MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 – CC
Se hace saber que don ANDRES GUILLERMO HUALPARUCA GARAY, de 26 años, natural de San Vicente – Cañete, de ocupación Aux. Administrativo, con DNI Nº 43406489, domiciliado en Jr. Bolognesi 367 – San Vicente; y doña LISSET CARRASCO GALINDO, de 27 años, natural de San Vicente – Cañete, con DNI Nº 43135386, domiciliada en C.P. La Arena Mz. C Lote 2 – San Vicente, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el Viernes 14 de Diciembre de 2012.
Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Vicente de Cañete, 23 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don OSCAR CESAR CUBILLAS SACSARA, con DNI 42174115, de 29 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión obrero, de nacionalidad peruano, domiciliado en la Calle Salaverry Nº 515 – San Luis; y doña MARIA ISABEL SÁNCHEZ ROJAS, con DNI 45707577, de 23 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en la Calle Salaverry Nº 515 – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 20 de Noviembre de 2012.
Rosario M. Sueng Chávez
Registro Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don ALEXANDER MIGUEL ORTIZ ZANABRIA, con DNI 44095681, de 25 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión Técnico, de nacionalidad peruano, domiciliado en Av. Arequipa Nº 117 – Herbay Bajo – Cañete; y doña ERIKA BETZABETH DELGADO MENDOZA, con DNI 47070703, de 21 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en AA.HH. Vía Jesús Salvador – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 23 de Noviembre de 2012.
Rosario M. Sueng Chávez
Registro Civil
EDICTO
Ante mí se ha presentado EDUARDO NICANOR YACTAYO OLCESE, solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de su padre: EULOGIO NICANOR YACTAYO PADILLA, fallecido el día 28 de Marzo de 1996, a fin de que se declare como herederos universales al solicitante y a su hermano: VICTOR GABRIEL YACTAYO OLCESE. Lo que se notifica a fin de que se apersonen los que tuvieran derecho. Lo que se comunica de conformidad con la ley 26662.
Cañete, 20 de Noviembre de 2012.
Pedro Alonso Noriega Altamirano
Abogado – Notario
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE
JEFATURA DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
El Jefe del Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Quilmaná – Cañete, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26497, Capítulo V, Sección Segunda, Artículo 73, manda publicar que con Expediente Nº 5354-2012 MDQ de fecha 16 de Noviembre del presente año, que JULIA ROSA FERNANDEZ DE CONDORI, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE MATRIMONIO registrada en la Municipalidad Distrital de Quilmaná, en el sentido de CORREGIR el apellido paterno del contrayente debiendo decir HIGINIO TEJADA MANCILLA y no como se ha consignado en el libro Nº 36, folio 35, año 1980.
Quienes consideren que pueden salir perjudicados con la rectificación solicitada podrán formular oposición dentro del término de ley, caso contrario se procederá a la inscripción según el Art. 68 de la ley arriba indicada.
Quilmaná, 22 de Noviembre de 2012.
Blanca I. Jambo Manco
Jefe de la Ofic. Registro Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11393-2012, don Pedro Quiroz Sanchez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 108, folio 74, año 1953, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular FLORENTINO QUIROZ y ETELVINA SANCHEZ, siendo lo correcto FLORENTINO QUIROZ AYLLON y TOMASA ETELVINA SANCHEZ YACTAYO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11392-2012, doña Maximina Quiroz Sanchez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 101, folio 151, año 1952, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres de la titular FLORENTINO QUIROZ y ETELVINA SANCHEZ, siendo lo correcto FLORENTINO QUIROZ AYLLON y TOMASA ETELVINA SANCHEZ YACTAYO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 22 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
24 noviembre 2012
23 noviembre 2012
INO ENTREGA LENTES A ESCOLARES DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS DEL DISTRITO DE IMPERIAL
Gracias al convenio que la Municipalidad Distrital de Imperial mantiene con el Instituto Nacional de Oftalmología-INO, se viene realizando la entrega gratuita de lentes a escolares de los niveles inicial y primaria.
La entrega se realiza luego del tamizaje realizado a más de mil niños del distrito, así como de algunos distritos vecinos que pudieron pasar las evaluaciones de los profesionales del INO.
Estudiantes de instituciones educativas 21001, «Asunción 8», «Las Lomas» así como del centro poblado «Pueblo Nuevo de Conta», perteneciente al distrito de Nuevo Imperial y uno de la IEP «Sepúlveda» de San Vicente, han recibido sus lentes, los mismos que fueron escogidos por ellos mismos y que llevan la medida respectiva para cada uno.
Cabe precisar que esta entrega de lentes se realiza por segundo año consecutivo, siguiendo así con la Estrategia Sanitaria Nacional de Tamizaje y Tratamiento de Errores Refractivos.
Se anuncia que del 4 al 6 de diciembre próximo, los especialistas del INO realizarán una evaluación gratuita a aquellos niños que recibieron sus lentes el año pasado, para ver sus progresos o problemas para seguir con el tratamiento especializado.
La entrega se realiza luego del tamizaje realizado a más de mil niños del distrito, así como de algunos distritos vecinos que pudieron pasar las evaluaciones de los profesionales del INO.
Estudiantes de instituciones educativas 21001, «Asunción 8», «Las Lomas» así como del centro poblado «Pueblo Nuevo de Conta», perteneciente al distrito de Nuevo Imperial y uno de la IEP «Sepúlveda» de San Vicente, han recibido sus lentes, los mismos que fueron escogidos por ellos mismos y que llevan la medida respectiva para cada uno.
Cabe precisar que esta entrega de lentes se realiza por segundo año consecutivo, siguiendo así con la Estrategia Sanitaria Nacional de Tamizaje y Tratamiento de Errores Refractivos.
Se anuncia que del 4 al 6 de diciembre próximo, los especialistas del INO realizarán una evaluación gratuita a aquellos niños que recibieron sus lentes el año pasado, para ver sus progresos o problemas para seguir con el tratamiento especializado.
SE ADJUDICÓ BUENA PRO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL EN CAÑETE
Por un monto de 37 millones 348 mil 741.51 nuevos soles se otorgó la Buena Pro de la «Construcción y Equipamiento del Hospital Regional en la Provincia de Cañete – Meta I» a la empresa VVO Construcciones y Proyectos S.A. Sucursal del Perú, quien resultó ganador del Proceso de Selección Adjudicación de Menor Cuantía N° 231-2012-GRL/CE (1), derivado de la Licitación Pública N° 016-2012-GRL/CE.
La acreditación, calificación, evaluación de propuestas y el otorgamiento de la Buena Pro se desarrolló en el auditorio de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Los encargados de la organización, conducción y ejecución de dicho Proceso de Selección estuvieron a cargo de la Ing. Miriam Mullisaca Huamaní como presidente del comité y como miembros Dr. Marco Montoya Cieza y el C.P.C. Ángel Mattos Mattos.
El proceso de selección se efectuó con la presencia del Dr. Carlos Reyes Ugarte, Notario Público de Huacho. También como política de una gestión transparente del presidente Javier Alvarado Gonzales del Valle todo el desarrollo del concurso fue transmitido en vivo a través del portal institucional www.regiónlima.gob.pe.
De igual manera, debemos indicar que para el referido proceso de selección se registraron 16 empresas, quienes pasaron por una rigurosa evaluación durante 14 horas que duró la adjudicación de la citada obra.
Finalmente, hay que resaltar que esta importante obra se ejecutará con dinero transferido por el estado, como parte de los incentivos económicos entregados al Gobierno Regional de Lima por la buena gestión que viene desarrollando el presidente Javier Alvarado Gonzales del Valle al haber alcanzado en el presente año el primer lugar en capacidad de inversión.
La acreditación, calificación, evaluación de propuestas y el otorgamiento de la Buena Pro se desarrolló en el auditorio de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Los encargados de la organización, conducción y ejecución de dicho Proceso de Selección estuvieron a cargo de la Ing. Miriam Mullisaca Huamaní como presidente del comité y como miembros Dr. Marco Montoya Cieza y el C.P.C. Ángel Mattos Mattos.
El proceso de selección se efectuó con la presencia del Dr. Carlos Reyes Ugarte, Notario Público de Huacho. También como política de una gestión transparente del presidente Javier Alvarado Gonzales del Valle todo el desarrollo del concurso fue transmitido en vivo a través del portal institucional www.regiónlima.gob.pe.
De igual manera, debemos indicar que para el referido proceso de selección se registraron 16 empresas, quienes pasaron por una rigurosa evaluación durante 14 horas que duró la adjudicación de la citada obra.
Finalmente, hay que resaltar que esta importante obra se ejecutará con dinero transferido por el estado, como parte de los incentivos económicos entregados al Gobierno Regional de Lima por la buena gestión que viene desarrollando el presidente Javier Alvarado Gonzales del Valle al haber alcanzado en el presente año el primer lugar en capacidad de inversión.
RED DE SALUD CAÑETE- YAUYOS INICIA ENTREGA DE EQUIPOS MEDICOS A ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
Con una inversión aproximada a los 50 mil nuevos soles, a través de la segunda remesa del Presupuesto por Resultado (PPR), dinero que se asigna con la finalidad de cubrir el cuadro necesidades de los diversos establecimientos de salud; es por ello que el día jueves 22 de noviembre del año en curso, se inició la entrega de modernos equipos médico.
Cabe precisar que se hizo la entrega de una refrigeradora de 600 Lt. al Centro de Salud del distrito de Quilmaná, asimismo en horas de la tarde se hizo la entrega de un aspirador de secreciones, Esterilizador de calor seco, cuna de calor radiante, monitor multi parámetro valioso instrumental médico que le permitirá al Centro Materno Infantil Ramos Larrea atender como corresponde a quienes requieran el servicio de salud.
Se destacó la presencia de la Dra. Liliana Torres Castillo – Consejera Regional por la provincia de Cañete, el Ing. Marcelo Lévano Solari – Gerente de Desarrollo Social GORELIMA, el Dr. Wellinton Koo Venegas – Director Ejecutivo de la Red de Salud Cañete Yauyos, funcionarios y trabajadores del sector salud.
En su alocución el Dr. Wellinton Koo Venegas, indicó que continuará con los lineamientos que permitan brindar un servicio de calidad a cada uno de los pacientes de la provincia de Cañete y Yauyos, asimismo indicó que la adquisición de cada equipo médico se realizó de forma coordinada con cada Establecimiento, de acuerdo a las urgencias que presentan al atender a la población.
A su turno la Dra. Liliana Torres Castillo, señaló que es una política liderada por el Presidente Regional de Lima, de equipar cada uno de los establecimientos del sector salud de la Región Lima, para alcanzar óptimos resultados de acuerdo al cuadro de necesidades que presenta cada una de las 9 provincias , priorizando una salud integral en cada uno de los ciudadanos.
Cabe precisar que se hizo la entrega de una refrigeradora de 600 Lt. al Centro de Salud del distrito de Quilmaná, asimismo en horas de la tarde se hizo la entrega de un aspirador de secreciones, Esterilizador de calor seco, cuna de calor radiante, monitor multi parámetro valioso instrumental médico que le permitirá al Centro Materno Infantil Ramos Larrea atender como corresponde a quienes requieran el servicio de salud.
Se destacó la presencia de la Dra. Liliana Torres Castillo – Consejera Regional por la provincia de Cañete, el Ing. Marcelo Lévano Solari – Gerente de Desarrollo Social GORELIMA, el Dr. Wellinton Koo Venegas – Director Ejecutivo de la Red de Salud Cañete Yauyos, funcionarios y trabajadores del sector salud.
En su alocución el Dr. Wellinton Koo Venegas, indicó que continuará con los lineamientos que permitan brindar un servicio de calidad a cada uno de los pacientes de la provincia de Cañete y Yauyos, asimismo indicó que la adquisición de cada equipo médico se realizó de forma coordinada con cada Establecimiento, de acuerdo a las urgencias que presentan al atender a la población.
A su turno la Dra. Liliana Torres Castillo, señaló que es una política liderada por el Presidente Regional de Lima, de equipar cada uno de los establecimientos del sector salud de la Región Lima, para alcanzar óptimos resultados de acuerdo al cuadro de necesidades que presenta cada una de las 9 provincias , priorizando una salud integral en cada uno de los ciudadanos.
EN ACTO PÚBLICO SE APERTURÓ SOBRES PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORA QUE EJECUTARÁ EL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA
En la sede de la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias (DRELP), se llevó a cabo la apertura de sobres de las propuestas técnicas y económicas, para Contratación del servicio de consultoría para la ejecución de los componentes pedagógicos del Proyecto de «Desarrollo de capacidades de los actores educativos de la Educación Básica Regular de 13 distritos de la región Lima».
Este proyecto beneficiará a los distritos de Pativilca – Barranca, Gorgor – Cajatambo, Lachaqui- Canta, San Antonio- Cañete, Ihuari y Veintisiete de Noviembre- Huaral, Huarochirí – Huarochirí, Paccho y Sayán- Huaura, Oyón y Cochamarca – Oyón y Chocos y Madean- Yauyos.
Para este proceso se presentaron los siguientes postores: Asociación Civil Instituto Peruano de la Ciencia y la Cultura – IPECU, Asociación Aportes Promoción, Desarrollo y Solidaridad, Universidad Peruana Cayetano Heredia, Universidad Peruana Unión, Instituto de Promoción del Desarrollo Solidario – INPET, PARWA Instituto de Investigación y Desarrollo Andino, Universidad Tecnológica del Perú SAC. y la Pontificia Universidad Católica del Perú. El próximo lunes 26 de noviembre en acto público se otorgará la buena pro.
El costo del proyecto asciende a los 4 millones de soles y será solventado por el Gobierno Regional de Lima y el Fondo Perú España, el que permitirá abordar la complejidad del problema educativo desde una intervención articulada y complementaria en seis componentes desde la Educación Básica Regular, que son : Proyecto Curricular Regional, Formación del Docente en Servicio, Gestión Educativa, Materiales Educativos, Infraestructura Educativa acorde a las necesidades y Equipamiento tecnológico y mobiliario.
La actividad estuvo presidida por la Lic. Carmen Najarro Quispe, directora de gestión Pedagógica de la DRELP, en su calidad de Presidente del Comité Especial, participaron también los demás miembros del referido Comité y como veedores, la jefa del Órgano de Control Institucional CPC. Carmen La Rosa Saima y el Notario Público Dr. Ángel Flores La Negra.
Este proyecto beneficiará a los distritos de Pativilca – Barranca, Gorgor – Cajatambo, Lachaqui- Canta, San Antonio- Cañete, Ihuari y Veintisiete de Noviembre- Huaral, Huarochirí – Huarochirí, Paccho y Sayán- Huaura, Oyón y Cochamarca – Oyón y Chocos y Madean- Yauyos.
Para este proceso se presentaron los siguientes postores: Asociación Civil Instituto Peruano de la Ciencia y la Cultura – IPECU, Asociación Aportes Promoción, Desarrollo y Solidaridad, Universidad Peruana Cayetano Heredia, Universidad Peruana Unión, Instituto de Promoción del Desarrollo Solidario – INPET, PARWA Instituto de Investigación y Desarrollo Andino, Universidad Tecnológica del Perú SAC. y la Pontificia Universidad Católica del Perú. El próximo lunes 26 de noviembre en acto público se otorgará la buena pro.
El costo del proyecto asciende a los 4 millones de soles y será solventado por el Gobierno Regional de Lima y el Fondo Perú España, el que permitirá abordar la complejidad del problema educativo desde una intervención articulada y complementaria en seis componentes desde la Educación Básica Regular, que son : Proyecto Curricular Regional, Formación del Docente en Servicio, Gestión Educativa, Materiales Educativos, Infraestructura Educativa acorde a las necesidades y Equipamiento tecnológico y mobiliario.
La actividad estuvo presidida por la Lic. Carmen Najarro Quispe, directora de gestión Pedagógica de la DRELP, en su calidad de Presidente del Comité Especial, participaron también los demás miembros del referido Comité y como veedores, la jefa del Órgano de Control Institucional CPC. Carmen La Rosa Saima y el Notario Público Dr. Ángel Flores La Negra.
JAVIER ALVARADO RATIFICA PEDIDO PARA QUE SE ELABORE PROYECTO DE LEY QUE ESTABLEZCA LA QUEBRADA TOPARÁ COMO LÍMITE TERRITORIAL ENTRE CAÑETE Y CHINCHA
El presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales Del Valle, reafirmó su solicitud al Jefe de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial, Ing. Alfredo Pezo Paredes, para que elabore un nuevo Proyecto de Ley que establezca a la Quebrada de Topará (Km. 179.369 de la Pan. Sur), como límite entre las provincias de Cañete y Chincha.
La formulación del referido Proyecto de Ley, argumentó, está en el marco del Informe Técnico N° 001-2004-PCM/DNTDT, que tienen carácter inimpugnable y se encuentra vigente de acuerdo a lo señalado por la Secretaría General de Asuntos Legales y Normativos de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Así lo precisó en la reunión que sostuvieron en la Dirección Nacional de Demarcación Territorial, en la cual participaron los congresistas Elard Melgar Valdez y Manuel Zerillo Bazalar; así los asesores de los parlamentarios Wilder Ruiz y Aurelia Tan. También estuvo presente la Alcaldesa de la Provincia de Cañete, María Montoya Conde; el Econ. José Villarán Valdivia, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y funcionarios de la región Lima.
En otro momento, las autoridades de la región Lima explicaron que existen argumentos históricos, jurídicos, legales, técnicos y cartográficos que establecen la quebrada Topara (kilómetro 179.369 de la antigua Panamericana Sur) como límites de Cañete y Chincha.
Por su parte, el Ing. Alfredo Pezo manifestó que la Dirección de Demarcación Territorial de la PCM está comprometida en acelerar los procedimientos para sanear el problema limítrofe entre ambas provincias hermanas.
“Como autoridades de la región Lima estamos comprometidos en resolver el problema territorial de Cañete y Chincha. En la reunión de hoy nuevamente se ha demostrado con documentos que tenemos la razón, por ello hacemos hincapié para que se elabore el Proyecto de Ley a fin de aclarar nuestra zona limítrofe con la región Ica”, dijo al finalizar la cita, el presidente Javier Alvarado.
En tanto, la alcaldesa provincial de Cañete, María Montoya Conde, aseveró que estará pendiente a la respuesta que otorgue dicho organismo que pertenece a la PCM, añadiendo que de manera muy unida se viene coordinando con la máxima autoridad regional y los congresistas de la república, sobre el referido problema.
De esta manera, la actual gestión regional que lidera Javier Alvarado continúa realizando las gestiones ante el Gobierno Central para demarcar el territorio de Lima Provincias con sus departamentos vecinos.
