTO
Por Vladimir Alexander Rojas Hinostroza
«Sólo faltaba llamar a Angélica Arata Tasso», parecían comentar los parroquianos que, la noche de este último lunes, acompañaban a Carlos Quinto (Gobernador Provincial) en una amena y placentera tertulia con cerveza incluida en el recinto representativo de Ollanta Humala en Cañete.
Las imágenes captadas por el atento reportero Abel Antón(http://www.youtube.com/watch?v=qSCiN3u6mhs) no nos podrán decir si la celebración «chelera» tenía como cortina algún negocio redondo en cierto municipio cañetano, o el silencio cómplice ante invasiones y tráficos de terrenos del Estado, o porque Perú le gano Brasil en el sudamericano sub 20.
Pero lo que si revelan las imágenes, es la precariedad y falta de idoneidad con la que se ha venido conduciendo el abogado Carlos Quinto en la gobernación cañetana, que para muchos nacionalistas locales contó con el auspicio de la pariente del Presidente de la República en Cañete.
Carlos Quinto, siendo un abogado de experiencia como patrocinador de litigios, es cómplice y autor de un vergonzoso, reprochable, e ilegal espectáculo, cuándo durante meses se esperaba un mayor protagonismo ante la salida de su antecesor Samaniego Orellana.
Y él sabe muy bien que su comportamiento indecoroso es ilegal, porque la autoridad no puede utilizar un estamento público como cantina, por más que se haya sacado la «tinka».
Más allá de la renuncia al cargo que deba presentar Carlos Quinto, o la defenestración que debe provenir del Gobierno del Interior, es un hecho lamentable que durante su estadía sea recordado como el gobernador de la agenda cervecera, porque después de este incidente no se le conoce notoriedad alguna.
Ni en la última visita de Humala Tasso en Cañete, para inaugurar el puente del boulevard de Asia, Carlos Quinto llamó su atención, porque en la foto oficial nuestro mandatario prefirió llamar a su pariente Angélica Arata, menospreciando al gobernador Quinto Céspedes .. ¿Pero en realidad Humala habrá sabido que existía Gobernador en Cañete?
Desde hace años, el título de Gobernador Provincial viene de capa caída, y lo perpetrado por Carlos Quinto ha hundido con mayor fuerza la autoridad que debe revestir tal investidura.
Si en verdad, Ollanta Humala quiere designar verdaderos gobernadores a nivel nacional, que tome a Cañete como ejemplo claro de lo que no debe hacer su gobierno. Señor Presidente, escuche a sus militantes, y no a sus familiares.
Muchos nacionalistas responsabilizarán de tan vergonzoso espectáculo a quien patrocinó a Quinto Céspedes en la gobernación; pero no seamos injustos, pues él como abogado es responsable de sus actos. Sólo esperemos que los temores de los nacionalistas se desvanezcan, y que la imagen de Angélica Arata Tasso no se asome para designar al nuevo representante de Humala en Cañete.
El próximo gobernador debe asumir el cargo con una agenda clara, que Cañete necesita, que trabaje con sus autoridades, que exija cuentas claras, que presione a las empresas para que cumpla con sus obligaciones, y haga sentir la presencia del gobierno en nuestros 16 distritos.
Sino ocurre ello, pues no faltará mucho para que seamos testigos de algún evento cervecero (sin ofender a los empresarios locales).
«Sólo faltaba llamar a Angélica Arata Tasso», parecían comentar los parroquianos que, la noche de este último lunes, acompañaban a Carlos Quinto (Gobernador Provincial) en una amena y placentera tertulia con cerveza incluida en el recinto representativo de Ollanta Humala en Cañete.
Las imágenes captadas por el atento reportero Abel Antón(http://www.youtube.com/watch?v=qSCiN3u6mhs) no nos podrán decir si la celebración «chelera» tenía como cortina algún negocio redondo en cierto municipio cañetano, o el silencio cómplice ante invasiones y tráficos de terrenos del Estado, o porque Perú le gano Brasil en el sudamericano sub 20.
Pero lo que si revelan las imágenes, es la precariedad y falta de idoneidad con la que se ha venido conduciendo el abogado Carlos Quinto en la gobernación cañetana, que para muchos nacionalistas locales contó con el auspicio de la pariente del Presidente de la República en Cañete.
Carlos Quinto, siendo un abogado de experiencia como patrocinador de litigios, es cómplice y autor de un vergonzoso, reprochable, e ilegal espectáculo, cuándo durante meses se esperaba un mayor protagonismo ante la salida de su antecesor Samaniego Orellana.
Y él sabe muy bien que su comportamiento indecoroso es ilegal, porque la autoridad no puede utilizar un estamento público como cantina, por más que se haya sacado la «tinka».
Más allá de la renuncia al cargo que deba presentar Carlos Quinto, o la defenestración que debe provenir del Gobierno del Interior, es un hecho lamentable que durante su estadía sea recordado como el gobernador de la agenda cervecera, porque después de este incidente no se le conoce notoriedad alguna.
Ni en la última visita de Humala Tasso en Cañete, para inaugurar el puente del boulevard de Asia, Carlos Quinto llamó su atención, porque en la foto oficial nuestro mandatario prefirió llamar a su pariente Angélica Arata, menospreciando al gobernador Quinto Céspedes .. ¿Pero en realidad Humala habrá sabido que existía Gobernador en Cañete?