La formulación del referido Proyecto de Ley, argumentó, está en el marco del Informe Técnico N° 001-2004-PCM/DNTDT, que tienen carácter inimpugnable y se encuentra vigente de acuerdo a lo señalado por la Secretaría General de Asuntos Legales y Normativos de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Así lo precisó en la reunión que sostuvieron en la Dirección Nacional de Demarcación Territorial, en la cual participaron los congresistas Elard Melgar Valdez y Manuel Zerillo Bazalar; así los asesores de los parlamentarios Wilder Ruiz y Aurelia Tan. También estuvo presente la Alcaldesa de la Provincia de Cañete, María Montoya Conde; el Econ. José Villarán Valdivia, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y funcionarios de la región Lima.
En otro momento, las autoridades de la región Lima explicaron que existen argumentos históricos, jurídicos, legales, técnicos y cartográficos que establecen la quebrada Topara (kilómetro 179.369 de la antigua Panamericana Sur) como límites de Cañete y Chincha.
Por su parte, el Ing. Alfredo Pezo manifestó que la Dirección de Demarcación Territorial de la PCM está comprometida en acelerar los procedimientos para sanear el problema limítrofe entre ambas provincias hermanas.
“Como autoridades de la región Lima estamos comprometidos en resolver el problema territorial de Cañete y Chincha. En la reunión de hoy nuevamente se ha demostrado con documentos que tenemos la razón, por ello hacemos hincapié para que se elabore el Proyecto de Ley a fin de aclarar nuestra zona limítrofe con la región Ica”, dijo al finalizar la cita, el presidente Javier Alvarado.
En tanto, la alcaldesa provincial de Cañete, María Montoya Conde, aseveró que estará pendiente a la respuesta que otorgue dicho organismo que pertenece a la PCM, añadiendo que de manera muy unida se viene coordinando con la máxima autoridad regional y los congresistas de la república, sobre el referido problema.
De esta manera, la actual gestión regional que lidera Javier Alvarado continúa realizando las gestiones ante el Gobierno Central para demarcar el territorio de Lima Provincias con sus departamentos vecinos.
SORPRENDEN A MARÍA MONTOYA CON CARTA
Por Juan Vladimir Rojas Hinostroza
No se cansa de buscar la quinta pata al gato y si de llamar la atención se trata... una vez mas y quemando su última carta el mismo personaje que busco suspender a la alcaldesa María Montoya Conde ante el JNE en su cargo de alcaldesa provincial de Cañete, no ha encontrado mejor oportunidad que enviar una carta precisando que Percy Luis Ochoa Montoya es proveedor de la corporación edil provincial en el 2011 y 2012, ya que esto esta prohibido por la ley N° 27972 y que por lo tanto existe nepotismo.
No contento con absurda petición en su carta solicita se le haga entrega de los recibos o facturas que habría presentado el vástago de la alcaldesa a la municipalidad provincial de Cañete.
Como único medio probatorio adjunto 2 copias del portal de transparencia económica donde se aprecia claramente que el gobierno consultado obedece al Gobierno Regional de Lima y no a la corporación edil de Cañete y que el otro es un informe general de los 16 distritos.
La carta notarial no se ha hecho esperar y le precisan que Percy Luis Ochoa Montoya esta prohibido de participar como proveedor de bienes y/o servicios a favor de la entidad edil provincial. Aclarándole que en los medios probatorios que anexa para acreditar el supuesto vinculo contractual sobre el señor Percy Luis Ochoa Montoya y la municipalidad provincial de cañete en el año 2012, estos están relacionados con el gobierno regional de Lima, ente distinto a la corporación edil, por lo que tendrá que dirigirse a dicha instancia para acceder a la información solicitada.
Respecto al informe de transparencia económica al año 2011 corresponde a toda la provincia de cañete, es decir a sus 16 distritos sin probar que haya existido vinculo contractual de forma directa con la municipalidad provincial de cañete. Por lo que es imposible atender su pedido.
Sin equivocarnos y al realizar las consultas con especialistas en el derecho municipal y penal esto evidenciaría claramente un intento de sorprender con información inexacta a la autoridad edil y sobretodo a los regidores provinciales, al procurador municipal y a la oficina de control interno. Ya quedara a criterio de iniciar acciones legales a los aludidos ante esta forma de querer sorprenderlos.
No se cansa de buscar la quinta pata al gato y si de llamar la atención se trata... una vez mas y quemando su última carta el mismo personaje que busco suspender a la alcaldesa María Montoya Conde ante el JNE en su cargo de alcaldesa provincial de Cañete, no ha encontrado mejor oportunidad que enviar una carta precisando que Percy Luis Ochoa Montoya es proveedor de la corporación edil provincial en el 2011 y 2012, ya que esto esta prohibido por la ley N° 27972 y que por lo tanto existe nepotismo.
No contento con absurda petición en su carta solicita se le haga entrega de los recibos o facturas que habría presentado el vástago de la alcaldesa a la municipalidad provincial de Cañete.
Como único medio probatorio adjunto 2 copias del portal de transparencia económica donde se aprecia claramente que el gobierno consultado obedece al Gobierno Regional de Lima y no a la corporación edil de Cañete y que el otro es un informe general de los 16 distritos.
La carta notarial no se ha hecho esperar y le precisan que Percy Luis Ochoa Montoya esta prohibido de participar como proveedor de bienes y/o servicios a favor de la entidad edil provincial. Aclarándole que en los medios probatorios que anexa para acreditar el supuesto vinculo contractual sobre el señor Percy Luis Ochoa Montoya y la municipalidad provincial de cañete en el año 2012, estos están relacionados con el gobierno regional de Lima, ente distinto a la corporación edil, por lo que tendrá que dirigirse a dicha instancia para acceder a la información solicitada.
Respecto al informe de transparencia económica al año 2011 corresponde a toda la provincia de cañete, es decir a sus 16 distritos sin probar que haya existido vinculo contractual de forma directa con la municipalidad provincial de cañete. Por lo que es imposible atender su pedido.
Sin equivocarnos y al realizar las consultas con especialistas en el derecho municipal y penal esto evidenciaría claramente un intento de sorprender con información inexacta a la autoridad edil y sobretodo a los regidores provinciales, al procurador municipal y a la oficina de control interno. Ya quedara a criterio de iniciar acciones legales a los aludidos ante esta forma de querer sorprenderlos.
REALIZARÁN CONCENTRACIÓN POR DÍA DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER ESTE 27 DE NOVIEMBRE EN CAÑETE
Este 25 de noviembre, la Comisión de la Mujer del Congreso de la República realizará una concentración como inicio de las celebraciones por el Día de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres.
Esta iniciativa se llevará a cabo en el Estadio Municipal «Niño héroe Manuel Bonilla» de Miraflores, a las 11 de la mañana para conmemorar dicha efeméride.
El evento contará con la participación de personalidades como Marco Zunino, Melania Urbina, Tommy Portugal, Wendy Sulca, Ytalo Faijó «El Joe Arroyo peruano», entre otros.
De igual forma, dicha mesa de trabajo impulsará la suscripción de la Adhesión a la Cruzada Internacional de Naciones Unidas «ÚNETE para poner fin a la violencia contra las mujeres».
Asimismo, el 27 del presente, realizará una sesión descentralizada en Cañete para recibir los testimonios de las mujeres maltratadas por sus parejas, muchas de las cuales mantienen su dolor en silencio por temor a sus agresores.
Esta iniciativa se llevará a cabo en el Estadio Municipal «Niño héroe Manuel Bonilla» de Miraflores, a las 11 de la mañana para conmemorar dicha efeméride.
El evento contará con la participación de personalidades como Marco Zunino, Melania Urbina, Tommy Portugal, Wendy Sulca, Ytalo Faijó «El Joe Arroyo peruano», entre otros.
De igual forma, dicha mesa de trabajo impulsará la suscripción de la Adhesión a la Cruzada Internacional de Naciones Unidas «ÚNETE para poner fin a la violencia contra las mujeres».
Asimismo, el 27 del presente, realizará una sesión descentralizada en Cañete para recibir los testimonios de las mujeres maltratadas por sus parejas, muchas de las cuales mantienen su dolor en silencio por temor a sus agresores.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN ANTONIO
ACUERDO DE CONCEJO N° 076 - 2012-MDSA
San Antonio, 14 de Noviembre del 2012
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO-CAÑETE
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;
Que, el numeral 28) del artículo 9ª de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala como atribución del Concejo Municipal, aprobar la remuneración del Alcalde y las Dietas de los Regidores;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 014-2012-MDSA se fija el sueldo del Alcalde en la suma de S/. 2,340.00 mensual para el presente ejercicio fiscal, el mismo que estará afecto a los descuentos de Ley; asimismo se fija la Dieta de los Regidores en el porcentaje equivalente al 30% del Sueldo del Alcalde, siendo la suma de S/. 702.00, la misma que se subdivide en S/. 351.00 por asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, al tener dos reuniones al mes; acuerdo que se adopta conforme lo prescrito en la Ley Nº 28112 y su modificatoria D.U. 038-2006, D.S. Nº 025-2007-PCM y al reporte del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC con relación a la población sufragante del distrito de San Antonio;
Que, mediante Resolución Nº 002-2012-JEE-JEE CAÑETE/JNE, del Jurado Electoral Especial de Cañete, de fecha 29.OCT.2012, se deja sin efecto la credencial otorgada al Alcalde y a los Regidores de las Elecciones Regionales y Municipales 2010, por razones del Proceso de Consulta Popular de Revocatoria de mandato de Autoridades Municipales 2012; y se convoca al nuevo Alcalde y Regidores provisionales del Concejo Distrital de San Antonio – Cañete, en tanto se realicen las nuevas elecciones municipales a que se refiere el artículo 25º de la Ley Nº 26300 – Ley de los Derechos de Participación y Control de Ciudadanos; los mismos que Juramentaron e Instalaron el día 10 de Noviembre del año en curso;
Que, estando a lo resuelto por el Jurado Electoral Especial de Cañete, y a efectos de no vulnerar un derecho que por Ley corresponde a las Autoridades Municipales con respecto al Sueldo del Alcalde y Dieta de los Regidores, se hace necesario determinarse por Sesión de Concejo lo referente, por el término del presente año fiscal 2012;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la aprobación unánime de los miembros del Concejo, y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se adopto el siguiente;
ACUERDO:
ARTÍCULO PRIMERO.- Fijar el sueldo del Alcalde (P) en la suma de S/. 2,340.00 (DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) mensual por el termino de culminación del presente ejercicio fiscal, el mismo que estará afecto a los descuentos de Ley.
ARTICULO SEGUNDO.- Fijar la Dieta de los Regidores (P) en la suma de S/ 351.00 (TRESCIENTOS CINCUENTIUN Y 00/100 NUEVOS SOLES) por asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, al tenerse fijada 02 ordinarias al mes como mínimo conforme lo dispone la normatividad; siendo el total la suma de S/. 702.00 equivalente al 30% del sueldo del señor Alcalde.
ARTÌCULO TERCERO.- Encargar a la Secretaria General la publicación del presente acuerdo en el medio oficial respectivo, así como en la página web de la Municipalidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
C.P.C Loel Carlos Salazar Yance
ALCALDE (P)
SAN ANTONIO
ACUERDO DE CONCEJO N° 076 - 2012-MDSA
San Antonio, 14 de Noviembre del 2012
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO-CAÑETE
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;
Que, el numeral 28) del artículo 9ª de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala como atribución del Concejo Municipal, aprobar la remuneración del Alcalde y las Dietas de los Regidores;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 014-2012-MDSA se fija el sueldo del Alcalde en la suma de S/. 2,340.00 mensual para el presente ejercicio fiscal, el mismo que estará afecto a los descuentos de Ley; asimismo se fija la Dieta de los Regidores en el porcentaje equivalente al 30% del Sueldo del Alcalde, siendo la suma de S/. 702.00, la misma que se subdivide en S/. 351.00 por asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, al tener dos reuniones al mes; acuerdo que se adopta conforme lo prescrito en la Ley Nº 28112 y su modificatoria D.U. 038-2006, D.S. Nº 025-2007-PCM y al reporte del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC con relación a la población sufragante del distrito de San Antonio;
Que, mediante Resolución Nº 002-2012-JEE-JEE CAÑETE/JNE, del Jurado Electoral Especial de Cañete, de fecha 29.OCT.2012, se deja sin efecto la credencial otorgada al Alcalde y a los Regidores de las Elecciones Regionales y Municipales 2010, por razones del Proceso de Consulta Popular de Revocatoria de mandato de Autoridades Municipales 2012; y se convoca al nuevo Alcalde y Regidores provisionales del Concejo Distrital de San Antonio – Cañete, en tanto se realicen las nuevas elecciones municipales a que se refiere el artículo 25º de la Ley Nº 26300 – Ley de los Derechos de Participación y Control de Ciudadanos; los mismos que Juramentaron e Instalaron el día 10 de Noviembre del año en curso;
Que, estando a lo resuelto por el Jurado Electoral Especial de Cañete, y a efectos de no vulnerar un derecho que por Ley corresponde a las Autoridades Municipales con respecto al Sueldo del Alcalde y Dieta de los Regidores, se hace necesario determinarse por Sesión de Concejo lo referente, por el término del presente año fiscal 2012;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la aprobación unánime de los miembros del Concejo, y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, se adopto el siguiente;
ACUERDO:
ARTÍCULO PRIMERO.- Fijar el sueldo del Alcalde (P) en la suma de S/. 2,340.00 (DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) mensual por el termino de culminación del presente ejercicio fiscal, el mismo que estará afecto a los descuentos de Ley.
ARTICULO SEGUNDO.- Fijar la Dieta de los Regidores (P) en la suma de S/ 351.00 (TRESCIENTOS CINCUENTIUN Y 00/100 NUEVOS SOLES) por asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, al tenerse fijada 02 ordinarias al mes como mínimo conforme lo dispone la normatividad; siendo el total la suma de S/. 702.00 equivalente al 30% del sueldo del señor Alcalde.
ARTÌCULO TERCERO.- Encargar a la Secretaria General la publicación del presente acuerdo en el medio oficial respectivo, así como en la página web de la Municipalidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
C.P.C Loel Carlos Salazar Yance
ALCALDE (P)
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
Municipalidad Distrital de Mala
COMUNICADO
La Municipalidad Distrital de Mala, comunica que; los resultados de la convocatoria de personal para la Contratación Administrativa de Servicios – CAS N° 002 y 003-2012, se encuentran publicados en el Portal Institucional www.munimala.gob.pe
Mala, Noviembre del 2012
LA COMISIÓN
COMUNICADO
La Municipalidad Distrital de Mala, comunica que; los resultados de la convocatoria de personal para la Contratación Administrativa de Servicios – CAS N° 002 y 003-2012, se encuentran publicados en el Portal Institucional www.munimala.gob.pe
Mala, Noviembre del 2012
LA COMISIÓN
EDICTOS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don EDOM LOAYZA CUMBA, con DNI 15449727, de 37 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión Tec. Agropecuario, de nacionalidad peruano, domiciliado en Sector Villa Hermosa Mz. D-1 Lote 5 – Santa Cruz – San Luis; y doña GRIMANESA MONTELUIZ CARRANZA, con DNI 45850353, de 29 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en Sector Villa Hermosa Mz. D-1 Lote 05 – CP. Santa Cruz. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 22 de Noviembre de 2012.
Delia Solorzano Carrión
Alcaldesa
Víctor Castillo Zúñiga
Registrador Civil
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete- Lima, ELBA MARINA LOYOLA DE SALGUERO, con DNI Nº 15397955, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre JULIA FELIPA YACTAYO DE LOYOLA, fallecida el 11 de Mayo del 2003, teniendo como último domicilio el distrito de Nuevo Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 21 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete- Lima, MARIA TERESA HUAMAN GONZALES, con DNI Nº 15351222, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre DORALIZA ANTONIA GONZALES VDA. DE HUAMAN, fallecida el 20 de Mayo del 2008, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 21 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete- Lima, ERNESTO MOISES OCHOA SANCHEZ, con DNI 06137243, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitora FORTUNATA PANFILA SANCHEZ DE OCHOA, fallecida el 12 de Junio del 2002, teniendo como último domicilio en el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 21 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1788-2012-MDCA, don NEMECIO EUSTAQUIO CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 06, folio 37, año 1944, que erróneamente se ha consignado:
Datos de la Madre: Dice: SEGUNDINA QUISPE DE CAMA, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 22 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1789-2012-MDCA, doña EDELMIRA VICTORIA CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 09, folio 69, año 1955, que erróneamente se ha consignado: Datos del Padre: Dice: EMILIO CAMA LA MADRID, debe decir: EMILIO JUSTO CAMA LA MADRID.
Datos de la Madre: Dice: SEGUNDINA QUISPE TORRES, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC. Cerro Azul, 22 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1792-2012-MDCA, don EMILIO CANDELARIO CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 05, folio 124, año 1943, que erróneamente se ha consignado: Datos de la Madre: Dice: SEGUNDINA QUISPE DE CAMA, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC. Cerro Azul, 22 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1791-2012-MDCA, doña FLORA ROSARIO CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 08, folio 137, año 1953, que erróneamente se ha consignado: Datos de la Madre: Dice: SECUNDINA QUISPE DE CAMA, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA. Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 22 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1790-2012-MDCA, don JOSE MARCOS CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 07, folio 184, año 1951, que erróneamente se ha consignado: Datos del Padre: Dice: EMILIO CAMA LA MADRID, debe decir: EMILIO JUSTO CAMA LA MADRID
Datos de la Madre: Dice: SEGUNDINA QUISPE DE CAMA, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC. Cerro Azul, 22 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don EDOM LOAYZA CUMBA, con DNI 15449727, de 37 años de edad, de estado civil soltero, ocupación/profesión Tec. Agropecuario, de nacionalidad peruano, domiciliado en Sector Villa Hermosa Mz. D-1 Lote 5 – Santa Cruz – San Luis; y doña GRIMANESA MONTELUIZ CARRANZA, con DNI 45850353, de 29 años de edad, de estado civil soltera, ocupación/profesión ama de casa, de nacionalidad peruana, domiciliada en Sector Villa Hermosa Mz. D-1 Lote 05 – CP. Santa Cruz. Pretenden contraer Matrimonio Civil en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 22 de Noviembre de 2012.
Delia Solorzano Carrión
Alcaldesa
Víctor Castillo Zúñiga
Registrador Civil
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete- Lima, ELBA MARINA LOYOLA DE SALGUERO, con DNI Nº 15397955, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre JULIA FELIPA YACTAYO DE LOYOLA, fallecida el 11 de Mayo del 2003, teniendo como último domicilio el distrito de Nuevo Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 21 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete- Lima, MARIA TERESA HUAMAN GONZALES, con DNI Nº 15351222, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre DORALIZA ANTONIA GONZALES VDA. DE HUAMAN, fallecida el 20 de Mayo del 2008, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 21 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete- Lima, ERNESTO MOISES OCHOA SANCHEZ, con DNI 06137243, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitora FORTUNATA PANFILA SANCHEZ DE OCHOA, fallecida el 12 de Junio del 2002, teniendo como último domicilio en el distrito de San Luis – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 21 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1788-2012-MDCA, don NEMECIO EUSTAQUIO CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 06, folio 37, año 1944, que erróneamente se ha consignado:
Datos de la Madre: Dice: SEGUNDINA QUISPE DE CAMA, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA.
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 22 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1789-2012-MDCA, doña EDELMIRA VICTORIA CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 09, folio 69, año 1955, que erróneamente se ha consignado: Datos del Padre: Dice: EMILIO CAMA LA MADRID, debe decir: EMILIO JUSTO CAMA LA MADRID.
Datos de la Madre: Dice: SEGUNDINA QUISPE TORRES, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC. Cerro Azul, 22 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1792-2012-MDCA, don EMILIO CANDELARIO CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 05, folio 124, año 1943, que erróneamente se ha consignado: Datos de la Madre: Dice: SEGUNDINA QUISPE DE CAMA, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC. Cerro Azul, 22 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1791-2012-MDCA, doña FLORA ROSARIO CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 08, folio 137, año 1953, que erróneamente se ha consignado: Datos de la Madre: Dice: SECUNDINA QUISPE DE CAMA, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA. Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 22 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1790-2012-MDCA, don JOSE MARCOS CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de su PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 07, folio 184, año 1951, que erróneamente se ha consignado: Datos del Padre: Dice: EMILIO CAMA LA MADRID, debe decir: EMILIO JUSTO CAMA LA MADRID
Datos de la Madre: Dice: SEGUNDINA QUISPE DE CAMA, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC. Cerro Azul, 22 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
22 noviembre 2012
CONVOCAN A ESTUDIANTES DE QUINTO DE SECUNDARIA DE IMPERIAL PARA CONCURSO DE BECAS QUE OTORGA SENCICO
Una buena noticia para la juventud imperialina, y porque no decirlo, cañetana también... y es que gracias a las coordinaciones realizadas por las autoridades de la Municipalidad Distrital de Imperial con el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción-SENCICO, se realiza la convocatoria a los estudiantes del 5° de secundaria para que puedan estudiar y trabajar como ELECTRICISTA INSTALADOR EN EDIFICACIONES.
CONCURSO DE BECAS
Para ello se está invitando a que participen de un Concurso de Becas, que les permitirá estudiar gratuitamente el curso que dictarán los especialistas de SENCICO.
Los interesados pueden participar del concurso inscribiéndose a partir del 22 al 27 de noviembre en la oficina de Imagen Institucional de la Municipalidad de Imperial, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Copia de DNI
- Ficha de Inscripción
- Estar cursando el último año de estudios secundarios en colegio nacional.
Es importante señalar que de acuerdo a la cantidad de inscritos el examen de selección se podría llevar a cabo en nuestro distrito, caso contrario tendrán que trasladarse hasta la ciudad de Lima.
La profesión de electricista instalador en edificaciones cumple las siguientes funciones:
Realizar la distribución e instalación de líneas eléctricas de baja tensión y líneas especiales.
Realizar el mantenimiento de las instalaciones y equipamientos eléctricos urbanos y de edificios e interpretar planos y esquemas eléctricos, aplicando los reglamentos y normas establecidos.
CONCURSO DE BECAS
Para ello se está invitando a que participen de un Concurso de Becas, que les permitirá estudiar gratuitamente el curso que dictarán los especialistas de SENCICO.
Los interesados pueden participar del concurso inscribiéndose a partir del 22 al 27 de noviembre en la oficina de Imagen Institucional de la Municipalidad de Imperial, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Copia de DNI
- Ficha de Inscripción
- Estar cursando el último año de estudios secundarios en colegio nacional.
Es importante señalar que de acuerdo a la cantidad de inscritos el examen de selección se podría llevar a cabo en nuestro distrito, caso contrario tendrán que trasladarse hasta la ciudad de Lima.
La profesión de electricista instalador en edificaciones cumple las siguientes funciones:
Realizar la distribución e instalación de líneas eléctricas de baja tensión y líneas especiales.
Realizar el mantenimiento de las instalaciones y equipamientos eléctricos urbanos y de edificios e interpretar planos y esquemas eléctricos, aplicando los reglamentos y normas establecidos.
JAVIER ALVARADO LLEGA CON MILES DE REGALOS A NIÑOS QUILMANEÑOS CON EL PROGRAMA «CRUZADA DE VALORES»
El presidente regional Javier Alvarado, estará en el distrito de Quilmana en la provincia de Cañete, llevando miles de regalos para los niños, en cumplimiento del exitoso programa social «Cruzada de Valores».
Este programa que consiste en el intercambio de regalos entre los niños norteamericanos y peruanos, se viene desarrollando desde que Javier Alvarado era alcalde provincial de Cañete, en la que se beneficiaron mas de 20 mil niños, que se llenaron de alegría al recibir estos costosos regalos, entre los que podemos mencionar juguetes, cuadernos, libros, útiles de limpieza, etc.
Para este jueves, desde las 10.30 a.m., la ONG ACED estará brindando además un novedoso show infantil en el parque zonal «Chavín de Huantar», quienes darán un programa de valores a los niños, posteriormente el presidente regional Javier Alvarado hará entrega de 1,500 regalos a todos los niños de ese distrito, gracias a la colaboración de la consejera regional Dra. Liliana Torres y funcionarios de la Unidad Ejecutora Lima Sur.
El anfitrión será el Alcalde Celestino Yactayo Villalobos, quien recibirá al Presidente y su comitiva con un almuerzo de confraternidad, en compañía de todos los vecinos, asimismo estará presente el Gerente regional de Desarrollo Social el Licenciado Marcelo Lévano Solari.
Hay que recalcar que estos programas del Gobierno Regional de Lima son muy importantes para la población, y se vienen realizando por la participación de los diversos funcionarios que ha convocado el Presidente Regional, como el Lic. Marcelo Lévano Solari y el Coordinador de la Gerencia de Desarrollo Social el Ing. Félix Choquehuanca Quezada.
Este programa ya ha llegado a Oyón, Cajatambo, Yauyos, San Vicente, Chilca, y la próxima semana visitaran Canta.
CRUZADA DE VALORES
Este programa consiste en que un niño americano envía un regalo a un niño peruano; el niño americano va al supermercado y llena en un taper o caja de zapato todo lo que a él le gusta sí, es niño o niña y por edades de 2 a 4, de 5 a 9 y de 10 a 14 regalos exclusivos para los niños de las escuelas primarias y comedores, vasos de leche, escuelas deportivas los regalos son variados y contienen, muñecas, carros, ropa, zapatillas, utiles escolares, golosina, etc.
En muchas de estas cajas los niños americanos envían cartas dando su correo electrónico para que el niño peruano, les escriba en español y ellos lo traducen a su idioma así hacen la conexión, posteriormente vienen al Perú para conocer al niño o la niña y apadrinarlo.
Este programa que consiste en el intercambio de regalos entre los niños norteamericanos y peruanos, se viene desarrollando desde que Javier Alvarado era alcalde provincial de Cañete, en la que se beneficiaron mas de 20 mil niños, que se llenaron de alegría al recibir estos costosos regalos, entre los que podemos mencionar juguetes, cuadernos, libros, útiles de limpieza, etc.
Para este jueves, desde las 10.30 a.m., la ONG ACED estará brindando además un novedoso show infantil en el parque zonal «Chavín de Huantar», quienes darán un programa de valores a los niños, posteriormente el presidente regional Javier Alvarado hará entrega de 1,500 regalos a todos los niños de ese distrito, gracias a la colaboración de la consejera regional Dra. Liliana Torres y funcionarios de la Unidad Ejecutora Lima Sur.
El anfitrión será el Alcalde Celestino Yactayo Villalobos, quien recibirá al Presidente y su comitiva con un almuerzo de confraternidad, en compañía de todos los vecinos, asimismo estará presente el Gerente regional de Desarrollo Social el Licenciado Marcelo Lévano Solari.
Hay que recalcar que estos programas del Gobierno Regional de Lima son muy importantes para la población, y se vienen realizando por la participación de los diversos funcionarios que ha convocado el Presidente Regional, como el Lic. Marcelo Lévano Solari y el Coordinador de la Gerencia de Desarrollo Social el Ing. Félix Choquehuanca Quezada.
Este programa ya ha llegado a Oyón, Cajatambo, Yauyos, San Vicente, Chilca, y la próxima semana visitaran Canta.
CRUZADA DE VALORES
Este programa consiste en que un niño americano envía un regalo a un niño peruano; el niño americano va al supermercado y llena en un taper o caja de zapato todo lo que a él le gusta sí, es niño o niña y por edades de 2 a 4, de 5 a 9 y de 10 a 14 regalos exclusivos para los niños de las escuelas primarias y comedores, vasos de leche, escuelas deportivas los regalos son variados y contienen, muñecas, carros, ropa, zapatillas, utiles escolares, golosina, etc.
En muchas de estas cajas los niños americanos envían cartas dando su correo electrónico para que el niño peruano, les escriba en español y ellos lo traducen a su idioma así hacen la conexión, posteriormente vienen al Perú para conocer al niño o la niña y apadrinarlo.
HOY DEBE OTORGARSE BUENA PRO PARA INICIAR LA CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL REGIONAL DE CAÑETE
Hoy jueves 22 de Noviembre se estará llevando a cabo la Adjudicación de Menor Cuantía en la modalidad de CONVOCATORIA de la «Construcción y Equipamiento del Hospital Regional en la provincia de Cañete, Meta I» en las instalaciones del Gobierno Regional en Huacho.
Como se recordará en un primer momento se convocó a la Licitación Pública Nº 16-2012/GRL/CE el 10 de setiembre del 2012, proceso al que se presentaron 20 postores, de los cuales desistieron 17 quedando solo tres postores: Consorcio Ejecutor Cañete, Ortiz Construcciones y Proyectos SA Sucursal del Perú y Consorcio Constructora Cañete. Ante la no admisión de los tres únicos postores al Concurso, el Comité Especial declaró desierto el proceso de selección.
Hoy se convoca nuevamente, ya no como Licitación Pública sino como Adjudicación de Menor Cuantía, de acuerdo a lo que establece el Art. 18º de la Ley de Contrataciones del Estado y al Art. 19º de su Reglamento.
«Artículo 19.- Tipos de Procesos de Selección
De conformidad con lo establecido en los artículos 15°,16º, 17º y 18° de la Ley, son procesos de selección los siguientes:
(…)
4. Adjudicación de Menor Cuantía, que se convoca para:
(…)
c) Los procesos declarados desiertos, cuando corresponda de acuerdo a lo establecido en el artículo 32° de la Ley.»
Artículo 32.- Proceso de selección desierto
(…)
El proceso de selección será declarado desierto cuando no quede válida ninguna oferta; y, parcialmente desierto cuando no quede válida ninguna oferta en alguno de los items identificados particularmente.
(…)
En el supuesto que una licitación pública, concurso público o adjudicación directa sean declaradas desiertas, se convocará a un proceso de adjudicación de menor cuantía.»
Con esta convocatoria, se inicia así el cumplimiento de uno de los ofrecimientos electorales del Pdte. Regional Javier Alvarado: la construcción del Hospital Regional de Cañete; una obra anhelada por años, impulsada luego del terremoto del 2007 y concretada su financiamiento a través del Decreto de Urgencia 016-2012 por el que se ha destinado 33’900,000 nuevos soles.
Los integrantes del Comité Especial encargados de la organización, conducción y ejecución del Proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía N° 231-2012-GRL/CE fueron designados mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 714-2012-PRES, siendo presidido por la Srta. ING. MIRIAM MULLISACA HUAMANI en su calidad de Presidente Titular e integrado por el DR. MARCO ANTONIO MONTOYA CIEZA y el Sr. C.P.C. ÁNGEL ÓSCAR MATOS MATOS, como Miembros Titulares.
Como se recordará en un primer momento se convocó a la Licitación Pública Nº 16-2012/GRL/CE el 10 de setiembre del 2012, proceso al que se presentaron 20 postores, de los cuales desistieron 17 quedando solo tres postores: Consorcio Ejecutor Cañete, Ortiz Construcciones y Proyectos SA Sucursal del Perú y Consorcio Constructora Cañete. Ante la no admisión de los tres únicos postores al Concurso, el Comité Especial declaró desierto el proceso de selección.
Hoy se convoca nuevamente, ya no como Licitación Pública sino como Adjudicación de Menor Cuantía, de acuerdo a lo que establece el Art. 18º de la Ley de Contrataciones del Estado y al Art. 19º de su Reglamento.
«Artículo 19.- Tipos de Procesos de Selección
De conformidad con lo establecido en los artículos 15°,16º, 17º y 18° de la Ley, son procesos de selección los siguientes:
(…)
4. Adjudicación de Menor Cuantía, que se convoca para:
(…)
c) Los procesos declarados desiertos, cuando corresponda de acuerdo a lo establecido en el artículo 32° de la Ley.»
Artículo 32.- Proceso de selección desierto
(…)
El proceso de selección será declarado desierto cuando no quede válida ninguna oferta; y, parcialmente desierto cuando no quede válida ninguna oferta en alguno de los items identificados particularmente.
(…)
En el supuesto que una licitación pública, concurso público o adjudicación directa sean declaradas desiertas, se convocará a un proceso de adjudicación de menor cuantía.»
Con esta convocatoria, se inicia así el cumplimiento de uno de los ofrecimientos electorales del Pdte. Regional Javier Alvarado: la construcción del Hospital Regional de Cañete; una obra anhelada por años, impulsada luego del terremoto del 2007 y concretada su financiamiento a través del Decreto de Urgencia 016-2012 por el que se ha destinado 33’900,000 nuevos soles.
Los integrantes del Comité Especial encargados de la organización, conducción y ejecución del Proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía N° 231-2012-GRL/CE fueron designados mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 714-2012-PRES, siendo presidido por la Srta. ING. MIRIAM MULLISACA HUAMANI en su calidad de Presidente Titular e integrado por el DR. MARCO ANTONIO MONTOYA CIEZA y el Sr. C.P.C. ÁNGEL ÓSCAR MATOS MATOS, como Miembros Titulares.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2012-MDM
Mala, 16 de Noviembre del 2012
VISTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Mala en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de Noviembre del 2012, respecto al proyecto de Ordenanza Municipal sobre regularización de medidas de prevención y control del consumo de tabaco y exposición de humo en el Distrito de Mala, e Informe Nº 583-2012-GAL/MDM de la Oficina de Asesoría Legal de esta Municipalidad.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de salud, conforme a ley, según lo establecen los artículos 194° y 195°, numeral 8), de la Constitución Política del Perú;
Que, de conformidad con los numerales 3.2) y 3.4) del artículo 80° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, son funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales, regular y controlar la salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, escuelas y otros lugares públicos, así como, fiscalizar y realizar labores de control respecto a la emisión de humos y demás contaminantes del ambiente;
Que, mediante la Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, Ley N° 28705 y su modificatoria de Ley Nº 29517, para la adecuación al convenio marco de la Organización Mundial de la Salud; así mismo teniendo en cuenta su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° O15-2008-SA, y sus modificatorias aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-SA y el Decreto Supremo Nº 001-2011-SA respectivamente; se ha establecido el marco normativo para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco, a fin de proteger la salud de la persona, la familia y la comunidad contra las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicos del consumo de tabaco y de la exposición al humo del tabaco;
Que, los Gobiernos Locales como parte integrante del Estado Peruano, tienen la responsabilidad de velar por el niño y adolescente, procurando en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, de acuerdo a lo prescrito en el numeral 2.9) del artículo 84° de la citada Ley N° 27972;
Que, en este contexto, se deben expedir las disposiciones necesarias para hacer efectiva la aplicación de las medidas de prevención y control del consumo del tabaco y de la exposición al humo del tabaco en el Distrito de Mala;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, y con dispensa de trámite de aprobación de Acta, el Concejo por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente
ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la Ordenanza Municipal de Prevención y Control del Consumo de Tabaco en el Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Región Lima; que consta de nueve (9) artículos, seis (06) Disposiciones Transitorias y Finales y un anexo; que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar a las Sub Gerencia de Fiscalización, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Serenazgo, así como a la Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza.
ORDENANZA MUNICIPAL DE REGULACION DE MEDIDAS DE PREVENCION Y CONTROL DE LOS RIESGOS DEL CONSUMO DEL TABACO EN EL DISTRITO DE MALA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°._ Objeto y ámbito de aplicación.
La presente Ordenanza tiene como objeto proteger a la persona, la familia y la comunidad contra las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo del tabaco y de la exposición al humo del tabaco; establecer medidas de prevención y control efectivo, reducir su consumo y la exposición al humo de manera sustancial; salvaguardando los derechos a la salud y a un ambiente saludable dentro de la jurisdicción del distrito de
MALA.
Articulo 2º._ Definiciones.
Referencia: Decreto Supremo 001-2011-SA
- Espacios públicos cerrados: Todo lugar de acceso público que se encuentra cubierto por un techo y que tenga más de una pared, independientemente del material utilizado, de su extensión o altura y de su carácter temporal o permanente.
- Lugares de Trabajo: Se entenderá lugar de trabajo todo lugar utilizado por las personas durante su empleo o trabajo. Esta definición debe abarcar no solamente el trabajo remunerado, sino también el trabajo voluntario del tipo que normalmente se retribuye. Además, los lugares de trabajo incluyen no solo aquellos donde se realiza el trabajo, sino también todos los lugares que los trabajadores suelen utilizar en el desempeño de su empleo, entre ellos, por ejemplo los pasillos, ascensores, tragaluz de escalera, vestíbulos, instalaciones conjuntas, cafeterías, servicios higiénicos, salones, comedores y edificaciones anexas tales como cobertizos, entre otros. Los vehículos de trabajo se consideran lugares de trabajo y deben identificarse de forma específica como tales. Los interiores de los lugares de trabajo incluyen todos los espacios que se encuentren dentro del perímetro de los mismos.
- Dependencia pública: Comprende todas las Entidades del Estado y en los diferentes niveles de gobierno.
- Medios de Transporte Público: Son las unidades de transporte individual o masivo, terrestre, aéreo o marítimo, utilizadas para trasladar pasajeros, sin importar su condición, calidad o tonelaje.
- Productos de Tabaco: Abarca los productos preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, chupados, mascados.