Desde hace años, el título de Gobernador Provincial viene de capa caída, y lo perpetrado por Carlos Quinto ha hundido con mayor fuerza la autoridad que debe revestir tal investidura.
Si en verdad, Ollanta Humala quiere designar verdaderos gobernadores a nivel nacional, que tome a Cañete como ejemplo claro de lo que no debe hacer su gobierno. Señor Presidente, escuche a sus militantes, y no a sus familiares.
Muchos nacionalistas responsabilizarán de tan vergonzoso espectáculo a quien patrocinó a Quinto Céspedes en la gobernación; pero no seamos injustos, pues él como abogado es responsable de sus actos. Sólo esperemos que los temores de los nacionalistas se desvanezcan, y que la imagen de Angélica Arata Tasso no se asome para designar al nuevo representante de Humala en Cañete.
El próximo gobernador debe asumir el cargo con una agenda clara, que Cañete necesita, que trabaje con sus autoridades, que exija cuentas claras, que presione a las empresas para que cumpla con sus obligaciones, y haga sentir la presencia del gobierno en nuestros 16 distritos.
Sino ocurre ello, pues no faltará mucho para que seamos testigos de algún evento cervecero (sin ofender a los empresarios locales).
RECORTARAN PRESUPUESTO A GOBIERNO REGIONAL Y MUNICIPIOS DE LA REGIÓN LIMA
La Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, publicada el 4 de diciembre de 2012 en el diario oficial El Peruano, considera una restricción encubierta en el presupuesto, que afectará directamente al Gobierno Regional de Lima y a incontables municipios.
Se trata de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria de la Ley Nº 29951 del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2013, donde se establece que los recursos vinculados a instrumentos de incentivos en el marco del Presupuesto por Resultados - PpR y a fondos concursables, Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal - PI y el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, respectivamente, no podrán ser otorgados a Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que se declaren en Estado de Emergencia por actos de violencia y/o alteración del orden público (excepto los actos terroristas y/o del narcotráfico) y en los casos en los que el Ministerio Público haya formulado denuncia penal contra el titular del pliego del Gobierno Regional y del Gobierno Local en tales actos.
La normativa, indica claramente que en los casos en que el Ministerio Público haya formulado denuncia penal contra el titular del pliego, no recibirán recursos del Presupuesto por Resultados y Fondos Concursales (FONIPREL).
Debido a ello los presidentes regionales en líos judiciales y alcaldes provinciales y distritales en lo mismo, han expresado su preocupación y pidieron la inmediata rectificación de la norma por considerarla injusta.
En el caso que el Ministerio Público formule denuncia penal contra el titular del pliego del Gobierno Regional o Local involucrado en los hechos enunciados también se recortarán estos recursos, privando a las instituciones de los fondos, hecho que afectaría directamente a la colectividad.
Increíblemente ésta disposición complementaria atenta contra los Derechos Fundamentales de la Persona consignados en la Constitución Política del Estado, que en su Artículo 2° numeral 24 e, precisa que toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad.
Considera que en caso se demuestre la culpabilidad del gobernante local, sea éste alcalde o presidente regional, las sanciones aplicables son a la persona de manera individual y no a las instituciones regionales o municipales.
¿Qué dirán a estos los acuciosos mermeleros de la prensa o las autoridades que se han quedado mudas?...
Se trata de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria de la Ley Nº 29951 del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2013, donde se establece que los recursos vinculados a instrumentos de incentivos en el marco del Presupuesto por Resultados - PpR y a fondos concursables, Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal - PI y el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, respectivamente, no podrán ser otorgados a Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que se declaren en Estado de Emergencia por actos de violencia y/o alteración del orden público (excepto los actos terroristas y/o del narcotráfico) y en los casos en los que el Ministerio Público haya formulado denuncia penal contra el titular del pliego del Gobierno Regional y del Gobierno Local en tales actos.
La normativa, indica claramente que en los casos en que el Ministerio Público haya formulado denuncia penal contra el titular del pliego, no recibirán recursos del Presupuesto por Resultados y Fondos Concursales (FONIPREL).
Debido a ello los presidentes regionales en líos judiciales y alcaldes provinciales y distritales en lo mismo, han expresado su preocupación y pidieron la inmediata rectificación de la norma por considerarla injusta.
En el caso que el Ministerio Público formule denuncia penal contra el titular del pliego del Gobierno Regional o Local involucrado en los hechos enunciados también se recortarán estos recursos, privando a las instituciones de los fondos, hecho que afectaría directamente a la colectividad.
Increíblemente ésta disposición complementaria atenta contra los Derechos Fundamentales de la Persona consignados en la Constitución Política del Estado, que en su Artículo 2° numeral 24 e, precisa que toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad.
Considera que en caso se demuestre la culpabilidad del gobernante local, sea éste alcalde o presidente regional, las sanciones aplicables son a la persona de manera individual y no a las instituciones regionales o municipales.
¿Qué dirán a estos los acuciosos mermeleros de la prensa o las autoridades que se han quedado mudas?...
GRAN ÉXITO TUVO LA PRESENCIA DE LOS VITIVINÍCOLAS DE LIMA PROVINCIAS EN EL FESTIVAL DEL CHILCANO REALIZADO POR EL 478 ANIVERSARIO DE LIMA METROPOLITANA.