- Control de Tabaco: Comprende diversas estrategias de reducción de la oferta y demanda y los daños con objeto de mejorar la salud de la población eliminando o reduciendo su consumo de productos de tabaco y su exposición al humo del tabaco.
CAPÍTULO II
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN
Artículo 3°.- Prohibiciones.-
Se encuentra prohibido fumar en:
a) Establecimientos dedicados a la salud y educación, sean públicos o privados.
b) Edificaciones donde se presten servicios de atención al público, de propiedad pública o privada.
c) En todos los interiores de lugares de trabajo, pueden ser incluidos todos los espacios que se encuentren dentro del perímetro de los mismos.
d) Medios de transporte público, incluidas las áreas de embarque y desembarque de personas y/o mercancías; y, medios de transporte asignados a dependencias públicas, que circulen en el distrito de Mala.
e) Lugares de venta de combustible o de materiales inflamables.
f) Toda dependencia pública.
g) En todo evento público realizado en lugares incluidos en la definición de espacios públicos cerrados.
La población y/o los vecinos afectados por fumadores en los lugares donde no se encuentre permitido fumar, podrán requerir al propietario o responsable de su conducción que el infractor deje de hacerlo en el acto, caso contrario, puede presentar una queja ante la Municipalidad, quien verificará a través de la Sub-Gerencia de Fiscalización con el apoyo de la Sub gerencia de Seguridad Ciudadana y Serenazgo el cumplimiento de la presente Ordenanza, de la Ley Nº28705 y de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° O15-2008-SA y sus respectivas modificatorias.
Artículo 4°. - Señalizaciones
En los lugares consignados en el artículo segundo y en los centros laborales privados, restaurantes, hoteles, establecimientos de hospedaje, cafés, bares, discotecas, pubs, peñas, karaokes, salsódromos, café teatros, tragamonedas, casinos, bingos, salones de juego, locales de recepción y cualquier establecimiento de similares características, así como centros deportivos y otros centros de entretenimiento; se deberán colocar carteles en todas sus entradas, cada espacio interior y en lugares visibles, con la siguiente leyenda (Según Anexo):
«ESTA PROHIBIDO FUMAR EN LUGARES
PUBLICOS COMO ESTE, SEGUN LEY N° 28705".
«FUMAR ES DAÑINO PARA LA SALUD, EL HUMO DAÑA TAMBIEN A LOS NO FUMADORES».
En los establecimientos con autorizaciones para la venta de productos de tabaco se deberá fijar en una lugar visible, un cartel con la siguiente leyenda
«EL CONSUMO DE TABACO ES DAÑINO PARA LA SALUD, PROHIBIDA SU VENTA A MENORES DE 18 AÑOS».
CAPITULO III
CONTROL DE LA COMERCIALIZACION
Artículo 5°.- Prohibiciones en la venta.
Se encuentra prohibida:
a) La venta directa o indirecta de productos de tabaco cualquiera sea su presentación dentro de cualquier establecimiento dedicado a la salud y educación, sean públicos o privados, en las dependencias públicas y en los lugares donde esta prohibido fumar y donde asistan menores de 18 años de edad.
b) La venta de productos de tabaco en forma ambulatoria, a excepción de su venta por personas que cuenten con autorización vigente para ejercer el comercio en la vía pública en el rubro permitido de «Golosinas y Bebidas», de conformidad con la normativa legal vigente.
c) Se encuentra prohibida la venta y suministro de productos de tabaco a menores de 18 años de edad, sea para consumo propio o de terceros. En caso de duda sobre la edad, los conductores del local deberán exigir el documento de identidad del consumidor o comprador.
d) La venta de productos de tabaco por menores de 18 años.
e) La distribución gratuita promocional de productos de tabaco a menores de 18 años. En lugares donde circulen menores de edad, solamente se permitirá la distribución cuando en forma objetiva y verificable se pueda demostrar que el receptor es mayor de 18 años, debiendo exigirse el documento de identidad en caso de duda sobre su mayoría de edad.
f) La promoción, venta, distribución o donación de juguetes que tengan forma o aludan a productos de tabaco que puedan resultar atractivos para menores de edad.
g) La instalación o colocación de máquinas expendedoras de productos de tabaco, en locales cuyo acceso está permitido a menores de 18 años.
h) La instalación o colocación de máquinas expendedoras de productos de tabaco que cuenten con la publicidad del producto y que carezcan de la frase de advertencia sanitaria, en un área del 15% del espacio dedicado a la publicidad.
i) La venta de cigarrillos sin filtro.
j) La venta de paquetes de productos de tabaco que contengan menos de diez (10) unidades (Art. 30-A del Decreto Supremo Nº001-2011-SA)
k) La venta de productos de tabaco, ocultando las advertencias sanitarias impresas en las envolturas o empaques de productos de tabaco. En los lugares de expendio de los productos de tabaco, los envases deberán ser exhibidos al público exponiendo las advertencias sanitarias.
CAPITULO IV
CONTROL DE LA PUBLICIDAD
Artículo 6º.- Prohibiciones en la publicidad.
Se encuentra prohibida la publicidad, directa o indirecta, de productos de tabaco en:
a) Los establecimientos dedicados a la salud y educación, sean públicos o privados, y donde se presten servicio de atención documentaria al público, de propiedad estatal o privada.
b) Prohíbase la publicidad exterior de productos de tabaco a no menos de 500 metros de centros educativos de cualquier nivel o naturaleza.
c) Actividades deportivas de cualquier tipo.
d) Centros de entretenimiento, exhibiciones, espectáculos y similares, en los que esté permitido el ingreso de menores de 18 años de edad.
e) Prendas de vestir y accesorios sean éstas para regalo, venta, canje o promoción; este tipo de infracciones serán denunciadas ante la Comisión de Represión de la Competencia Desleal y ante la Comisión de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI, por ser de su competencia.
CAPITULO V
ACCIONES DE PREVENCION Y CONTROL DE TABACO
Artículo 7º.- De la Tarea Educativa e Informativa de los Gobiernos Locales.
La Municipalidad contribuirá y facilitará la tarea educativa e informativa de promoción de la salud, prevención de riesgos, protección de los no fumadores y control de tabaquismo, sin la participación como auspiciante, ni bajo alguna modalidad de la industria tabacalera. Para ello:
a) Establecerá en el distrito, políticas y estrategias para promover en los ciudadanos el conocimiento y buen cumplimiento de la legislación nacional.
b) Fomentara actividades de educación ciudadana para el desarrollo de una vida sin tabaco.
c) Organizara y participará en campañas informativo educativas en prevención y control de tabaquismo.
d) Se unirá a otras organizaciones gubernamentales y civiles de la comunidad a la celebración conjunta del Día Mundial sin Tabaco.
CAPÍTULO V
INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 8°.- Régimen de Infracciones y Sanciones.
Se establece el siguiente régimen de sanciones por infracción a lo establecido en la Ley N° 28705, Ley General para la Prevención y Control de los riesgos del consumo de tabaco y a la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 9°.- Aplicación de sanciones.
Para la aplicación de las sanciones que se han descrito en el articulo anterior debe insertarse en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, aprobado mediante Ordenanza N° 016-2009-MDM en lo que corresponda. Así mismo se deja presente que la aplicación de las sanciones esta sujeta al Reglamento de Aplicaciones y Sanciones (RAS) vigente, así como de la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco y su Reglamento.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
PRIMERA.- Todos los establecimientos que cuenten con área de fumadores y máquinas expendedoras de productos de tabaco, como aquellos que a la fecha de publicación de la presente Ordenanza, no lo tengan o no reúnan los requerimientos establecidos, deberán adecuar su funcionamiento a lo establecido en lo presente norma, en el plazo de noventa (90) días calendario desde su entrada en vigencia.
SEGUNDA.- Para el trámite de nuevas solicitudes de licencias de obra y/o de funcionamiento para los centros laborales privados, restaurantes, hoteles, establecimientos de hospedaje, cafés, bares, discotecas, pubs, peñas, karaokes, salsódromos, café teatros, tragamonedas, casinos, bingos, salones de juego, locales de recepción y cualquier establecimiento de similares características, así como centros deportivos y otros centros de entretenimiento, que deseen contar con área de fumadores, se requiere la presentación de la habilitación de un área designada para fumadores de acuerdo con las características establecidas en la presente Ordenanza.
TERCERA.- Incorporar al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) del Reglamento de Aplicación y Sanciones de la Municipalidad de Mala, aprobado por la Ordenanza Nº016-2009-MDM, el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas establecido en el artículo octavo de la presente Ordenanza, el cual entrará en vigencia a los sesenta (60) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Judicial de la provincia de Cañete.
CUARTA.- Adecuar en los procedimientos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Mala, lo establecido en la presente Ordenanza.
QUINTA.- Aprobar los modelos de Carteles Instructivos, contenidos en el Anexo de la presente Ordenanza, los mismos que tienen las medidas y características estipuladas en los ANEXOS I, II y III, del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del tabaco.
SEXTA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario judicial de la provincia de Cañete. Asimismo, se dispone su publicación en la página web de la Municipalidad de Mala www.munimala.gob.pe
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLACE Y PUBLIQUESE
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2012-MDM
Mala, 16 de Noviembre del 2012
VISTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Mala en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de Noviembre del 2012, respecto al proyecto de Ordenanza Municipal sobre regularización de medidas de prevención y control del consumo de tabaco y exposición de humo en el Distrito de Mala, e Informe Nº 583-2012-GAL/MDM de la Oficina de Asesoría Legal de esta Municipalidad.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de salud, conforme a ley, según lo establecen los artículos 194° y 195°, numeral 8), de la Constitución Política del Perú;
Que, de conformidad con los numerales 3.2) y 3.4) del artículo 80° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, son funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales, regular y controlar la salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, escuelas y otros lugares públicos, así como, fiscalizar y realizar labores de control respecto a la emisión de humos y demás contaminantes del ambiente;
Que, mediante la Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, Ley N° 28705 y su modificatoria de Ley Nº 29517, para la adecuación al convenio marco de la Organización Mundial de la Salud; así mismo teniendo en cuenta su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° O15-2008-SA, y sus modificatorias aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-SA y el Decreto Supremo Nº 001-2011-SA respectivamente; se ha establecido el marco normativo para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco, a fin de proteger la salud de la persona, la familia y la comunidad contra las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicos del consumo de tabaco y de la exposición al humo del tabaco;
Que, los Gobiernos Locales como parte integrante del Estado Peruano, tienen la responsabilidad de velar por el niño y adolescente, procurando en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, de acuerdo a lo prescrito en el numeral 2.9) del artículo 84° de la citada Ley N° 27972;
Que, en este contexto, se deben expedir las disposiciones necesarias para hacer efectiva la aplicación de las medidas de prevención y control del consumo del tabaco y de la exposición al humo del tabaco en el Distrito de Mala;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, y con dispensa de trámite de aprobación de Acta, el Concejo por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente
ORDENANZA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la Ordenanza Municipal de Prevención y Control del Consumo de Tabaco en el Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Región Lima; que consta de nueve (9) artículos, seis (06) Disposiciones Transitorias y Finales y un anexo; que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar a las Sub Gerencia de Fiscalización, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Serenazgo, así como a la Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza.
ORDENANZA MUNICIPAL DE REGULACION DE MEDIDAS DE PREVENCION Y CONTROL DE LOS RIESGOS DEL CONSUMO DEL TABACO EN EL DISTRITO DE MALA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°._ Objeto y ámbito de aplicación.
La presente Ordenanza tiene como objeto proteger a la persona, la familia y la comunidad contra las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo del tabaco y de la exposición al humo del tabaco; establecer medidas de prevención y control efectivo, reducir su consumo y la exposición al humo de manera sustancial; salvaguardando los derechos a la salud y a un ambiente saludable dentro de la jurisdicción del distrito de
MALA.
Articulo 2º._ Definiciones.
Referencia: Decreto Supremo 001-2011-SA
- Espacios públicos cerrados: Todo lugar de acceso público que se encuentra cubierto por un techo y que tenga más de una pared, independientemente del material utilizado, de su extensión o altura y de su carácter temporal o permanente.
- Lugares de Trabajo: Se entenderá lugar de trabajo todo lugar utilizado por las personas durante su empleo o trabajo. Esta definición debe abarcar no solamente el trabajo remunerado, sino también el trabajo voluntario del tipo que normalmente se retribuye. Además, los lugares de trabajo incluyen no solo aquellos donde se realiza el trabajo, sino también todos los lugares que los trabajadores suelen utilizar en el desempeño de su empleo, entre ellos, por ejemplo los pasillos, ascensores, tragaluz de escalera, vestíbulos, instalaciones conjuntas, cafeterías, servicios higiénicos, salones, comedores y edificaciones anexas tales como cobertizos, entre otros. Los vehículos de trabajo se consideran lugares de trabajo y deben identificarse de forma específica como tales. Los interiores de los lugares de trabajo incluyen todos los espacios que se encuentren dentro del perímetro de los mismos.
- Dependencia pública: Comprende todas las Entidades del Estado y en los diferentes niveles de gobierno.
- Medios de Transporte Público: Son las unidades de transporte individual o masivo, terrestre, aéreo o marítimo, utilizadas para trasladar pasajeros, sin importar su condición, calidad o tonelaje.
- Productos de Tabaco: Abarca los productos preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, chupados, mascados.
- Control de Tabaco: Comprende diversas estrategias de reducción de la oferta y demanda y los daños con objeto de mejorar la salud de la población eliminando o reduciendo su consumo de productos de tabaco y su exposición al humo del tabaco.
CAPÍTULO II
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN
Artículo 3°.- Prohibiciones.-
Se encuentra prohibido fumar en:
a) Establecimientos dedicados a la salud y educación, sean públicos o privados.
b) Edificaciones donde se presten servicios de atención al público, de propiedad pública o privada.
c) En todos los interiores de lugares de trabajo, pueden ser incluidos todos los espacios que se encuentren dentro del perímetro de los mismos.
d) Medios de transporte público, incluidas las áreas de embarque y desembarque de personas y/o mercancías; y, medios de transporte asignados a dependencias públicas, que circulen en el distrito de Mala.
e) Lugares de venta de combustible o de materiales inflamables.
f) Toda dependencia pública.
g) En todo evento público realizado en lugares incluidos en la definición de espacios públicos cerrados.
La población y/o los vecinos afectados por fumadores en los lugares donde no se encuentre permitido fumar, podrán requerir al propietario o responsable de su conducción que el infractor deje de hacerlo en el acto, caso contrario, puede presentar una queja ante la Municipalidad, quien verificará a través de la Sub-Gerencia de Fiscalización con el apoyo de la Sub gerencia de Seguridad Ciudadana y Serenazgo el cumplimiento de la presente Ordenanza, de la Ley Nº28705 y de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° O15-2008-SA y sus respectivas modificatorias.
Artículo 4°. - Señalizaciones
En los lugares consignados en el artículo segundo y en los centros laborales privados, restaurantes, hoteles, establecimientos de hospedaje, cafés, bares, discotecas, pubs, peñas, karaokes, salsódromos, café teatros, tragamonedas, casinos, bingos, salones de juego, locales de recepción y cualquier establecimiento de similares características, así como centros deportivos y otros centros de entretenimiento; se deberán colocar carteles en todas sus entradas, cada espacio interior y en lugares visibles, con la siguiente leyenda (Según Anexo):
«ESTA PROHIBIDO FUMAR EN LUGARES
PUBLICOS COMO ESTE, SEGUN LEY N° 28705".
«FUMAR ES DAÑINO PARA LA SALUD, EL HUMO DAÑA TAMBIEN A LOS NO FUMADORES».
En los establecimientos con autorizaciones para la venta de productos de tabaco se deberá fijar en una lugar visible, un cartel con la siguiente leyenda
«EL CONSUMO DE TABACO ES DAÑINO PARA LA SALUD, PROHIBIDA SU VENTA A MENORES DE 18 AÑOS».
CAPITULO III
CONTROL DE LA COMERCIALIZACION
Artículo 5°.- Prohibiciones en la venta.
Se encuentra prohibida:
a) La venta directa o indirecta de productos de tabaco cualquiera sea su presentación dentro de cualquier establecimiento dedicado a la salud y educación, sean públicos o privados, en las dependencias públicas y en los lugares donde esta prohibido fumar y donde asistan menores de 18 años de edad.
b) La venta de productos de tabaco en forma ambulatoria, a excepción de su venta por personas que cuenten con autorización vigente para ejercer el comercio en la vía pública en el rubro permitido de «Golosinas y Bebidas», de conformidad con la normativa legal vigente.
c) Se encuentra prohibida la venta y suministro de productos de tabaco a menores de 18 años de edad, sea para consumo propio o de terceros. En caso de duda sobre la edad, los conductores del local deberán exigir el documento de identidad del consumidor o comprador.
d) La venta de productos de tabaco por menores de 18 años.
e) La distribución gratuita promocional de productos de tabaco a menores de 18 años. En lugares donde circulen menores de edad, solamente se permitirá la distribución cuando en forma objetiva y verificable se pueda demostrar que el receptor es mayor de 18 años, debiendo exigirse el documento de identidad en caso de duda sobre su mayoría de edad.
f) La promoción, venta, distribución o donación de juguetes que tengan forma o aludan a productos de tabaco que puedan resultar atractivos para menores de edad.
g) La instalación o colocación de máquinas expendedoras de productos de tabaco, en locales cuyo acceso está permitido a menores de 18 años.
h) La instalación o colocación de máquinas expendedoras de productos de tabaco que cuenten con la publicidad del producto y que carezcan de la frase de advertencia sanitaria, en un área del 15% del espacio dedicado a la publicidad.
i) La venta de cigarrillos sin filtro.
j) La venta de paquetes de productos de tabaco que contengan menos de diez (10) unidades (Art. 30-A del Decreto Supremo Nº001-2011-SA)
k) La venta de productos de tabaco, ocultando las advertencias sanitarias impresas en las envolturas o empaques de productos de tabaco. En los lugares de expendio de los productos de tabaco, los envases deberán ser exhibidos al público exponiendo las advertencias sanitarias.
CAPITULO IV
CONTROL DE LA PUBLICIDAD
Artículo 6º.- Prohibiciones en la publicidad.
Se encuentra prohibida la publicidad, directa o indirecta, de productos de tabaco en:
a) Los establecimientos dedicados a la salud y educación, sean públicos o privados, y donde se presten servicio de atención documentaria al público, de propiedad estatal o privada.
b) Prohíbase la publicidad exterior de productos de tabaco a no menos de 500 metros de centros educativos de cualquier nivel o naturaleza.
c) Actividades deportivas de cualquier tipo.
d) Centros de entretenimiento, exhibiciones, espectáculos y similares, en los que esté permitido el ingreso de menores de 18 años de edad.
e) Prendas de vestir y accesorios sean éstas para regalo, venta, canje o promoción; este tipo de infracciones serán denunciadas ante la Comisión de Represión de la Competencia Desleal y ante la Comisión de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI, por ser de su competencia.
CAPITULO V
ACCIONES DE PREVENCION Y CONTROL DE TABACO
Artículo 7º.- De la Tarea Educativa e Informativa de los Gobiernos Locales.
La Municipalidad contribuirá y facilitará la tarea educativa e informativa de promoción de la salud, prevención de riesgos, protección de los no fumadores y control de tabaquismo, sin la participación como auspiciante, ni bajo alguna modalidad de la industria tabacalera. Para ello:
a) Establecerá en el distrito, políticas y estrategias para promover en los ciudadanos el conocimiento y buen cumplimiento de la legislación nacional.
b) Fomentara actividades de educación ciudadana para el desarrollo de una vida sin tabaco.
c) Organizara y participará en campañas informativo educativas en prevención y control de tabaquismo.
d) Se unirá a otras organizaciones gubernamentales y civiles de la comunidad a la celebración conjunta del Día Mundial sin Tabaco.
CAPÍTULO V
INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 8°.- Régimen de Infracciones y Sanciones.
Se establece el siguiente régimen de sanciones por infracción a lo establecido en la Ley N° 28705, Ley General para la Prevención y Control de los riesgos del consumo de tabaco y a la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 9°.- Aplicación de sanciones.
Para la aplicación de las sanciones que se han descrito en el articulo anterior debe insertarse en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, aprobado mediante Ordenanza N° 016-2009-MDM en lo que corresponda. Así mismo se deja presente que la aplicación de las sanciones esta sujeta al Reglamento de Aplicaciones y Sanciones (RAS) vigente, así como de la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco y su Reglamento.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
PRIMERA.- Todos los establecimientos que cuenten con área de fumadores y máquinas expendedoras de productos de tabaco, como aquellos que a la fecha de publicación de la presente Ordenanza, no lo tengan o no reúnan los requerimientos establecidos, deberán adecuar su funcionamiento a lo establecido en lo presente norma, en el plazo de noventa (90) días calendario desde su entrada en vigencia.
SEGUNDA.- Para el trámite de nuevas solicitudes de licencias de obra y/o de funcionamiento para los centros laborales privados, restaurantes, hoteles, establecimientos de hospedaje, cafés, bares, discotecas, pubs, peñas, karaokes, salsódromos, café teatros, tragamonedas, casinos, bingos, salones de juego, locales de recepción y cualquier establecimiento de similares características, así como centros deportivos y otros centros de entretenimiento, que deseen contar con área de fumadores, se requiere la presentación de la habilitación de un área designada para fumadores de acuerdo con las características establecidas en la presente Ordenanza.
TERCERA.- Incorporar al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) del Reglamento de Aplicación y Sanciones de la Municipalidad de Mala, aprobado por la Ordenanza Nº016-2009-MDM, el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas establecido en el artículo octavo de la presente Ordenanza, el cual entrará en vigencia a los sesenta (60) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Judicial de la provincia de Cañete.
CUARTA.- Adecuar en los procedimientos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Mala, lo establecido en la presente Ordenanza.
QUINTA.- Aprobar los modelos de Carteles Instructivos, contenidos en el Anexo de la presente Ordenanza, los mismos que tienen las medidas y características estipuladas en los ANEXOS I, II y III, del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del tabaco.
SEXTA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario judicial de la provincia de Cañete. Asimismo, se dispone su publicación en la página web de la Municipalidad de Mala www.munimala.gob.pe
REGISTRESE, COMUNIQUESE, CUMPLACE Y PUBLIQUESE
Víctor Hugo Carbajal Gonzales
Alcalde
EDICTOS
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
AVISO IMPORTANTE
La Corte Superior de Justicia de Cañete, requiere en alquiler un bien inmueble de las siguientes características:
Deberá tener como mínimo un área construida de 80 m2 aproximadamente, con mínimo 02 ambientes; ubicado en el Distrito de Lunahuaná, de fácil acceso al transporte público.
Las propuestas deberán presentarse, en la Oficina de Logística, ubicada en la Av. Oscar R. Benavides N° 657, 3er Piso, Distrito de San Vicente de Cañete; de Lunes a Viernes en Horario de 8:30 am a 4:45 pm.
San Vicente de Cañete, 09 de noviembre de 2012.
La Oficina de Administración
CSJCÑ
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EDICTO
Exp. Nº 2012-136-CI; Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el Dr. Riquelmer Sandoval Peves y Secretaria Judicial Rosario Medina Brigada por Resolución número dos de fecha veinticinco de Setiembre del dos mil doce, en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por LUCIA ANA OCHARAN CASABONA, MIGUEL ANGEL DANTE OCHARAN CASABONA, MARIO EDUARDO OCHARAN CASABONA y RICARDO MANUEL OCHARAN CASABONA contra LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LOS ACANTILADOS DE BUJAMA y RICARDO CARRION KURIYAMA, a fin de que se les declare propietario por prescripción del predio urbano cuya extensión es de 168.10 m2. ubicado en el lote SL 7, de los Acantilados de Bujama Baja – distrito de Mala de la provincia de Cañete.
Mala, 25 de Setiembre de 2012.
Cristina del Rosario Medina Brigada
Secretaria - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 16, 22 y 28 de Noviembre.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
JUZGADO MIXTO DE MALA
EDICTO JUDICIAL./ Exp. Nº 2012-141-CI./ Por ante el Juzgado Mixto de Mala que despacha como Juez el Dr. Luis Miguel Yalán Ahedo y Secretario Dr. Edgar Mallma Vargas, mediante Resolución Nº uno, del veintiséis de Setiembre del año dos mil doce, se admitió a trámite en la vía del proceso abreviado la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por Willie Wong Yep contra la SUCESIÓN JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ ARNAIZ y de CESIRA GHIBELLINI FILIPPIN DE RODRÍGUEZ ARNAIZ, conformada por sus hijos Diego Francisco, Gino Alfredo, José Manuel, Maria Elena, Maria Verónica Rosalia, Milagros del Carmen, Patricia Gloria Maria de Fatima Rodríguez Arnaiz Ghibellini y los nietos Paulo Andrés Da Cruz Rodríguez Arnaiz y el menor Joaquín del Castillo Rodríguez Arnaiz representado por Milagros del Carmen Rodríguez Arnaiz Ghibellini de García, con la finalidad de que se le declare propietario del fundo denominado Picolo del Fundo California de un área de 4,9418 hectáreas que forma parte de un área de mayor extensión inscrita en la Partida Electrónica Nº 90183036 del Registro de Predios de Cañete; corriéndose traslado a los demandados por el plazo de diez días, para que lo absuelvan, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; asimismo, se dispuso la publicación del extracto del auto admisorio por tres veces, con intervalos de tres días, en el Diario Oficial «El Peruano» y el de mayor circulación de esta ciudad en la forma prevista en los Artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil, así como la notificación por radiodifusión por cinco días consecutivos como dispone el Artículo 169 de la norma acotada, se realiza la presente para los fines de ley.
Mala, 26 de Setiembre de 2012.
Dr. Edgar Mallma Vargas
Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Mala
Publicar: 12, 16 y 22 de Noviembre.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 –CC
Se hace saber que don HÉCTOR IVÁN ATÚNCAR FLORENTINI, de 33 años, natural de San Vicente de Cañete, de ocupación comerciante, con DNI Nº 40235142, domiciliado en Urb. Santa Rosa Mz. J Lote 10, y doña MARISOL CARMEN SIERRA CHAVEZ, de 33 años, natural de Quilmaná, con DNI Nº 40175319, de ocupación ama de casa, domiciliada en Jr. Moquegua Nº 602, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 14 de Diciembre de 2012. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley. San Vicente de Cañete, 21 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub Gerente de Registro de Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don STEVE CHRISTOPHER CUENCA LEON, con DNI 42137397, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de nacionalidad peruano, domiciliado en CP. Laura Caller Mz. O Lote 5 – San Luis; y doña JUDITH HAYDEE BENAVENTE CHAMBERGO, con DNI 41674834, de 29 años de edad, de estado civil soltera, de nacionalidad peruana, domiciliada en Urb. Santa Bárbara Mz. A Lote 12 – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil el día 08 de Diciembre de 2012, a las 5:00 p.m., en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 12 de Noviembre de 2012.
Víctor Castillo Zuñiga
Registrador Civil
NOTARÍA GARRAFA - SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, CIDELIA LOYOLA CAPCHA CASTILLON DE CHAMBERGO, con DNI Nº15340628, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre MEDARDA CASTILLON DE CAPCHA, fallecida el 23 de Enero del 2012, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, CIDELIA LOYOLA CAPCHA CASTILLON DE CHAMBERGO, con DNI Nº15340628, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre SATURNINO CAPCHA VILCAPOMA, fallecido el 14 de Marzo del 2011, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, DINA LEONOR ALVA DE MENDOZA, con DNI 15342061, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo ROBERTO DOMINGO MENDOZA ARATA, fallecido el 18 de Julio del 2012, teniendo como último domicilio en el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ALEJANDRINA ALICIA AURIS REYNOSO, con DNI 15430101, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitora TEODOLFINA REYNOSO CORTEZ, fallecida el 18 de Setiembre del 2007, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 19 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ROSA CARMELA MARTINEZ DE RODRIGUEZ, solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Distrital de Asia – Cañete, en la que se omite el apellido materno de su progenitor dice: LEOBARDO MARTINEZ, debe decir: LEOBARDO MARTINEZ ROMERO. Asimismo existe error material referente al nombre y omisión de apellido materno de su progenitora dice: EXALTACION ALARCON, debe decir: EXALTACIONA ALARCON SUYO. Lo que se publica para los fines de ley. San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MAXIMA HILDA MARTINEZ ALARCON DE DIAZ, solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Distrital de Asia – Cañete, en el que existe error material referente al nombre y omisión de apellido materno de su progenitora dice: ESALTACION ALARCON, debe decir: EXALTACIONA ALARCON SUYO. Lo que se publica para los fines de ley. San Vicente, 17 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11363-2012, don Francisco Javier Atencio Gomez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Julia Atencio Gomez, inscrita en el libro 82, folio 143, año 1945, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular JAVIER ATENCIO, siendo lo correcto FRANCISCO ATENCIO CASTRO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11297-2012, doña Rosa Vanessa Atauje Cullanco, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Leonardo Jose Monteza Atauje, inscrita en el libro 519, folio 65871793, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular ROSA BANESA ATAUJE CULLANCO, natural de MALA, siendo lo correcto ROSA VANESSA ATAUJE CULLANCO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11391-2012, doña Maximina Quiroz Sanchez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Balbina Quiroz Sanchez, inscrita en el libro 117, folio 89, año 1955, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres de la titular FLORENTINO QUIROZ y ETELVINA SANCHEZ, siendo lo correcto FLORENTINO QUIROZ AYLLON y TOMASA ETELVINA SANCHEZ YACTAYO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11364-2012, don Francisco Javier Atencio Gomez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Francisco Javier Atencio Gomez, inscrita en el libro 91, folio 141, año 1948, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular FLORENTINO QUIROZ y ETELVINA SANCHEZ, siendo lo correcto FLORENTINO QUIROZ AYLLON y TOMASA ETELVINA SANCHEZ YACTAYO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO IMPORTANTE
La Corte Superior de Justicia de Cañete, requiere en alquiler un bien inmueble de las siguientes características:
Deberá tener como mínimo un área construida de 80 m2 aproximadamente, con mínimo 02 ambientes; ubicado en el Distrito de Lunahuaná, de fácil acceso al transporte público.
Las propuestas deberán presentarse, en la Oficina de Logística, ubicada en la Av. Oscar R. Benavides N° 657, 3er Piso, Distrito de San Vicente de Cañete; de Lunes a Viernes en Horario de 8:30 am a 4:45 pm.
San Vicente de Cañete, 09 de noviembre de 2012.
La Oficina de Administración
CSJCÑ
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EDICTO
Exp. Nº 2012-136-CI; Por ante el Juzgado Mixto del distrito de Mala, provincia de Cañete, que despacha el Dr. Riquelmer Sandoval Peves y Secretaria Judicial Rosario Medina Brigada por Resolución número dos de fecha veinticinco de Setiembre del dos mil doce, en la vía del proceso abreviado se ADMITIÓ a trámite la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por LUCIA ANA OCHARAN CASABONA, MIGUEL ANGEL DANTE OCHARAN CASABONA, MARIO EDUARDO OCHARAN CASABONA y RICARDO MANUEL OCHARAN CASABONA contra LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LOS ACANTILADOS DE BUJAMA y RICARDO CARRION KURIYAMA, a fin de que se les declare propietario por prescripción del predio urbano cuya extensión es de 168.10 m2. ubicado en el lote SL 7, de los Acantilados de Bujama Baja – distrito de Mala de la provincia de Cañete.
Mala, 25 de Setiembre de 2012.
Cristina del Rosario Medina Brigada
Secretaria - Juzgado Mixto de Mala
Corte Superior de Justicia de Cañete
Publicar: 16, 22 y 28 de Noviembre.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
JUZGADO MIXTO DE MALA
EDICTO JUDICIAL./ Exp. Nº 2012-141-CI./ Por ante el Juzgado Mixto de Mala que despacha como Juez el Dr. Luis Miguel Yalán Ahedo y Secretario Dr. Edgar Mallma Vargas, mediante Resolución Nº uno, del veintiséis de Setiembre del año dos mil doce, se admitió a trámite en la vía del proceso abreviado la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por Willie Wong Yep contra la SUCESIÓN JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ ARNAIZ y de CESIRA GHIBELLINI FILIPPIN DE RODRÍGUEZ ARNAIZ, conformada por sus hijos Diego Francisco, Gino Alfredo, José Manuel, Maria Elena, Maria Verónica Rosalia, Milagros del Carmen, Patricia Gloria Maria de Fatima Rodríguez Arnaiz Ghibellini y los nietos Paulo Andrés Da Cruz Rodríguez Arnaiz y el menor Joaquín del Castillo Rodríguez Arnaiz representado por Milagros del Carmen Rodríguez Arnaiz Ghibellini de García, con la finalidad de que se le declare propietario del fundo denominado Picolo del Fundo California de un área de 4,9418 hectáreas que forma parte de un área de mayor extensión inscrita en la Partida Electrónica Nº 90183036 del Registro de Predios de Cañete; corriéndose traslado a los demandados por el plazo de diez días, para que lo absuelvan, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; asimismo, se dispuso la publicación del extracto del auto admisorio por tres veces, con intervalos de tres días, en el Diario Oficial «El Peruano» y el de mayor circulación de esta ciudad en la forma prevista en los Artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil, así como la notificación por radiodifusión por cinco días consecutivos como dispone el Artículo 169 de la norma acotada, se realiza la presente para los fines de ley.
Mala, 26 de Setiembre de 2012.
Dr. Edgar Mallma Vargas
Secretario Judicial - Juzgado Mixto de Mala
Publicar: 12, 16 y 22 de Noviembre.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
EDICTO MATRIMONIAL
Art. 250, 251 –CC
Se hace saber que don HÉCTOR IVÁN ATÚNCAR FLORENTINI, de 33 años, natural de San Vicente de Cañete, de ocupación comerciante, con DNI Nº 40235142, domiciliado en Urb. Santa Rosa Mz. J Lote 10, y doña MARISOL CARMEN SIERRA CHAVEZ, de 33 años, natural de Quilmaná, con DNI Nº 40175319, de ocupación ama de casa, domiciliada en Jr. Moquegua Nº 602, van a contraer Matrimonio en esta Municipalidad de San Vicente de Cañete, el 14 de Diciembre de 2012. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley. San Vicente de Cañete, 21 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub Gerente de Registro de Estado Civil
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS – CAÑETE
SECCIÓN DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO MATRIMONIAL
Hago saber que don STEVE CHRISTOPHER CUENCA LEON, con DNI 42137397, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de nacionalidad peruano, domiciliado en CP. Laura Caller Mz. O Lote 5 – San Luis; y doña JUDITH HAYDEE BENAVENTE CHAMBERGO, con DNI 41674834, de 29 años de edad, de estado civil soltera, de nacionalidad peruana, domiciliada en Urb. Santa Bárbara Mz. A Lote 12 – San Luis. Pretenden contraer Matrimonio Civil el día 08 de Diciembre de 2012, a las 5:00 p.m., en esta Municipalidad. Los que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme a ley.
San Luis, 12 de Noviembre de 2012.
Víctor Castillo Zuñiga
Registrador Civil
NOTARÍA GARRAFA - SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, CIDELIA LOYOLA CAPCHA CASTILLON DE CHAMBERGO, con DNI Nº15340628, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su madre MEDARDA CASTILLON DE CAPCHA, fallecida el 23 de Enero del 2012, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, CIDELIA LOYOLA CAPCHA CASTILLON DE CHAMBERGO, con DNI Nº15340628, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su padre SATURNINO CAPCHA VILCAPOMA, fallecido el 14 de Marzo del 2011, teniendo como último domicilio el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley. San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, DINA LEONOR ALVA DE MENDOZA, con DNI 15342061, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su esposo ROBERTO DOMINGO MENDOZA ARATA, fallecido el 18 de Julio del 2012, teniendo como último domicilio en el distrito de San Vicente – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
NOTARÍA GARRAFA
SUCESIÓN INTESTADA
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ALEJANDRINA ALICIA AURIS REYNOSO, con DNI 15430101, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitora TEODOLFINA REYNOSO CORTEZ, fallecida el 18 de Setiembre del 2007, teniendo como último domicilio en el distrito de Imperial – Cañete. Lo que se publica a fin de que los que tengan derecho lo hagan valer en la forma establecida por ley.