En la primera participación de los productores vitivinícolas de la región Lima Provincias en el Festival del Chilcano que se desarrolla en la ciudad capital, dejaron una buena impresión a los miles de personas que visitaron sus stands, durante el evento que se desarrolló en el marco de las actividades por el 478 aniversario de Lima Metropolitana.
El festival congregó a más de 30 productores y expositores de Pisco de las 5 regiones Pisqueras del Perú, siendo los representantes de Lima Provincias la Asociación de Productores Vitivinícolas de Cañete con «Pisco Pasión Cañetana», Asociación de Productores de Pisco de la Zona Norte con «Pisco Pativilca» y la Asociación de Productores de Vid de Cañete con «Pisco Huapaya».
Las personas que se acercaron a la Alameda Chabuca Granda degustaron de los cocteles preparados por los productores vitivinícolas de Lima Provincias, quedando maravillados por su aroma, sabor y frescura.
El director regional de Comercio Exterior y Turismo, Lic. Humberto Barba Mitrani, acompañó a los productores vitivinícolas en la inauguración del evento, en representación del presidente Javier Alvarado.
«Nuestros productores que han participado en el Festival del Chilcano recibieron capacitaciones acerca de participación en ferias de exposición y degustación que fue dirigida por el Mg. Luis Méndez, presidente de la Cámara Peruana de Comercio Exterior», expresó el Lic. Humberto Barba.
El festival congregó a más de 30 productores y expositores de Pisco de las 5 regiones Pisqueras del Perú, siendo los representantes de Lima Provincias la Asociación de Productores Vitivinícolas de Cañete con «Pisco Pasión Cañetana», Asociación de Productores de Pisco de la Zona Norte con «Pisco Pativilca» y la Asociación de Productores de Vid de Cañete con «Pisco Huapaya».
Las personas que se acercaron a la Alameda Chabuca Granda degustaron de los cocteles preparados por los productores vitivinícolas de Lima Provincias, quedando maravillados por su aroma, sabor y frescura.
El director regional de Comercio Exterior y Turismo, Lic. Humberto Barba Mitrani, acompañó a los productores vitivinícolas en la inauguración del evento, en representación del presidente Javier Alvarado.
«Nuestros productores que han participado en el Festival del Chilcano recibieron capacitaciones acerca de participación en ferias de exposición y degustación que fue dirigida por el Mg. Luis Méndez, presidente de la Cámara Peruana de Comercio Exterior», expresó el Lic. Humberto Barba.
MEGA PLAZA EXPRESS DE CAÑETE YA ES UNA REALIDAD… Será Uno De Los Más Modernos del Sur Chico del Perú
La Departamental Saga Falabella y el Homecenter Sodimac del grupo Falabella (ambas en formato express) ingresarán como tiendas anclas del MegaPlaza Express de Cañete, sumándose así a Tottus y Movie Time.
El ‘strip center’ de Inmuebles Panamericana (sociedad entre Parque Arauco y el grupo Wiese), viene invirtiendo aproximadamente US$13 millones en la ciudad de San Vicente de Cañete.
Transcendió que Mega Plaza Express de Cañete tiene previsto iniciar sus operaciones a mediados del año 2013. Los demás operadores se sumarán durante el segundo semestre de ese mismo año, revela su gerente de operaciones, Javier Rodríguez.
Entre los operadores del Mega Plaza cañetano no se descarta la presencia de Oechsle y Plaza Vea.
El ‘strip center’ de Inmuebles Panamericana (sociedad entre Parque Arauco y el grupo Wiese), viene invirtiendo aproximadamente US$13 millones en la ciudad de San Vicente de Cañete.
Transcendió que Mega Plaza Express de Cañete tiene previsto iniciar sus operaciones a mediados del año 2013. Los demás operadores se sumarán durante el segundo semestre de ese mismo año, revela su gerente de operaciones, Javier Rodríguez.
Entre los operadores del Mega Plaza cañetano no se descarta la presencia de Oechsle y Plaza Vea.
DETRACTORES DE JAVIER ALVARADO SUEÑAN CON QUE DEJE EL PODER… Sostiene Gerente General del GORE LIMA
El Gerente General del Gobierno Regional de Lima (GORE LIMA), Luis Enrique Fernández Estrella, aclaró que los ataques y cuestionamientos a la gestión del Presidente Javier Alvarado Gonzáles del Valle, no son obstáculos para continuar trabajando por las grandes mayorías.
Desde el distrito de Huaura, el máximo funcionario, lamentó que en el norte chico existan personajes que utilizan algunos medios de comunicación para desprestigiar honras con mentiras y calumnias.
Expresó que la mejor respuesta para los detractores de la actual gestión es a través de obras que contribuyan a mejorar la calidad de vida de miles de personas de la región Lima.
«A nuestros detractores, aquellos que a diario sueñan con que ya no estemos en el poder, le decimos que las obras hablaran por nosotros», acotó, Fernández Estrella, quien públicamente expresó que hay unos cuantos acusadores que se incomodan cada vez que Alvarado Gonzáles del Valle, recibe el cariño y reconocimiento del pueblo.
Desde el distrito de Huaura, el máximo funcionario, lamentó que en el norte chico existan personajes que utilizan algunos medios de comunicación para desprestigiar honras con mentiras y calumnias.