San Vicente, 19 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, ROSA CARMELA MARTINEZ DE RODRIGUEZ, solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Distrital de Asia – Cañete, en la que se omite el apellido materno de su progenitor dice: LEOBARDO MARTINEZ, debe decir: LEOBARDO MARTINEZ ROMERO. Asimismo existe error material referente al nombre y omisión de apellido materno de su progenitora dice: EXALTACION ALARCON, debe decir: EXALTACIONA ALARCON SUYO. Lo que se publica para los fines de ley. San Vicente, 16 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
PUBLICACIÓN
Ante el oficio notarial de la Notaría Itala A. Garrafa Peña, sito en Jr. O´Higgins 228 – San Vicente – Cañete – Lima, MAXIMA HILDA MARTINEZ ALARCON DE DIAZ, solicita se RECTIFIQUE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, asentada en la Municipalidad Distrital de Asia – Cañete, en el que existe error material referente al nombre y omisión de apellido materno de su progenitora dice: ESALTACION ALARCON, debe decir: EXALTACIONA ALARCON SUYO. Lo que se publica para los fines de ley. San Vicente, 17 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11363-2012, don Francisco Javier Atencio Gomez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Julia Atencio Gomez, inscrita en el libro 82, folio 143, año 1945, en el extremo que se ha consignado como nombre del padre del titular JAVIER ATENCIO, siendo lo correcto FRANCISCO ATENCIO CASTRO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11297-2012, doña Rosa Vanessa Atauje Cullanco, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Leonardo Jose Monteza Atauje, inscrita en el libro 519, folio 65871793, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del titular ROSA BANESA ATAUJE CULLANCO, natural de MALA, siendo lo correcto ROSA VANESSA ATAUJE CULLANCO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11391-2012, doña Maximina Quiroz Sanchez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Balbina Quiroz Sanchez, inscrita en el libro 117, folio 89, año 1955, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres de la titular FLORENTINO QUIROZ y ETELVINA SANCHEZ, siendo lo correcto FLORENTINO QUIROZ AYLLON y TOMASA ETELVINA SANCHEZ YACTAYO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11364-2012, don Francisco Javier Atencio Gomez, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Francisco Javier Atencio Gomez, inscrita en el libro 91, folio 141, año 1948, en el extremo que se ha consignado como nombre de los padres del titular FLORENTINO QUIROZ y ETELVINA SANCHEZ, siendo lo correcto FLORENTINO QUIROZ AYLLON y TOMASA ETELVINA SANCHEZ YACTAYO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE
Presidencia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 027 - 2012-ODAJUP-P-CSJCÑ/PJ
Cañete, 13 de Noviembre de 2012.
VISTOS:
La Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 29824 – Ley de Justicia de Paz, el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz y el Informe N° 039-2012-ODAJUP-P-CSJCÑ/PJ emitido por el responsable de la Oficina de ODAJUP de esta Corte Superior de Justicia.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su articulo 152°, establece que la elección de los Jueces de Paz provine de elección popular y por Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, publicada en el Diario Oficial El Peruano el tres de enero de 2012, en su articulo 8° estipula el acceso al cargo del Juez de Paz, que a la letra dice: El Juez de Paz accede al cargo a través de los siguientes mecanismos: a) por elección popular, con sujeción a la Ley Orgánica de Elecciones; b) por selección del Poder Judicial, con la activa participación de la población organizada.
Que, por Resolución Administrativa N° 098-2012-CE-PJ de fecha 6 de junio de 2012, publicada en el diario oficial El Peruano el 4 de julio de 2012, se aprobó el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz y el Reglamento de Selección de Jueces de Paz; indicando que el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz tiene por finalidad, desarrollar el proceso de elección popular del juez de paz acorde con lo establecido por el articulo 24° de la Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones y el articulo 8° de la Ley N° 29824 – Ley de Justicia de Paz.
Que, del informe de vistos, la designación de los Jueces de Paz de la Provincia de Cañete y Yauyos, se encuentran fenecidos y otros próximos a fenecer, siendo así corresponde realizar una prorroga en el cargo y designar de manera provisional a los Jueces de Paz, hasta la elección del Juez de Paz Titular; siendo ellos los siguientes juzgados: de Pueblo Nuevo de Conta, Quilmana, San Antonio, Allauca, Aucampi – Allauca, Azangaro, Bethania – Colonia Pampas, Poroche – Colonia Pampas, Atcas - Huantan, Tana – Lincha y Tomas.
Que, del informe de vistos, en el tercero y cuanto párrafo se determina el tipo de elección que corresponde a la presente convocatoria, resultando que el proceso de elección será de tipo ordinario, conforme ordena el artículo 24° del reglamento de elección popular de jueces de paz.
Que, conforme estable el artículo 17° literal a) del presente reglamento, el proceso de elección popular de tipo ordinario: es aquel convocado por la Corte Superior de Justicia y que se realiza con el apoyo de la autoridad municipal o local. Se aplica en jurisdicción en las que radican no más de 3,000 electores.
Que, de conformidad al articulo 20 del presente reglamento, «el proceso ordinario de elección popular tiene un plazo de duración que no puede exceder de los dos (2) meses. El plazo se computa a partir de la fecha en que el Presidente de la Corte Superior de Justicia notifica a la autoridad local, comunal o vecinal para que proceda a la elección de la comisión electoral» – excepcionalmente, puede ampliarse dicho plazo por un (1) mes adicional, siempre que la demora se deba a causas debidamente justificadas.
Los Jueces de Paz son designados por un periodo de cuatro (04) años, pudiendo ser reelegido o seleccionado nuevamente de acuerdo a lo establecido en el artículo 13° de la Ley N° 29824 – Ley de Justicia de Paz, concordante con el articulo 9° del reglamento de elección popular de Jueces de Paz.
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, en tal sentido asume competencia administrativa dictando las medidas pertinentes y necesarias para el mejor funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y/o administrativos, a fin de brindar una eficaz y eficiente servicio de administración de justicia.
Por las consideraciones expuestas, en uso de las prerrogativas que establece los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con la Ley N° 29824 y el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar la Convocatoria a Elecciones Ordinarias de Jueces de Paz, del Distrito Judicial de Cañete, que comprende los Juzgados de Paz de las Provincias de Cañete y Yauyos, de los juzgados que se encuentran aludidos en el tercer considerando de la presente resolución, quienes ejercerán el cargo de Juez, por un periodo de cuatro (4) años, en los lugares en la que fueran elegidos, debiendo comprender tanto la elección de Jueces de Paz Titulares y Accesitarios.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Prorrogar de manera provisional la designación de los Jueces de Paz, que a la fecha hubiera fenecido los dos años y de los que estén próximo a fenecer, quienes ejercerán funciones hasta que se produzca la elección del Juez de Paz Titular, de acuerdo al detalle siguiente:
JUZGADO DE PAZ: JUEZ DE PAZ:
1. De Pueblo Nvo. de Conta - Nvo. Imperial – Cañete: Gloria Marina Bernedo Yescas
2. De Quilmana – Cañete: Tomasa Estela Julián de Quispe
3. De San Antonio - Cañete: Emil John Manco Francia
4. De Allauca – Yauyos: Anastacio Zenteno Salazar
5. De Aucampi - Allauca - Yauyos: Mauriño René Ramos Santa Cruz
6. De Azangaro – Yauyos: León Ysaac Gutiérrez Postillón
7. De Bethania – Colonia Pampas – Yauyos: Eudocio Néstor Huamán Huallullo
8. De Poroche – Colonia Pampas – Yauyos: Saúl Joel Toralva Villazana
9. De Atcas - Huantan – Yauyos: Onofrio Olimpio Roque Huamanlazo
10. De Tanta - Lincha - Yauyos: Miguel Jaime Guerra Vicente
11. De Tomas – Yauyos: Eusebio Vidal Dionisio Calixto.
ARTÍCULO TERCERO.- CURSAR copia certificada de la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, al Juez Decano de la provincia de Cañete, al Jefe de la Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior, a las autoridades del distrito en que ejercerá funciones el Juez de Paz designado, y a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Manuel Roberto Paredes Dávila
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete
José Luis Isla Rojas
Responsable de ODAJUP
Corte Superior de Justicia de Cañete
Presidencia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 027 - 2012-ODAJUP-P-CSJCÑ/PJ
Cañete, 13 de Noviembre de 2012.
VISTOS:
La Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 29824 – Ley de Justicia de Paz, el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz y el Informe N° 039-2012-ODAJUP-P-CSJCÑ/PJ emitido por el responsable de la Oficina de ODAJUP de esta Corte Superior de Justicia.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su articulo 152°, establece que la elección de los Jueces de Paz provine de elección popular y por Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, publicada en el Diario Oficial El Peruano el tres de enero de 2012, en su articulo 8° estipula el acceso al cargo del Juez de Paz, que a la letra dice: El Juez de Paz accede al cargo a través de los siguientes mecanismos: a) por elección popular, con sujeción a la Ley Orgánica de Elecciones; b) por selección del Poder Judicial, con la activa participación de la población organizada.
Que, por Resolución Administrativa N° 098-2012-CE-PJ de fecha 6 de junio de 2012, publicada en el diario oficial El Peruano el 4 de julio de 2012, se aprobó el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz y el Reglamento de Selección de Jueces de Paz; indicando que el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz tiene por finalidad, desarrollar el proceso de elección popular del juez de paz acorde con lo establecido por el articulo 24° de la Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones y el articulo 8° de la Ley N° 29824 – Ley de Justicia de Paz.
Que, del informe de vistos, la designación de los Jueces de Paz de la Provincia de Cañete y Yauyos, se encuentran fenecidos y otros próximos a fenecer, siendo así corresponde realizar una prorroga en el cargo y designar de manera provisional a los Jueces de Paz, hasta la elección del Juez de Paz Titular; siendo ellos los siguientes juzgados: de Pueblo Nuevo de Conta, Quilmana, San Antonio, Allauca, Aucampi – Allauca, Azangaro, Bethania – Colonia Pampas, Poroche – Colonia Pampas, Atcas - Huantan, Tana – Lincha y Tomas.
Que, del informe de vistos, en el tercero y cuanto párrafo se determina el tipo de elección que corresponde a la presente convocatoria, resultando que el proceso de elección será de tipo ordinario, conforme ordena el artículo 24° del reglamento de elección popular de jueces de paz.
Que, conforme estable el artículo 17° literal a) del presente reglamento, el proceso de elección popular de tipo ordinario: es aquel convocado por la Corte Superior de Justicia y que se realiza con el apoyo de la autoridad municipal o local. Se aplica en jurisdicción en las que radican no más de 3,000 electores.
Que, de conformidad al articulo 20 del presente reglamento, «el proceso ordinario de elección popular tiene un plazo de duración que no puede exceder de los dos (2) meses. El plazo se computa a partir de la fecha en que el Presidente de la Corte Superior de Justicia notifica a la autoridad local, comunal o vecinal para que proceda a la elección de la comisión electoral» – excepcionalmente, puede ampliarse dicho plazo por un (1) mes adicional, siempre que la demora se deba a causas debidamente justificadas.
Los Jueces de Paz son designados por un periodo de cuatro (04) años, pudiendo ser reelegido o seleccionado nuevamente de acuerdo a lo establecido en el artículo 13° de la Ley N° 29824 – Ley de Justicia de Paz, concordante con el articulo 9° del reglamento de elección popular de Jueces de Paz.
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, en tal sentido asume competencia administrativa dictando las medidas pertinentes y necesarias para el mejor funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y/o administrativos, a fin de brindar una eficaz y eficiente servicio de administración de justicia.
Por las consideraciones expuestas, en uso de las prerrogativas que establece los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con la Ley N° 29824 y el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar la Convocatoria a Elecciones Ordinarias de Jueces de Paz, del Distrito Judicial de Cañete, que comprende los Juzgados de Paz de las Provincias de Cañete y Yauyos, de los juzgados que se encuentran aludidos en el tercer considerando de la presente resolución, quienes ejercerán el cargo de Juez, por un periodo de cuatro (4) años, en los lugares en la que fueran elegidos, debiendo comprender tanto la elección de Jueces de Paz Titulares y Accesitarios.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Prorrogar de manera provisional la designación de los Jueces de Paz, que a la fecha hubiera fenecido los dos años y de los que estén próximo a fenecer, quienes ejercerán funciones hasta que se produzca la elección del Juez de Paz Titular, de acuerdo al detalle siguiente:
JUZGADO DE PAZ: JUEZ DE PAZ:
1. De Pueblo Nvo. de Conta - Nvo. Imperial – Cañete: Gloria Marina Bernedo Yescas
2. De Quilmana – Cañete: Tomasa Estela Julián de Quispe
3. De San Antonio - Cañete: Emil John Manco Francia
4. De Allauca – Yauyos: Anastacio Zenteno Salazar
5. De Aucampi - Allauca - Yauyos: Mauriño René Ramos Santa Cruz
6. De Azangaro – Yauyos: León Ysaac Gutiérrez Postillón
7. De Bethania – Colonia Pampas – Yauyos: Eudocio Néstor Huamán Huallullo
8. De Poroche – Colonia Pampas – Yauyos: Saúl Joel Toralva Villazana
9. De Atcas - Huantan – Yauyos: Onofrio Olimpio Roque Huamanlazo
10. De Tanta - Lincha - Yauyos: Miguel Jaime Guerra Vicente
11. De Tomas – Yauyos: Eusebio Vidal Dionisio Calixto.
ARTÍCULO TERCERO.- CURSAR copia certificada de la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, al Juez Decano de la provincia de Cañete, al Jefe de la Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior, a las autoridades del distrito en que ejercerá funciones el Juez de Paz designado, y a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Manuel Roberto Paredes Dávila
Presidente
Corte Superior de Justicia de Cañete
José Luis Isla Rojas
Responsable de ODAJUP
Corte Superior de Justicia de Cañete
21 noviembre 2012
INAUGURAN CENTRO DE RECURSO TECNOLOGICO «JAVIER ALVARADO» EN HUACHO…
«Javier Alvarado Gonzáles del Valle», así se llama el Centro de Recurso Tecnológico del Colegio «Mercedes Indacochea «de Huacho, recientemente inaugurado por la referida comunidad educativa, cuyas instalaciones permitirán a los más de 500 alumnos fortalecer sus capacidades académicas mediante el uso de instrumentos informáticos y de robótica.
«Es una muestra de agradecimiento hacia el presidente Javier Alvarado, por su apoyo a la educación, en especial, a nuestra institución. Por ello, se ha consensuado entre docentes, autoridades, trabajadores y padres de familia para colocar su nombre en esta aula innovadora», señaló la Sub Directora Lic. Pilar Nicho Arellano.
Durante la inauguración del Director de la referida institución educativa, Luis Ruidíaz Valdivieso, destacó el trabajo de la autoridad regional en el sector educación a través de la implementación de equipos multimedia, entrega de laptops a los docentes y ejecución del proyecto piloto de innovación tecnológica.
Se anunció que la población estudiantil del Mercedes Indacochea serán los primeros beneficiados en recibir sus laptops del Gobierno Regional de Lima, que serán entregados el próximo año.
«Es una muestra de agradecimiento hacia el presidente Javier Alvarado, por su apoyo a la educación, en especial, a nuestra institución. Por ello, se ha consensuado entre docentes, autoridades, trabajadores y padres de familia para colocar su nombre en esta aula innovadora», señaló la Sub Directora Lic. Pilar Nicho Arellano.
Durante la inauguración del Director de la referida institución educativa, Luis Ruidíaz Valdivieso, destacó el trabajo de la autoridad regional en el sector educación a través de la implementación de equipos multimedia, entrega de laptops a los docentes y ejecución del proyecto piloto de innovación tecnológica.
Se anunció que la población estudiantil del Mercedes Indacochea serán los primeros beneficiados en recibir sus laptops del Gobierno Regional de Lima, que serán entregados el próximo año.
NUEVO AYACUCHO TENDRA SU PUESTO POLICIAL Y DEPENDERA DE LA COMISARIA DE GROCIO PRADO
«La fortaleza que tiene el reclamo de la región Ica, policialmente es contundente», dijo el Congresista iqueño, José Luis Elías Avalos, al dejar entrever que la provincia de Chincha salió fortalecida durante la reunión con el Ministro del Interior y el Director General de la Policía Nacional del Perú (PNP).
El mensaje final ha sido muy importante para los intereses de la región Ica, dijo el parlamentario que se ha ganado el cariñoso calificativo de «payasito» en algunos medios de comunicación de la Cuna y Capital del Arte Negro Nacional.
«Cuidado nosotros podemos cambiar a la Policía, correrla, bajarla y eso no significa límites», expresó Elías Avalos al referirse a la posición asumida por el titular de la cartera del Interior y del Director General de la PNP. Adelantó que se está trabajando para que el centro Poblado tenga su puesto policial que dependerá de la Comisaria de Grocio Prado.
De otro lado expresó ser el abanderado de poner al descubierto la aparente existencia de más de 30 centros poblados fantasmas creados por las autoridades cañetanas en territorio que no les corresponden.
Tras asegurar que la región Lima no quiere presentar ningún proyecto de Ley a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), porque sabe que no tienen fundamentos, Elías Avalos, una vez insistió en que es el rio Cañete límite natural e histórico entre ambas provincias.
«A más tardar en el mes de febrero o marzo el Presidente Regional de Ica, Alonso Navarro deberá estar entregando a la PCM el proyecto de Ley para tranquilidad de la zona que nos limita con Cañete», concluyó.
El mensaje final ha sido muy importante para los intereses de la región Ica, dijo el parlamentario que se ha ganado el cariñoso calificativo de «payasito» en algunos medios de comunicación de la Cuna y Capital del Arte Negro Nacional.
«Cuidado nosotros podemos cambiar a la Policía, correrla, bajarla y eso no significa límites», expresó Elías Avalos al referirse a la posición asumida por el titular de la cartera del Interior y del Director General de la PNP. Adelantó que se está trabajando para que el centro Poblado tenga su puesto policial que dependerá de la Comisaria de Grocio Prado.
De otro lado expresó ser el abanderado de poner al descubierto la aparente existencia de más de 30 centros poblados fantasmas creados por las autoridades cañetanas en territorio que no les corresponden.
Tras asegurar que la región Lima no quiere presentar ningún proyecto de Ley a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), porque sabe que no tienen fundamentos, Elías Avalos, una vez insistió en que es el rio Cañete límite natural e histórico entre ambas provincias.
«A más tardar en el mes de febrero o marzo el Presidente Regional de Ica, Alonso Navarro deberá estar entregando a la PCM el proyecto de Ley para tranquilidad de la zona que nos limita con Cañete», concluyó.
SALA CIVIL DE CAÑETE DECLARA IMPROCEDENTE PEDIDO DE TRASLADO DE SEDE REGIONAL
La Sala Civil de Cañete acaba de emitir resolución en el Proceso de Cumplimiento 453-2008 declarando IMPROCEDENTE la demanda para el traslado de la Sede Regional a Cañete.
Se acaba así un capítulo más sobre el conflicto de donde se debe ubicar la Sede Regional, toda vez que el probable Recurso de Agravio Constitucional que se presente ante el Tribunal Constitucional será declarado infundado ya que el mismo TC emitió la orden que se declare improcedente el proceso de cumplimiento, mandato que Juez y Sala de Cañete han cumplido a pie juntillas.