Expresó que la mejor respuesta para los detractores de la actual gestión es a través de obras que contribuyan a mejorar la calidad de vida de miles de personas de la región Lima.
«A nuestros detractores, aquellos que a diario sueñan con que ya no estemos en el poder, le decimos que las obras hablaran por nosotros», acotó, Fernández Estrella, quien públicamente expresó que hay unos cuantos acusadores que se incomodan cada vez que Alvarado Gonzáles del Valle, recibe el cariño y reconocimiento del pueblo.
SAN VICENTE MARTIR - PATRON DE SAN VICENTE
Escribe: César Augusto Calagua Gutiérrez
Ayer 22 de enero, fue el día central de la fiesta patronal de San Vicente Mártir, patrón de nuestra ciudad que culmina el próximo domingo 27.
Pero hoy queremos hablar con alegría, al haber revivido un 22 de enero como antes, con la participación de las familias y de algunas empresas de nuestra localidad, como ha sucedido ayer, que gracias a un amigo de nuestra provincia, Benito Florian Pérez, su esposa Blanca Arias Segura, su familia y su prestigiosa empresa Autopasa, hicieron posible que muchos de los presentes se remonten a los años de su juventud.
Y manifestamos esto porque el desprendimiento, la participación familiar y empresarial hicieron posible que nuestros pobladores vivan una noche para el recuerdo en el día central de nuestra fiesta patronal, añorada por propios y extraños, con la participación de una gran banda de músicos que estuvo muchas horas animando esta fiesta.
Debemos resaltar y rescatar el día de ayer, fiesta principal del Diácono Español San Vicente que hizo famoso su martirio por soportar las peores torturas que existieron en sus tiempo, al no revelar donde se encontraban las Sagradas Escrituras para evitar que las quemen, tanto así que el jefe de los verdugos se quedo admirado por el valor increible del mártir San Vicente.
Y cuando decimos que queremos rescartar y resaltar lo del día de ayer es porque, como dijimos al inicio, hemos vivido una noche inolvidable, debido a que se tuvo una novena maravillosa, con una iglesia llena de fieles de todas las edades y condiciones, con la participación envidiable del personal de Autopasa, empresa que dirige Benito Florian y su familia. Lo visto ayer es un ejemplo digno de imitar y seguir por muchos quienes se consideran cristianos y tienen las posibilidades de poder compartir el fruto de su trabajo honesto y honrado.
Ayer hemos recordado con añoranza las noches de novena con bandas en casa esquina de la plaza de armas de la ciudad, cosa que logró Benito con la BANDA LIRA MUSICAL YAUYOS, con más de 25 profesores, que animaron la noche, que luego de la novena continuó con la procesión, donde repartieron estampas enmicadas con imperdibles (que la población por iniciativa se la colocaba en el pecho como detente), para continuar con la entrega de almanaques del año con la foto del patrón SAN VICENTE MARTIR, no quedando la cosa allí, sino que continuaron con una fiesta popular que inició con un baile de marinera para continuar con la verbena, salva de camaretazos multicolores y la entrega de refrigerio a la población con la participación de sus familiares y servidores de su empresa; por ello es que decimos que lo realizado ayer por Benito Florián Perez, su familia y su epresa es un ejemplo digno de imitar.
Lamentablemnente ante tanta alegría pudimos ver la indiferencia y la preocupación de los pobladores en el momento que la imágen se detuvo en la puerta principal del municipio que se mantenía cerrada, demostrando frialdad total de parte de nuestras autoridades en una fiesta tan importante, donde si bien es cierto estarán posiblemente el próximo domingo, debió al menos presentarse o mandar un representante para demostrar que no hay indiferencia y mucho menos olvido. La verdad que algunas personas que han sido elegidas por la población dan pena y dejan mucho que desear. Esperamos,
Ayer 22 de enero, fue el día central de la fiesta patronal de San Vicente Mártir, patrón de nuestra ciudad que culmina el próximo domingo 27.
Pero hoy queremos hablar con alegría, al haber revivido un 22 de enero como antes, con la participación de las familias y de algunas empresas de nuestra localidad, como ha sucedido ayer, que gracias a un amigo de nuestra provincia, Benito Florian Pérez, su esposa Blanca Arias Segura, su familia y su prestigiosa empresa Autopasa, hicieron posible que muchos de los presentes se remonten a los años de su juventud.
Y manifestamos esto porque el desprendimiento, la participación familiar y empresarial hicieron posible que nuestros pobladores vivan una noche para el recuerdo en el día central de nuestra fiesta patronal, añorada por propios y extraños, con la participación de una gran banda de músicos que estuvo muchas horas animando esta fiesta.
Debemos resaltar y rescatar el día de ayer, fiesta principal del Diácono Español San Vicente que hizo famoso su martirio por soportar las peores torturas que existieron en sus tiempo, al no revelar donde se encontraban las Sagradas Escrituras para evitar que las quemen, tanto así que el jefe de los verdugos se quedo admirado por el valor increible del mártir San Vicente.
Y cuando decimos que queremos rescartar y resaltar lo del día de ayer es porque, como dijimos al inicio, hemos vivido una noche inolvidable, debido a que se tuvo una novena maravillosa, con una iglesia llena de fieles de todas las edades y condiciones, con la participación envidiable del personal de Autopasa, empresa que dirige Benito Florian y su familia. Lo visto ayer es un ejemplo digno de imitar y seguir por muchos quienes se consideran cristianos y tienen las posibilidades de poder compartir el fruto de su trabajo honesto y honrado.