Con esta situación se abre otro capítulo a través del Contencioso Administrativo, que como probabilidad esbozara el TC en su resolución del EXP: 04117-2010-PA/TC,
PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRA EN COMISION DE DESCENTRALIZACION
No olvidar que en la Comisión de Descentralización se encuentra el Proyecto de Ley Nº 516-2011-CR, devuelto por el Pleno del Congreso el 31 de Mayo del 2012. El dictamen que logró pasar Elard Melgar con el apoyo de José Luis Elías decía que se debe reconocer a Huacho como sede regional; sin embargo el congresista Chehade Moya se opuso, planteando que el proyecto «regrese a la comisión de descentralización, hasta que se haga una especie de censo poblacional y se especifique realmente cual de las dos ciudades tiene mayor ponblación». Sometido al voto del Pleno, la cuestión previa presentada fue aprobada por 57 votos contra 36 y 3 abstenciones.
Actualmente la Comisión de Descentralización no mueve este asunto pese a que llegó a la Comisión desde el 11 de Junio de 2012. La misma situación pasa en nuestras autoridades locales, que al parecer ya dieron su brazo a torcer.
Se acaba así un capítulo más sobre el conflicto de donde se debe ubicar la Sede Regional, toda vez que el probable Recurso de Agravio Constitucional que se presente ante el Tribunal Constitucional será declarado infundado ya que el mismo TC emitió la orden que se declare improcedente el proceso de cumplimiento, mandato que Juez y Sala de Cañete han cumplido a pie juntillas.
Con esta situación se abre otro capítulo a través del Contencioso Administrativo, que como probabilidad esbozara el TC en su resolución del EXP: 04117-2010-PA/TC,
PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRA EN COMISION DE DESCENTRALIZACION
No olvidar que en la Comisión de Descentralización se encuentra el Proyecto de Ley Nº 516-2011-CR, devuelto por el Pleno del Congreso el 31 de Mayo del 2012. El dictamen que logró pasar Elard Melgar con el apoyo de José Luis Elías decía que se debe reconocer a Huacho como sede regional; sin embargo el congresista Chehade Moya se opuso, planteando que el proyecto «regrese a la comisión de descentralización, hasta que se haga una especie de censo poblacional y se especifique realmente cual de las dos ciudades tiene mayor ponblación». Sometido al voto del Pleno, la cuestión previa presentada fue aprobada por 57 votos contra 36 y 3 abstenciones.
Actualmente la Comisión de Descentralización no mueve este asunto pese a que llegó a la Comisión desde el 11 de Junio de 2012. La misma situación pasa en nuestras autoridades locales, que al parecer ya dieron su brazo a torcer.
LA RED DE SALUD CAÑETE - YAUYOS, REALIZA DIVERSAS ACTIVIDADES POR EL «DIA INTERNACIONAL DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER»
Cada 25 de noviembre, por resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se conmemora el Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer, como resultado de un creciente movimiento internacional para acabar con esta trágica epidemia que devasta las vidas de mujeres y niñas a nivel mundial.
La fecha fue elegida en memoria del brutal asesinato en 1961 de las tres hermanas Mirabal, activistas políticas de la República Dominicana, por orden del gobernante de turno Rafael Trujillo.
La Red de Salud Cañete Yauyos, viene desarrollando diferentes actividades preventivas promocionales como la ejecución de un PASACALLE DE SENSIBILIZACION, que se llevará a cabo el día de hoy, miércoles 21 de Noviembre del presente, a partir de la 10: 00 a.m., desde las instalaciones de la Red de Salud Cañete –Yauyos, hacia la Plaza de Armas del distrito de San Vicente – Cañete; lugar donde se dará inicio al CONCURSO DE BANDEROLAS alusivos a la fecha con la participación de las diversas Instituciones Públicas y Establecimientos de Salud de la provincia.
Cabe indicar, que es evidente que en un país en el que casi 50% de las mujeres reportan haber sufrido violencia física por parte de su pareja, aún queda mucho camino por andar; es por ello que en el marco por el Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer consideramos propicia la ocasión para hacer un llamado a la reflexión acerca de las consecuencias que ocasiona la violencia, no sólo en la mujer sino también en el entorno familiar, ocasionando traumas emocionales en las niñas y niños, afectando su crecimiento y desarrollo.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA PRIORIZA ACCIONES DE LUCHA
CONTRA LA VIOLENCIA A LA MUJER
De otro lado, en el marco del Dia de la «No Violencia Contra la Mujer», el Gobierno Regional de Lima, a través del Comité de Prevención de la Mortalidad Materna y Perinatal de la DIRESA - LIMA y las diferentes instituciones públicas y privadas de la Región, firmaron el «Acta de Compromiso Multisectorial Contra la Violencia Basada en Genero», en la cual se comprometen a fortalecer las intervenciones de lucha contra la violencia a la mujer, considerándola como una prioridad de salud pública en nuestra Región.
La firma se llevó a cabo en la ciudad de Cañete, siendo presidida por el Director Regional de Salud, Dr. Marco Antonio Montoya Cieza, quien señaló que el objetivo principal del acta de compromiso, es sensibilizar en la importancia de la prevención de la violencia contra la mujer a los decisores políticos, autoridades regionales, locales, líderes de opinión y a la población en general, a tomar acciones destinadas a lograr disminuir la incidencia de casos en las mujeres.
«La violencia contra la mujer es un problema mundial y no obstante, el Gobierno Regional de Lima a través de esta acta, planteará políticas públicas para la prevención de la violencia basada en género en todos los grupos etáreos, generando escenarios saludables enmarcados en la prevención y promoción de estilos de vida saludables en la población», señalo el Dr. Marco Montoya.
Así mismo, informó que en el cumplimiento de los objetivos trazados en el acta de compromiso, se conformará en un lapso de 45 días, una mesa temática para la lucha contra la violencia basada en género en la Región Lima, y posteriormente se elaborará un plan de acción multisectorial para el año 2013, el cual recibirá el soporte técnico de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva de la DIRESA - LIMA.
Finalmente dio a conocer que el próximo 22 de noviembre, se llevará a cabo en la ciudad de Huaral, el lanzamiento Nacional del «DIA DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER», desarrollándose una feria informativa, contando con la presencia de autoridades del Ministerio de Salud, Gobierno Regional, local y autoridades comprometidas en la disminución de estos casos de violencia.
La fecha fue elegida en memoria del brutal asesinato en 1961 de las tres hermanas Mirabal, activistas políticas de la República Dominicana, por orden del gobernante de turno Rafael Trujillo.
La Red de Salud Cañete Yauyos, viene desarrollando diferentes actividades preventivas promocionales como la ejecución de un PASACALLE DE SENSIBILIZACION, que se llevará a cabo el día de hoy, miércoles 21 de Noviembre del presente, a partir de la 10: 00 a.m., desde las instalaciones de la Red de Salud Cañete –Yauyos, hacia la Plaza de Armas del distrito de San Vicente – Cañete; lugar donde se dará inicio al CONCURSO DE BANDEROLAS alusivos a la fecha con la participación de las diversas Instituciones Públicas y Establecimientos de Salud de la provincia.
Cabe indicar, que es evidente que en un país en el que casi 50% de las mujeres reportan haber sufrido violencia física por parte de su pareja, aún queda mucho camino por andar; es por ello que en el marco por el Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer consideramos propicia la ocasión para hacer un llamado a la reflexión acerca de las consecuencias que ocasiona la violencia, no sólo en la mujer sino también en el entorno familiar, ocasionando traumas emocionales en las niñas y niños, afectando su crecimiento y desarrollo.
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA PRIORIZA ACCIONES DE LUCHA
CONTRA LA VIOLENCIA A LA MUJER
De otro lado, en el marco del Dia de la «No Violencia Contra la Mujer», el Gobierno Regional de Lima, a través del Comité de Prevención de la Mortalidad Materna y Perinatal de la DIRESA - LIMA y las diferentes instituciones públicas y privadas de la Región, firmaron el «Acta de Compromiso Multisectorial Contra la Violencia Basada en Genero», en la cual se comprometen a fortalecer las intervenciones de lucha contra la violencia a la mujer, considerándola como una prioridad de salud pública en nuestra Región.
La firma se llevó a cabo en la ciudad de Cañete, siendo presidida por el Director Regional de Salud, Dr. Marco Antonio Montoya Cieza, quien señaló que el objetivo principal del acta de compromiso, es sensibilizar en la importancia de la prevención de la violencia contra la mujer a los decisores políticos, autoridades regionales, locales, líderes de opinión y a la población en general, a tomar acciones destinadas a lograr disminuir la incidencia de casos en las mujeres.
«La violencia contra la mujer es un problema mundial y no obstante, el Gobierno Regional de Lima a través de esta acta, planteará políticas públicas para la prevención de la violencia basada en género en todos los grupos etáreos, generando escenarios saludables enmarcados en la prevención y promoción de estilos de vida saludables en la población», señalo el Dr. Marco Montoya.
Así mismo, informó que en el cumplimiento de los objetivos trazados en el acta de compromiso, se conformará en un lapso de 45 días, una mesa temática para la lucha contra la violencia basada en género en la Región Lima, y posteriormente se elaborará un plan de acción multisectorial para el año 2013, el cual recibirá el soporte técnico de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva de la DIRESA - LIMA.
Finalmente dio a conocer que el próximo 22 de noviembre, se llevará a cabo en la ciudad de Huaral, el lanzamiento Nacional del «DIA DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER», desarrollándose una feria informativa, contando con la presencia de autoridades del Ministerio de Salud, Gobierno Regional, local y autoridades comprometidas en la disminución de estos casos de violencia.
CLAUSURA DE SEMINARIO-TALLER «REPORTERO POLICIAL» SE LLEVARA A CABO ESTE VIERNES 23 DE NOVIEMBRE
La directiva del Centro Federado de Periodistas de Cañete, que preside Miguel Cruz Guerrero, realizará la clausura del Seminario-Taller «REPORTERO POLICIAL», que se llevó a cabo a favor de los hombres y mujeres de prensa de nuestra provincia.
Tras dos fechas, en la que participaron representantes de diversos medios de comunicación compartieron nuevos conocimientos sobre la labor policial y la legislación que los regula, teniendo como ponentes a destacados efectivos policiales que inclusive permitieron que los participantes conozcan el uso de las armas y las acciones arriesgadas que emprenden ante una acción de control de masas.
La importante disponibilidad del jefe policial de Cañete, Crnl. Leonidas Arribasplata Vallejos, permitió hacer realidad este seminario, que fue muy productivo para los periodistas cañetanos, que pudieron entender mejor la labor policial.
El acto de clausura se llevará a cabo este viernes 23 de noviembre en las instalaciones del «Salón de Recepciones», ubicado al costado de la piscina municipal en San Vicente, a las 12 del mediodía.
Cruz Guerrero ha adelantado que en la agenda de trabajo de su institución hay otras actividades académicas que solamente están por definirse las fechas, pero que será abierta a todo el público en general.
Tras dos fechas, en la que participaron representantes de diversos medios de comunicación compartieron nuevos conocimientos sobre la labor policial y la legislación que los regula, teniendo como ponentes a destacados efectivos policiales que inclusive permitieron que los participantes conozcan el uso de las armas y las acciones arriesgadas que emprenden ante una acción de control de masas.
La importante disponibilidad del jefe policial de Cañete, Crnl. Leonidas Arribasplata Vallejos, permitió hacer realidad este seminario, que fue muy productivo para los periodistas cañetanos, que pudieron entender mejor la labor policial.
El acto de clausura se llevará a cabo este viernes 23 de noviembre en las instalaciones del «Salón de Recepciones», ubicado al costado de la piscina municipal en San Vicente, a las 12 del mediodía.
Cruz Guerrero ha adelantado que en la agenda de trabajo de su institución hay otras actividades académicas que solamente están por definirse las fechas, pero que será abierta a todo el público en general.
UGEL 08 ORGANIZÓ ENCUENTRO POR LOS DERECHOS DEL NIÑO Y NIÑA
Ayer en la mañana la Unidad de Gestión Educativa Local realizó el «I Encuentro Infantil por los Derechos de los Niños y Niñas 2012», en los ambientes de la Casa de la Cultura en San Vicente.
Alumnos integrantes de los programas no escolarizados PRONOEI y del nivel inicial de los 16 distritos de la provincia participaron de la velada, donde a través de teatros y diversas manifestaciones artísticas expusieron sobre sus derechos.
Al evento asistió la Dra. Liliana Torres Castillo Consejera Regional, quien fue la encargada de inaugurar el evento que concito la participación de niños y padres de familias.
Con esta actividad se busca promover la participación de los niños y niñas a temprana edad y prepararlos para la defensa de sus derechos.
Durante la jornada los niños disfrutaron de un refrigerio y presentes que entregó la Consejera Regional Dra. Liliana Torres Castillo a los alumnos del Nuevo Ayacucho y a todos los niños y niñas asistentes.
Alumnos integrantes de los programas no escolarizados PRONOEI y del nivel inicial de los 16 distritos de la provincia participaron de la velada, donde a través de teatros y diversas manifestaciones artísticas expusieron sobre sus derechos.
Al evento asistió la Dra. Liliana Torres Castillo Consejera Regional, quien fue la encargada de inaugurar el evento que concito la participación de niños y padres de familias.
Con esta actividad se busca promover la participación de los niños y niñas a temprana edad y prepararlos para la defensa de sus derechos.
Durante la jornada los niños disfrutaron de un refrigerio y presentes que entregó la Consejera Regional Dra. Liliana Torres Castillo a los alumnos del Nuevo Ayacucho y a todos los niños y niñas asistentes.
PUBLICARAN ESCALA SALARIAL DOCENTE TRAS APROBACION DE LEY DE REFORMA MAGISTERIAL...
El Ministerio de Educación publicará la escala salarial de la Remuneración Integra Mensual de los docentes tras la aprobación del proyecto de Ley de Reforma Magisterial en el Congreso, a fin de que los profesores conozcan el monto que deberá estar reflejado en cada una de sus boletas.
El viceministro de Gestión Pedagógica del sector, José Martín Vegas Torres, enfatizó que existe una serie de temas que desde ahora se están comunicando y perfeccionando para que funcionen adecuadamente y evitar que haya problemas en la aplicación de la Ley.
Aseguró que ello también ayudará a que los docentes puedan ser observadores de cualquier irregularidad para que los funcionarios administrativos intervengan de inmediato.
Explicó que a la escala salarial se le suma las asignaciones que tienen los maestros. Precisó que el aumento está debidamente presupuestado, por lo que no estará sujeto a una ley refinanciada y, si se presenta algún problema administrativo, éste será resuelto.
Vegas hizo hincapié en que el debate en el Congreso sobre el Proyecto de Ley de Reforma Magisterial se encuentra en etapa final. Agregó que durante el diálogo intervinieron diversos sectores del magisterio y además el Consejo Nacional de Educación.
Asimismo, recordó que la Ley para la entrega de un bono extraordinario a los maestros ha sido aprobada, por lo que será aplicado este año.
Buen Inicio del Año Escolar 2013
En otro momento, el viceministro expresó que en el marco del «Buen inicio del año escolar 2012» se ha decidido dar una buena acogida a los estudiantes con la finalidad de crear un clima de paz en las escuelas.
Indicó que se han estimado varios indicadores del «Buen inicio del año escolar», como son: la matricula oportuna, mantener los contratos con los docentes y la entrega a tiempo de materiales educativos.
Además, se publicarán comunicados en el que se informe lo que cada institución educativa debe realizar para el «Buen inicio del año escolar». Invocó a los padres de familia a desarrollar acciones de vigilancia y apoyo de los padres de familia, directores y comunidad educativa.
Adelantó que luego se iniciaría la Movilización Nacional por los aprendizajes, la cual se prolongará durante todo el año lectivo.
El viceministro de Gestión Pedagógica del sector, José Martín Vegas Torres, enfatizó que existe una serie de temas que desde ahora se están comunicando y perfeccionando para que funcionen adecuadamente y evitar que haya problemas en la aplicación de la Ley.
Aseguró que ello también ayudará a que los docentes puedan ser observadores de cualquier irregularidad para que los funcionarios administrativos intervengan de inmediato.
Explicó que a la escala salarial se le suma las asignaciones que tienen los maestros. Precisó que el aumento está debidamente presupuestado, por lo que no estará sujeto a una ley refinanciada y, si se presenta algún problema administrativo, éste será resuelto.
Vegas hizo hincapié en que el debate en el Congreso sobre el Proyecto de Ley de Reforma Magisterial se encuentra en etapa final. Agregó que durante el diálogo intervinieron diversos sectores del magisterio y además el Consejo Nacional de Educación.
Asimismo, recordó que la Ley para la entrega de un bono extraordinario a los maestros ha sido aprobada, por lo que será aplicado este año.
Buen Inicio del Año Escolar 2013
En otro momento, el viceministro expresó que en el marco del «Buen inicio del año escolar 2012» se ha decidido dar una buena acogida a los estudiantes con la finalidad de crear un clima de paz en las escuelas.
Indicó que se han estimado varios indicadores del «Buen inicio del año escolar», como son: la matricula oportuna, mantener los contratos con los docentes y la entrega a tiempo de materiales educativos.
Además, se publicarán comunicados en el que se informe lo que cada institución educativa debe realizar para el «Buen inicio del año escolar». Invocó a los padres de familia a desarrollar acciones de vigilancia y apoyo de los padres de familia, directores y comunidad educativa.
Adelantó que luego se iniciaría la Movilización Nacional por los aprendizajes, la cual se prolongará durante todo el año lectivo.
EDICTOS
EDICTOS PENALES (03 DIAS)
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Dr. Polanco; cita y emplaza para que asistan a la Sala de Audiencias:
EXP.-2010-0037; a TEODORO OBED CURI CAMBILLO; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado Doloso. Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2008-0213; a FLORENCIO VIVIANO PEÑA VARGAS; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de revocarse su comparecencia en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2009-0546; a FREDY JULIAN SANTIAGO RIVERA; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU LIBERTAD PROVISIONAL POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0107: a LUIS ADHEMIR PONCE MARTINEZ; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad; Secretario: Miranda.
EXP.-2003-0529; a JUAN ARQUIMIDES CASTRO LEVANO, EDUARDO ERNESTO QUIROZ LEVANO Y NEWMAN FRANCOIS HUARI LEVANO; DIA: 21.11.2012; HORA: 09.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Robo Agravado en grado de Tentativa; Agraviado: Mariano Percy Yactayo Saravia. Secretario: Miranda.
EXP.-2009-0363; a ALEJANDRO BERNABE GERÓNIMO RAMOS; DIA: 21.11.2012; HORA: 09.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0630; a VICTOR VICENTE AYLLON HUAMAN; DIA: 21.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Usurpación Agravada; Agraviado: Inmobiliaria Leonardo SAC y otro; Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0181; a SERAPIO FILOMENO LOPEZ NUÑEZ; DIA: 21.11.2012; HORA: 10.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0059; a FRANCISCO JUSTINO CAYETANO JAVIER, ROMAN JUSTO CHAMILCO LOPEZ, JUAN MIGUEL PEÑA RUIZ; DIA: 21.11.2012; HORA: 11.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado Doloso Agravado por extensión; Agraviado: Estado Peruano-Foncodes. Secretario: Miranda.