Ayer hemos recordado con añoranza las noches de novena con bandas en casa esquina de la plaza de armas de la ciudad, cosa que logró Benito con la BANDA LIRA MUSICAL YAUYOS, con más de 25 profesores, que animaron la noche, que luego de la novena continuó con la procesión, donde repartieron estampas enmicadas con imperdibles (que la población por iniciativa se la colocaba en el pecho como detente), para continuar con la entrega de almanaques del año con la foto del patrón SAN VICENTE MARTIR, no quedando la cosa allí, sino que continuaron con una fiesta popular que inició con un baile de marinera para continuar con la verbena, salva de camaretazos multicolores y la entrega de refrigerio a la población con la participación de sus familiares y servidores de su empresa; por ello es que decimos que lo realizado ayer por Benito Florián Perez, su familia y su epresa es un ejemplo digno de imitar.
Lamentablemnente ante tanta alegría pudimos ver la indiferencia y la preocupación de los pobladores en el momento que la imágen se detuvo en la puerta principal del municipio que se mantenía cerrada, demostrando frialdad total de parte de nuestras autoridades en una fiesta tan importante, donde si bien es cierto estarán posiblemente el próximo domingo, debió al menos presentarse o mandar un representante para demostrar que no hay indiferencia y mucho menos olvido. La verdad que algunas personas que han sido elegidas por la población dan pena y dejan mucho que desear. Esperamos,
FENIX POWER PERU S.A. INICIA OPERACIONES EN JUNIO DEL 2013…
A más tardar el 17 de junio de este año entrará en operación comercial la Central Térmica Chilca, que cuenta con una potencia instalada de 596,7 megavatios (MW) y que puede operar de manera dual, es decir, utilizando gas natural o diesel 2.
El sistema contribuirá a brindar una mayor confiabilidad al sistema frente a eventualidades que puedan producirse en el abastecimiento de gas natural. La central está ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, región Lima.
Según una resolución del Ministerio de Energía y Minas, publicada en el diario El Peruano, se aprueba la segunda modificación de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la central térmica de la que es titular Fénix Power Perú S.A.
En su solicitud para este aplazamiento, la empresa mencionó razones técnico-económicas, que son ajenas a su voluntad y al grupo económico al que pertenece.
El sistema contribuirá a brindar una mayor confiabilidad al sistema frente a eventualidades que puedan producirse en el abastecimiento de gas natural. La central está ubicada en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, región Lima.
Según una resolución del Ministerio de Energía y Minas, publicada en el diario El Peruano, se aprueba la segunda modificación de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la central térmica de la que es titular Fénix Power Perú S.A.
En su solicitud para este aplazamiento, la empresa mencionó razones técnico-económicas, que son ajenas a su voluntad y al grupo económico al que pertenece.
EPIFANIO MAYO RAMIREZ, REPRESENTANTE DEL RESENTIMIENTO SOCIAL Y EL FRACASO EN LA REGION LIMA???
A través de su cuenta de Facebook, el siempre polémico ex Presidente del Gobierno Regional de Lima (GORE LIMA), Miguel Ángel Mufarech, lamentó que en Huacho existan personajes como Epifanio Mayo Ramírez, a quien tildo de resentido social, acomplejado, inútil y fracasado.
Mufarech utilizó dichos calificativos contra el amigo de la Vice Presidenta del GORE LIMA, Lita Román Bustinza, porque este a través de la misma red social lo trato de mediocre y de buscar que llamar la atención del norte chico a través de diversos comentarios en el Facebook.
«El único mediocre infiltrado en Huacho es don mufa en su afán desesperado de llamar la atención, ya no sabe ni de que opinar como un pobre y triste sin amigos porque hasta la mosca no quiere caminar junto a don mufa», dijo un desafiante Mayo Ramírez.
La respuesta del polémico líder del Padin no se hizo esperar. Además de estropearlo públicamente mediante el Facebook, Mufarech, dejo entrever que su atacante además de ser una cloaca y alimentarse de estiércol, no ha sido nada en la vida.
«Yo he sido, Regidor, Alcalde distrital, Constituyente, Diputado de la Nación, Senador de la Republica, Embajador y Presidente Regional, he fundado un partido político y un movimiento regional, he ganado 4 elecciones con votos preferenciales, eso es ser ?? Y tú que elección haz ganado, aprista acomplejado y fracasado», dijo sin ningún tipo de contemplaciones Mufarech Nemy.
Mufarech utilizó dichos calificativos contra el amigo de la Vice Presidenta del GORE LIMA, Lita Román Bustinza, porque este a través de la misma red social lo trato de mediocre y de buscar que llamar la atención del norte chico a través de diversos comentarios en el Facebook.
«El único mediocre infiltrado en Huacho es don mufa en su afán desesperado de llamar la atención, ya no sabe ni de que opinar como un pobre y triste sin amigos porque hasta la mosca no quiere caminar junto a don mufa», dijo un desafiante Mayo Ramírez.
La respuesta del polémico líder del Padin no se hizo esperar. Además de estropearlo públicamente mediante el Facebook, Mufarech, dejo entrever que su atacante además de ser una cloaca y alimentarse de estiércol, no ha sido nada en la vida.