EXP.-2008-0564; a JOSE LUIS SANCHEZ SANCHEZ Y JIMY PAUL SANTOS FERNANDEZ; DIA: 23.11.2012; HORA: 09.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Robo Agravado en grado de Tentativa; Agraviado: Deyvis Chumpitaz Salhuana. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0185; a JOSE LUIS FLORES ROJAS; DIA: 23.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2009-0588; a JORGE ALFONSO VARGAS SALVATIERRA; DIA: 23.11.2012; HORA: 11.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2010-0200; a EMILIANO ESTEBAN CANALES FERNANDEZ; DIA: 27.11.2012; HORA: 09.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de DECLARÁRSELE REO CONTUMAZ y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2010-0027; a CELSO MARCELINO JESUSI MORALES; DIA: 27.11.2012; HORA: 09.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0140; a EUGENIO AVELINO TANGA ARMAULIA, JULIO LORENZO CAMPOSANO DOMINGUEZ Y JOSE OSCAR HUARCAYA LIMA; DIA: 27.11.2012; HORA: 09.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0271; a JULIO ALBINO BOVIS YAPIAS; DIA: 27.11.2012; HORA: 10.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2001-0057; a WALTER RODOLFO CURILLA SANES; DIA: 27.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz y ordenar su captura en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2011-004; a GREGORIO LESCANO FLORES; DIA: 27.11.2012; HORA: 10.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2010-0157; a HERNANDO CLEMENTE DE LACRUZ Y CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE; DIA: 27.11.2012; HORA: 11.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz y ordenar su captura en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2009-0092; a ALEXI WALDIR ROJAS CHANCA; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de SER DECLARADO REO CONTUMAZ y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2007-0395; a JOSE ANGEL CANDELA CHAVEZ; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA POR DETENCION y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0049; a WENCESLAO ARBIZU REYNOSO; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2008-0099; a ROLAN ZEGARRA MORALES; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0370; a EDILBERTO EULOGIO CABELLO VALERIANO; para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de identidad reservada; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA; Juez: Dra. Castillo; dispones notificar:
EXP.- 2012-068-JUP-MALA; inculpado: SATURNINO ROLANDO ARROYO COTERA, domiciliado en Pasaje Carlos Brioso C-4-Alda-Distrito y Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios; Delito: CONTRA LA FE PUBLICA-USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO. Agraviado: El Estado; lo siguiente: Res. 03: Convoca la REPROGRAMACION de la Audiencia de JUICIO ORAL. Día: 30.11.2011. Hora: 9.00a.m. Lugar: Sala de Audiencias «A» del Juzgado Penal Unipersonal de Mala, sito en Urb. Casuarinas Mz. A, Lote 20; Distrito de Mala. Mala 05.11.2012. Asistente: Espino.
SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE (EN ADICION DE FUNCIONES JUZGADO PENAL LIQUIDADOR); Juez: Dr. Garcia; dispone notificar:
EXP.- 0110-2009; Cita, llama y emplaza a NINO WILFREDO QUISPE CARRION, a fin de que acuda a la Lectura de Sentencia. Delito: CONTRA EL PATRIMONIO-USURPACION AGRAVADA. Agraviado: Sergio Lewis Quispe Guerra. Secretario: Astohuaman.
19, 20 y 21 de Noviembre
CONVOCATORIA NOTARIAL A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
El Notario de la provincia de Cañete – Lima, que suscribe Abog. Itala Andrea Garrafa Peña, a solicitud de LUIS ALEJANDRO CUENCA SEAS y OTROS, que representan más del 20% de Acciones suscritas con derecho a voto, de conformidad al Artículo 55º de la ley 29560 CONVOCA, con citación del Gerente General Sr. PEDRO EMITERIO LAREDO OSORIO con DNI 06971711, a los socios de la EMPRESA DE TRANSPORTE SERVICIO RÁPIDO Y TURISMO VIRGEN DEL CARMEN MALA CAÑETE SAC. inscrita en la Partida Nº 90098489 – Cañete, a JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS a realizarse en antigua Panamericana Sur Nº 196 – Mala – Cañete, en Primera Convocatoria Viernes 07 de Diciembre 2012 hora: 6:00 p.m. y en Segunda Convocatoria el 11 de Diciembre del 2012 a horas 6:00 p.m.
AGENDA:
Remoción y Nombramiento de nuevo Gerente General
Presidirá la reunión Luis Alejandro Cuenca Seas con DNI 09030617.
Cañete, 19 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EMPRESA DE TRANSPORTES TRANSPORTISTAS UNIDOS SOCIEDAD ANÓNIMA – ETTUSA
De conformidad con el Estatuto, la Ley General de Sociedades, se convoca a todos los accionistas de la Empresa a la Junta General Extraordinaria que se llevará a cabo en Primera Convocatoria el día 06 de Diciembre del año en curso a las 11:00 a.m., y en Segunda Convocatoria el día 11 de Diciembre del año en curso a las 11:00 a.m.
Lugar: Local Institucional de la Empresa, Jr. 28 de Julio Nº 679 – 683. San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, para tratar los siguientes puntos de Agenda, propuestos por el Directorio:
1.- Informe sobre procesos judiciales
2.- Informe sobre la evaluación del pago de utilidades.
Los representantes de los accionistas deberán presentar la acreditación de los poderes ante el Directorio, hasta una hora antes de la sesión.
Cañete, 19 de Noviembre de 2012.
Juan F. Yupán Vicente
Presidente del Directorio
ETTUSA.
Enrique Lévano Salas
Gerente General
ETTUSA.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1800-2012-MDCA, don JULIO SEBASTIÁN CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 07, folio 65, año 1949, que erróneamente se ha consignado:
Datos del padre: Dice: EMILIO CAMA LA MADRID, debe decir: EMILIO JUSTO CAMA LA MADRID
Datos de la madre: Dice: SECUNDINA QUISPE DE CAMA, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 20 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincia de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11228-2012, doña Belinda Luyo de Nolazco, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 159, folio 89, año 1969, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del a titular PAULINA SANCHEZ, siendo lo correcto PAULINA SANCHEZ LEVANO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincia de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11412-2012, don Jose Alania Casio, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Monica Alania Cuenca, inscrita en el libro 006-A, folio 67301161, en el extremo que se ha consignado como número de Documento Nacional de Identidad del padre del titular 44895431, siendo lo correcto 43801746.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
SALA PENAL LIQUIDADORA TRANSITORIA; Presidente: Dr. Polanco; cita y emplaza para que asistan a la Sala de Audiencias:
EXP.-2010-0037; a TEODORO OBED CURI CAMBILLO; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado Doloso. Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2008-0213; a FLORENCIO VIVIANO PEÑA VARGAS; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de revocarse su comparecencia en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2009-0546; a FREDY JULIAN SANTIAGO RIVERA; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU LIBERTAD PROVISIONAL POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0107: a LUIS ADHEMIR PONCE MARTINEZ; DIA: 20.11.2012; HORA: 10.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad; Secretario: Miranda.
EXP.-2003-0529; a JUAN ARQUIMIDES CASTRO LEVANO, EDUARDO ERNESTO QUIROZ LEVANO Y NEWMAN FRANCOIS HUARI LEVANO; DIA: 21.11.2012; HORA: 09.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Robo Agravado en grado de Tentativa; Agraviado: Mariano Percy Yactayo Saravia. Secretario: Miranda.
EXP.-2009-0363; a ALEJANDRO BERNABE GERÓNIMO RAMOS; DIA: 21.11.2012; HORA: 09.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0630; a VICTOR VICENTE AYLLON HUAMAN; DIA: 21.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Usurpación Agravada; Agraviado: Inmobiliaria Leonardo SAC y otro; Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0181; a SERAPIO FILOMENO LOPEZ NUÑEZ; DIA: 21.11.2012; HORA: 10.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0059; a FRANCISCO JUSTINO CAYETANO JAVIER, ROMAN JUSTO CHAMILCO LOPEZ, JUAN MIGUEL PEÑA RUIZ; DIA: 21.11.2012; HORA: 11.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado Doloso Agravado por extensión; Agraviado: Estado Peruano-Foncodes. Secretario: Miranda.
EXP.-2008-0564; a JOSE LUIS SANCHEZ SANCHEZ Y JIMY PAUL SANTOS FERNANDEZ; DIA: 23.11.2012; HORA: 09.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Robo Agravado en grado de Tentativa; Agraviado: Deyvis Chumpitaz Salhuana. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0185; a JOSE LUIS FLORES ROJAS; DIA: 23.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2009-0588; a JORGE ALFONSO VARGAS SALVATIERRA; DIA: 23.11.2012; HORA: 11.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE LA COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2010-0200; a EMILIANO ESTEBAN CANALES FERNANDEZ; DIA: 27.11.2012; HORA: 09.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de DECLARÁRSELE REO CONTUMAZ y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2010-0027; a CELSO MARCELINO JESUSI MORALES; DIA: 27.11.2012; HORA: 09.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0140; a EUGENIO AVELINO TANGA ARMAULIA, JULIO LORENZO CAMPOSANO DOMINGUEZ Y JOSE OSCAR HUARCAYA LIMA; DIA: 27.11.2012; HORA: 09.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0271; a JULIO ALBINO BOVIS YAPIAS; DIA: 27.11.2012; HORA: 10.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2001-0057; a WALTER RODOLFO CURILLA SANES; DIA: 27.11.2012; HORA: 10.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz y ordenar su captura en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2011-004; a GREGORIO LESCANO FLORES; DIA: 27.11.2012; HORA: 10.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA POR DETENCIÓN y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2010-0157; a HERNANDO CLEMENTE DE LACRUZ Y CARLOS ALBERTO SANCHEZ VICENTE; DIA: 27.11.2012; HORA: 11.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarárseles Reos Contumaz y ordenar su captura en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2009-0092; a ALEXI WALDIR ROJAS CHANCA; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.00a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de SER DECLARADO REO CONTUMAZ y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda
EXP.-2007-0395; a JOSE ANGEL CANDELA CHAVEZ; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.15a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de REVOCARSE SU COMPARECENCIA POR DETENCION y ordenar su captura, en caso de inconcurrencia; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
EXP.-2010-0049; a WENCESLAO ARBIZU REYNOSO; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.30a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Peculado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2008-0099; a ROLAN ZEGARRA MORALES; DIA: 28.11.2012; HORA: 09.45a.m., se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, bajo apercibimiento de declarársele Reo Contumaz en caso de inconcurrencia; Delito: Robo Agravado; Agraviado: Estado Peruano. Secretario: Miranda.
EXP.-2007-0370; a EDILBERTO EULOGIO CABELLO VALERIANO; para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra; Delito: Violación de la Libertad Sexual de menor de identidad reservada; Agraviado: menor de edad. Secretario: Miranda.
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MALA; Juez: Dra. Castillo; dispones notificar:
EXP.- 2012-068-JUP-MALA; inculpado: SATURNINO ROLANDO ARROYO COTERA, domiciliado en Pasaje Carlos Brioso C-4-Alda-Distrito y Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios; Delito: CONTRA LA FE PUBLICA-USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO. Agraviado: El Estado; lo siguiente: Res. 03: Convoca la REPROGRAMACION de la Audiencia de JUICIO ORAL. Día: 30.11.2011. Hora: 9.00a.m. Lugar: Sala de Audiencias «A» del Juzgado Penal Unipersonal de Mala, sito en Urb. Casuarinas Mz. A, Lote 20; Distrito de Mala. Mala 05.11.2012. Asistente: Espino.
SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE CAÑETE (EN ADICION DE FUNCIONES JUZGADO PENAL LIQUIDADOR); Juez: Dr. Garcia; dispone notificar:
EXP.- 0110-2009; Cita, llama y emplaza a NINO WILFREDO QUISPE CARRION, a fin de que acuda a la Lectura de Sentencia. Delito: CONTRA EL PATRIMONIO-USURPACION AGRAVADA. Agraviado: Sergio Lewis Quispe Guerra. Secretario: Astohuaman.
19, 20 y 21 de Noviembre
CONVOCATORIA NOTARIAL A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
El Notario de la provincia de Cañete – Lima, que suscribe Abog. Itala Andrea Garrafa Peña, a solicitud de LUIS ALEJANDRO CUENCA SEAS y OTROS, que representan más del 20% de Acciones suscritas con derecho a voto, de conformidad al Artículo 55º de la ley 29560 CONVOCA, con citación del Gerente General Sr. PEDRO EMITERIO LAREDO OSORIO con DNI 06971711, a los socios de la EMPRESA DE TRANSPORTE SERVICIO RÁPIDO Y TURISMO VIRGEN DEL CARMEN MALA CAÑETE SAC. inscrita en la Partida Nº 90098489 – Cañete, a JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS a realizarse en antigua Panamericana Sur Nº 196 – Mala – Cañete, en Primera Convocatoria Viernes 07 de Diciembre 2012 hora: 6:00 p.m. y en Segunda Convocatoria el 11 de Diciembre del 2012 a horas 6:00 p.m.
AGENDA:
Remoción y Nombramiento de nuevo Gerente General
Presidirá la reunión Luis Alejandro Cuenca Seas con DNI 09030617.
Cañete, 19 de Noviembre de 2012.
Itala A. Garrafa Peña
Abogada
Notario de Cañete
EMPRESA DE TRANSPORTES TRANSPORTISTAS UNIDOS SOCIEDAD ANÓNIMA – ETTUSA
De conformidad con el Estatuto, la Ley General de Sociedades, se convoca a todos los accionistas de la Empresa a la Junta General Extraordinaria que se llevará a cabo en Primera Convocatoria el día 06 de Diciembre del año en curso a las 11:00 a.m., y en Segunda Convocatoria el día 11 de Diciembre del año en curso a las 11:00 a.m.
Lugar: Local Institucional de la Empresa, Jr. 28 de Julio Nº 679 – 683. San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, para tratar los siguientes puntos de Agenda, propuestos por el Directorio:
1.- Informe sobre procesos judiciales
2.- Informe sobre la evaluación del pago de utilidades.
Los representantes de los accionistas deberán presentar la acreditación de los poderes ante el Directorio, hasta una hora antes de la sesión.
Cañete, 19 de Noviembre de 2012.
Juan F. Yupán Vicente
Presidente del Directorio
ETTUSA.
Enrique Lévano Salas
Gerente General
ETTUSA.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL – CAÑETE
REGISTRO DE ESTADO CIVIL
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDA DE NACIMIENTO
La Jefa de la Oficina de Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul – Cañete, que en mérito al Exp. Adm. Nº 1800-2012-MDCA, don JULIO SEBASTIÁN CAMA QUISPE, solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en esta Municipalidad en el libro Nº 07, folio 65, año 1949, que erróneamente se ha consignado:
Datos del padre: Dice: EMILIO CAMA LA MADRID, debe decir: EMILIO JUSTO CAMA LA MADRID
Datos de la madre: Dice: SECUNDINA QUISPE DE CAMA, debe decir: SECUNDINA TIMOTEA QUISPE TORRES DE CAMA
Esto al amparo de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Nº 26497, DS. 015-98-PCM, Art. 71 al 75, Directiva DI 263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No Atribuible Al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2012-JNAC/RENIEC.
Cerro Azul, 20 de Noviembre de 2012.
Rosa M. Alvarez Chumpitaz
Jefe
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincia de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11228-2012, doña Belinda Luyo de Nolazco, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inscrita en el libro 159, folio 89, año 1969, en el extremo que se ha consignado como nombre de la madre del a titular PAULINA SANCHEZ, siendo lo correcto PAULINA SANCHEZ LEVANO.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincia de Cañete, en mérito al Exp. Nº 11412-2012, don Jose Alania Casio, solicita la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de Monica Alania Cuenca, inscrita en el libro 006-A, folio 67301161, en el extremo que se ha consignado como número de Documento Nacional de Identidad del padre del titular 44895431, siendo lo correcto 43801746.
Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Nº 26497, D.S. 015-98-CMP Art. 71 al 75, Directiva DI-263-GRC/017 «Rectificación Administrativa de Actas por Error y Omisión No atribuible al Registrador», aprobado por Resolución Jefatural Nº 406-2010-JNAC/RENIEC.
San Vicente, 20 de Noviembre de 2012.
Mirtha De los Angeles Sotelo Pérez
Sub-Gerente de Registro de Estado Civil
20 noviembre 2012
ALCALDESA PROVINCIAL FIRMA CONVENIO DE COFINANCIAMIENTO PARA ASFALTAR CALLES DE ASUNCIÓN OCHO EN IMPERIAL
Los pobladores del Asentamiento Humano Nº 08 del distrito de Imperial, se encuentran contentos, tras escuchar el anuncio que hiciera la alcaldesa de la provincia, María Montoya Conde, sobre la firma de convenio de financiamiento entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Provincial de Cañete, para el proyecto de inversión pública «CONSTRUCCIÓN DE PISTAS Y VEREDAS EN CALLES DE ASUNCIÓN OCHO».
El Convenio que se firmó el sábado 17 de noviembre en el salón de actos del municipio provincial a las 04:00 pm., establece en la cláusula sexta el cofinanciamiento del proyecto, donde el Ministerio de Vivienda aportará la suma de S/. 4 756 320.00 (cuatro millones setecientos cincuenta y seis mil trescientos veinte y 00/100 nuevos soles), equivalente al 81 % del monto total del proyecto; la Municipalidad Provincial de Cañete, aportará la suma de S/. 939 520.00 (novecientos treinta y nueve mil quinientos veinte y 00/100 nuevos soles), equivalente al 16 % del monto del proyecto y la población beneficiaria aportará la suma de S/. 176 160.00 (ciento setenta y seis mil ciento sesenta y 00/100 nuevos soles), equivalente al 3 % de la obra.
LUEGO DE 38 AÑOS
«Esta importante obra beneficiará a la población de Asunción ocho, han tenido que transcurrir 38 años, y hoy gracias a Dios, ya se pudo concretizar la firma de convenio de cofinanciamiento y en los próximos días estaremos llevando a proceso, para que en el más corto tiempo se inicien las obras» indicó una sonriente Montoya Conde, al momento de la firma del convenio.
José Mosto Fonseca, Director Ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, mencionó que gracias a la insistencia de la alcaldesa provincial, este proyecto se va a ejecutar y la población de asunción ocho, podrá ver cristalizado esta obra.
«Estamos muy contentos con la alcaldesa María Montoya, ya que ahora se hará realidad el asfaltado, ya que por muchos años hemos vivido entre polvos», refirió una pobladora del lugar.
La obra contará además, con la colocación de áreas verdes y pintados de señalización en la pista.
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