«Yo he sido, Regidor, Alcalde distrital, Constituyente, Diputado de la Nación, Senador de la Republica, Embajador y Presidente Regional, he fundado un partido político y un movimiento regional, he ganado 4 elecciones con votos preferenciales, eso es ser ?? Y tú que elección haz ganado, aprista acomplejado y fracasado», dijo sin ningún tipo de contemplaciones Mufarech Nemy.
AHORA DICE QUE NUNCA LE DIJO MEDIOCRES A QUIENES NO COMULGAN CON EL…
Ahora dice no haber dicho lo que dijo. Un inseguro Elard Melgar Valdez, expresó que sus últimas declaraciones han sido mal interpretadas por algunos medios de comunicación y negó haber tenido la intención de ofender a una parte de la comuna de Huacho, luego de tratarlos de mediocres por criticar su iniciativa legislativa en defensa de la provincia de Huaura como Capital de la región Lima.
Según el Congresista Fujimorista, se le ha dado otro enfoque a sus declaraciones porque solo se refería a una persona en especial quien primero aplaudió su proyecto para después terminar criticándolo duramente.
«A esa persona yo lo he calificado como mediocre por su actitud. Porque yo a los Huachanos los respeto y jamás me expresaría así» continuó diciendo, tras asegurar que el calificativo de mediocre fue para el ciudadano, Máximo Tello de Radio Paraíso de Huacho.
Según el Congresista Fujimorista, se le ha dado otro enfoque a sus declaraciones porque solo se refería a una persona en especial quien primero aplaudió su proyecto para después terminar criticándolo duramente.
«A esa persona yo lo he calificado como mediocre por su actitud. Porque yo a los Huachanos los respeto y jamás me expresaría así» continuó diciendo, tras asegurar que el calificativo de mediocre fue para el ciudadano, Máximo Tello de Radio Paraíso de Huacho.
HOY NOS JUGAMOS LA VIDA ANTE PARAGUAY... PERU REQUIERE URGENTE UN TRIUNFO...
La Sub 20 de Perú buscará hoy, miércoles, su primer triunfo en el hexagonal final ante Paraguay. Para este partido, que se juega a las 5:45 p.m. (hora peruana), el técnico Daniel Ahmed tiene claro que Cristian Benavente, Ángelo Campos y Edwin Gómez volverán al equipo titular.
Hasta el momento, esas son las únicas variantes confirmadas del equipo peruano. Benavente, quien no arrancó ante Uruguay por estar «cargado», ingresará por el expulsado Jean Deza y hará dupla con Yordy Reyna en el ataque. Gómez, por su parte, retornará al equipo como lateral izquierdo y el capitán Campos al arco.
La única duda en la oncena titular para enfrentar a los guaraníes, que viene de quitar el invicto a Chile, es la presencia de Hernán Hinostroza o Víctor Cedrón en la volante. El técnico Daniel Ahmed será el encargado de decidir cuál será el once en el entrenamiento de esta tarde.
La blanquirroja formaría con la siguiente oncena: Ángelo Campos en el arco; Diego Chávez, Marcos Ortiz, Renato Tapia y Edwin Gómez en la defensa; Rafael Guarderas, Wilder Cartagena, Hernán Hinostroza (Víctor Cedrón) y Edison Flores en el mediocampo; Cristian Benavente y Yordy Reyna en la delantera.
Hay que señalar que la delegación peruana ordenó el retorno a nuestro país del jugador Max Barrios, a quien se le ha denunciado por parte de la delegación ecuatoriana de no ser sub 20, tener 25 años, y tener nacionalidad ecuatoriana.
Ante esta información la delegación peruana ordenó su retorno a fin de que sea investigado, y sobretodo le de tranquilidad al plantel.
La dirigencia peruana señaló que de comprobarse la denuncia ecuatoriana, no habría ninguna sanción contra el equipo peruano, muy por el contrario, la sanción será para el jugador en mención.
De otro lado, su padre, «Maradona» Barrios, admitió que el jugador ha participado en algunos encuentros en cancha ecuatoriana, no oficiales; sin embargo, su edad es de 17 años... y pese a que RENIEC señala que nació en el Perú; él sostiene que nació en Ecuador.
Lo cierto es que se ha armado toda una telenovela en torno al caso del jugador peruano, que esperamos en los días siguientes se esclarezca en su totalidad, y no haya estela de duda, sobre el accionar del seleeccionado peruano sub 20.
Hasta el momento, esas son las únicas variantes confirmadas del equipo peruano. Benavente, quien no arrancó ante Uruguay por estar «cargado», ingresará por el expulsado Jean Deza y hará dupla con Yordy Reyna en el ataque. Gómez, por su parte, retornará al equipo como lateral izquierdo y el capitán Campos al arco.
La única duda en la oncena titular para enfrentar a los guaraníes, que viene de quitar el invicto a Chile, es la presencia de Hernán Hinostroza o Víctor Cedrón en la volante. El técnico Daniel Ahmed será el encargado de decidir cuál será el once en el entrenamiento de esta tarde.
La blanquirroja formaría con la siguiente oncena: Ángelo Campos en el arco; Diego Chávez, Marcos Ortiz, Renato Tapia y Edwin Gómez en la defensa; Rafael Guarderas, Wilder Cartagena, Hernán Hinostroza (Víctor Cedrón) y Edison Flores en el mediocampo; Cristian Benavente y Yordy Reyna en la delantera.
Hay que señalar que la delegación peruana ordenó el retorno a nuestro país del jugador Max Barrios, a quien se le ha denunciado por parte de la delegación ecuatoriana de no ser sub 20, tener 25 años, y tener nacionalidad ecuatoriana.
Ante esta información la delegación peruana ordenó su retorno a fin de que sea investigado, y sobretodo le de tranquilidad al plantel.
La dirigencia peruana señaló que de comprobarse la denuncia ecuatoriana, no habría ninguna sanción contra el equipo peruano, muy por el contrario, la sanción será para el jugador en mención.
De otro lado, su padre, «Maradona» Barrios, admitió que el jugador ha participado en algunos encuentros en cancha ecuatoriana, no oficiales; sin embargo, su edad es de 17 años... y pese a que RENIEC señala que nació en el Perú; él sostiene que nació en Ecuador.
Lo cierto es que se ha armado toda una telenovela en torno al caso del jugador peruano, que esperamos en los días siguientes se esclarezca en su totalidad, y no haya estela de duda, sobre el accionar del seleeccionado peruano sub 20.
EDICTOS
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2012-0932.- Primer Juzgado de Familia – Cañete: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- ADMITIR en Vía de Proceso de Conocimiento la demanda interpuesta por Leonides Luyo Sánchez, contra la Sucesión de German Segundo Melgar Bautista, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA; confiriéndose TRASLADO de la demanda a los integrantes de la Sucesión antes mencionada, por el PLAZO DE 60 DÍAS. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL.- NOTIFICÁNDOSE; por el término de tres días. Juez Garnica – Secretario Rivera.
Dr. Víctor Hugo Rivera del Risco
Secretario Judicial
Primer Juzgado de Familia de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 22, 23 y 24 de Enero.
EDICTOS PENALES ( 3 DIAS)
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Jueza: Garnica; ha resuelto:
EXP.- 989-2011; Resolución Uno: ADMITIR, la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra MIGUEL JAIME GUERRA VICENTE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FÍSICO- en agravio de HAYDE SANTA GUTIERREZ PEREZ., debiendo tramitarse vía Proceso Único: NOTIFIQUESE a la agraviada, bajo apercibimiento de NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Secretario: Quispe. Cañete, 28.12.2012.
22, 23 y 24 de Enero
EDICTOS PENALES (2 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE YAUYOS; Juez: Parvina; notifica:
EXP.-2011-0024-A-JIPY-CSJC-PJ CUADERNO DE CONTROL DE ACUSACIÓN; seguido contra JAIME WILENTON RODRIGUEZ LOPEZ, por Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Diego Rodríguez Rodríguez; TENER POR NO INSTALADA LA PRESENTE AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA y REPROGRAMARLA PARA EL DÍA 30.01.2013; HORA: 10.30a.m; en Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos sito Plaza de Armas S/N. Notifíquese en su domicilio real y por Edicto. Asistente: Fajardo. Yauyos, 08.01.2013.
EXP.-2012-0032-PP-JIPY-CSJC-PJ CUADERNO DE PRISION PREVENTIVA; seguido contra MIGUEL GALVEZ CARLOS, por Delito: Contra la Libertad Sexual–Violación Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor de iniciales C.B.A.P.; TENER POR NO INSTALADA LA PRESENTE AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA y REPROGRAMARLA PARA EL DÍA 30.01.2013; HORA: 11.00a.m; en Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos sito Plaza de Armas S/N. Notifíquese en su domicilio real y por Edicto. Asistente: Fajardo. Yauyos, 08.01.2013.
EXP.-2012-0034-PP-JIPY-CSJC-PJ CUADERNO DE PRISION PREVENTIVA; seguido contra NICOLAS ERMES TAQUIRE SALDAÑA, por Delito: Contra la Libertad Sexual–Violación Sexual de Persona en Incapacidad de Resistir; Agraviado: Menor de iniciales A.E.L.G.; TENER POR NO INSTALADA LA PRESENTE AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA y REPROGRAMARLA PARA EL DÍA 30.01.2013; HORA: 11.30a.m; en Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos sito Plaza de Armas S/N. Notifíquese en su domicilio real y por Edicto. Asistente: Fajardo. Yauyos, 08.01.2013.
22, 23 de Enero
EDICTOS (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a los acusados siguientes
EXP.- 2010-0170; a ALEJANDRO MANOLO RIVEROS TOVAR, LIUBER JHON SOLIS SOLIS RAMOS Y LEONEL CALIXTRO REYES, para que asistan a Sala de Audiencias y respondan de los cargos formulados en su contra el Día 28.01.2013; hora 09.30a.m; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravado; Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Raul Martinez Monsalve, a fin de continuar su juzgamiento bajo apercibimiento de declararlos Contumaz y revocarse la comparecencia por detención si no aisiten, Secretario: Miranda. Cañete, 17.01.2013.
23, 24 y 25 de Enero
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don Pedro Julio Gaspar Huapaya, identificado con DNI Nº 15386838, con Exp. Nº 00410-13 de fecha 15-01-13, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE MATRIMONIO, inscrito en el libro Nº 007, folio Nº 101 del año 1956, por haberse omitido consignar el primer prenombre del contrayente, donde dice en el cuerpo central y margen izquierdo de la Partida: JULIO, debiendo decir: PEDRO JULIO.
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 22 de Enero de 2013.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE
EDICTO JUDICIAL
Exp. Nº 2012-0932.- Primer Juzgado de Familia – Cañete: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- ADMITIR en Vía de Proceso de Conocimiento la demanda interpuesta por Leonides Luyo Sánchez, contra la Sucesión de German Segundo Melgar Bautista, sobre RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA; confiriéndose TRASLADO de la demanda a los integrantes de la Sucesión antes mencionada, por el PLAZO DE 60 DÍAS. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL.- NOTIFICÁNDOSE; por el término de tres días. Juez Garnica – Secretario Rivera.
Dr. Víctor Hugo Rivera del Risco
Secretario Judicial
Primer Juzgado de Familia de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 22, 23 y 24 de Enero.
EDICTOS PENALES ( 3 DIAS)
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CAÑETE; Jueza: Garnica; ha resuelto:
EXP.- 989-2011; Resolución Uno: ADMITIR, la demanda interpuesta por el Ministerio Publico contra MIGUEL JAIME GUERRA VICENTE, sobre VIOLENCIA FAMILIAR-MALTRATO FÍSICO- en agravio de HAYDE SANTA GUTIERREZ PEREZ., debiendo tramitarse vía Proceso Único: NOTIFIQUESE a la agraviada, bajo apercibimiento de NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Secretario: Quispe. Cañete, 28.12.2012.
22, 23 y 24 de Enero
EDICTOS PENALES (2 DIAS)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE YAUYOS; Juez: Parvina; notifica:
EXP.-2011-0024-A-JIPY-CSJC-PJ CUADERNO DE CONTROL DE ACUSACIÓN; seguido contra JAIME WILENTON RODRIGUEZ LOPEZ, por Delito: Contra la Familia-Omisión a la Asistencia Familiar; Agraviado: Diego Rodríguez Rodríguez; TENER POR NO INSTALADA LA PRESENTE AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA y REPROGRAMARLA PARA EL DÍA 30.01.2013; HORA: 10.30a.m; en Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos sito Plaza de Armas S/N. Notifíquese en su domicilio real y por Edicto. Asistente: Fajardo. Yauyos, 08.01.2013.
EXP.-2012-0032-PP-JIPY-CSJC-PJ CUADERNO DE PRISION PREVENTIVA; seguido contra MIGUEL GALVEZ CARLOS, por Delito: Contra la Libertad Sexual–Violación Sexual de menor de edad; Agraviado: Menor de iniciales C.B.A.P.; TENER POR NO INSTALADA LA PRESENTE AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA y REPROGRAMARLA PARA EL DÍA 30.01.2013; HORA: 11.00a.m; en Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos sito Plaza de Armas S/N. Notifíquese en su domicilio real y por Edicto. Asistente: Fajardo. Yauyos, 08.01.2013.
EXP.-2012-0034-PP-JIPY-CSJC-PJ CUADERNO DE PRISION PREVENTIVA; seguido contra NICOLAS ERMES TAQUIRE SALDAÑA, por Delito: Contra la Libertad Sexual–Violación Sexual de Persona en Incapacidad de Resistir; Agraviado: Menor de iniciales A.E.L.G.; TENER POR NO INSTALADA LA PRESENTE AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA y REPROGRAMARLA PARA EL DÍA 30.01.2013; HORA: 11.30a.m; en Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Yauyos sito Plaza de Armas S/N. Notifíquese en su domicilio real y por Edicto. Asistente: Fajardo. Yauyos, 08.01.2013.
22, 23 de Enero
EDICTOS (3 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA DE CAÑETE; Presidente Dr. Polanco cita y emplaza a los acusados siguientes
EXP.- 2010-0170; a ALEJANDRO MANOLO RIVEROS TOVAR, LIUBER JHON SOLIS SOLIS RAMOS Y LEONEL CALIXTRO REYES, para que asistan a Sala de Audiencias y respondan de los cargos formulados en su contra el Día 28.01.2013; hora 09.30a.m; Delito: Contra El Patrimonio-Robo Agravado; Agraviado: Oscar Arismendiz Martínez y Raul Martinez Monsalve, a fin de continuar su juzgamiento bajo apercibimiento de declararlos Contumaz y revocarse la comparecencia por detención si no aisiten, Secretario: Miranda. Cañete, 17.01.2013.
23, 24 y 25 de Enero
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO
Ante esta Oficina de Registro del Estado Civil se ha presentado don Pedro Julio Gaspar Huapaya, identificado con DNI Nº 15386838, con Exp. Nº 00410-13 de fecha 15-01-13, solicitando RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE MATRIMONIO, inscrito en el libro Nº 007, folio Nº 101 del año 1956, por haberse omitido consignar el primer prenombre del contrayente, donde dice en el cuerpo central y margen izquierdo de la Partida: JULIO, debiendo decir: PEDRO JULIO.
De conformidad con lo establecido en la Directiva DI Nº 263-GRC/017 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del Reglamento de Inscripciones del RENIEC se procederá a la rectificación solicitada.
Mala, 22 de Enero de 2013.
Isabel E. Roca Arias
Dpto. Registro Civil
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